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Argiñaritz - Lekuak - EODA

Argiñaritz (Lekua)

Entitatea:
Populamendua/Herri ofiziala
Arautzea:
batzordearen argitalpena 
Non: Girgillao
  • arguinariz, arguynariz - (1193-...) LACMAR.CDI1 , N.219...
    (...)
    Cita más antigua recogida
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arguynariz - (1232-1251- [1930]) LAC.OV , 252. or. [AHN, 74 b, fol. 15]
    (...)
    b) Pueblos y términos municipales [...] Arguynariz [yerri?]
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Deierri
    Jatorria: LAC.OV

  • arguinartz, arguinariz, arnalt p d' - (1248) FDMPV.011 , N.126

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arguinariç, g de - (1257) GLAR.GPNASJ , N.373

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • aluira d'arguinariz - (1330) CAR.PNAXIV , 303 A (A dok. [AGN Reg. Comptos, nº 28], 129r)
    (...)
    Aluira d'Arguinariz.
    (...)

    Zer: Zergaduna [non pagaron ren]
    Non: Artaxoa
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • garçia arguinariz - (1350) CAR.PNAXIV , 371 B (B dok. [AGN Reg. Comptos, Caj. 31, nº 59], 38v A)
    (...)
    Garçia Arguinariz
    (...)

    Zer: Zergaduna
    Non: Yçurçu (Val de Deyerri)
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • arguinariz - (1350) CAR.PNAXIV , 375 A (B dok. [AGN Reg. Comptos, Caj. 31, nº 59], 40v B)

    Zer: Herria
    Non: Val de Maynneru
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • johan d'arrguinariz - (1366) CAR.PNAXIV , 550 A (D.c dok. [AGN, sign. gb.], 106v B)
    (...)
    Johan d'Arrguinariz [IIen florines et meyo]
    (...)

    Zer: Zergaduna
    Non: Iruñea
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • johan d'arguinariz - (1366) CAR.PNAXIV , 604 B (D.d dok. [AGN, sign. gb.], 148rA)
    (...)
    don Johan d'Arguinariz
    (...)

    Zer: Zergaduna
    Non: La Rúa (Lizarra)
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • arrguinariz - (1366) CAR.PNAXIV , 590 B (D.d dok. [AGN, sign. gb.], 140B)
    (...)
    Summa: V fuegos, ualen XII florines
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Girgillao (Mañeruibar)
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • johan d'arguinarriz - (1366) CAR.PNAXIV , 548 A (D.c dok. [AGN, sign. gb.], 100r)
    (...)
    Item [doblen florin et meyo] Johan d'Arguinarriz
    (...)

    Zer: Zergaduna
    Non: Iruñea (Nauarreria)
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • arguinariz - (1366 [1973, 1990]) DRPLV , III, 180. or. (Lizarrako jardunaldiak, OV, 7. liburukian argitaratu gabe)
    (...)
    Estella era una población de francos, los cuales se asentaron, al parecer, en la Rua de las Tiendas", donde en la época referida aparecen todavía nombres como don Elias de Limoges, o Marin Ponz, etc., aunque hay también gente procedente de otras partes de Navarra o de otras zonas peninsulares, d'Atuahondo, d'Echauarri, d'Arguinariz, de Ronçasuaylles, d'Artazcoz, de Treueynu, de Bernedo, etc. etc., o "en el Borc Nuel", etc., con elementos semejantes, lo que es también la tónica general en el conjunto de la documentación: d’Iguzquiça, d'Echarri, d'Echalecu, d'Amescoa, d'AIssassua, etc., etc. pero también de Logroyno, de Burgos, de Murcia, de Bordel. -forma que en la actualidad siguen empleando los hablantes vascos por Burdeos-, etc., etc. En cualquier caso hay un número muy importante de gente procedente de área de hablantes vascos. // En la documentación referente a Estella los nombres de oficio aparecen sistemáticamente en romance, que es la lengua en la que están escritas las fogueraciones, por lo que obviamente, al no tratarse de sobrenombres bien fijados, se tiende a que sean registrados en la lengua utilizada por el escribano. [Estella; Juan Carrasco Pérez, La población de Navarra en el siglo XIV, Pamplona 1973, p. 603 y ss.]
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: DRPLV

  • arguinariz andreu d’_ - (1368 [1966, 2011]) NAN.C , 3 [IKER.27, 313. or. (Indéterminés Basse-Navarre)]
    (...)
    arguinariz Andreu d’_, homme à pied de Machin de Suescun, 1368 (Archiv-Nav.3)
    (...)

    Zer: Oinezko gerlaria
    Non: Nafarroa Beherea
    Jatorria: IKER.27

  • arguiñáriz - (1534 [1967]) NAN.C , N.530, F.532 [ID.PDNA, 324. or.]
    (...)
    Mañeru, Artazu, Guirguillano, Echarren (cabo Guirguillano), Arguiñáriz y Cirauqui [...] Gorriza o Goriza. Entre Arguiñáriz y Echarren, perteneciente a Constanza de Belascoáin
    (...)

    Zer: Biztanledun lekua
    Non: Mañeruibar
    Jatorria: ID.PDNA

  • arguirrayz - (1587) LEK.ENAV , 133 B
    (...)
    Obispado de Pamplona [pueblos] bascongados.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: LEK.ENAV

  • arguinariz ó arguiñariz - (1802) DRAH , I, 100
    (...)
    l. del valle de Mañeru del 1.º part. de la mer. de Estella, arcip. de Yerri, dióc. de Pamplona, r. de Navarra, en situacion áspera y pendiente, distante 3 leguas largas de Estella y 3 quartos del caserío de Gorriza. En el barranco próxîmo y que mira al n. hay una fuente de muy buena agua: en frente del pueblo y de la parte del n. hay un monte de robles y encinas, y á distancia de un quarto por o. se descuella una alta montaña llamada Esparaz. Los frutos de la tierra son granos con abundancia, una mediana cosecha de vino y alguna fruta: la parroquia de S. Martin tiene un cura que se llama vicario. Al extremo oriental del pueblo hay una ermita de la Virgen y otra de S. Agustin, distante medio quarto por e. Su vecindario es de 170 personas que eligen su justicia ordinaria. T.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: DRAH

  • arguiriariz [sic], arguinarez [sic] - (1829 [1553, 1587]) CENS.CAST.XVI , Ap. 168, 306b
    (...)
    En el lugar de Arguiriariz [sic] veinte y nueve [fuegos] [...] Arguinarez [sic; -riz] / [VECINOS:] 35 / [PILAS:] 1
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Deierri [!! Mañeruibar, gaur Girgillao]
    Jatorria: CENS.CAST.XVI

  • argiñaritz < arguinaricus - (1945) CB.MAT , 105 [SAL.IKA, 2, 143. or.]
    (...)
    Argiñaritz, en el valle de Mañeru (N), podría estar basado en un antropónimo (Caro Baroja [1945: 105] propone Arginaricus)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: SAL.IKA

  • arginaricus - (1945) CB.MAT , V-2, P.105

    Zer:
    Non:
    Jatorria: CB.MAT

  • arguiñariz - (1945) CB.MAT , V-2, P.105

    Zer:
    Non:
    Jatorria: CB.MAT

  • argiñaritz - (1989/11/03) OB.AG , 1
    (...)
    Onomastika batzordeak Gasteizen izandako bileran onartutako izena
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: OB.AG

  • arguiñáriz: argiñaritz - (1990) EUS.NHI , 1210001 P.243

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arguiñáriz - (1990/11/06) NAO , 136. zkia., 3962-3964. or.
    (...)
    DECRETO FORAL 287/1990, de 25 de octubre, por el que se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera, 1ª, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, sobre extinción de Concejos. // El artículo 37.2 de la Lay Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Adminsitración Local de Navarra, establece que para que los núcleos de población tengan la condición de entidad local concejil será necesario que la colectividad esté constituida por un número de habitantes de derecho superior a 15 que compongan, al menos, tres unidades familiares. La extinción se referirá a los Concejos cuya población de derrecho sea inferior a dieciséis habitantes de acuerdo con los últimos datos de población y que no hubiesen alcanzado dicha población en los dos años anteriores, conforme a los datos oficiales publicados a la entrada en vigor de la expresada Ley Foral, así com aquéllos cuya población de derecho, durante tres años consecutivos, fuese inferior a dieciséis habitantes de acuerdo con los datos publicados con posterioridad a aquella entrada en vigor. // La extinción se referirá asimismo a los Concejos cuya población, aun alcanzando o excediendo la cifra de 16 habitantes de derecho, no integren, al menos, tres unidades familiares en el sentido que las define la Ley Foral. // Publicados los datos de población de los Concejos de Navarra, referida a 1 de enero de 1989 mediante Orden Foral 683/1990, de 20 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, procede decretar la extinción de los Concejos que incurren en el primero de los supuestos, es decir, de los que no alcanzan la cifra de 16 habitantes de derecho de conformidad con los datos de población ya publicados a la entrada en vigor de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio. // En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Local y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de octubre de mil novecientos noventa, // DECRETO: // Artículo 1º // De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera, 1ª, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, con efectos de 31 de diciembre de 1990 quedarán extinguidos los Concejos que figuran en el anexo a esta disposición, por no alcanzar su población de derecho la cifra de dieciséis habitantes de acuerdo con los últimos datos publicados oficialmente mediante Orden Foral 683/1990, de 20 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, pasando a ser lugares habitados del respectivo municipio. // Artículo 2º // Durante el período comprendido entre la entrada en vigor de este Decreto Foral y la fecha mendionada para su efectiva extinción, los Concejos que figuran en el anexo que no tienen la condición de tutelados y los Ayuntamientos en cuyo Municipio se encuentran enclavados, procederán a realizar las siguientes actuaciones: // a) Formarán inventario de todos los bienes del Concejo a los efectos de su incorporación al del respectivo Ayuntamiento. No obstante tal incorporación, el aprovechamiento de aquellos bienes que tengan el carácter de comunales quedará limitado a la población residente en el ámbito territorial que hubiesen tenido los Concejos extinguidos. // b) Loa Ayuntamientos en cuyo territorio se proceda a la extinción de Concejos procederán a subrogarse a los derechos y obligaciones de éstos en los entes mancomunados o asociativos a los que pertenecieran. Dicha subrogación, así como la fecha de efectividad de la misma, se comunicará por el Ayuntamiento a dichos entes. // Artículo 3º Los Ayuntamientos procederá, de forma progresiva, a asumir la prestación de servicios en la población residente en los lugares habitados de forma que a la fecha de efectiva extinción de los concejos los reciban en condiciones de igualdad que el resto de habitantes del Municipio. // Artículo 4º Las cuentas del ejercicio de 1990 de los Concejos que se extinguen deberán quedar cerradas a 31 de diciembre de 1990, incorporándose a los presupuestos municipales de 1991 las obligaciones pendientes de pago y los derechos pendientes de cobro y a la caja municipal las existencias de las cajas concejiles. // Artículo 5º Con efectos de 1 de enero de 1991 los Ayuntamientos de los Municipios en los que se extinguen Concejos en la forma prevista en esta disposición quedarán subrogados en los derechos y obligaciones de éstos relativos a obras y servicios en fase de ejecución y les sucederán en los bienes afectos a las funciones o a los servicios correspondientes a los mismos. // Artículo 6º Con fecha 31 de diciembre de 1990 cesarán los órganos de gestión y administración de los Concejos extinguidos, procediéndose a levantar acta de dicha circunstancia así como de la entrega de bienes y archivos y sellos al Ayuntamiento de Municipio en que se halle enclavado el lugar. // Artículo 7º Idénticas reglas regirán para la extinción de los Concejos tutelados correspondiendo al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes la realización de las actuaciones previstas en este Decreto Foral para los Concejos. // DISPOSICIONES FINALES // Primera.- Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. // Segunda.- El Departamento de Administración Local dará cuenta de este Decreto Foral al Ministerio para las Adiministraciones Públicas a los efectos previstos en las disposiciones que regulan el Registro de Entidades Locales. // Pamplona, veinticinco de octubre de mil novecientos noventa.- El Presidente del Gobierno de Navarra, Gabriel Urralburu Taínta.- El Consejero de Administración Local, Federico Tajadura Iso. [Anexo]
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NAO

  • arguiñáriz - (1995) NA.TM , XXVIII, 67

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.TM

  • arguiñáriz - (1996) BEL.DEN , 86
    (...)
    Probablemente 'lugar propiedad de una persona llamada *Arguiñar-'. De *Arguiñar- + -iz, siendo el primer elemento un nombre de persona no identificado y el segundo un sufijo que indica propiedad. Ver en apéndice -iz [Como acertadamente dice Luis Michelena (954) en esta terminación se confunden, sin duda, formaciones de distinto valor y de distinta época. Por un lado es claro que en ciertos topónimos donde acompaña a nombres bien conocidos en vascuence tiene un valor pluralizante, como ya señaló R. Lafon (955). Luis Michelena (956) sugiere la siguiente explicación para los nombres de poblacioón del tipo tan frecuente en vocal+-iza (Arbeiza, Oteiza). En estos nombres el diptongo sería secundario, consecuencia de la pérdida de la consonante de -di, sufijo abundancial. De esta manera la estructura propuesta sería tema + (d)i + -(t)za. En otras ocasiones las explicaciones no parecen claras. Julio Caro Baroja (957) busca el origen de estos topónimos en el genitivo de los patronímicos que acababan en -icus, -icius, -cius (genitivo -ici). Posteriormente esta regla se extendión por analogía y se crearon otros acabados en -az, -ez y -uz. Comentario lingüístico: Alfonso Irigoyen (958) propone como origen para el sufijo patronímico -iz los genitivos latinos en -o, -onis. Entre hablantes vascos cayó la -n- intervocálica y la -s se pronunció como -z, resultando la forma -iz. Este sufijo fue considerado patronímico y utilizado con cualquier tipo de nombre propio. En toponimia navarra tenemos Aoiz (445. orr.)]. Comentario lingüístico. Julio Caro Baroja (141) propone Arginnus, nombre documentado, y su supuesto derivado Arginaricus. L. M. Mujika (142) apoya la hipótesis de Caro Baroja. Ahora bien, cabría ver en la composición del nombre (H)argin 'cantero'+ (h)aritz, resultando algo así como 'roble de cantero'. Compárese con Jaunsarats. Traducciones curiosas y explicaciones populares: No faltan traducciones extravagantes para este nombre tan sugerente. Así se pueden leer traducciones como las siguientes: 'robles vistosos', 'pastizal', 'el cantero', 'cantera de los robles', 'robles del pedregal cimero'.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: BEL.DEN

  • arguiñáriz - (1996/05/01) NA.IZ , 121-0001

    Zer: Lugar
    Non: Nafarroa
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz - (1999) NA.IZ , 121-0001

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz (argiñaritz) - (2000) EL.BEL.NA.TOP , 56

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EL.BEL.NA.TOP

  • argiñaritz - (2005) SAL.OSTN , 102-104
    (...)
    Nombres con sufijo acabado en sibilante, a) -i(t)z. Aderitz, Alzorritz, Amunarrizketa, Aniz (Baztan y Val de Mañeru), Antxoritz, Aoiz / Agoitz, Araitz (vide Araia), Ardaitz (tal vez antroponímico, pero cf. Ardanaz / Ardatz, relacionado por Mitxelena con *ardano, forma antigua de ardo 'vino'), Argiñaritz, Aritz, Arróniz / Arroitz (cf. Arroa / Arrona en Gipuzkoa), Arruitz (documentado también como Arroniz y Arroiz, NHI, 73), Artaitz, Astitz, Auritz (y Aurizperri; cf. Viloria), Aurtitz, Beraitz (Leite de Vasconcellosek [1928: 108] menciona los patronímicos Beraz, Beraci de Portugal, construidos sobre el nombre Bera), Beroitz, Bezkitz, Enderitz, Eneritz, Ezkanitz (y Ezkaintz), Gorraitz, Gorritz, Gorriztaran, Iciz / Izize, Itoitz, Janaritz, Mezkiritz, Munarritz, Muskitz, Oderitz, Oharritz, Oitz, Olaitz (cf. Olatz), Olondritz, Oloritz (en Nagore se documentan Olorizbeiti(koa) y Olorizgoiti(koa) traducidos al castellano como Oloriz inferior y Oloriz superior, nombres de despoblados al parecer), Orbaitz (cf. Orba, Orbaizeta y Orbara), Orderitz, Oritz, Osteritz, Ostitz, Ozkaritz, Sengaritz, Urdániz / Urdaitz (cf. Urdiain y Urdánoz / Urdaitz), Uritz, Zaldaitz (de zaldi 'caballo' o zaldu 'arboleda', 'soto', según Mitxelena, AV, 163). Sobre Ziaurritz vide infra. (...) Argiñaritz, aunque no se documenta con nasal en la última sílaba podría estar basado en un antropónimo (Caro Baroja [1945: 105] propone Arginaricus), en el mismo que parece servir de base de Argiñao / Argiñano (como base de este último Caro [1945: 86] propone Arguinianum, formado a partir del nomen y cognomen Argeus de las inscripciones). El supuesto étimo sería *Argiñanitz (cf. Urdaitz, Urdotz) de donde, por disimilación de nasales, habría surgido la forma actual, de la misma manera que Mezkiritz podría derivar de un *Mezkinitz (cf. Villa Mezkina en 947, Mezkia en la actualidad en Álava; véase Mitxelena 1956: 340). La disimilación se habría producido antes de que la nasal intervocálica final se perdiera. Presenta el mismo final el topónimo Janaritz documentado también Janeritz, Janeriz y nombres en los que una vibrante simple precede al sufijo no son raros, a pesar de que no podemos identificar, en la mayoría de los casos (a excepción de Auritz), la base y por lo tanto no sabemos exactamente si la mencionada vibrante pertenece a esta o forma parte del sufijo. Los topónimos con este final son, además de los ya mencionados Argiñaritz, Auritz, Janaritz - Janeritz y Mezkiritz, los siguientes: Aderitz, Enderitz, Eneritz, Oderitz, Orderitz, Osteritz, Ozkaritz y Sengaritz.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: SAL.OSTN

  • arguiñáriz - (2006) NA.IZ , 121-0001

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz - (2007) NA.IZ , 121-0001

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz - (2008) NA.IZ , 121-0001

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz - (2009) NA.IZ , 121-0001

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz - (2009) MTNA100 , 580/4720

    Zer: Herria
    Non: Girgillao
    Jatorria: MTNA100

  • argiñaritz - (2011) SAL.IKA , 2, 143. or.
    (...)
    Argiñaritz, en el valle de Mañeru (N), podría estar basado en un antropónimo (Caro Baroja [1945: 105] propone Arginaricus), en el mismo que parece servir de base a Argiñao / Argiñano (para este último el mismo autor [ibíd., 86] propone Arguinianum, formado a partir del nomen y cognomen Argeus de las inscripciones). El supuesto étimo sería *Argiñanitz de donde, por disimilación de nasales, habría surgido la forma actual (véase Mezkiritz más abajo)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: SAL.IKA

  • arguiñáriz - (2011) NA.IZ , 121-0001
    (...)
    Lugar
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arguiñáriz - (2012) NA.IZ , 121-0001
    (...)
    Lugar
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • Arguiñáriz - (2019) NA.TOF , 439237

    Zer: Espacio urbano
    Non: Guirguillano
    Jatorria: NA.TOF

 

  • Arguiñáriz (ofiziala)
  • Arguiñáriz (gaztelania)
UTM:
ETRS89 30T X.593209 Y.4732815
Koordenatuak:
Lon.1º51'36"W - Lat.42º44'35"N

Kartografia:

Egoitza

  • B
  • BIZKAIA
  • Plaza Barria, 15.
    48005 BILBO
  • +34 944 15 81 55
  • info@euskaltzaindia.eus

Ikerketa Zentroa

  • V
  • LUIS VILLASANTE
  • Tolare baserria. Almortza bidea, 6.
    20018 DONOSTIA
  • +34 943 42 80 50
  • donostiaordez@euskaltzaindia.eus

Ordezkaritzak

  • A
  • ARABA
  • Gaztelako atea, 54
    01007 GASTEIZ
  • +34 945 23 36 48
  • gasteizordez@euskaltzaindia.eus
  • G
  • GIPUZKOA
  • Tolare baserria. Almortza bidea, 6
    20018 DONOSTIA
  • +34 943 42 80 50
  • donostiaordez@euskaltzaindia.eus
  • N
  • NAFARROA
  • Oliveto Kondea, 2, 2. solairua
    31002 IRUÑEA
  • +34 948 22 34 71
  • nafarroaordez@euskaltzaindia.eus

Elkartea

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  • Gaztelu Berria. 15, Paul Bert plaza.
    64100 BAIONA
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