Los de "Balderro tienen unos términos yermos y montes clamados Alduyde" que se tienen y afrontan con lo de Vaztan y con el camino de Balcarlos hasta la casa de mont consellet y con los manzanales del Vizcont de Vayguer y con los términos de ciertas villas y tierra de Balderro. Llevan a esas partes sus ganados granados y menudos, pero se quejan de que los de Vayguer llevan también allí a sus ganados. Los de Vayguer alegan, asimismo, que ellos tienen también sus términos propios y que los de Balderro introducen, a su vez, sus ganados y, además, aprovechan la madera de dichos términos. Para resolver dicha situación conflictiva, el notario de la Corte, Miguel Ximenez de Echalecu, acudió personalmente a las tierras de Balderro y Vayguer para analizar los documentos, hablar con los procuradores de ambas partes y oir a los testigos con el fin de preparar la sentencia de amojonamiento. Dicha sentencia fue aprobada por ambas partes y ratificada.
Este documento, que es copia fehaciente de otro del siglo XVI, hace referencia a la Sentencia Arbitraria del año 1443 entre el Monasterio de Vrdax y el lugar y vecinos de Zugarramurdi, sobre el goce de yerbas y aguas y otras cosas como bustalizas, etc. El notario fue Guillemot de Hursua. Le siguió Joan de Hursua, notario de Baztan y vecino de Arrayoz, y a la muerte de éste, los correspondientes registros, notas, protocolos y escrituras que se hallaban en su poder fueron encomendados a Pierres de Hursua, escribano de Santesteban de Lerin, que era sobrino de Joan de Hursua. A la vista de que en el documento de dicha sentencia de 1443 faltaba media hoja del final porque está "rompida", los de Zugarramurdi solicitaron a la Corte Mayor que por parte de Thomas de Çoçaya, notario de Santesteban de Lerin en esa época, se testimoniase mediante compulsa "bidimus haziente fee" la parte de la documentación original de Guillemot de Hursua, que se hallaba en su poder. El litigio, que motivó la mencionada sentencia, era que los de Zugarramurdi querían liberarse de la dependencia que tenían del Monasterio de Urdax en lo referente a la jurisdicción baja y mediana del monasterio, que tenía la facultad para llevar sus causas directamente con la Corte Mayor, a la imposibilidad de hacer molino propio, teniendo que llevar obligatoriamente sus "ceberas" al molino del monasterio, a las heredades que de antiguo dicen tener los de Zugarramurdi, a vedar y otorgar las facerías con los comarcantes, a los "carnereamientos", a los comarcantes, a los vedados y bustalizas que pretenden en los términos y yermos de Zugarramurdi, a la limitación impuesta para hacer casas y heredades nuevas en los términos de Zugarramurdi, porque las heredades "quinteras" son del monasterio, al que deben pagar la "quinta mayor y menor", a los deberes, pechas y "servitudes" personales que los de Zugarramurdi debían abonar, etc. Relata los nombres de las heredades correspondientes a la "quinta mayor" y a la "'quinta menor", las bustalizas, etc.
El notario mayor de la Corte ordena que se le den los registros, protocolos y notas del notario ya difunto Guillen de Arnautt de Villanueva. En dichos escritos se hallaba la escritura de facería del año 1482, que firmaron por una parte los representantes (alcalde, jurados, y diputados) de Baztan "reunidos en bazarre en la iglesia del señor Santiago de Elizondo", y por las otras partes, el abad de Vrdax firmando por sí y por los "calonges" y Garcia de Luzea, vecino de Zugarramurdi, firmando por sí y por las 30 casas de Zugarramurdi. Ajustaron y capitularon que al abad y al convento se le reconoce su jurisdicción, que el abad y sus calonges de Vrdax puedan gozar en todos los términos de Baztan, que el zapatero del monasterio y el maestro y algunos caseros de Vrdax, como los de Londibar, Lexilas, Alinoa y dos casas más de Alquerdi, puedan gozar cada una con 40 puercos en todos los términos. Los de las 30 casas de Zugarramurdi puedan también gozar con 40 puercos.
Se trata de la convalidacion realizada en el año 1499, siendo reyes de Navarra Juan de Albret y Catalina de Foix, del texto del amojonamiento de los términos y montes de Bassasu, realizado por los de Eugui en el año 1402. El mencionado amojonamiento comenzaba en el "mojon que se clama ydiamendia ata erroy arraya e dende ha onq(u)iarte e de ay a culueta larraburua e de alli enta vagaola ata el rrio clamado errecaondoa ata marqueRecheguia e de ay ala ffuente de leyacarondo e de ay ala sierra daynellaga e de ay ala sierra dararte e de alli a veramendi e de alli ha huzcayz arburua e de alli a harreche yvia y dalli ala sierra de yturroz e pasados todos estos mojones los montes son del señor Rey y los que son entta la parte de alduyde e vaztan e terminos e montes son paralos de eugui que son enta la parte deugui".
Según P. Ondarra, Pedro de Maya, vecino de Pamplona y mercadero, adquirió los montes de Basasu y la herrería Orerrari, en virtud de una provisión de la merced del rey Carlos V firmado en la Coruña en el año 1520. Pedro de Maya los tomó en posesión el 23 de julio de 1525 ante los jurados y vecinos habitantes de Eugui que estaban "plegados a conçejo y baçarre" y posteriormente acudió, acompañado de Sancho Velça de Eugui y Adame de Aniz hijo del palacio de Eugui, a los lugares de Vasasu (o Basasu) y Orerrari, que estaban situados en los términos de Eugui y que "affrontan de una parte con el termino de Herro y de la ottra con el monte de Alduyde y de la ottra con el termino del dicho lugar de Eugui". Este documento se copió en el año 1557, y dicha copia fue utilizada en el siglo XVIII (año 1752) en el pleito con el señor de Gongora.
Las dos copias son complementarias. En el documento 1 se incluyen los testimonios de varios vecinos de Vrdax, Elizondo, Lecaroz, Bergara (Arizcun), Zugarramurdi, Ainoa y Ezpeleta, y en el documento 2 de vecinos de Vrdax y su granja, Echalar y Sara.
Jeronimo Ladron de Çegama, notario y vecino de Sangüesa, en cumplimiento del mandato recibido a instancia de Antonio de Gongora, cuyo es Gongora, realiza en el año 1557 una copia del documento por el que Pedro de Maya, en fecha de 17 de noviembre de 1528, "vendio, dono y ageno" con título de venta y donación a Charles, señor de Gongora y Ciordia y a sus "herederos obientes una erreria llamada Orerrari y unos montes llamados Basasu que yo tengo e me perteneçen en virtud de una merçed de su magestad [...] con todos los arboles, yervas, aguas y paztos que ay e abran en los dichos montes [...] con todos sus derechos e pertenencias por la suma de ciento y diez ducados nuevos de oro contando a quarenta tarjas por cada ducado...".
Se sentencia que los granjeros de Vrdax puedan gozar como caseros y granjeros del monasterio en los términos del Valle de Baztan con sus puercos y ganados conforme a los convenios, uso y costumbres de la tierra de Baztan en las hierbas, aguas y pastos de los comunes.
En el lugar de Elizondo, "estando reunidos en la Junta General y pleno, segun tienen uso de juntar los vecinos de Baztan en el lugar acostumbrado..." y hallándose todos en "Bazarre y Junta General para tratar ciertos debates con la villa de Maya sobre yerbas, aguas y pastos" en los términos comunes del valle y villa (los vecinos de Maya han venido muchas veces a los Bazarres de Baztan) ... les fueron leídas la sentencia y declaracion de los árbitros sobre el asunto expresado y les fue dado a entender "en lengua bascongada", los cuales aprobaron la sentencia. Los de Baztan, a su vez, se reunieron en la huerta de Michelena de Elizondo, y los de Maya "en el Cimiterio de la yglesia de dicha villa despues de misa mayor".
Debido a los pleitos y diferencias que ha habido desde hace muchos años a esta parte entre el "monesterio de vrdax y el valle de Vaztan" sobre ciertos seles o majadas, términos, la herrería de Baqueola nuevamente fraguada, los prendamientos de ganado que unos hacen de los otros, y otras cosas y, con el fin de evitar gastos de juicios, tratan de llegar a un arreglo mediante el nombramiento de "árbitros arbitradores". El documento que fue acordado por compromiso de ambas partes, firmado en el Monasterio de Vrdax el 04/02/1584 y en Elizondo el 09/02/1584, contiene la relación de los bustos y sus seles para el gozamiento de "los vezinos de Vaztan con Vrdax". Señala también el "término redondo amugado" que el monasterio pretende hacer y la herrería de "labrar fierro a la ribera del rio de Hororbidea, mas arriba de Azcarr", sin parte ni derecho del valle de Baztan. Se establecen 500 ducados de pena para quien no cumpla la sentencia. Hay apelación contra la sentencia porque el valle está en contra de que el monasterio tenga seles propios y término propio para hacer en él la herrería. Se anula la mencionada sentencia, se exponen las diferencias existentes. Finalmente, con fecha de 04/03/1584 en Elizondo y con fecha de 05/05/1584 en el Monasterio de Vrdax, se firma el acuerdo que recoge los matices de propiedades y criterios de uso y aprovechamiento de los seles de las mencionadas bustalizas.
Este documento, en cuanto que es copia de la sentencia arbitraria de 1584, recoge prácticamente la misma información que la mencionada sentencia, pero presenta variantes en la grafía de muchos nombres, especialmente topónimos, recogidos en aquella. Así mismo, introduce nombres nuevos y no aparecen algunos de los incluídos en la sentencia mencionada. Por ello, se ha procedido a dar entrada a todos los nombres, tal como se registran en el presente documento.
Este documento, copia de la sentencia arbitraria de 1584 para su confirmación por el Consejo Real, recoge grosso modo la misma información de la mencionada sentencia, pero en lo referente a algunos nombres, antropónimos y topónimos, presenta alteraciones notorias en la grafía de los mismos. Además, introduce algunos nombres nuevos y no aparecen otros de los incluídos en la sentencia mencionada. Se ha procedido a dar entrada a todos los nombres, tal como se registran en el presente documento. Esta sentencia fue confirmada y sellada en la Corte en el año 1591.
En referencia a la sentencia arbitraria de 1584, se hace mención de los arrendamientos llevados a cabo de la ferrería vieja y de la de Baquiola en los años 1622 y 1664, y el traslado fehaciente de la escritura efectuado en el año 1756. Para llevar a cabo la construcción de la ferrería de Baqueola, acordada en la sentencia de 1584, los diputados de la mayoría de los pueblos de Baztan llamaron a maese Juan de Hualde de Lesaca, a Domingo de Yparraguirre "herron de la herreria de San Per", y a Domingo de Dolagaray alias bulon, "herron de la herreria de Añoa", para calcular el coste de la herrería de Baqueola y de su "presa, zequia, anteparas, casa auittacion y lo demas". Juan de Hualde declara que "para la zequia sera necesario de largo dozientas brazadas con la esttolda". En el año 1622 al arrendador de la herreria, Juanott de Araneder de San Juan de Luz, se le prohibe talar árboles para carbón en algunos de los términos contiguos a Ororbidea. En 1664 se manda levantar "la inhibicion de cortes de arboles proveidas".
Recuerda la sentencia de 1584, por la que se adjudicaron a Baztan varios seles "como suyos para siempre jamás". Procede, asimismo, a explicar que las aliagas al envejecerse sirven para caleras, cuyo uso es muy apreciable tanto por los de Baztan como por los de Sara. Pero que cuando son tiernas sirven de alimento de ganado mayor y menor y para hacer fiemo o abono para la tierra. Al helecho, que nace naturalmente y muere cada año, que de fresco lo comen los ganados, los de Zugarramurdi lo definen como "yerba" y lo denominan "yrachuria" ; los de Baztan, sin embargo, refutan el que sea "yerba" y alegan que cuando (en las facerías) se habla de "goce de yerbas y aguas" para los ganados, sólo se entiende por yerba lo que el ganado "come o toma a dientte". De seco sirve para cama de vacas, que se convierte en abono precioso para los campos.
Dos años después de firmada la sentencia de 1584, y de conformidad con lo acordado en la misma, se procede al amojonamiento del término redondo del Monasterio de Vrdax, señalando los lugares en los que fueron colocados los diez mojones. Todo lo que queda dentro del término amojonado es del Monasterio.
Los jurados y vecinos de los lugares de Arze, Donamaria, Ascarraga, Ygunin y Gaztelu, todos ellos pretenecientes al valle de Ybargoyara, "congregados en su cassa concegil que es el lugar hussado y acostumbrado de se juntar para todo lo tocante a concejo de dicha valle", alegan que los vecinos de Santesteban han empezado a plantar "planzones de roble en la endrecera llamada Larreder, alegando que les pertenece por cierta escritura de Donación que pretenden tener de Mariacho de Martie Aranozena, natural que fue de Gaztelu, y pretenden excluirles de ese lugar a ellos que lo han gozado de tiempo inmemorial". Con el fin de llegar a un arreglo amigable, nombraron como "arbitros arbitradores" a Pedro Arrayoz de Çoçaya, dueño de los Palacios de Arrayoz y de Çoçaya y a Martin de Yturen, dueño de los Palacios de Yturen e Yrulegui, y a otras personas que actuaron como testigos.
El alcalde, jurados, vecinos y concejo de la villa de Santesteban de Lerin, "estando ayuntados a toque de campana conforme a la costumbre que tienen de se juntar y congregar para semejantes y otros autos tocantes al dicho concejo" dijeron que la villa tiene "términos distintos y separados de los lugares de Gaztelu, Arçe, Ascarraga, Ygunin y Doña Maria que son del balle de Ybargoyara", y que confinan con ellos desde el mojón de Arregui, las piezas de Odolobiaga, el mojón de Cauico y de ahí al mojón que está al cabo del monte del Palacio de Aguirre, el cual divide el palacio, la villa y el valle de Ybargoyara. Todo lo que está hacia Santesteban pertenece a la villa. Por ello, los vecinos y concejo de Santesteban pusieron "robres en la endrecera de Azpelça, término de la villa", pero los de Ybargoyara pretenden tener una facería en términos de la villa y, por ello, habían arrancado el mojón de Cauico y pretendían que fuera de ellos dicho puesto donde plantaron "robres". Nombraron "arbitros arbitradotes" a Joan de Ezcurra, señor de Ezcurra y merino mayor de la villa de Sanguessa (sic) y su merindad y montañas de ella y a Sancho de Yturbide, señor de Yturbide, alcalde perpetuo del valle de Baztan, y a otras personas que actuaron como testigos.
Los "arbitros arbitradores" nombrados por ambas partes (villa de Santesteban de Lerin y valle de Ybargoyara), con el fin de atajar las diferencias existentes en el asunto del término de Larreder, llegan a un compromiso y correspondiente sentencia arbitraria. En el trabajo realizado reconocen que solamente había un mojón, que estaba en el cabezo llamado Arregui y determinan señalar con nuevos mojones todo el recorrido. Comienzan por el "rrio caudal que baja por la parte de la endrecera llamada Vrteaga, donde se junta el arroyo que baja en medio del robledal de Agorreta, llamado Anodia y Larre hederr, y de ahi hasta el alto donde nace aquél, donde hay un mojon con "y" (Ybargoyara) y con "es" (Santesteban), y de ahi hacia la borda de Bastaguillearena, ponen un mojon en el recorrido y otro donde la borda, y de ahi derecho hacia Arregui, junto al camino real que va de Santesteban a Gaztelu y junto a la endrecera de Hodol ybiaga otro mojon, mas adelante otro, y otro subiendo por la costalada hacia Arregui, otro en el llano de Arregui chipia, otro en el alto de Arregui donde hacen division Santesteban de Lerin, Ybargoyara y Legassa". Todo lo que queda debajo del amojonamiento hacia lo de Santesteban ha de ser de la villa "agora y a perpetuo", y lo que está hacia lo de Ybargoyara, sea de este valle. Hallan, por otra parte, que los de Santesteban habían puesto en la endrecera de Ayzpelça, que queda dentro de lo del valle, "155 planzones de rrobre", que serán de Ybargoyara, previo pago de 6 ducados y 10 tarjas en el plazo de un mes. Reconocen, asimismo, que desde tiempo inmemorial ha habido una facería entre ambas partes y determinan que siga igual. La sentencia obliga a realizar los pagos correspondientes, a saber: 4 ducados a Juan Martin de Bulano, maestro cantero de Oteyça, por la realización y colocación de los mojones; a los "arbitros arbitradores" sendos "goantes de Ocaña" por el trabajo y ocupación que habían tenido; 6 ducados a cada uno de los dos escribanos (Tomas de Çoçaya y Miguel de Narbart) pagados a medias por ambas partes. La sentencia fue declarada dentro de la iglesia de "sancta Leocadia jurisdiccion de Legassa" el 11/04/1589 y posteriormente notificada, tanto a los de la villa de Santesteban de Lerin, como a los del valle de Ybargoyara. Cada uno de ellos la aceptó en reunión de su respectivo concejo.
La carta censal va dirigida contra Martin de Vnçu "aforrador" y Pascoala de Almandoz su mujer, vecinos de la ciudad, que tenían un censo de la iglesia de San Cernin sobre tres casas que tienen en la calle Mayor, afrontadas las tres con casas de Carlos de Redin y una cuarta casa en el camino de Santa Engracia, extramuros de esta ciudad, afrontada con el camino real. También tienen viñas en el término de Solchate y en el de Santa Lucia.
Los del Monasterio piden que se amojonen los 27 seles del busto de Animelia adjudicados al Monasterio en la sentencia de 1584, a lo cual se procedió por común acuerdo entre el Monasterio y el valle de Baztan. Se señalan los nombres de los términos en los que se pusieron los 27 mojones y se indican en brazadas las distancias existentes para arriba, para abajo y para los lados de cada mojón. Cada brazada mide dos varas y un tercio. Los mojones eran de piedra y a cada una de ellas se le hizo una cruz encima, con sus testigos a los lados, en la forma que se acostumbra. Cabe señalar, también, que se acordó y se estableció que los ganados "axericados y acoxidos" por el Monasterio en los dichos 27 seles del busto de Animelia no podían ser acubillados de noche fuera de ellos, bajo la pena de prendamiento por los del valle de Baztan.
A lo largo del recorrido de los 27 seles, fueron poniendo los mojones con indicación del número de brazadas existentes en distancia de cada mojón con respecto al sel o nombre del término referido. Señala, asimismo, que cada brazada equivale a dos varas y un tercio. Una vez realizado, fue testificado en el sel de Arsua (o Arza, aparece denominado de las dos formas) por el abad y siete religiosos por parte del monasterio, y por el alcalde y cuatro testigos por parte de Baztan, siendo notario Miguel de Narbarte.
Es un extenso documento, al parecer del siglo XVII, pero sin fecha, que comienza recordando algunos pleitos habidos desde antiguo entre los del valle de Baztan y Zugarramurdi sobre si los de Zugarramurdi eran vecinos del valle o caseros del Monasterio. Ante una nueva alegación de los de Zugarramurdi, se exige a éstos especifiquen los términos confinantes con el valle de Baztan. Participan muchos testigos que dan diversas y, a veces, contradictorias versiones sobre la línea de los linderos entre Baztan y Zugarramurdi. La información que aporta el documento es abundante en lo que respecta a topónimos, linderos, seles, etc. de ambos lugares, así como a otros topónimos del entorno, como Urdazubi, Sara, Senpere... En algunos pasajes del texto, que está en castellano, aparecen intercaladas algunas palabras en euskera, tales como: Echalurrea ("no tiene más término que Echalurrea ... o sitio para hacer casas"), Ondorescoa ("heredades propias llamadas Ondorescoa ... que quiere decir propio antiguo y como troncal"), Lezea ("la cueva que llaman lezea a poca distancia del lugar de Zugarramurdi" [....] "la casa Echandia de Zugarramurdi está a la parte superior de una cueva llamada Lezea" [...] "una cueva que dicen Lezea en el término de Sara"), Errilurra ("suelo propio del lugar que llaman en bascuence Errilurra").
Señala algunas diferencias en los nombres de los términos en los que están colocados los mojones señalados por Zugarramurdi, reivindica que algunos términos pretendidos por Zugarramurdi son de Baztan, y matiza también la incorrección en algunos casos en las distancias señaladas entre mojón y mojón.
Referente al término permutado al valle de Baztan a cambio de la facería dada a la villa de Lanz. El término permutado va desde la eminencia llamada Ibaneta (que en la escritura de ajustamiento denominaron endrecera de Errebelu), donde está el mojón llamado tres mojones, ajustaron sea dado en permuta del sel de Belate Elordi, y los mojones corran empezando desde el mojón de Vsan Velardi, que dividía los términos de Lanz, Baztan y Val de Vlzamua (sic), ahora dividirán los términos de Lanz y Vlzamoa (sic), y corriendo de él hacia Velate hasta llegar al monte hayedo y desde allí hacia los montes de Baztan, casi en drechura a un mojon que se ha puesto en un paraje que hace esquina con dicho hayedo, y desde ese mojón a otro que se ha puesto junto a un robre, y asi hasta llegar a lo llano de Ybaneta y una peña que esta haciendo cara al mojón de tres mojones. La facería que da el Valle de Baztan a la villa de Lanz va desde tres mojones hacia arriba donde está el mojon donde el nacimiento de una fuente y otro más arriba, los cuales dividen lo de Baztan y Anue; y desde el último mojon para arriba hasta la cima del monte Gostamarro. Luego corta hacia Baztan según las vertientes de aguas pasando por más fuentes hasta las piedras llamadas Hardi (sic) Vrdinac, señalándola como mojón.
Según este documento, Elordi Urdinzu es un sel y endrecera que está dentro de los términos de Baztan, que confina por todas partes con términos del valle y por ninguna parte confina con término de Lanz ni de Vlçama. Está a dos tiros de mosquete de los mojones del valle de Baztan y de Vlçama y, además, el valle de Vlçama se interpone entre Baztan y lo de Lanz. Dice que se trata de un terreno pequeño y que, además, muchos vecinos particulares tienen en él seles y puestos amojonados, como el convento real de Vrdax, el molino de Eliçondo, el Palacio de Vrsua, Juan de Baraçeçabal... Todos ellos en la consideración de que los tienen dentro del valle de Baztan.
El presente documento es una referencia a la Sentencia Arbitraria del año 1584, por la que se adjudicaron al valle de Baztan los 108 seles que eran del Monasterio de Vrdax. En adelante, los vecinos de Baztan pueden poseer dichos seles y gozar con "sus ganados propios, agenos y agericados" y "venderlos o trocarlos". En el documento se especifican los seles que pertenecen a busto de Michelia y al de Gorrelia.
Es una copia en la que se hace referencia a un documento de amojonamiento del año 1586.
Graçiana de Cocaya, viuda, en su testamento enumera las personas que tienen alguna deuda y, asimismo, señala las personas a las que les debe algo. Enumera los nombres de sus cuatro hijos y nombra, ante notario y testigos, a las personas que deban elegir a su sucesor. Dichas personas son su padre, un cuñado, un hermano y dos tíos.
Hace referencia a las familias de ambas partes, especialmente a la de Graçiana de Oteyça, señalando que es hija del Beltran de Oteyça, dueño de la casa de Arria de Narbarte, y sobrina tanto de Joanes de Oteyça, alcalde del valle de Vertiz, como de Joan de Oteyça, abad que fue de Saldias.
Joanes de Oteyça, de la casa de Çoçayarena de Narbarte, estando enfermo en cama, hace el testamento ante notario y testigos. Hace referencia de las deudas que con él tienen contraídas algunas personas, señala los nombres de sus hijos y especifica los ganados que posee, a saber, 4 bueyes, 2 vacas con sus crías, 2 novillas y 2 buyatos de dos para tres años, 71 ovejas con 14 corderos poco más o menos, 28 cabras y 2 cabritos, y 17 cabezas de puerco mayores y menores. Señala, asimismo, que el día de su "enterrorio" se ofrecerá al rector de Narbarte una oveja de su rebaño.
Jayme de Çoçaya, enfermo en cama, realiza su testamento enumerando las personas que tienen alguna deuda y, asimismo, señala las personas que tienen deudas con él. Señala su deseo de que el heredero sea uno de los hijos o hijas de su hermana Graçiana de Çoçaya y el marido de ésta Joanes de Bicuña. Señala que entre sus bienes posee vacas, bueyes, ovejas, cabras, puercos y otros.
La cuestión que se plantea es debido a que los de Arizcun habían hallado acubillados, fuera del busto de Animelia del monasterio y en terrenos comunes del valle, cierto número de vacas del monasterio y las habían llevado a Arizcun. Plantean, por ello, que si los del monasterio no quieren que les multen, deben marcar sus vacas propias con el "sello del monasterio" para que se conozca cuáles son las vacas del monasterio y puedan distinguirse de las otras.
Miguel Perurena que habitaba en la casa de la abadía de Sumbilla, hace el inventario de sus bienes, que los describe detalladamente, y el testamento de los mismos. Indica nominalmente a los herederos de dichos bienes. Describe las deudas contraídas que le quedan por solventar, así como las que le quedan por percibir.
Miguel de Bidegui, natural de la casa de Videguirena de Legasa, bachiller y rector de Oyeregui, Narbarte y Oronoz, y beneficiado de Legasa y Santa Leocadia, cofrade de la clerecía de Baztan, ordenó en su testamento lo siguiente: 1) Sea enterrado en la parroquial de Santa Cathalina de Legasa y que llamen a todos los clérigos del arciprestazgo con cada seis hachas y ofrendas acostumbradas; 2) Que deja a su "serbiciala", Maria chipia de Echeberria, 47 pies de castaños que había comprado a Juanes de Jaureguiberri, vecino de Oronoz; 3) Que Juanes de Tipulaz, alias Buruluzea, de Legasa, le debe 71 ducados más o menos; 4) Que nombra heredero universal a Pedro de Vicuña y Zozaya, señor de Zozaya, capitán de Infanteria Española por su Magestad, y en defecto de él a su sucesor o sucesores señores del Palacio de Zozaya.
La sentencia establece que tanto la casa de Machinena, como las demás casas pertenecientes a la Granja de Vrdax, no puedan construir bordas ni otros edificios, ni hacer roturas, piezas y plantaciones en lo de Baztan y que deshagan lo que ya se hubiere hecho. Los de la casa de Machinena alegan que tienen vecindad entera y, por tanto, derecho a ello. Sin embargo, la sentencia de 1607 no les da la razón y tampoco la de 1608, que es más general, pues incluye a los bordeantes de Vrdax. Finalmente, la de 1679 ratifica la sentencia anterior.
El pleito se falla ordenando que los de Bayguer no hagan roturas, dejen "ermar" las hechas, no puedan hacer chozas, ni bordas, ni cabañas, ni corte de árboles en los términos y montes de Alduyde y Balcarlos. Tampoco puedan introducir sus puercos al "pazto" ni los demás ganados, sino tan solo por vía de facería, de sol a sol, volviendo a acubillar a sus términos propios que es más allá del regacho de Eunceguiarana, y que los de "Herro y Balcarlos" puedan prendarlos, carnerearlos y echarlos fuera. Esta sentencia se pronunció en Pamplona en el año 1608, pero en el 1612 aún colea porque los de Bayguer han hecho muchas roturas, chozas, metiéndose "cadaldia" en esos montes con su ganado hasta los términos de Eugui y Erro en distancia de más de cinco "legoas" dentro de los mojones y en los de este Reyno. Además, el bizconde de Echauz, en lugar del busto de "Recart Elia" ha levantado otro con el nombre de "Bizconde Elia" extendiéndolo hasta los mismos mojones de Eugui y Erro, con el fin de adquirir "por ay alguna posesion y otras cosas". Se confirma la sentencia de 1608 y declaran que los mojones que dividen los términos y montes de Alduyde de los de la tierra de Bayguer son: Yzpegui, Necoyza, bustaliza de Barracarita, llegando hasta "la agua grande de Alduyde". Lo que está desde dichos mojones a la parte de Bayguer, se entiende que es de la tierra de Bayguer, y lo que está a la parte de Alduyde son los montes y términos de Alduyde, sin parte ni derecho de los de Bayguer. Siguen los mojones por Vrdia, Leyçara munoa, bustaliza de Abayrça, peñas de Biurrunçagaña y Alcayçarre chipia, Erate, Orayztarri çayri, regacho de Eunceguiarana que da al río mayor de Balcarlos. Todo lo que está a la parte del Reyno es de los montes y términos de Alduyde. Dice, finalmente, que todo ello es conforme a la sentencia de Carlos III "de Nauarra de la alta y baxa", del año 1400, entre los de Balderro, el bizconde de Echauz, los de la tierra de Bayguer y los de "Lucayde dicha Balcarlos", sobre gozamiento de dichos montes y términos de Alduyde y amojonamientos de ellos. Sentencia consentida por las partes y confirmada por la reina Leonor.
La demanda presentada por el licenciado Martin de Ardayz, abad de Erro, el procurador del alcalde, los jurados, y los vecinos de la vniversidad y valle de Erro, se debe a que los de Bayguer dicen que son los propietarios de las "yerbas, aguas y montes de todo el territorio de Alduide", en contra de la sentencia del año 1400. Recuerdan que en dicha sentencia, que "fue loada y consentida por los de Baiguer y los de Bal de Erro [...] y confirmada por Doña Leonor Reyna que fue destte Reyno de Navarra, en Olite a 02-II-1404", se señalaron los límites y mojones que dividen los montes de Alduide, comenzando "desde la cumbre de la sierra de Yzpegui y la agua que corre della hasta el Rio mayor de Alduide y de hay ba señalando otros mojones hasta la agua o riachuelo de Eunzegui arana, de los cuales dichos mojones y limites hacea estta parte es de Val de Erro". Sin embargo, recientemente el vizconde de Echauz "puso un nuebo de busto de bacas en los dichos montes con el nombre de Vizconde helia, recogiendo grande numero de bacas y bueyes de vezinos particulares de Bayguer y haciendoles pagar cantidades de dineros asi por acogerlos como por la yerba que gozaban en los dichos montes como si el fuera señor dellos. Y demas de ello, el año 1608 los jurados de Bayguer con los criados de dicho Vizconde entraron por los montes de Alduide con gente armada de noche y prendieron algunos puercos de los de Val de Erro [...] y los multaron y llebaron cantidades de dineros [...], en 14-VI-1611 mataron a un jurado de Erro y al dia siguiente, 15-VI-1611, fue el Vizconde con hasta 160 ó 200 hombres de la tierra de Bayguer armados con arcabuces y ballestas y chuzos tañendo un tamborin y entro cinco leguas por los dichos montes jurisdicion de la alta Navarra [...] y el 23-VI-1611, víspera de San Juan de Junio, llegaron con gente armada hasta el puesto que llaman Goycalondo y el 04-VII-1611, el Vizconde con 260 hombres de Bayguer se embosco en la Sierra de Astavizcar, en la parte llamada Yturreapurreguia, media legua dentro de los limites de Navarra la alta y prendio al Señor de Hureta y al Alcalde de Val de Erro que hiba con su bara de justicia lebantada, y a otros mas que iban en reconocimoento de los mojones de entre la tierra de Cisa y las tierras de Val de Erro y Roncesvalles y Aezcoa y Valcarlos, reconocimiento que se hacia con el Alcalde de Cisa y el castillano de San Juan de Pie del Puerto y los diputados de la tierra de Cisa, cosa que se hace cada año [...] El Vizconde hizo otra entrada el 29-IX-1611, y por su orden entraron los jurados de Bayguer el 01-X-1611 y otra vez el 24-X-1611". Suplican que se aplique a los de Bayguer la sentencia de 1400 y se haga justicia.
Entre los muchos nombres que aparecen en las respectivas arrendaciones, cabe destacar que en los documentos clasificados por P. Ondarra con los números 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, referentes al año 1635, consta el licenciado Pedro de Axular, como rector del lugar de Sara y arrendador principal de los "quartos del Valle de Baztan, Balde Vertiz, Val de Lerin y Cinco Villas, pertenecientes al obispo y canónigos de Bayona". Y en el documento número 24 aparece como testigo, siendo arrendadores los canónigos de Bayona Pedro Goubert y Juan Delissalde.
Se expone la delineación y el amojonamiento realizados en el año 1615, en cumplimiento de las Capitulaciones Reales del año 1614. Se realiza en tres líneas, a lo largo de las cuales se citan diversos mojones y seles. En la primera línea, que comienza y acaba en Eunzaray, se citan Instauz, el río mayor de los montes de Alduide llamado Aguira y el sel de Ansola. La segunda línea, que comienza y acaba en Beorzu, pasa por Meatzea, Saruille, Elizadore, Candelaz, Vrbelzacozelaia, Jaurmendia, Arizmeaca, Sagarzelaiecoerreca, Azpilcuetabeherecolarrea, Azpilcuetagaraico larrea, Saioiarenbereco larrea, Mizpiracolarrearenburua, el sel de Erreola, Olalderrietacoeguia, los seles de Olaberrietacoeguia, Sanbilualdea y Olapide, el alto de Equisorengaistocoeguia, Meazea, para llegar a Beorzu. La tercera línea va de Mendicozetagaña a Beorzu y en su recorrido se citan Berzquineta, Jausagui, el río Aguira, Legartarteco ondoa, Legartarteco vizcarra, Legartartecogaraicolepoa, Nabalecondo, Icaisaroia, Icaisaroiaren larrearenbarrena, Mearristoi, Adarrecolepoa, Mearistoicondoelutsa, Saltigaraycolepoa, Vrquelutseburua, arroyos de Vrzualaia, Labearin, Arismeaca para llegar a Beorzu.
Reunidos el alcalde y los jurados de la "tierra, universidad y balle de Vaztan" alegan que el escudo ajedrezado es propio de Baztan. Por eso, se requiere a los vecinos de Maya, que lo han puesto en sus casas, a que lo quiten o a que hagan fe de sus títulos para ponerlo. Alegaron los siguientes: Pedro de Aguerre y Aramendi, vecino de Maya, dueño de Aguerrea, diciendo que su padre, hijo de Maria Miguel de Aramendi, era dueño de Aramendia de Azpilqueta, y el "aguelo" paterno Pedro de Legarr, hijo de los dueños de la casa Legarrea de Çiga. Ynigo de Gamio, vecino de Maya, diciendo que sus padres eran vecinos de la casa de Gamioa de Arizcun y que, además, su padre era hijo de la casa Maritorena de Oarriz, parroquia de Lecaroz, y su madre de Gamioa de Arizcun. Pedro de Yrigoyen, dueño de la casa Yrigoyen de Maya, dijo que su madre era hija de Juanes de Echagaray y de Maria Oarriz de Yrigoyen, dueños que fueron de la casa de Yrigoyen de Lecaroz y, además, su "visaguela" paterna, Maria Juan de Aguerre, era hija de la casa Aguerrea de Çuaztoy.
Las cuentas vienen expresadas, según los casos, en ducados, tarjas, cornados, reales, cuartillos y maravedíes. Casi todas las referencias corresponden a la iglesia de Santesteban. En algún caso hay referencias a la iglesia de Elgorriaga. Los datos recogidos por P. Ondarra se limitan prácticamente a nominaciones personales: obispo, visitadores, rectores de iglesias, operarios de las mismas, etc. Entre los mandatos realizados cabe señalar el referente a las órdenes dadas a los danzantes que el día del Corpus acompañan al Santísimo en Santesteban: deben ir delante de la cruz y a no menos de 20 pasos del Santísimo, "so pena de excomunión y del pago de dos ducados para la limosna del Santísimo Sacramento". En el año 1619, el visitador permitió que "los dançantes" puedan con sus cabezas cubiertas y con los trajes que acostumbran acercarse al Santísimo en distancia de cuatro pasos, a hacer la veneración y reverencia que acostumbran, pero a solas, es decir, sin "tanborim" ni otra música profana, porque ésta debe ir alejada en la distancia que está ordenada en los mandatos.
Son varios documentos referentes a los convenios y concordias, como consecuencia de los pleitos habidos, entre la villa de Aranaz y los dueños de Aranibar, Joan de Arranibar (o Aranibar), mayor y menor. Tres de estos documentos están fechados en el año 1617, uno en el 1618 y cuatro en el 1619. En ellos se mencionan nominalmente los alcaldes, jurados, testigos y vecinos que se reunían, así como los nombres de los seles y de los "exidos, egidos o ejidos" a los que se hace referencia. El convenio de 1617 se acordó en Aranaz, en reunión celebrada "en la puerta de la cassa de Martixena donde tienen su vso y costumbre de se juntar ... para tratar las cossas tocantes al dicho concejo". Para este acuerdo tienen como documento básico una escritura sobre el mismo tema, firmada en el año 1512. Pero los de Aranaz alegan que aquel acuerdo resulta muy antiguo porque, entre otras cosas, se estableció que los de Aranibar pagarían por carga de carbón 6 maravedíes, precio que los de Aranaz pretenden elevar, a la vez que desean indicar con mayor precisión la relación nominal de los seles y "exidos" que entran en el convenio. Establecen, asimismo, que los trasmochos hay que realizar en los meses de "deciembre, henero, hebrero y marzo, dejando dos estados y medio de tronco en alto, de modo que queden dos o tres ramas a los lados de cada tronco para que mejor puedan bolver en si y brotar [...] y que se trayga de la prouincia un official carbonero esperto a costa de ambas partes" (Aranaz y Aranibar). En la escritura de 1618, los de Aranaz exigen que primero se amojonen los seles que hay en los "exidos", pero los de Aranibar alegan que la sentencia no habla de amojonar los seles sino tan sólo de señalar y dividir los "exidos", cuestión que aceptan los de Aranaz, pero con la condición de que en 1619 se nombrara un letrado "comfidente y esperto en la lengua vascongada que acompañe al escribano o comisario". El Consejo Real alega que no hay lugar para dicho nombramiento, pero que teniendo en cuenta lo solicitado, procedió a cambiar la persona del comisario, nombrando a Pedro Vertiz de Arechea en lugar de Miguel de Echauri. Finalmente, en reunión celebrada en 1619, esta vez "dentro de la casa de Regimiento de Aranaz", establecieron implantar los mojones en cada uno de los 25 seles y señalar los "exidos" en los que se puede hacer carbón, indicando con precisión el número de cargas que se prevé obtener de cada unos de ellos. El total ascendía a 44.000 cargas de carbón.
En el año 1619, Miguel de Beynça, zapatero, dona una casa que tiene en la calle de los baños de Pamplona y una viña en la endrecera de Çadar a su hijo estudiante en el colegio mayor de Santespiritus de Oñati (sic) para que se pueda ordenar de Epistola. A su vez, Pedro de Veinça, mercader de Pamplona, hijo también de Miguel y hermano de Martin, le dona a su hermano Martin otra casa en la misma calle de los baños. Veinte años después, en 1639, Martin de Beynça, que fue capellán mayor del convento de la "compseçion" de Pamplona, heredó la casa en cuestión a un hermano suyo, llamado también Martin, que era mercader de San Sebastián.
Recoge datos referentes a peticiones y concesiones para hacer mejoras en las casas, bordas, roturas, etc., con referencias a muchos nombres de personas, casas y términos toponímicos.
En esta copia de 1620 se dice que en el pleito de Baztan contra el lugar de Zugarramurdi, el valle argumentó que, según el Libro de Fuegos de Navarra de 1365, el reino otorgó al rey Carlos 40.000 florines de oro para gastos de guerra, y que se hicieron tres distinciones: hijosdalgo, francos y labradores. Que en 1366 se comisionó al caballero Garcia Ramirez de Asiain y al escudero Garcia Ybañez de Lizasoain para la tasación de los dos florines y medio por hijosdalgo de la Merindad de Pamplona. Según ellos, los fijosdalgo y los lugares en los que se hallan asentados en el valle de Baztan son Arizcun, Azpilcueta, Vrrasun, Errazu, Yrurita, Arrayoz, Ciga, Berroeta, Elizondo, Santa Cruz, Almandoz, Oronoz, Garzain, Lecaroz, Aniz, Santa Cruz de Eluetea, Zozaya y Apayo de Vrrasun. En otra partida separada da la razón siguiente: que Vrdax con el monasterio de Vrdax que "contribuyen los legos de la dicha Baztan", pagan cuartel por ellos y por el lugar de Zugarramurdi que son suyos propios y que Zugarramurdi tiene quince casas de labradores. En los asientos de Baztan del tesorero Juan de Bosquet, de 1494, se incluye también la Granja de Vrdax. En el de Mosen Luis Sanchez de 1513, también aparece, y respecto al repartimiento y paga de alcabala de Baztan, se incluyen tanto la Granja de Vrdax como Maya, pero en el número de lugares de Baztan no se cita Zugarramurdi.
D. Martin de Echayde, rector que fue de Yrurita, dejó 100 ducados para una capellanía que fundó en Elizondo. Siendo Pedro de Datue el capellán de la misma, compareció Beltran de Gortayri, vecino y residente en Maya, que tenía 100 ducados a censo dejados por su padre, de los 200 ducados que tenía a censo sobre el palacio de Vrsua. El texto es inconcluso.
Se trata de un borrador de la primera mitad del s. XIX, que resume una amplia documentación sobre Borda de Maya, de entre los años 1622-1693. Patxi Ondarra extrae los datos onomásticos con paginación incluida.
Para dicho contrato matrimonial, a Elena de Arrechea su padre le da 50 ducados, una taza de plata de 10 ducados, 2 camas cumplidas con su arreo y a ella "bestida conforme al vso de la tierra". La madre de Marttin le donó a su hijo y a la mujer de éste la casa llamada Marttiñarena, con su huerta y un "bago frontero de ella" dentro de la villa de Aranaz, afrontado todo con caminos públicos y con tierras de Juangorena y Perusquichorena. Juntamente con la casa, piezas en Landarte y Musquillabide, un manzanal en Berrazabalett, un castañal con su helechal en Eguiluz, tres robadas de tierra en Meaca, una pieza debajo de la iglesia, y lo demás en Arrataburu.
En este rolde, del año 1628, se exponen los nombres de las casas de Zugarramurdi, así como el nombre y apellido de los dueños de las mismas. Del total, cinco son mujeres y tres de ellas viudas.
En dicho contrato matrimonial, Domingo de Gaztelu aporta al matrimonio 3.000 ducados en mercadurías, dineros y recibos. Los padres de la novia, Maria de Azpilqueta, ofrecen 1.500 ducados y "una cama cumplida con todo lo que le pertenece y la dicha esposa vestida segun su calidad". El esposo ofrece por "arras y amejoramiento la octaua parte del dote que trae". En caso de disolverse el matrimonio sin hijos, cada uno dispondra de sus dotes, conquistas y "drechos" a su libre voluntad.
En este pleito, que parece ser del año 1630, el valle alega que se compone de 14 lugares o parroquias y que el Monasterio de Vrdax es una de las casas vecinales de Baztan y que los de Zugarramurdi son "caseros bordeantes del Monasterio" y que no son vecinos del valle y que, por ello, a los de Zugarramurdi se les declare que "así concejil como singularmente no son de los 14 lugares del valle". Responden los de Zugarramurdi que los términos de Baztan afrontan con "la tierra de la Bortt, con montes y términos de Echalar y con los de Erausatt, que son de D. Luis de Berttiz, y con los de la tierra de Lerin y de Vlzamoa, Balde Anue y con los montes reales llamados Eugui arana y Alduide y con los términos de Baigorri y Oses de Vlttrapuerttos". Añaden que dentro de esos límites hay 17 parroquias y 25 lugares y que ellos no han sido ni son bordeantes ni caseros del Monasterio de Vrdax, sino vecinos del valle. Los de Baztan, en las pruebas del pleito, por medio de 24 testigos, aducen que "de siempre acá" Baztan ha sido 14 lugares o parroquias y 1 concejo. Insisten en que Zugarramurdi no es del valle y aducen como prueba que en la Cámara de Comptos, en el folio 284 del Libro de Fuegos de 1366, se dice que el Monasterio de Vrdax "contribuye con los legos de la valle de Baztan y paga cuartel por los bienes de la Orden y por los habitantes del Monasterio y el lugar de Zugarramurdi que son suyos propios". Mencionan, asimismo, como prueba otra escritura de convenios de 1482, que fue otorgada por tres partes o comunidades: el valle de Baztan, el Monasterio y Zugarramurdi, y que en los autos de elección de alcalde de 1615 solo concurren 14 lugares, pero no Zugarramurdi. En un testimonio, a instancia de Vrdax, consta que la jurisdicción del lugar de Zugarramurdi es del Monasterio y que la vecindad de Zugarramurdi en el valle es solo "de gozamiento de yerbas y aguas". Además, añaden que si fueran 25 lugares, como alega Zugarramurdi, habría 25 jurados y no 14, etc. Los de Zugarramurdi, por su parte, por medio de 19 testigos, defienden que son de Baztan y aducen varios argumentos, entre ellos la afrontación de los términos de Baztan, la sentencia de 1220, según la cual todos los de Baztan son hijosdalgo infanzones, etc. Los de Baztan alegan sentencias anteriores que avalan sus argumentos y añaden también que los de Zugarramurdi son caseros del Monasterio y que si fueran pueblo distinto tendrían términos distintos, como los tiene la villa de Maya que está dentro de los límites del valle y que éste tiene con ellos facería, no así los de Zugarramurdi, que la tendrían si no fueran caseros del Monasterio.
Este documento sin título, fechado entre los años 1632-1634 en la villa de Aoyz (o Agoyz), hace referencia a ciertas deudas contraídas por Baltasar de Valanca (o Valança), vecino de dicha villa con Jayme de Oteyca, como administrador nombrado por la Corte de los bienes de Martin de Egues y de su mujer Lucia de Oteyca. Al parecer, dichas deudas fueron abonadas en los años 1633 y 1634.
Hacen referencia a la sentencia arbitraria de fecha de 11/04/1589 entre la villa de Santesteban de Lerin y el valle de Ybargoyara, y en las tres solicitudes se pide una copia de dicha sentencia. La primera solicitud es del año 1634, realizada por Joan Martinez de Aguirre y Cenoz, dueño del Palacio de Aguirre de Ybargoyara y vecino de Santesteban. La segunda, del año 1706, realizada por Francisco de Aguirre y Vrsua, dueño del Palacio de Aguirre de Ybargoyara. La tercera, del año 1729, realizada por Joseph de Perostena, procurador de la villa de Santesteban que pide, además de la sentencia de 1589, la de 22/09/1511, que se halla en la villa de Yturen. Pero Juan Franzisco de Aniz, escribano real y vecino de Yturen, responde que la escritura de 1511 se halla escrita "de letra anttigua y rota y con ocho vazios o blancos", por lo que aduce que no puede copiar ni dar fe.
Se trata, al parecer, de varios papeles de los que P. Ondarra toma notas sueltas referentes casi en exclusiva a los nombres de las personas incluidas en dicha documentación.
Joansimon de Eliçondo, dueño de la casa de Simonenea de Aranaz, estando ya en cama, hizo el testamento, dejando algunas cantidades a la iglesia de Aranaz, a la de Yançi y a la hermita de la Piedad de Yançi. Da cuenta, tanto de las deudas contraídas, como de las que tienen con él. Hace heredera de su casa a su hija Mari Juan de Eliçondo y señala también lo que deja a sus hijos Philipe y Simon. En un nuevo documento del año 1637, realiza algunos matices con respecto al del año 1635.
El documento incluye solamente los nombres de la testadora, su marido, sus hijos, el escribano y los testigos. No hay datos de bienes, etc.
Hace referencia a un pleito, por razón de la sucesión, de la casa de Echacarra (Echaçarrea o Echaçarreta) de Oyz, cuyo contenido no especifica. Al parecer, la hija legítima de dicha casa, Maria de Sayetas, casó con Joanes de Zuloaga, menor de días, el cual puso un pleito por la sucesión de la mencionada casa.
Martin de Çoçaya, mancebo, de Oyz contrae matrimonio con Graçiana de Vrroz y Eztiri, hija de la casa de Eztiria del lugar de Arçe. El documento describe los bienes de dicha casa de Eztiria. Cita varias posesiones por su nombre, tales como la borda en Verrau, las endreçeras de Visuste, Camioburua, Tolar aldea, piezas de Eliçarabidea, Camioburu, Landaburu, Ansso, Lialea, Cidobi, Elçaurdia, Elchaurcharra, Aztia, Garatea, manzanal en Mendicoa, castañal en Errotaldea, Bagola, Azquibel y Osabidor y helechales en Lancharagui. Hace, asimismo, referencia a otras piezas pertenecientes a dicha casa, sin mencionar su nombre.
Martin de Alzualde, dueño de la casa de Jaunarena de Arçe, reconoce haber adquirido dos piezas y tres castaños que son de la casa de Eztiria de Arçe, que ahora las restituye.
Luis Ostiz, procurador de la valle de Baztan, pide que no se dé la confirmación y sobrecarta a la Concordia hecha por la Casa Real de Roncesvalles y la valle de Erro con los baigorrianos. Para ello, aduce un articulado de las Capitulaciones Reales y menciona los excesos que hubo levantando "baquerías y bustos" de más, entre los que cita a los de Cilbetelia, Mezelia, Ansomezelia y Fermerelia, que la casa de Roncesvalles tiene de continuo, invierno y verano, en los montes de Anizlarrea y Astabizcar.
Joanes de Lacoizqueta, mayor, hijo de Paulo de Lacoizqueta y de Joana de Anchoterena, dueños de la casa de Lacoizqueta y ya difuntos, contrae matrimonio con Ysauela de Oteyza, hija de Jeronimo de Oteyza y de Maria de Gaztelu, serora de la basílica de Santa Leocadia. La casa de Lacoizqueta tiene, entre otros bienes (que P. Ondarra no especifica) dos piezas de tierra blanca delante de la casa con robledal y helechal, y todo el afronta con el rio grande de la parte vaxa y el camino real y el puente de Legassa y del rio (?) dicho de Ybarrondo hasta la casa de Yçu; y otro pedazo de manzanal que tiene en Ynçaçandi, que confina también con el rio grande y heredad de Yçu.
El dueño del Palacio de Jaureguiçar de Arrayoz convocó a personas "ancianas" para reponer los mojones que faltaban entre su propiedad y lo común del valle. Procedieron de esta forma: el primer mojón lo pusieron hacia Ascappe, junto a la borda de Tristantena, en línea recta hacia la borda del Palacio de Jaureguiçar, el cual separa lo común que queda en la parte de arriba y lo del palacio en la parte de abajo; el segundo mojón en la orilla de una pieza del Palacio de Jaureguiçar y una pieza de Gamioa que está en lo común del valle; el tercero más abajo de la borda de dicho palacio; el cuarto a 27 pies más arriba del camino real, y dado que algunos castaños de la casa de Gortayria quedaban en lo del palacio, el dueño de éste pagó al de Gortayria su valor y se los quedó para sí; los cuatro mojones siguientes se colocaron hacia Ascappe y Oronoz, por la misma "costanera", quedando lo de arriba para el valle y lo de abajo para el palacio, y exigió se le dejara libre el paso para el acceso de la borda del palacio, pues había cerrados de piedra y plantíos que impedían el acceso. Redactado el acuerdo, y "comprehendido en lengua vascongada" se dieron por enterados, comprometiéndose para su cumplimiento.
Por medio de esta escritura censal, los vecinos de Arizcun Juanes de Elizalde y Maria de Elizayzina dueños de la casa Elizayzina, y Juanes de Zamargilearena y Catalina de Elizaizina, dueños de la de Zamargilearena, hipotecan ambas casas con sus bordas y alguna pieza. Ejerce de fiador Juanes de Gortayri, dueño de la casa Gortayria, también de Arizcun.
El dueño de la casa de Dominjorena de Narbarte Joanes de Aresso (escrito otras veces Joanes de Herasso), con el fin de poder pagar una deuda de cierta cantidad que tenía con el dueño del Palacio de Arrechea de Oronoz, llamado Pedro Bertiz Arrachea, vende al hijo de este, llamado Joan Bertiz Arribillaga, un manzanal en la endreçera de Alçugaray de cuatro peonadas y media y una pertiga, que afronta con otras heredades del dicho comprador Joan Bertiz Arribillaga.
En este breve documento se da cuenta del nombramiento como heredera de Jayme de Çoçaya, de la casa Çoçayarena de Narbarte, a Maria de Vicuña (o Vicuyna), sobrina de Jayme de Çoçaya e hija de su hermana, ya difunta, Graçiana de Çoçaya.
El alcalde de Baztan, juntamente con los gentiles hombres, jurados, vecinos y concejo de la tierra y universidad del Valle, dijeron que las vacas del valle con sus ganaderos y porcionistas están admitidos en los dos bustos de Roncesvalles llamados Anssomezelia y Fermerelia, que "herbagan" en sus montes y términos de Anizlarrea, Asta vizcan y Garaz portua, en virtud de cédulas y mandatos de los virreyes, en lugar del ganado y ganaderos de los vaygorrianos y con exclusión de éstos. Han surgido diferencias sobre los bustos y vaqueros para cuyo arreglo se nombró a Sebastián de Jauregui, canónigo de Roncesvalles y a Miguel de Vrsua, secretario del valle de Baztan, quienes concertaron un "cartel" y firmaron, a una con Francisco de Azpilcueta, abogado de las Audiencias Reales y síndico del Reino.
Joanes de Aluirena es hijo de Pedro de Aluirena y de Maria de Joanperurena. Contrae matrimonio con Maria de Vicuña, hija de Joan de Vicuña, escribano real ya difunto, y de Maria de Eparoz, dueños de la casa de Aroçena de Narbarte. Maria aporta al matrimonio la casa de Aroçena con su huerta pegante que afronta con la plaza pública, con casa de Dendariarena y huerta de Arochena, y tierras o endreceras, algunas referidas por su nombre, como Laurendia, Onsari aldea, Chapayoa, Gorriti, Olloqui, y otras tierras sin especificar el nombre de las mismas. Joanes, por su parte, trae 120 ducados de dote principal y 10 ducados para vestuario de Maria.
Se especifica qué bienes quedaron al final de los días de Jayme de Çoçaya, de la casa de Çoçayarena. Son la casa de Çoçayarena, con sus asientos y sepulturas en la parroquia, con su huerto y solares que le cercan y el horno, los cuales afrontan con calle pública y con huertas de Onsarirena, Domingorena y con tierras de Perurena. Describe las endreceras, algunas por su nombre, como Alçugarayeta, Laurendia, Larriberro, Onbordi, Arrixurieta, más unos castañales y felguerales en lo común de Vidasoa, y otras tierras sin especificar el nombre de las mismas. Relata, asimismo, el número de cabezas de ganado: 52 ovejas, 16 cabras, 14 corderos y 15 cerdos; mobiliario de la vivienda, como camas, arcas, "tajadores", "cuxaras", asadores, etc., y aperos, como arados, erradas, arcabuces, espadas, "lanzones", dardos Finalmente, se incluye la declaración jurada de Pedro de Echeto, de 29 años de edad, que fue criado de dicha casa durante 20 años. La declaración de éste, en lo referente a los bienes de la casa, coincide con la declaración anterior, y en lo que respecta al ganado, a los anteriormente enunciados, añade 17 vacas y 2 bueyes para arar y sembrar.
Luis de Donamaria y Ezperun, señor del Palacio de Donamaria y de Ezperun, juntamente con los jurados y vecinos de los lugares de Donamaria, Gaztelu, Arçe, Ygunin y Ascarraga, que todos componen el concejo de Ybargoyara, reconocieron que Luis de Donamaria y Ezperun y sus antepasados han tenido y tienen un castañal en el término de Yamarco, que está hacia la parte de Gaztelu y hacia el término llamado Donamaria Soroto. Hay diversas opiniones de si ha sido amojonado o no, y para evitar dudas, acuerdan que sean amojonados los castañales de Yamarco y Miquelchorena. Pusieron 8 mojones, 3 hacia lo de Gaztelu. El primer mojón lo ponen junto al castañal de Dendarisagardi, que es de vecinos particulares, el tercero junto al manzanal y helechal de la casa de Epeloa, el quinto subiendo hacia el castañal de la casa de Martichonea, el cuarto en medio de los dos anteriores, el sexto en la parte que confina con los castañales de Echeuerria, Epeloa y Arguiñenea, etc. Hay una cruz en la esquina del castañal de Dendarisagardi y la pieza de Epeloa. Los ganados "granados y menudos" de los lugares de Ybargoyara pueden andar libremente en esos términos, de día y de noche, desde el día de san Miguel de septiembre hasta el día de todos los santos de cada año.
Se recoge la relación de las casas de Vrdax, con los nombres de sus dueños y/o caseros que tienen goce en las yerbas, aguas y corte de árboles para el reparo de sus casas en los términos comunes del valle de Baztan. Dicha relación es realizada por el abad y convento de Vrdax a requerimiento del valle.
Se recoge la relación de las casas de Vrdax, con los nombres de sus dueños y/o caseros que tienen goce en las yerbas, aguas y corte de árboles para el reparo de sus casas en los términos comunes del valle de Baztan. Dicha relación es realizada por el abad y convento de Vrdax a requerimiento del valle. El presente documento es una copia del texto de 1647, realizada en el año 1713. En esta última se observan algunas variantes de los datos copiados del texto original. De dicha lista de nombres de 1713 solo se han extraído los que presentan variantes con respecto a la lista de 1647.
Se señalan las 54 casas vecinales del lugar de Vrdax, realizadas por el monasterio para tener goce en los términos del valle de Baztan, en cumplimiento de lo mandado por el Real y Supremo Consejo de este Reino en su sentencia del año 1647. A la citada lista de 54, el recepcionista añadió 4 más, que son las casas de Chocorena, Nescatoeta, Maritorena y Barberenea.
En este documento se repite la información recogida en el documento titulado "Memoria y rolde de las 54 casas de Vrdax que tienen goce en las hierbas y aguas del valle de Baztan" del año 1647. Por ello, consignamos únicamente aquellos nombres de las casas y de sus dueños u ocupantes que no coinciden con los del referido documento de 1647 o presentan alguna variante gráfica con respecto a aquel.
Madalena de Pressa, viuda del mercader Martin de Beinza, da poder a Juan de Beinza su cuñado, a Domingo de Gastelu y a su hijo Joseph de Beinza, para que en su nombre puedan cobrar de cualquier persona de la provincia de Guipuzcoa, del Reyno de Navarra, de Aragon y de otras partes, todo lo que se le debe como heredera de Martin de Beinza. Cita algunos nombres de mercaderes de Zaragoza con los que tuvo trato.
Referente al pleito criminal entre los acusantes Beltran de Arrechea, dueño del Palacio de Arrechea de Maya y su yerno Juan de Borda, y los acusados, el jurado Yñigo Gamio y varios vecinos de Arizcun y Azpiliqueta. Los acusantes alegan que el Palacio de Borda tiene derecho a gozar en lo del valle de día y de noche con todos sus ganados, aguas y hierbas y que, sin embargo, los acusados han "carneriado" dos ovejas de noche en los términos de Baztan llamados Sotamurgui y su endrecera Orcoa. Se declara que el palacio tiene derecho a gozar en lo del valle de sol a sol, en virtud de la facería que tienen entre Maya y Baztan y en el amojonado que tiene en los términos del valle, de día y de noche.
Sancho de Asco, escribano, era hijo del también escribano Simon de Asco, dueño del Palacio de Asco en Elbetea. Sancho de Asco va a contraer matrimonio con Cathalina de Çozaya. Sancho aporta al matriminio 240 ducados en dinero y 60 ducados en ganado, además de la casa de Asasunarena, con su porción de molino, huerta y manzanal pegante a la casa. Cathalina, por su parte, aporta varios bienes, como las casas de Amassa, Portu y varias bordas, manzanales, helechales, castañales, piezas de tierra blanca, etc. sitos en Santesteban y en Oteyça, así como en la vecindad forana de Bidassoa, además de la casa de Carricochea y algunos terrenos en Aranaz. Aporta también al matrimonio algunas preeminencias y honores que corresponden a las mencionadas casas en las iglesias de Santesteban y Aranaz, etc.
El Valle y Universidad de Baztan dice que para llegar a un establecimiento de paz y concordia entre ellos, los de la tierra de Baygorri, de la Nauarra la Vaxa y de la Corona de Francia, y los del Valle de Erro, en lo referente al gozo de sus ganados en los bustos propios de la Casa Real de Roncesballes, ven necesario establecer criterios de proporcionalidad en el reparto de las 48 porciones (24 correspondientes a los bustos Anssomozelia y Fermer elia de Anizlarrea y 24 a los bustos de Cilbetelia y Mizelia de Alduyde).
Referente al pleito entre Baztan, por una parte, y Beltran de Arrechea y su yerno Juan de Borda, dueños del Palacio de Arrechea de Maya, por la otra. Se pide que se declare que no tienen derecho de vecindad en el valle, especialmente en las endreceras de Ybarrondoa, Guisualdea, Nauerrogana y Thelleryberroa que están dentro del valle. Sólo tienen derecho por razón de facería existente entre el valle y la villa, como vecinos de ésta que son.
Hace referencia a un pleito planteado por los vecinos del lugar de Oronoz contra la villa de Lanz sobre prendamientos de ganado de cerda, carneros y ovejas, en el término de Elordi Urdinsu. Estos términos a veces se citan unidos, como si fueran uno, y otras veces separados, como si fueran dos. Se dice que está amojonado por términos del valle de Vlzamoa (sic), por Errebelu y el Busto de Velate. Sobre el sel de Elordi dice que está dentro de lo de Baztan, a un tiro de mosquete. Los de Baztan sostienen que el sel de Elordi Urdinsu está dentro de sus términos y que es propio de Baztan, que siempre lo han gozado ellos, y que en él han construido chozas y cabañas mientras duró el Busto de Velate Elia, el cual se deshizo hace unos veinte años. Los de Lanz pretenden que sea suyo, aunque esté dentro de Baztan, y se añade que "el alcalde y los vecinos de Lanz llegaron al sel de Elordi con vara levantada para adueñarse de él" y que "como arrieros que son, los de Lanz pasan y repasan por los caminos reales de Velate y Odoloa que van a Francia". También se dice que de Elordi se han sacado y labrado piedras para molinos.
Expone que los términos de Baztan confinan desde la parte de Cinco Villas con los términos de los cinco lugares de Labort como son: Sara, Semper, Añoa, Ezpeleta e Ysassu, y que confina con un pedazo con los términos de la tierra de Baygorri hasta juntarse con los montes Reales de Alduyde. Dicen, asimismo, que han retirado muchas veces el ganado de los confines de esos cinco lugares de Labort por "presas e inquietudes" y que desean acomodar ese ganado en los "erbagos" de los montes de Anizlarrea, propios de la Casa Real de Ronçesballes. Y que si la dicha Real Casa no muestra voluntad para ello, tendrán que llevarlo de nuevo a los confines de los cinco lugares con los consiguientes peligros, que todavía serán mayores. Recuerdan al respecto, la Capitulaciones Reales de 1614, los pleitos de los de Baztan, Valderro y Roncesballes sobre las entradas de los "vaygorrianos en los erbagos" de Anizlarrea del año 1650, así como otras escrituras y ajustes en torno a este tema.
Los "bordiantes" de la granja de Vrdax declaran cada uno el número de los lechones que tienen para saber si, los pasados de un año, exceden la cifra de 14, con que tienen derecho de gozar en lo de Baztan. Del total de las casas bordeantes declaran en primera instancia 18 y otras después, hasta alcanzar el número de 38. Aducen que parte de sus lechones los tienen en Ororbidea (u Hororbidea).
El documento describe con detalle los 21 puntos (lugares) en los que, informados por personas ancianas y de experiencia, pusieron los mojones desde Alcurruz beherea hasta Yçulegui, para marcar la línea divisoria entre Baztan y Maya. Dicha divisoria sigue la siguiente línea: 1) Alcurruz beherea donde queda por mojón una gran piedra a la orilla del regacho, la peña de Vetarte y derecho a la peña de Aguila de Maya, 2) Alçola, en medio del sel de ambas comunidades, 3) la falda del "colladico Alçolaco Vrriztia", 4) Surbideco gayna, 5) en medio de la "llana" de Surbide cortando el vertiente a 6) Liçarca meaca, de ahí a un tiro de arcabuz a 7) la subida de Vagachurita, 8) en lo alto de Vagachurita, 9) en Videzlegui, donde en medio de una piedra natural hicieron una cruz, de ahí va la separación por el collado de Oharizun y "los vertientes" hacia la Villa de Maya, 10) el collado de Ayçalegui yarlecua, 11) Ayçaleguicolepoa, 12) junto a la pocilga de Aiçalegui 13) en la parte de Aiçaleguico lacarra, junto a la orilla del ribazo, 14) junto a la peña del sel de Luru, 15) en Luruco çaroa, 16) al pie del cerro de Çahoa, 17) casi en lo alto de Vrlegui mendia, 18) en Vrrulegui, 19) en Vrruleguico Vrriztimeasea (escrito también Vrriztimeasoa, 20) en Çimiztacolepoa y 21) en Yçuleguico Vrriztia.
Miguel de Çoçaya y su mujer Maria de Cunda, menor, que ocupan un aposento y una cocina en la casa de Cunda de Oronoz, en favor de Maria de Cunda, mayor, para cederle el derecho de heredera de dicha casa.
Juan Fermin de Yrigoyen, natural de Ytturen, cura de Torrecilla y anexos en el obispado de Toledo, beneficiado de Villafuertte del obispado de Salamanca y beneficiado en la parroquial de Itturen, dispuso en su testamento que su cuerpo fuera enterrado en Ytturen y en carnario sacerdotal de ella y quiere que el rector y los beneficiados de Ytturen canten perpetuamente el primer jueves de cada mes una misa al Santísimo Sacramento, descubierto el Tabernáculo. Nombró heredero de los bienes que hay en su casa (perteneciente al barrio de Lasaga, pero no especifica el nombre de la casa, aunque dice que tiene asiento en la iglesia en la misma hilera que la casa de Aioroa de Lasaga) a Martin Perez de Vrroz, abad de Vrroz. Da 100 ducados a Ana Maria de Alberro, que vive en la casa de Zubialdea, y 200 reales a la Virgen del Rosario de la parroquial. Alega, asimismo, que tiene tierras compradas por 800 ducados o algo más en la vegas de Yturen, Aurtiz, Lasaga e Ygueribar, y que tuvo un pleito con su tio, el bachiller Yrigoien, sobre la casa de Arguiñerena de Ytturen.
Las 54 casas de de Vrdax tienen gozamiento en los términos del valle, con número limitado, pero sin que puedan hacer cubiertos ni pocilgas para ningún género de ganado ni lechones. Por ello, Juan de Vrsua, alcalde del valle, en el año 1657, hizo derribar las pocilgas construidas por las casas de Machinena, Gonia, Savatena y Echeberria de Vrdax.
Jeronimo de Noain y Maria de Mutiloa y Onssari su mujer, vecinos de Mutiloa la alta, fundaron una pensión en favor del convento de las monjas de San Pedro de Extramuros, para lo cual hipotecaron su casa de Mutiloa y algunas piezas y viñas.
Catalina de Oyaregui y Bertiz, madre de Juan Bazan y Larralde en primeras nupcias y mujer de Lorenço de Elio, dueño del Palacio de Orísoain, en segundas nupcias, vende una casa que tiene en la calle Mayor de Pamplona para pagar las deudas contraídas con el mercader de Pamplona, Domingo de Gastelu, por los gastos realizados con motivo de su boda con Lorenço de Elio y por gastos de alimentos y otros ocasionados por su hijo Juan Bazan y Larralde en Salamanca y Barcelona.
Juan de Azparren y su mujer Susana de Lambex fundaron una capellanía, para lo cual hipotecaron tres casas (la que vivían y otras dos pegantes a ella) y varias viñas sitas en Mendilorri, Lezcairu, Sotto, Sadar e Yturrondo de Burlada.
Sentencia pronunciada por la R. Corte y Supremo Consejo en causa seguida por el dueño de los Palacios de Echaide y Ealegui contra Joanes de Gallañena y consortes vecinos de Ciga e Irurita sobre el goze que ha de tener el dueño de dichos palacios en el Comun de Baztan y parages de Saiva y Gostamorro. El motivo del conflicto fue que Juan de Echaide, dueño de los palacios de Echaide de Elizondo y de Ealegui del valle de Anue, alegó que los antepasados de este último y él mismo "han vivido gozando pacíficamente los términos del valle de Baztan" hasta hace poco que les han hecho tres "carneramientos", y que cada oveja "carnereada" vale doce reales. Acusa de ello a Juanes de Gallañena, vecino de Zuraurre, a Martin de Sotilarena y a Juanes, sastre. Los testigos dicen que dicho goce solamente lo ha practicado el litigante (Juan de Echaide). La sentencia establece que el goce está limitado a los términos de Saigoa y Gostamarro y que sólo podrá hacer uso el ganado menudo, es decir, las ovejas, los carneros, los corderos y las cabras.
Referente al testamento de Maria de Oteiça, en el que ordena y manda se den limosnas a la iglesia parroquial de san Martin y a las basílicas de san Saluador, la Magdalena y san Antonio de esta villa.
En el escrito se dice que a los hermanos Joanes y Gracia de Oteyza, hijos de edad pupilar, de Miguel de Oteyza, ya difunto, y de Ana de Vertizverea, les sea atribuida la cantidad de 200 ducados de la herencia "yazente" de Joan de Oteyza, mercader, vecino de la ciudad de Pamplona y, al parecer, pariente por línea paterna de los mencionados hermanos.
Hace referencia a una escritura de censo firmado el año 1594, por la que el cabildo ha venido cobrando sus réditos de Domingo de Gastelu hasta el año 1656 en que murió, y hasta el año 1663 de su hijo y heredero Joan Miguel de Gastelu. La cantidad de la última cesión de 1663 es de 62 ducados y medio.
Martin de Ynda, dueño de la casa Callorena de Maya, vende a Martin de Borda de Maya una pieza de tierra de pan sembrar, sita en la endrecera de Elizaldeta.
Para dicha escritura censal, Pedro Barazabal y Maria de Gorostarzua hipotecan la casa de Gorostarzua, junto con su huerta y una pieza, sita en la endrecera de Errotaaldea. El fiador fue Juanes de Landarberroa, dueño de la casa Landarberroa.
En cumplimiento de los Cotos y Paramentos (Ordenanzas) aprobados en el año 1665, prohibieron cortar roble en el término llamado Berroa, término común de la villa de Maya.
Tres vecinos de Irurita alegaron que en dos ocasiones habían prendado en los términos de Baztan 18 vacas de Miguel de Miura, natural de Vrdax. Actuaron de testigos tres vecinos de Garzain, Elizondo e Irurita respectivamente.
El pleito es debido a que la Casa Real de Roncesvalles pretendía probar que todo el término de la valle de Valcarlos era de Roncesvalles y que los de Valcarlos habían hecho construcciones ("fábricas"), bordas, roturas, etc., basándose en la escritura de Permuta concedida por el rey Carlos el año 1406, a cambio de que Roncesvalles diera a S. M. las pechas de Arre y Oricayn y las ruedas y molinos de Sangüesa. Por ello, pedían a los de Valcarlos que se deshiciesen o pagasen un canon por las mismas. Los de Valcarlos alegan que eran libres para hacer tales cosas sin licencia de Roncesvalles, por considerar que era "enfitéuticos", es decir, que gozaban de la 'enfiteusis' que es el lo que se paga por cesión perpetua o por largo tiempo mediante pago de un canon. Declaran los testigos.
En esta escritura se hipotecan la casa de Migueltorena de Azpilqueta y varias tierras suyas. En algunos casos, la grafía de los nombres registrados en el segundo documento difiere respecto al del primero.
La solicitud es realizada por Juan de Marigorrirena, dueño de la casa de su nombre, para agregar un cubierto a una borda que tiene junto a la mencionada casa. Le autoriza el abad del monasterio y el escribano da fe de ello.
En cumplimiento de la Orden de los señores Comisarios, los Diputados "juramentados" de las comunidades interesadas empezaron a hacer el reconocimiento de los seles y demás términos de los montes de Alduide, de vecinos de Valcarlos y Valle de Erro de la Alta Navarra, y de Lasa y Alduide de la Baja Navarra. Dicho reconocimiento se llevó a cabo los días 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de noviembre del año 1669. Es un documento rico en nombres de seles, bordas, heredades, así como en nombres de personas o vecinos de Valcarlos, Valle de Erro, Lasa y Alduide, y en muchos casos de las casas de los vecinos.
Contrato matrimonial, para la "subzesion" de la casa de Arozena de Legasa, entre Juan de Arozena, hijo de Garzia de Arozena y de Cathalina de Alzugaray, dueños de la casa de Arozena, y Maria de Perurena, hija de Juan de Perurena y de Maria de Escorz. Juan de Perurena ofrece por dote de su hija 300 ducados parte en dinero, parte en ganado, parte para el día de la boda, parte para el día de san Miguel de septiembre primero viniente, parte para el día de Navidad del año 1671. Ofrece otros 20 ducados para vestir a Garzia de Arozena y a su mujer Cathalina, además de 20 borregos, 1 taza de plata de valor de 10 ducados, 2 camas con su arreo acostumbrado en este lugar, 2 arcas, 1 vaca de 2 años para 3 y 1 lechona, y vestir a la esposa. Por su parte, Garzia de Arozena hace la donación llamada "inter vivos" en favor de su hijo Juan de Arozena y "por su respecto" a Maria de Perurena, que consiste en: la casa llamada Arozena, con otra casa pequeña tras ella, que afronta con casa de Marimartiñena y calle pública; la tierra de tierra blanca de trece peonadas y media llamada "Zubito ay garay lurra" que afronta con la "zequia" y heredad de Juangorena; una pieza llamada Vidartea que afronta con las de Bideguirena y Cortala; una pieza llamada Hualdea, que afronta con otras de Cortala y Arguiñena; una pieza llamada Hualdescoa que afronta con otras de Cortala y Echeberria; una pieza llamada Echartea que afronta con otras de Bertizberea y Miguelena; una pieza y manzanal en Bulueta que afronta con piezas de Zubieta y regacho; una pieza y manzanal en Amaia que afronta con heredades de Zubietea y Morrongorena; un helechal en Amaia, que tiene litigios con los herederos del Palacio de Agorreta; un helechal llamado Urrutia que afronta con los de Lacoizqueta y regacho; una borda en el camino de Santa Leocadia; una borda en Elorza; un castañal en Michelpuno; un castañal en Amaia; vecindad forana en los términos de Bidasoa y Berroaran; vecindad forana en lugar y término de Oteiza. El donador (Garzia de Arozena) se reserva para su disposición 1 vaca y 1 lechona y el rebaño de ovejas y cabras, quedando para él 20 borregos que Juan de Perurena se ha obligado a darle. En una carta fechada en Legasa el 27-03-1672, confiesan los interesados haber recibido lo ofrecido en los contratos matrimoniales. Con fecha de 16-01-1774, a petición de Juan Bautista de Yriarte, vecino de Legasa y dueño en esa fecha de la casa de Arozena, el notario Joseph Martinez certifica dicho contrato y realiza la copia del traslado solicitado.
En el año 1670, Ana de Vertizverea, viuda de Miguel de Oteyza, hallándose en cama, hace el testamento. Dice que tiene dos hijos Joanes y Gracia habidos del citado marido, pero no resuelve hacer la nominación de heredero. Dos años después, en 1672, se dice que Ana de Vertizverea, viuda y usufructuaria de la casa de Aizatea de abajo, hace de nuevo el testamento en el que nombra heredero a Juan (sic) de Oteyza y dona a Gracia dos arcas y dos camas, de cuatro que hay. Se indica que la casa nativa de Ana de Vertizverea era Vidagorria.
Para dicho censo, Miguel de Irigoien y Estebenia de Zaldarriaga hipotecan la casa Martinenea de Arizcun, con su huerta, borda y dos piezas en el término de Olloqui.
Documento referente a la reunión celebrada en Arriurdina, del valle de Erro, para la citada resolución. P. Ondarra se limita a extraer los nombres de las personas reunidas y de algunos topónimos.
A instancia de Valcarlos, en el año 1671, los del valle de Valcarlos y los del valle de Erro tuvieron un pleito riguroso, debido a que en el año 1665 ambos valles firmaron una Escritura de Compromiso por el que el valle de Erro tenía en el territorio de Valcarlos dos bustalizas o seles llamados Vrdinçaquilarrarenondo y Lastur, en los cuales los vecinos del valle de Erro podían gozar con sus ganados propios de día y, además, podían prendar y carnerear los ganados que no fueran de Erro o Valcarlos. Pero el valle de Erro hizo, no pudiendo hacerlo sin concurso de Valcarlos, una Escritura de Convenios sobre gozamiento y facería con la villa de San Juan de Pie de Puerto y la tierra de Zisa en Garazozcay y en el puesto llamado Veyçaguiarrataca. Y valiéndose de ello, los de la valle de Zissa y Tierra de San Juan han entrado dentro del término propio de Valcarlos, por lo que han hecho prendamiento y carnereado sus ganados. Se determina que los de Zisa y San Juan no pueden gozar en esos términos de Valcarlos.
Se trata de un documento extenso, resumido y compulsado en la Notaría de Aoiz en el año 1865, referente al pleito seguido por el valle de Erro contra el pueblo de Eugui sobre propiedad de los montes de Alduides o Quinto Real. Hace referencia a diversos acuerdos, como demarcaciones de límites, acuerdos, convenios, etc. de los pueblos y valles congozantes: valle de Baztan, valle de Erro, Valcarlos, Burguete, Roncesvalles, Eugui, Baigorri, san Juan de Cisa... Cita expresamente contenidos de los convenios de los años 1671, 1769, 1785 y 1830. Respecto al de 1671, destaca que reunidos en el término de Arriurdina de la valle de Erro, tomaron el acuerdo sobre gozamientos de los términos y Montes Reales de Alduide sobre ganados mayores y menores... y demás derechos que tienen la Casa Real de Roncesvalles, el valle de Erro, los valles de Baztan y Valcarlos de la Alta Navarra y la Tierra y Valle de Baigorri de la Baja Navarra, señalando los límites, etc., debido fundamentalmente a que los baigorrianos habían contravenido las Reales Capitulaciones, realizando muchos excesos más allá de los límites que les correspondían. En el del año 1769, los diputados nombrados por los valles de Baztan, Erro y Valcarlos, juntamente con la Real Casa de Roncesvalles y los pueblos de Burguete y Espinal, verificaron los mojones, indicando pormenorizadamente los nombres de los términos donde estaban los mojones que limitaban los montes de Alduide con los de cada uno de ellos. A su vez, señalaron ciertas diferencias existentes entre ellos en la denominación de algunos de los mencionados mojones. Referente al de 1785, se dice que fue un tratado de límites entre España y Francia para establecer una línea divisoria en el Quinto Real, Alduides y Valcarlos, con el fin de quitar todo tipo de disensión y queja entre los valles de Baztan, Erro, Valcarlos y Real Casa de Roncesvalles de la Alta Navarra, y los de Baigorri, San Juan y Cisa de la Baja, con detalle de las correspondientes condiciones y aclaraciones. En el de 1830, los de Baztan y Eugui se reunieron en la parte de Seguraco echaldeco-muga, que sirve de división entre los términos de Eugui, Quinto Real y Erreguerena, para aclarar lo referente al Quinto Real cuyo goce comparten Eugui y Baztan. Fijaron 12 nuevos mojones, además de los ya existentes, y establecieron las condiciones de uso y disfrute de sus respectivos ganados. Todos estos documentos fueron compulsados en la Notaría de Aoiz en el año 1865 por el escribano Martin de Yrurozqui.
En esta escritura censal a favor de Martin de Borda de Maia, Matin de Machinto hipoteca su casa Machintoa, del barrio de Vergara de Arizcun, y dos heredades suyas, a saber, una borda con sus dos heredades de pan sembrar en el término de Zubindoa, y una heredad en el término de Vergara de Arizcun.
Esta escritura es una orden del año 1673 de Alexandro Farnese, príncipe de Parma y virrey y capitán general del Reyno de Navarra, conminando a Martin de Borda, vecino de Maya, que era arrendatario de los frutos de Baztan, Bertizarana y Lerin y otros lugares de este Reyno, tiene el cabildo de Bayona, a pagar 400 ducados que aún debe para poder destinar a los gastos que se están haciendo en las fortificaciones de Pamplona. La carta de pago se efectuó en 1674.
En esta executoria de Martin de Borda de Maya contra Juan de Baraçaual de Arizcun, se describen los bienes hipotecados, a saber, la casa de Baraçaual con su huerta pegante a ella y las piezas de tierra que le pertenecen en los términos de Arriaga, Mendiburua, Baraceondoa, Vrdincha, Arangiuel y Berroa.
Martin de Borda, vecino residente en la villa de Maya y, por tanto, carente de vecindad forana en el valle de Baztan, pide licencia para poder acubillar su ganado de noche en la casa de Arraztoa, alegando que dicha casa está en medio de sus propiedades. Se le otorgó dicha licencia bajo la condición de que no pretendiera la vecindad forana en el valle por el hecho de ser dueño de la casa de Arraztoa. Acepta tal condición y se le concede licencia para acubillar sus ovejas y algunas vacas solamente en el presente invierno, pues así puede aprovechar las yerbas y aguas de sus cerrados sin perjuicio de nadie. En la recensión del mismo documento, P. Ondarra agrega que Martin de Borda dijo que poco más o menos siete años antes (por tanto, hacia 1668) el conde de Jabier compró, por pura venta, la casa y pertenecido de Arraztoa, pero no da el nombre de tal conde, ni establece con claridad si el dueño de Arraztoa es tal conde o el propio Martin de Borda.
Maria de Errazuriz, viuda usufructuaria de la casa y bienes de Juanes de Gorostarzu, su marido y dueño de la casa de Gorostarzua de Arizcun, dijo que "por amanecer ruina" esa casa necesita dinero para evitarla y repararla. Por ello hipoteca, a favor de Juan de Borda de Maya, la casa a una con su huerta y demás propiedades de pan sembrar, manzanales, fenerales y helechales pertenecientes a ella, que están todas contiguas a la casa y que afrontan con el río caudal que baja de Maya y con las tierras de las casas de Barrenechea de Ordoqui e Yriberria, más la porción de molino en el farinero de Arizcun. Fue fiador Juan de Landarberro, dueño de la casa de Landarberroa de Arizcun.
Se mencionan tres requisitorias de pago de deuda, realizadas por Martin de Borda los años 1676, 1693 y 1697, a Pedro de Barreneche en el año 1676, a éste y a su mujer Graciana de Lecuederra en 1693, y a esta última en 1697, porque Barreneche había fallecido.
Convenio de permuta del término de Belate Elordi de Lanz por el de Errebelu de Baztan. Habida cuenta de prendamientos de ganado y consiguientes pleitos y demás problemas, los de Lanz quieren dejar el sel de Belate Elordi, que es suyo propio y que está dentro de los términos del valle de Baztan, haciendo como una circunferencia, para que pasara a pertenecer a Baztan perpetuamente a cambio de la "eminencia y endrecera" llamada Errebelu, de tamaño similar a aquél y que está pegante a lo de Lanz, por ser este más cómodo para los de Lanz. De esta forma, sería para los de Lanz la ladera de Errebelu hacia la casa y Venta de Belate, término de extensión y valor semejante a Belate Elordi, comenzando por el mojón de Vsanbelardi (Usainbelardi en copia de 1756), que divide el valle de Baztan con el de Vlzamoa, entrando en lo de Baztan hasta un roble joven y desde él hasta un cerro o peña que está trescientos pasos más adelante, y de aquí hasta una cima con un mojón llamado "tres mojones", que dividen Baztan, Lanz y Anue. El problema se debe a que los de Lanz no pueden gozar de esa "eminencia" con comodidad por falta de agua y "berbaje", que por el lado de Baztan, sin embargo, abunda con tres fuentes cercanas a la división a donde acuden los ganados de Lanz, pero que origina muchos prendamientos y disgustos por no haber facería entre ambas comunidades. Crean una facería empezando por la "eminencia" hacia los tres mojones, del primero de éstos hasta la primera fuente y de aquí a la cima de Gostamarro, siguiendo a la tercera fuente, y de ésta hasta el punto de Arri urdinac que está inclinado hacia Baztan, y de aquí en línea recta al mojón que se ha de poner en el "robre" antes mencionado que sirve de división del término dado en permuta. Los ganados de Lanz podrán gozar de dicho término, de sol a sol, retirándose de noche a sus términos propios y a los del valle de Anue. Los ganados de Baztan podrán gozar en lo de Lanz, de sol a sol, retirándose de noche a sus antiguos términos propios. El contenido del convenio fue comunicado a los compaisanos de Baztan y explicado en "bascuence", y lo aprobaron. Lo mismo se hizo en Lanz, a los que el escribano les dio a entender en "lengua bascongada", los cuales también lo aprobaron. La sentencia fue declarada en el Consejo Real de Pamplona el 19/10/1677 y trasladada el 22/10/1678.
Juanes de Aytajorena, vecino de Vrdax y dueño de la casa de Aytajorena, solicita al Valle y Vniversidad de Baztan, que para su sustento necesita una pieza sita en la endrecera de Ytzalona, que está detrás de la iglesia del monasterio, por la otra parte del río, en la caida y costado que mira a las casas de Vrdax y enfrente de ellas. Se le concede, pero a cambio de que cada año pague un ducado de once reales, sin poder excusarse de esa paga ni aun en caso de cualquier percance fortuito, como "yncendio, quema, tala, yelo, piedra y otras cualesquiera penssados y por penssar".
Tras el reconocimiento de la mojonera del Redondo del Monasterio de Vrdax, por parte de los testigos del Valle de Baztan con asistencia de los representantes de los monjes del Monasterio de Vrdax, se halló que fuera de él y dentro de lo común del Valle de Baztan, y en la endrecera de Lizardia que está a la caída del monte y cabezo de Azcar, Juanes de Machingorena y su mujer Maria de Salaberria, dueños de la casa de Salaberria de Vrdax, tenían 38 pies de castaños. Les obligan a pagar cierto censo, sin que sea excusa el que esos árboles sufran "alguna ruina por ynzendio, quema, yelo, piedra y otros cuales quiera cassos fortuitos". Mientras tanto los pueden usufructuar. Si ellos o sus sucesores los quieren vender o enajenar, tienen que avisar al valle, por si este los quiere, y si no los quiere, los puede vender en el plazo de 20 días, pero con la condición de que "no sea a ninguna persona ni comunidad eclesiastica, cofradia, aniuersario y lampara, ni a otras personas y comunidades prohybidas por derecho, sino a aquellos de quienes llanamente y con efectto pueda cobrar la dicha valle los dichos 3 reales de zensso".
El Monasterio de Urdax posee en Zugarramurdi tierras y casales que arriendan a los vecinos del lugar. En 1616 fueron amojonados y en 1636 reconocidos dichos mojones por testimonio del escribano real. Pero 44 años más tarde, en 1680, quieren revisarlos porque parte de ellos se han vendido, etc. El vecino Juan de Mendinueta y Echeberri, hijo de Juanes Echeberri y Mendinueta (sic), presentó escritura de compraventa, a nombre de su padre, de fecha de 1639, de parte de dichas propiedades situadas en las vegas de Vsandieta, Maribitzea y Azqueta y un manzanal en Saravidea. Otras casas también se hicieron con algunas partes. En las vegas de Maribitzea y Azqueta, lo que quedaba dentro de los mojones sigue siendo del Monasterio, así como la casa y huerta de la abadía y vicaría del lugar.
Ygnacio, también llamado Ynigo, de Larreche y Sagardibelz y su mujer Maria de Andalorrea y Sagardibelz, dueños de la casa Sagardibelzea de Garcain, hipotecaron a favor de Martin de Borda la mencionada casa, sita en el barrio de Ayzanoa, con su huerta, junto con las heredades de Alor andia y Aleman alorra, sitas en Garcain landa, el manzanal de Yturbidea y la borda de Baren soro. Actuó de fiador Martin de Echinique, dueño de la casa de Echiniquea, sita también en el barrio de Ayzanoa.
Diputados nombrados por vecinos de Vrdax solicitan al Valle y Vniversidad de Baztan un trozo de tierra en la parte de Amotzabustan (o Amotsabustan), pegante al río llamado Barreta. Se les concede, pero a condición de que ellos y sus sucesores paguen al valle un ducado de once reales de plata.
La borda para acubillar ganado que Martin de Yrigoyen, dueño de la casa Yrigoyen de Zuastoy, vende a Juan de Borda, dueño de la casa Arastoa (sic) de Maya, está en la parte de Bearreztegui, jurisdicción de "la Valle".
Noruerto de Borda y Arrechea alega que su Palacio de Arrechea tiene un término amojonado llamado Quisuaiuarrondoa (citado con otras variantes, como quisua y Varrondoa, en el mismo documento) con robledal plantado hace unos treinta años por su padre Juan de Borda, que ha empezado a dar frutos en el año 1681 y quiere reservarlos para sus cerdos en el tiempo del "pazto" de robles. Pero los vecinos de Baztan (citado más veces como Vaztan en el mismo documento) han introducido en él cabras y ovejas, bajo el pretexto del uso de aguas y yerbas. Los de Baztan argumentan diciendo que el pretendiente no vive en el valle. Se declara que los vecinos de Baztan pueden gozar las yerbas y aguas con todos sus ganados en todo el tiempo del año. La sentencia fue pronunciada en la Corte de Pamplona y confirmada por el Consejo, con sello y timbre de Navarra y con traslado fehaciente.
Pedro de Ylzaurpea y Theresa de Vrsuegui, dueños de la casa Vrsueguia de Azpilqueta hipotecan, como garantia de pago, dicha casa de Vrsueguia y sus bienes a favor de Martin de Borda de la casa Arrastoa de Maya. Los bienes que se incluyen son la huerta y la heredad pegante a la casa, las heredades de Vrsueguigaña, Bordaguibela y el cerrado de Luberria.
Pedro de Barberena, dueño de la casa Barberena de Oronoz, hipoteca su casa y bienes de ella a favor de Martin y Juan de Borda (padre e hijo) de Maya. Los bienes que se incluyen son la casa con su huerta, la porción en el molino farinero del lugar, las heredades de Oronozburu, Arquia, Aciari alsu, Enarondo echaguibela, Baraceorquia y el manzanal de Ayzpurueta.
Juan de Gortayri, vecino de Lecaroz, y dueño de la casa Gortaria, y Juan de Elicalde, vecino de Oronoz y dueño de la casa Elicalderena, hipotecaron sus respectivas casas y bienes en favor de Martin de Borda y Juan de Borda, padre e hijo, vecinos de Maya. Los bienes citados de la casa Gortaria son: su huerta y las heredades sitas en Sarastia, Lariabe, Alornitea y Guesalea; y los de la casa Elicalderena: su huerta y las heredades sitas en Ybioma (?) o Ybiama (?), Cachola, Vsarregaraya y Vsarrebeerea. Geronimo de Barrenechea, dueño del Palacio de Bergara, actuó como testigo.
Hace referencia a censos anteriores y, en concreto, al poder dado para volver a fundar el censo, hipotecando en 1868 los bienes de Martin Remirez de Aldaua, vecino que fue de Corella. Los bienes hipotecados vienen a ser cuatro casas en Pamplona y una en Villava, y viñas en el entorno de la ciudad a favor del vicario y coristas del cabildo de la parroquia de San Juan de Pamplona.
El valle de Baztan elevó un informe sobre la verificación y reconocimiento de los excesos hechos por los del valle de Baigorri en los montes de Alduide, en contra de la Capitulaciones de 1614. En la zona de Yaurmendia, a ambos lados de la "ria mayor" construyeron 51 bordas, parte de piedras y parte de tablas. De allí hacia la parte del valle de Erro y de Eugui, cerca de los términos de Linzoain, Cilveti y Estiribar, donde los baigorrianos no tienen derecho, han marcado varios puestos para bordas y heredades por orden del vizconde de Echauz. Ante ello y para arreglar las diferencias se nombraron diputados, tanto por parte de Francia como de España. Tras reunirse en Aranegui (Arnegui), no hubo acuerdo, por lo que los baigorrianos siguieron adelante con sus planes, a lo que el virrey de Navarra, el marqués de Balero, con ayuda de gente de Baztan, hizo demoler y quemar muchas de esas bordas. El virrey, viendo que solo los de Baztan podían poner atajo a los baigorrianos, en compensación les concedió a perpetuo una cédula para que pudieran gozar con sus ganados, a medias con los del valle de Erro, hasta los mojones de Ystauz y Enungaray (Eunsaray). Pero los de Baigorri empezaron a reedificar las bordas quemadas, etc. Baztan respondió con prendamientos de vacas y ovejas, a lo que los baigorrianos arremetieron con mayor contundencia, y así reiteradamente por ambas partes. El coronel de las milicias de la Baja Navarra pidió celebrar una Conferencia sobre el asunto, que tuvo lugar en Yzpegui. Baigorri propuso la restitución mutua de ganados, etc., pero Baztan exigió pagar los daños producidos en intervenciones armadas nocturnas de los baigorrianos, a lo que éstos se negaron y no se llegó al acuerdo deseado.
Contraen matrimonio, a la sucesión de la casa Ylzaurpea, Seuastian de Miura y Sagardia de la casa Sagardia y Ana Maria de Ylzaurpea y Mendinueta, de la casa Ylzaurpea.
Los de Baztan piden que se declare que los de Zugarramurdi no son concejil ni personalmente vecinos del valle. Los de Zugarramurdi, en cambio, dicen que sí, que no son ni bordeantes ni caseros de Vrdax. Cada uno procede, por su parte, a repasar las demarcaciones, marcando el número de "estados" que hay entre demarcación y demarcación, es decir, entre mojón y mojón. Pero como no coinciden, se nombra una comisión que revise todas las mediciones. D. Juan López de Quellar, del Consejo Real, es quien determina y declara que la división del término de Zugarramurdi es la mitad de la circunferencia que comprende la demarcación o alegación hecha por los de Zugarramurdi y que se haga la división de esa mitad y se pongan los mojones. La nueva demarcación es finalmente aprobada. Zugarramurdi lo hizo el 14/06/1687 y Baztan el 15/06/1687.
En 1687, Leonor de Lanbex anuló el testamento realizado en 1677 en la villa de Arruazu ante el escribano Diego de Viguria y fundó una capellanía con seis viñas del entorno de la ciudad ante el escribano Miguel de Herize. Posee, además, otras viñas.
Contrato matrimonial entre Josseph de Hualde de Narbarte y Maria Felicia de Dolarea de Gaztelu. Thomas de Dolarea y Gaztelu, padre de Maria Felicia, hace donación a los contrayentes de la casa de Perurena de Narbarte, que afronta con casas de Hualde y Miquelachena, y del rebaño de ovejas y cabras. Además, se dice que Maria Felicia es parienta del capitán Martin de Ayzate, correo mayor que fue de la ciudad de Cádiz, y que este capitán dejó "una fundacion y obra pia para aiuda de tomar estado sus parientes". Asimismo, Thomas de Dolarea "guarantija de dar a Maria Felicia dos camas con su ropa acostumbrada y dos arcas".
Miguel de Yrigoien y su mujer Estebania de Çaldarriaga, dueños de la casa Martinenea de Arizcun, hipotecaron en el año 1670 dicha casa con su huerta y su borda, más dos piezas en el término de Olloqui, a favor de Martin de Gamio. Pero en 1672, Martin de Gamio vendió dicho censo a Martin de Borda de Maya. En el año 1688, Martin de Borda manda las executorias de los réditos corridos y por correr a Pamplona.
La escritura censal es otorgada por Martin Joseph Daoiz, caballero de la Orden de Santiago, y Balthasar de Rada, señor de Lecaun, ambos diputados del Reyno, como "poder obientes" de su Diputación y por los procuradores de las audiencias reales de las ciudades de Tafalla, Olite, Sanguessa, Tudela, Cascante, Corella, Viana y Estella, como fiadores y abonadores con permiso del Real Consejo del Reyno, en favor de Francisco Lopez de Vrra, vecino de Pamplona.
El conde de Jerena dice que su mayorazgo y Palacio de Vrsua tiene propio el "Término Redondo de Vrsua", en que está dicho palacio y el de Nas y que es distinto de los términos de Baztan, de sus lugares y de sus vecinos. Por ello, acusa a varios vecinos del valle porque el día de san Simón y san Judas habían llevado a dicho lugar varios ganados vacunos y un "boiato". Se les condena al pago de diez libras cada uno y se reconoce al dicho conde como poseedor, y se le ampara para que goce con sus ganados "baquios" en el dicho término de Vrsua y Nas y para que pueda echar fuera los ganados del valle durante el tiempo de veda.
Pedro de Zamarguilearena, Pedro de Echabere y Juan de Elizaizin, dueños respectivamente de las casas de Zamarguilearena, Echabere y Elizaizina de Arizcun y Pedro de Elzaurpea y Vrsuegui, dueño de la casa Vrsueguia de Azpilqueta, hipotecaron dichas casas y bienes pertenecientes a las mismas, a favor de Martin de Borda, dueño de la casa Arraztoa de Azpilqueta.
Martin de Goyeneche, dueño de la casa Goyenechea del barrio de Zuaztoy de Aspilqueta, hipoteca a favor de Martin de Borda, vecino y alcalde de Maya, la mencionada casa con su huerta, la porción de molino farinero del lugar de Aspilqueta, las heredades de pan sembrar de los términos de Andola y Andolaondoa, una borda y el manzanal sito en la parte llamada Aldabe.
Juan de Ynda y Maria de Latadi, dueños de la casa de Argañea, Ynigo de Babaze y Maria de Monterola, dueños de la casa de Alfaroa, y Juan de Barberena, dueño de la casa de Barberena, todos ellos de Arizcun, hipotecaron dichas casas con bienes pertenecientes a las mismas a favor de Martin de Borda, vecino de Maya y dueño de la casa Arraztoa.
Juan de Landalde, dueño de la casa de Landaldea de Arizcun y Miguel de Zubietea y Jaureguia y su mujer Ysabela de Machintoa, dueños de la casa Machintoa también de Arizcun, hipotecaron sus respectivas casas a favor de Martin de Borda, vecino de Maya. Juntamente con la casa Landaldea se hipotecaron la huerta de la misma, las heredades sitas en los términos de Sagardi luze y Garatea, además de la borda con sus dos heredades en la parte llamada Vnarreta. Asimismo, la casa Machintoa se hipotecó con su huerta pegante a ella, una borda y dos heredades de pan sembrar, en la parte llamada Bergara haranea, y dos heredades más, junto al río caudal y camino real.
Juan de Arrigada y su mujer Maria de Estebarena, dueños de la casa de Estebarena de Arizcun, hipotecaron a favor de Martin de Borda, vecino de Maya, la mencionada casa de Estebarena, sita en el barrio de Aynzialde, juntamente con su huerta y una heredad de pan sembrar pegantes a ella, así como un cerrado de manzanal sito en Vtalcoa o Vtalzo y una borda para acubillar ganado en Vlcurrieta. Debían, además, un censo a la casa Vnandeguia de Errazu. Actuó de fiador el propio Juan de Arrigada y Berroa, quien dio como garantía la casa de Berrozaharra y su huerta, que eran de su propiedad.
Bauptista de Barberenea y su mujer Maria de Ostarena, dueños de la casa de Ostarena del barrio de Ayncialdea de Arizcun, hipotecaron a favor de Martin de Borda, vecino y alcalde de Maya, la mencionada casa de Ostarena, juntamente con su huerta y una heredad de pan sembrar pegantes a ella. Tenían, además, deudas con la casa Vrdos de Errazu. Actuó de fiador Martin de Gortari, dueño de la casa Gortaria de Arizcun.
Hace referencia al traslado de la venta, por parte de Esteban de Migueltorena de su casa Miquebena con su huerta de Azpilqueta, afrontada con tierras de las casas de Elizacochea y Echeberri Garaia y otras heredades como Errotaldea, Ystichadia, Gohoncelai a Martin de Borda de Maia, dueño de la casa Arrastoa.
Miguel de Alaman y Larragoien y Maria de Alaman su hermana, dueños de la casa de Alemanbeerea o Alamanbeerea de Maia, vendieron la porción de molino que tienen por propiedad de su casa en el farinero de la villa, a favor de Juan de Borda, vecino y alcalde de la misma, por 24 ducados, que confiesan han recibido de él. Actuaron como testigos Juan de Borda, clérigo presbitero de Maia, Juan de Gortairi, vecino de la villa, y Juan de Borda.
Juanes de Migueltorena y Juanes de Larregui Echeberria su 'hyerno', vecinos de Azpilqueta y dueños de la casa de Migueltorena, hipotecaron dicha casa con su huerta, afrontadas con la yglessia parroquial y con las casas de Barberena e Ysteberena, a favor de Martin de Borda, vecino de Maya y dueño de la casa Arrastoa. Además de la casa, hipotecaron los cuatro bienes siguientes pertenecientes a la misma: una heredad de pan sembrar en Sagarnabarreta, otra en Elizatea, otra en Ateco landa y otra en Errotaaldea. Actuó de fiador Ojer de Dolare, vecino de Azpilqueta y dueño de la casa llamada Chapalorena.
Miguel de Zubiatea y Jaureguia e Ysabela de Machintoa, vecinos de Arizcun y dueños de la casa de Machintoa, hipotecaron a favor de Juan de Borda la dicha casa de Machintoa con su huerta, sitas en el barrio de Bergara, la borda en la parte llamada Vergaraharana, el cerrado de pan sembrar en la parte de Haranea, afrontado con el rio caudal y una heredad detrás de su casa de Machintoa. Hizo de fiador Juan de Zubiatea y Jaureguia, vecino de la villa de Maia y dueño en ella de la casa llamada Jaureguia, que la hipotecó con su huerta afrontada con plaza publica.
Esteban de Miguelchipirena y Estephania (o Estefenia) de Yndartea, vecinos de Lecaroz y dueños de la casa llamada Yndartea, hipotecaron a favor de Martin de Borda dicha casa de Yndartea con su huerta afrontada con plaza publica, así como la borda con sus dos heredades, manzanales y helechales pegantes a ella, sitas en Yruleguia, otra heredad en la parte llamada Eulza y otra en Harridia. Hicieron de fiadores, hipotecando sus respectivas casas, Martin de Salaberri, vecino de Maia y dueño de la casa Salaberria y Pedro de Miguelchipirena, vecino de Errazu y dueño de la casa Miguelchipirena.
Juan de Zaldarriaga, vecino de Elizondo y dueño de la casa de Zaldarriaga del barrio de Echaide, hipotecó a favor de Martin de Borda la casa de Zaldarriaga con su huerta, la porción que le correspondía en el molino farinero de Echaide, y las heredades de dicha casa sitas en los términos de Alor andia, Berascoa, Aguerre aldea y Ascozabal. Hizo de fiador Seuastian de Jaimerena, vecino de Echaide, hipotecando su casa llamada Jaimerena.
Juan de Vrrutia maior y Juan de Vrrutia menor, padre e hijo, vecinos de Garzain y dueños de la casa de Vrrutia del barrio de Aristegui, hipotecaron a favor de Martin de Borda la casa de Vrrutia con su huerta, así como la porción del molino farinero llamado de Echeberri, además de una heredad pegante a la casa y huerta, otra en la parte llamada Ybarrea, otra en Carricazar, el manzanal y helechal sitos en Yraceco sagardia, el cerrado de manzanal y helechal en la parte llamada Haragun Yturrialdea, más dos heredades de pan sembrar en la vega llamada Landa varreneta. Hizo de fiador Joseph de Miguelena, vecino de Elizondo y dueño de la casa llamada Miguelena, quien a su vez hipotecó dicha casa con su huerta.
Juan de Amorena y Juana de Pardiolarena su mujer, vecinos de Elizondo y dueños en él de la casa de Pardiolarena, hipotecaron a favor de Martin de Borda la casa de Pardiolarena, más un manzanal en la parte llamada de Larramendi, un castañal en la parte llamada de Saldue y una borda para acubillar "ganado ovejuno" en la parte llamada Bearzun. Hizo de fiador Nicolas de Alberro, vecino de Elizondo, quien hipotecó las casas de su propiedad en Elizondo, llamadas Vrsuarena y Miquelurena con sus huertas.
Martin de Goieneche, vecino del lugar de Yrurita y dueño en él de la casa llamada Goienechea, hipotecó a favor de Martin de Borda la casa de Goienechea con su huerta, más las siguientes propiedades de ella: una heredad en la vega llamada Garzain landa, una heredad en Arizaldea y una borda con dos heredades de pan sembrar en Fraiberro. Hicieron de fiadores Juan de Maritorena, vecino de Lecaroz y dueño de la casa Maritorena en el barrio de Oarriz, y Martin de Echeberria, vecino de Yrurita y dueño en él de la casa de Echeberria. Ambos hipotecaron las casas con sus respectivas huertas.
Martin de Goieneche, vecino de Azpilqueta y dueño de la casa de Goienechea del barrio de Zuastoi, hipotecó a favor de Juan de Borda, vecino y alcalde de Maia, la mencionada casa con su huerta y una heredad de pan sembrar junto a ella. Así mismo, hipotecó un cerrado de pan sembrar y manzanal, en la parte llamada Aldabe, de 48 peonadas. Actuó de fiador Esteban de Miquebena, vecino también de Azpilqueta y dueño de la casa llamada Miquebena.
Juan Miguel de Gaztelu, vecino de Pamplona, pero cuyo padre era de la casa Capellarena de Gaztelu y el abuelo materno, Esteuan de Azpilqueta e Yriarte, de la casa Yriartea del barrio de Apaioa de Azpilqueta, concedió el poder de testar sus bienes a su amigo Jorxe de Monrreal. Cabe señalar que entre los destinatarios del testamento se cita al Hospital General de Nuestra Señora de Misericordia de Pamplona, al que dejó mil ducados para las necesidades que tuviere, pero con el ruego explícito de que se busque un capellán o vicario que además del "romanze y basquenze sepa también algo de los ydeomas franzes o ytaliano que son lenguas tan vnivuersales y siendo el ospital general necesariamente an de concurrir muchos pobres que no entienden otra lengua [...] que por carencia de tales, se han usado interpretes seglares...".
Juan de Lastiri y Maria de Baracabal y Juanberderena, vecinos de Arizcun y dueños de la casa llamada Juanberderena, hipotecaron a favor de Juan de Borda la casa Juanberderena con su huerta pegante, más una heredad en Ytzasartea, otra en Mispiraondoa y otra en Huarca afrontada con el río caudal. Hizo de fiador Martin de Gartayri, vecino de Arizcun y dueño de la casa Gortayria, que la hipotecó juntamente con su huerta pegante.
El prior de Velate D. Joseph Casado y Rubio, quiso reedificar la borda de Cuarregui para ganado, pero Baztan hizo parar las obras. El prior, que a su vez es abad de Elvetea (sic), alega que es vecino del valle, al igual que los caseros y arrendadores de la cassa y venta de Belate. Baztan responde que el prior de Belate no ha gozado de vecindad en el valle por ser abad de la iglesia del lugar de Elvetea, lo mismo que sucede con los demás rectores de las iglesias del valle, y que tampoco lo es por ser prior de Belatte, ni por la casa y venta de ese nombre, porque está sita en el valle de Vlzama, sino por la casa llamada Belattechea sita en el lugar de Elvettea que es vecinal, pero como esa casa, con todo su pertenecido, se ha vendido al capitán D. Miguel de Bergara, caballero del Hábito de Santiago, cuyo es el Palacio de Jarola, ha perdido su vecindad y no puede reedificar la borda en cuestión de la casa y venta de Belatte. Los testigos se manifiestan a favor del prior, diciendo que los priores antecesores del actual han gozado de la dignidad de vecinos para albergar sus ganados y los de los caseros de la Venta de Velate en el término de Zuarregui, donde tenían una borda llamada Aunzborda. La sentencia fue favorable al prior, es decir, reconoce la dignidad de vecindad del prior y de los caseros de la Venta de Velatte, que les da derecho al goce de yerbas y aguas, pero reconociéndole a Baztan el derecho de propiedad.
El valle de Baztan necesita fabricar una casa concejil en Elizondo, capaz para "el concurso de las Juntas Generales y particulares y la Administración de Justicia en las Audiencias Regulares" y que, además, deba "comprender en su fabrica cuartos de prision con la diferencia de la calidad de los delitos y delinquentes, y para colocar y tener a buena custodia la Mosqueteria de Guerra para las ocurrencias del mayor servicio de Su Magestad". Para ello, solicita al Monasterio de Urdax venda "la casa de lagares que amenaza ruina y la tierra pegada a ella de seis peonadas y cuarto, sita en Elizondo, que afronta con Camino Real, con heredad de la casa Arozarena, con el Rio Caudal y con el paso y transito que esta pegante a la casa coadjutorial", por la suma total de 380 ducados "en moneda de plata vsual y corriente de este Reyno". Cantidad que le fue abonada al convento "a su entero contento".
Esteuan de Migueltorena y Miqueuena, dueño de la casa de Miquebena de Azpilcueta, y Francisco de Larregui y Dutaria, dueño de la casa de Dutaria de Azpilcueta, hipotecaron a favor de Martin de Borda sus respectivas casas. La de Miquebena con su huerta, más una heredad de pan sembrar en Estichadia, una borda con su heredad en Goien celai y una cerrado de manzanal y feneral en Dundurru. La de Dutari, con su huerta pegante a ella, dos heredades de pan sembrar en frente a la casa afrontadas con el río caudal y un manzanal pegante a la casa.
Se trata de la notificación de la sentencia de reconocimiento de vecinos del Valle de Baztan al prior de Belate y a los caseros de la Benta de Belate.
Luys de Aleman Veerea y Maria de Ynda su mujer, vecinos de la villa de Maya y dueños de la casa llamada Alemanbeerea (o Alemanbeera), hipotecaron a favor de Martin de Borda, vecino de la villa, la mencionada casa, a una con su huerta, que afrontaban con calle pública y las casas de Martinena y Callorena. Asimismo, hipotecaron la porción en el molino farinero de la villa, la borda con dos heredades de pan sembrar en la parte llamada Mearloa, otra borda con dos heredades de pan sembrar en la parte llamada Dolarmuno, una borda para acubillar "ganado ovejuno" en la parte llamada Beodi y una heredad de pan sembrar en la parte llamada Narbaro. Debían, asimismo, un censo de 50 ducados de principal a la villa, correspondiente a la Fundación para el alivio del salario de maestro de escuela, más otro censo de 20 ducados a la casa Vnandeguia de Errazu. Hicieron de fiadores Martin de Goztarzu y su mujer Cathalina de Ynda, vecinos de la villa y dueños de la casa de Ynda, que la hipotecaron juntamente con su huerta, que afrontaban con calle pública y con la casa de Alemanbeerea.
Juan de Gaztelu, al nombrar a Jorge de Monrreal testamentario de sus bienes, le dejó un papel dando instrucciones de cómo distribuir dichos bienes tras su fallecimiento. En el inventario de los llamados "bienes raices" que tenía en Pamplona, se citan el "cocinado" y los "terminos", que vienen a ser cuatro casas en la ciudad, varias viñas y piezas "de pan traer" en la ciudad y su entorno, una casa en Santesteban y cubajes en las bodegas de las casas referenciadas. Todos los bienes se pusieron a remate por la cantidad de ocho mil ducados, que fueron adjudicados a Juan de Borda de Maya porque nadie ofreció más que esa cantidad.
Juanes de Yturri, vecino de Almandoz y dueño de la casa de Perochena, hipotecó a favor de Juan de Borda de Maya la mencionada casa con las siguientes propiedades de la misma: una borda con dos piezas de tierra blanca en Artanzueta, otra borda con tres piezas de tierra blanca en Berazuneta, una pieza de tierra blanca en Vnizperro, un castañal en Osimbizqueta, una borda en Huegun y un manzanal y castaños en Zaliz. Hizo de fiador Juanes de Yturralde, vecino de Almandoz y dueño de la casa de Yturralde Madarichena.
Este documento, en opinión de P. Ondarra, es una referencia incompleta del proyecto de realizar un mapa de Urdax y de Zugarramurdi, tarea que, al parecer, fue encomendada a Miguel Antonio de Olasagarre, aunque también se cita a un tal "dicho Soria" como declarante del trabajo. Entre los datos que extrae Ondarra, se dice que se midieron los términos de Vrdax y que se tomó la distancia de dicha villa hasta la de Maia, que al principio de dicho camino a Maia hay un puente que está en el término de Baztan, sobre el río Zuazar, que dicho puente de piedra tiene 14 pies y medio de largo, 1 y medio de grueso y 2 y medio de ancho, y que la distancia a los términos de Maia es de 1.340 pérticas con todas las vueltas, de las cuales son de calzada 287, pero que midiendo dicha distancia por el paraje que pareció más recto son 1.060 pérticas. Se tomaron también los confines de Baztan con la provincia de Labort "desde los 3 mojones del valle de Oses de Baja Nabarra, por las mugas de Ytsasu, Ezpeletta, Añoa, Semper y Sara, hasta la muga de Echalar o mojón llamado Bizcailucea, con un total de 5.963 pérticas que, según la regulación del Reino, son 4 leguas y media escasas". Dichas pérticas se distribuyen así: 1.070 con los lugares de Ytsasu y Ezpeletta hasta el paraje de Gorospil; 1.388 con el lugar de Añoa hasta el paraje llamado Lapiz zubia; 573 de Añoa con los términos de Vrdax hasta el puente de Oaldizun; 222 de Semper y Vrdax, desde el puente de Oaldizun hasta el mojón de Masacoletta; 509 en el valle de Semper, desde Masacoletta hasta el mojón de Mugarrialdea, y 2.201 en el valle de Sara, desde Mugarrialdea hasta el mojón de Vizcailucea. Declara, asimismo, que Zugarramurdi está circunvalado por todo por el valle de Baztan, menos por Vrdax, y que los términos de Maia lo están por todas partes por los del valle.
La demarcación de seles y terrenos entre Zugarramurdi y Baztan empieza en Arreguia, donde pusieron un mojón con las letras Z, B y P (plantío de Zugarramurdi), siguieron hasta el alto de Mendivil donde "hay una cruz de piedra", junto a la cual pusieron otro mojón con las letras P y Z, de ahí a Bizcaylucea que es el término de división de Baztan, Echalar y Sara, donde fijaron cuatro mojones con las letras P y B, bajando hasta la regata de río llamado Hugarana u Orovidea, donde fijaron un mojón en la orilla, para dirigirse hasta el cerro o peña de Ayerucoarria. Aquí finaliza el término del "plantío de Zugarramurdi". Siguieron por Mocorro y Ayerucoarria hasta Arreguia, en cuyo intermedio pusieron un mojón con P y B. Pertenece al plantío lo que va desde el mojón, a la orilla de la regata, hasta el mojón de Arreguia, las vertientes del mojón de Mendivil y borda de Sansinena. Y esa misma línea, pero por la parte de Urdax, es del valle de Baztan. Este tiene seles propios dentro del plantío, que son los siguientes: Ayero, Ybarloaga, Azcanovieta, Arcesi, Loyaberea, Sorandia, Echardegaraycoa, Echardeverecoa, Oreñate y Ereve.
Este documento del siglo XVIII viene a recordar varias sentencias y pleitos que ha habido entre el valle de Baztan y el convento de Vrdax. - En el folio 283 de la Cámara de Comptos se nombra al Monasterio de Vrdax en partida aparte (con respecto a Baztan), diciendo que su abad paga por los bienes de la Orden y por los habitantes del Monasterio y por el lugar de Zugarramurdi que son suyos propios y de la Orden. - En escritura de convenios de 1482 otorgado por el valle al Monasterio de Vrdax y lugar de Zugarramurdi, el valle concede al abad y "calonges" el poder gozar en todos los términos de Baztan y que los granjeros de Vrdax puedan gozar cada uno con 40 puercos en todo lo de Baztan. - El pleito del valle contra el Monasterio, del año 1727, por haber querido este último "embarazar" al valle la venta de montes en los términos de Aritzacun y Orobidea. Se recuerda también la inhibición del Monasterio en el corte de árboles en Otsondo y Alcachury, por sentencia de 1660. - En los años 1728-1729 hubo pleitos contra el Monasterio. Uno sobre venta de árboles que hizo el valle a Juan Thomas de Borda en el término de Airegui para las herrerías de Lessaca y Echalar. El otro sobre la pretensión del Monasterio de hacer leña en los montes vendidos a Borda. - Se recuerda, asimismo, que no se encontrará que dicho convento se haya mezclado con el valle en los muchos pleitos seguidos por éste, y cita los siguientes: a) contra el dueño del palacio de Zozaya sobre el término de Zozaya; b) contra el señor de Vrsua sobre el término de Nas; c) contra el Marqués de Góngora sobre el término Herreguerena; d) contra el valle de Erro sobre el término de Alduide; siendo así que goza en todos ellos el Monasterio con sus granjeros.
En la información escueta que P. Ondarra recoge de este documento hace referencia a la queja presentada por los de Baztan contra los de Urdax, porque dos vecinos de Urdax, Pedro de Juanchena y Marttin de Olaburua fueron sorprendidos llevando carbón a Francia, dado que está prohibido extraer leña, etc. de este Reino. Los de Baztan los aprehendieron y los llevaron como presos, pero al pasar por Urdax, salieron el alcalde de este lugar con la vara levantada y mucha gente armada con escopetas y palos, les quitaron a los de Baztan los presos, las caballerías y las armas, alegando que no habían pedido licencia para el tránsito de los presos y tomaron presos a los jurados del valle. Pero al parecer, ambas partes tuvieron que desistir en sus acciones porque ninguna de las dos tienen término propio en Urdax , porque todo el término redondo del dicho lugar es propio y privativo del Real Monasterio, y ellos lo gozan como bordeantes del mismo.
Hace referencia, sin dar fechas concretas, de ciertos parentescos por enlaces matrimoniales del Palacio de Zaualeta de Lesaca con el Palacio de Oteiza de Santesteban, con el de Arrechea de Oronoz, el Palacio de Borda de Maya y la casa Ariztoy de Lesaca. Acaba describiendo que "el escudo de armas de la casa Ariztoy en sus quatro quarteles lleua las Diuisas siguientes: la de Arrechea de Oronoz, la de Oarriz de Lecaroz, la de Oteiza de Santesteban y la de Jaureguizar", sin indicar cuál es el escudo de cada una de dichas casas o palacios.
P. Ondarra señala que de este extenso documento, referente a los fundamentos del Monasterio de Urdax, solamente ha extraído algunos nombres, como son los bustos de Gorrelia, Animelia y Miquelia, varias bustalizas donadas en su día por Calvet de Sotés, y el río Orobidea.
Se limita a incluir los nombres de los seles.
Martin de Borda y Maria de Arrechea, dueños del palacio de Arrechea (Arreche o Arrachea), otorgaron testamento de hermandad en el año 1672, con inventario de bienes raíces y censos. Fundan también un mayorazgo para que con las rentas de 600 ducados al año sean asistidos sus hijos y descendientes. Establecen el orden de sucesión del mayorazgo y nombran albacea al rector y al alcalde de Maia, cabezaleros a Pedro Dutari y a Juan de Echeberz y sobrecabezaleros a Norberto y a Agustin de Borda, religiosos en Vrdax. Su hijo Juan de Borda contrajo matrimonio, en el año 1678, con Maria de Echinique. El padre de ésta, Juan de Echinique, ofreció como dote de su hija 800 ducados en dinero e ir vestida y enjoyada según su calidad, más dos "cujas" y dos camas con sus "arreos". Tuvieron ocho hijos. Maria de Echinique murió en el año 1698 y Juan de Borda en el 1709, tras otorgar el poder testamentario. A la capellanía de 700 ducados, que tenía fundada su padre Martin de Borda en su basílica del Pilar, Juan de Borda ascendió dicha cantidad a 2.000 ducados, estableciendo la obligación de decir en dicha basílica misa todos los domingos y fiestas de precepto, y nombraba como patrono al dueño de la casa solar de Borda. El heredero del matrimonio fue su hijo Juan Thomas de Borda.
En este documento de dos folios, considerado por P. Ondarra como un borrador del árbol genealógico de los Laurnaga realizado en el siglo XVIII, se exponen seis generaciones comenzando por Juanot de Laurnaga de Irurita, que se casó en el año 1603 con Mari Chipi de Garciarena y fueron dueños de la casa Laurnaga de Irurita. Su hijo Marttin se casó en el año 1629 con Catthalina de Albirarena de Narbarte y fueron dueños de dicha casa de Albirarena. A partir de aquí no aparecen más fechas. Las tres siguientes generaciones vivieron en Narbarte, en la casa Domingorena la primera y en la de Onsari-Juanchenea las dos siguientes. Finalmente, la sexta y última vivió en la casa Gamioa de Almandoz. Todas las citadas casas tienen escudos de armas y sus poseedores ejercieron cargos honoríficos de alcalde y regidores. El sexto y último, Manuel de Laurnaga, fue noble.
Bajo el título "Casas de Jentiles Hombres" cita Echauz, Lizarazu, Vrdoz, Sorueta, Hanauz, Lasa Oquinverro, Laipazz Jaureguia, Azcarrate y dice que este documento o rolde está sacado del Archivo de Simancas, en virtud de la Cédula Real de 28/11/1603. Añade que estas casas de Jentiles Hombres fueron calificadas por el Rey Católico por su testamento, el 22/01/1516. Bajo el título "Casas remisionadas de dicho valle de Baygorri" cita sala de Echauz, sala de Lizarazu, sala de Vrdoz, casa de Mocozuain, sala de Azcarate, sala de Sorueta, sala de Anchauz, casa del Rector de Anchauz, salanoba de Yrulegui, sala de Lasa, Larre de Azcarate, y dice que este rolde se supone ha sido sacado de dos listas o roldes de los Archivos Reales, el uno del Castillo de Pau y el otro de San Pelay.
Hace referencia a que los obispos de Pamplona y de Bayona han intentado que el "Rey Católico y Cristiano conviniese en que se hiciera una iglesia en los confines de España y Francia, en Alduyde, con cura que administre los sacramentos". Baztan envía una instrucción diciendo que la división del territorio de España y Francia en los montes de Alduyde es la mojonera que se hizo en tiempos del rey Carlos III de Nauarra el año 1400, y que por las Capitulaciones de 1614 se señalaron otras mojoneras, disponiendo que no se podía hacer población alguna. Pero los de Baygorri han hecho muchas bordas en que habitan, de tal forma que desde la mojonera de 1400 se han extendido hacia Pamplona cosa de cuatro leguas y media, de modo que desde la última borda y habitación de Alduyde habrá la distancia de un cuarto de legua a la herreria o armería nueva de Eugui. Esos inconvenientes solo se pueden evitar quemando las bordas y barracas como se ha hecho otras veces, tal como consta por Autos "que los nauarros quemaban las bordas que hacian los baygorrianos", porque de ello el único que sacaba provecho era el vizconde (de Echauz), y dicen que "es cosa fuerte que por solo el interes particular hay que tolerar vn pueblo extrangero tan dentro en su jusrisdicion y terreno de España". Añade que las bordas son a modo de barracas y que si se hace la "parrochial", se hará de cal y canto.
Según P. Ondarra, se trata de un compendio de datos sueltos para incidir en que el lugar de Vrdax ha sido y es distinto y separado de la Vniversidad y Valle de Baztan, y propio del monasterio, por lo que no está ni puede estar comprehendido en el dicho valle.
Se trata de cuatro casas sitas en la calle de San Agustín de Pamplona y una en la Plaza del Castillo, y viñas en los términos de "Sadar, Carricas, Mutilua, Lezcairu, Mendellorri y Ezcaua", que en 1692 Martin Remirez de Aldaua y Maria Beltran, vecinos de Corella, vendieron, según escritura del año 1692, a Joseph de Miñano. En 1705 Juan de Borda, vecino de Pamplona y de Maya, realiza la compra y se notifica el cambio de dueño a los inquilinos y arrendatarios de dichos bienes.
El prior de Belate le presenta a Martín de Vrrizola, arrendador de la casa de Belate, un ajustamiento de cuentas cuya deuda ascendía a 720 ducados. Vrrizola presenta varios descargos por diversos pagos que había realizado, como obras en el cuarto de las monjas, en el horno y en la cocina, por compras de vino, cebada, castañas, cabezas de ganado, por acarrear madera, nieve, etc. La deuda final se redujo a 182 ducados, según acuerdo firmado en el barrio de Ordoqui en el año 1708.
Juan Thomas de Borda, hijo de Juan de Borda y nieto de Martin de Borda, heredó la casa de Arrastoa o Arraztoa (aparece en ambas formas en el mismo año 1708) y tiene criados en la casa de Arrastoa para administrarla, razón por la cual alega tener derecho al goce de yerbas y aguas, que el valle de Baztan no le reconoce alegando que él no residía en dicha casa. Se defiende diciendo que su abuelo Martin solía regularmente almorzar, comer y cenar en la casa de Maya y dormir en la de Arrastoa, que su padre Juan, aunque regularmente vivía en la casa de Maya, solía ir a la de Arrastoa, y que él, aunque duerme casi siempre en la de Maya, suele ir muchas veces a la de Arrastoa a cuidar de la administración. Alega a su favor Joseph Casado y Rubio, prior que fue de Velate, argumentando que sus caseros y arrendadores de la Venta de Velate gozaban de todos los comunes del valle (de Baztan). El Valle de Baztan responde que dicha razón obedecía a que el mencionado prior era abad de Elvetea, cuya casa era vecinal del valle, la cual tenía una borda en Velate, pero en los términos del valle, razón por la cual le correspondían los derechos al casero de dicha venta. Pero que tales derechos habían cesado desde que la casa de Elvetea fue vendida en virtud de Bula Pontificia. Sin embargo, se dice que los Borda demuestran que se mantuvo el mencionado derecho y que los caseros y arrendadores de la Venta de Velate gozaban con sus ganados en lo del valle y que presentaron las sentencias por las que los caseros de Velate, pese a vivir en el valle de Ulzama, seguían gozando en lo del valle (de Baztan). En un documento, algo posterior a 1708 según Ondarra, se aclara que dichas sentencias se basan en que el prior de Velate, como abad de Elvetea era "el primer vecino" del lugar y que por dicha dignidad han gozado también los caseros el mismo derecho de vecindad, no en nombre suyo sino en el de su dueño. Razón por la cual, el dueño del Palacio de Borda no podía gozar de los términos del valle por no residir en Arraztoa.
Referente al testamento de don Juan de Borda, enfermo en Pamplona, quien en 1706 otorgó poder para hacer su último testamento a favor de su hijo Juan Thomas de Borda y a falta de él a alguna de sus cuatro hijas habidas con su mujer ya difunta Maria de Echenique, a saber: Maria Phelipa, Maria Geronima, Maria Anttonia y Agustina. Respecto a la Capellanía "de 700 ducados de principal fundada en el año 1687 en la vasilica de Nuestra Señora del Pilar, sita en la villa de Maia", Juan de Borda expresó su voluntad de que ese capital se elevara a 2.000 ducados.
Juanes de Yturri, vecino de Almandoz y dueño de la casa de Perochena, hipotecó a favor de Juan de Borda de Maya la mencionada casa con las siguientes propiedades de la misma: una borda con dos piezas de tierra blanca en Artanzueta, otra borda con tres piezas de tierra blanca en Berazuneta, una pieza de tierra blanca en Vnizperro, un castañal en Osimbizqueta, una borda en Huegun y un manzanal y castaños en Zaliz. Hizo de fiador Juanes de Yturralde, vecino de Almandoz y dueño de la casa de Yturralde Madarichena.
Esteuan de Yriberri, dueño de la casa de Echebercea de Maya, tiene tres censos de 20 ducados cada uno, redimibles al 5 %, recibidos de Martin de Borda, uno en el año 1692, otro en el 1693 y otro en el 1694. Dicha obligación es recogida en escritura entre el mencionado dueño de Echebercea y Juan Thomas de Borda, nieto de Martin de Borda e hijo de Juan de Borda, y subcesor universal de ambos ascendientes.
Luis de Larragoyen y Alemanbeerea, vecino de la villa de Maya y dueño de la casa de Alemanchorena, dijo que en 1697, juntamente con su mujer Maria de Sanchorena, tomó a censo de Martin o Juan de Borda, padre e hijo ya difuntos, 40 ducados al 5 % y que todos sus réditos caídos hasta 1709 son 24 ducados que los debe a Juan Thomas de Borda, heredero de su padre y de su abuelo, y otros 21 ducados y 10 reales para fin de pago de diferentes préstamos que le hicieron los mismos. Se obligó con su persona y bienes a pagar todo. Fueron testigos Martin de Echenique de Errazu y Pedro de Oarriz (o Varriz), vecino de Oronoz.
Se trata de la escritura censal de 500 ducados al 3 %, otorgada el año 1710 por Juaquin Antonio de Beaumont y Nauarra, Marqués de Santacara, sobre el Palacio de Yarnoz y bienes a él pertenecientes, a favor del culto y festividad anual de la octava de Nuestra Señora del Camino de la iglesia de San Cernin de Pamplona. Para ello, se procede a la hipoteca de dicho palacio con sus bienes: huertas, viñas, piezas [...] más una casa sita en la calle Mayor de Pamplona.
En el reconocimiento de la mojonera entre Maya y Bazttan del año 1710, se citan 38 mojones en el siguiente orden: 1) Guiristiñoeta, entre el manzanal de Quisua y en medio del camino de Maya a Errazu, 2) Ytalatzea, pegante al manzanal de Quisua, tocante al Palacio de Arrechea, 3) Arlucea, entre la borda de Arriada de Maya y la peña Arlucea, 4) pegante a la borda de la casa de Landagaraia de Errazu, junto al camino que va de Ytsulegui, dejando la borda de Landagaraia por la parte de arriba, 5) entre la nombrada borda y la casa solar de Borda, sobre el paso de la regata, por la parte de arriba del camino de Ytsulegui, en un "collarcico", debajo del pedregal, junto a una peña viva, 6) en un pedregal o peña viva, 7) entre la borda de la casa Borda y de la de Aurizena de Errazu, pegante al camino por arriba de una peña natural, 8) frente a la borda de Aurizena apuntando hacia la cima de Bague, 9) en Cimistacolepoa, 10) en un llano a 150 pasos del anterior, 11) en el llano de Vrlegui, a un tiro de arcabuz del anterior, 12) a 30 estados del anterior, 13) en la cima de Vrleguicozocoa, 14) en Luruco zocoa, junto a un cÍrculo hecho de piedra antiguamente, que según las señales parece ha servido en lo antiguo de "fuesa o sepultura", 15) en Luruco gaña, junto a una piedra grande, un poco más hacia Baguhe, 16) en Lurucoatecac, junto a un cículo de piedra, a un tiro de arcabuz del mojón anterior, 17) en Larracagaña, 18) en Aizaleguicolepoa, frente a una "polciga" de ganado de cerda, cerca de la borda de Jarola que antes fue de la casa Ynda de Arizcun, 19) en Aizalegui, en medio del llano, de piedra blanca, 20) en Aizaleguico Yarlecua, a un tiro de mosquete del anterior, 21) en Vidasleguicolepoa, un mojón grande rodeado de otras piedras, junto al camino real de Bazttan a Vrdax. La piedra grande que sirve de mojón en lo antiguo sirvió por pie de una cruz. 22) a un tiro de escopeta del anterior, 23) en Bagachurieta, junto a los "robres", 24) en Lizarmeaca, 25) en un prado de la borda de la casa Gamioa de Arizcun, 26) en Zurbidecogaña, pegante a una peña, 27) un mojón nuevo puesto en medio de la llanada de Alzolaco (escrito también Arzolaco vrriztia), a un tiro de arcabuz del anterior, 28) en Alzolacolepoa, en medio de un "pradocillo", con raya en triángulo que apunta al paraje llamado "Agula" de Maya, y de aquí a Alcurrunzbehera, 29) en una peña natural grande, mojón señalado en el Amojonamiento de 1654 en "drechura" a la parte de Betarte, 30) en la ladera hacia la regata de Astogui, algo más abajo de la borda de Echeverria de Vrrasun subiendo hacia Larro, mirando hacia Aranea de Maya, 31) en Astooguico Eguia, 32) en Beleberro, más arriba de la borda de Malcorrenea de Maya, por la parte baja del sendero que va a Zuaztoi, 33) en Beleberro, a un tiro de mosquete del anterior se puso una piedra grande en la unión de dos "regachuelos" que se encaminan hacia la villa (de Maya) mirando hacia la casa de Arraztoa, 34) a unos 150 pasos de la borda de Hualderena de Maya, 35) detrás de la borda de Malcorreca, a distancia de ocho estados. Es una piedra "punteaguda" con un "abuxero" redondo encima. 36) a un tiro de arcabuz por la parte baja del feneral de la casa de Malcorreca y algo más arriba del cerrado de Hualderena de Maya, 37) junto al feneral pequeño cercado de losas de la casa Arraztoa, 38) a un tiro de mosquete por la parte baja del feneral anterior que "se confronta" con un cercado de la casa de Barberena de Maya, y bajando de este a la misma casa de Arraztoa, tal como señala el cerramiento del manzanal de Malcorrena, y a su remate confinando con el cerrado del palacio de Arrechea, baja hacia el río, al cercado de Quisua, que corta el río, del palacio de Arrechea, y pegando al cercado de la casa de Gortaria de Maya, va a parar al mojón de Guiristiñoeta.
Hace mención al contenido del documento de 1630 (?) y repite los argumentos de que Baztan dice que Zugarramurdi no es del valle porque se pobló en suelo y sitio del Monasterio, etc., a lo que Zugarramurdi responde recordando que los términos de Baztan afrontaban con Labort, Echalar, Alduide, Baygorri, etc. Menciona las sentencias habidas anteriormente y Baztan recuerda el amojonamiento realizado con acuerdo de ambas partes en 1687, bajo D. Juan López de Cuellar. Al final, deciden amigablemente la nueva demarcación y amojonamiento del lugar de Zugarramurdi, su término y jurisdicción. En esta nueva escritura se matizan también otros aspectos, como el amojonamiento de cierto paraje cercano a la circunferencia de Zugarramurdi, que "en vascuenze llaman Irabelarrak" del 3 de mayo al 11 de noviembre de cada año y señalan los terrenos para plantaciones, cortes de árboles, etc.
Juan Thomas de Borda, hijo y heredero de Juan de Borda, vecino de Maya, reclama la escritura censal firmada en el año 1693 en Maya, por la que Martin de Goyeneche, dueño de la casa Goyenechea del barrio de Zuastoi de Azpilqueta, hipotecó dicha casa y bienes de la misma a favor de Tomas de Borda.
Juan Thomas de Borda, vecino de la villa de Maia y heredero de su padre (Juan) y de su abuelo (Martin) hace, en el año 1714, una executoria censal alegando que Juan de Vrrutia maior y menor, padre e hijo, dueños de la casa de Vrrutia del barrio de Aristtegui de Garzayn, contrajeron en el año 1694 una deuda censal con su abuelo Martin de Borda, por la que hipotecaron a favor de éste la casa de Vrrutia con su huerta, la porción del molino farinero de Echeberri, las heredades de Ybarrea, Yraceco Sagardia, Carricazar, Aragun yturraldea y Landa Barrenetta. El fiador fue Joseph de Miguelena, vecino de Elizondo y dueño de la casa de Miguelena, que la hipotecó con su huerta.
Juan Thomas de Borda, vecino de la villa de Maia y heredero de su padre Juan de Borda, hace, en el año 1714, una executoria censal alegando que Marttin de Goieneche, vecino de Yrurita y dueño de la casa de Goienechea, contrajo una deuda censal con su padre Juan de Borda, por la que hipotecó a favor de éste la casa de Goienechea con su huerta, las heredades de Garzain Landa, Arizaldea y Fraiberro. Los fiadores fueron Juan de Maritorena, vecino de Lecaroz y dueño de la casa de Marittorena del barrio de Oarriz, y Marttin de Echeberria, vecino de Yruritta y dueño de su casa de Echeberria, que hipotecaron sus respectivas casas con sus huertas.
Escritura censal de 15 ducados al 5 %, otorgada por el dueño de la casa de Echeverria de Legasa, en favor del rector de Narbarte.
Juan de Aguirre, rector de Maya, a solicitud de Juan Thomas de Borda, dueño de la casa de Borda, certifica en el año 1715 que entre otros asientos de finados hay uno de fecha de 18/02/1694 referente a Maria de Echinique, de edad de 40 años poco más o menos, dueña de la casa de Borda, cuya defunción firma Geronimo de Arizcun.
En esta relación de las ejecutorias despachadas a favor de Juan Thomas de Borda, se incluyen unas cincuenta personas. Todas pertenecen a diversos pueblos del valle de Baztan, salvo uno que es de Etsain, del valle de Anue.
Juan Thomas de Borda dice que tiene un manzanal amojonado, enfrente de su casa y encima de la casa llamada Bezonartea, que fue amojonado por su abuelo Martin de Borda. Recurre a dos ancianos del pueblo que tienen información acerca de la realización de dicho amojonamiento para que hagan una declaración jurada, a lo que ambos acceden. Uno de los ancianos es Martin de Eguilondo Dorre, de 78 años, dueño de la casa Dorrea, quien "en su legua de bascuence" dijo que ese manzanal es tierra amojonada y que tiene 4 mojones en sus 4 esquinas. Cita como autoridades a su padre Juanes de Eguilondo, ya difunto, y a Fabian de Aguirre y a Bernardo de Hezurmendi, vecinos de la villa, difuntos también, que fallecieron con 90 años o más. El otro anciano es Bernardo de Baquedano, de 80 años, dueño de la casa Lazcan, quien repite la misma declaración "en su lengua bascongada" y cita como autoridades a Dominch de Yturburu, que había muerto hacía 38 años, y era abuela materna de su mujer Maria de Barreneche, y a los mencionados Fabian de Aguirre y Bernardo de Hezurmendi.
La solicitud es realizada por Juan de Yriarte Marito, vecino de Urdax y dueño de la casa de Maritorena, del barrio de Alquerdi, para hacer una cerradura enfrente de su casa, formando una era para poner paja y hacer abono. Le autoriza el abad del monasterio Juan Thomas de Elorga y el escribano Juan Thomas de Echeverz da fe de ello.
El contrato matrimonial es entre entre Catalina de Arozarena, hija de la casa de Irivarren del barrio de Gorostapolo de Errazu, y Pedro de Yturralde, hijo de la casa de Yturralde. Lorenzo de Arozarena, padre de Catalina, hace donación que llaman "inter vivos" a Catalina y a Pedro su futuro esposo, de su casa de Yrivarren, con huerta, horno y demás. Además, les dona una porción en el harinero de Zabaleta, rebaño de unas cien cabezas de ovejas y cabras, ajuar, "ostelaje" y aparejos de labranza, así como asientos, sepulturas, honores y precedencias en la iglesia parroquial. Lorenzo Arozarena tenía otras dos hijas, Josepha y Ana María. Para Josepha reserva un aposento "mientras tuviere honor y reputación de doncella y sin nota pública". A Ana María la tiene "adotada y comodada" a la casa de Aitacorena de Vrdax. Por su parte, Juan de Yturralde, por el cariño paternal que le profesa a su hijo Pedro, le ofrece por dote la suma de 230 ducados, pagaderos la mitad para san Miguel de septiembre primero viniente y la otra de allí a un año, y por "vía de auriches" 12 borregas, 1 novilla y 1 lechona cargada. Además, les ofrece al dicho Lorenzo de Arozarena y a su esposa sendos vestidos, a Lorenzo una casaca y calzón y a su esposa una mantilla, casaca y basquina. Finalmente, Pedro, el futuro esposo ofrece a Catalina "por arras y poncelaje" la octava parte de los 230 ducados.
Juan Thomas de Borda, vecino de Maia, arrienda a Maria Fermina de Yanzi, viuda de Pedro de Ernettta, una casa en la calle de los Mercaderes de Pamplona, junto con la bodega y cubaje que hay en ella y viñas en los términos de Artica, Ansoain y Mendillorri. En total son 124 peonadas y el arrendamiento es para dos años, con un costo, por cada año, de 124 ducados.
Es un extracto del pleito de los primicieros de la parroquia de Maya contra el valle de Baztan, sobre propiedad de varios seles. El párroco de Maya y el "primiciero secular" Juan Tomás de Borda reclaman la propiedad de cinco seles de esta parroquia en lo de Baztan, a saber, Vniz, Ybieder, Carrapilla (Larrampilla en 1605), Aldasorozarra y Vrrizola. Los de Baztan dicen que esos seles jamás han sido de Maya, pero los de Maya lo prueban a través de los libros parroquiales (libros de visitas del obispo de 1605 a 1699, hallando constancia de ellos ya en 1605) y de documentos del Palacio de Ursua. Se trata de "seles o cubillages" llamados comúnmente "saroyas". Ursua alega que los de Ybieder y Larrampilleta son suyos, pero que el de Ozarren es de Maya. Por eso, menciona que en el año 1631 Maya pagaba por los cuatro seles de Vniz, Vrrizola, Aldasorozarra y Ozarren, porque dichos "saroyac" los tenía por suyos. Menciona también que en el año 1671 los principales seles estaban cerca de Francia y que en la última guerra los franceses se llevaron de los mismos muchas vacas. Por esa razón, en los años anteriores a esta última fecha, nadie quería arrendarlos, salvo últimamente los de Errazu que lo vienen haciendo a muy bajo precio. Casi todos los testigos consultados dan la razón a los de Maya, aclarando que el de la iglesia no es el de Larrapilla sino el de Ozarren, que está junto al de Aldasorozarra. Los del valle piden disculpas y la Corte confirma la sentencia, con la salvedad de que atribuye a Maya no el de Larrapilla sino el de Ozarren.
Reunidos los representantes del convento y los diputados nombrados por Baztan para el reconocimiento de la mojonera que divide el término redondo del monasterio y Baztan, recorrieron los lugares donde hallaron los once mojones. Comenzaron en Azcar, siguiendo por Arguindurieta, por encima de un término de la casa Chirripa de Zugarramurdi, para pasar a continuación la "estrata" entre Vrdax y Zugarramurdi y por enfrente de la casa de Yturria de Zugarramurdi, y proseguir por debajo de la borda de Echartea, del barrio de Alquerdi. De allí, siguiendo por la regatilla que baja hacia la casa de Echetoa de Alquerdi y subiendo a continuación hacia Ytzamendi, donde hay una cruz de piedra, a donde los de Vrdax hacen procesión un día al año. Desde ese lugar cuesta abajo, hacia Masacoleta, cerca de los cercados de la casa Lapursaroy de Semper (Labort), donde se unen dos regatas, para seguir hacia arriba junto a cercados de la borda de la casa Arruteguia de Semper, en dirección al puente Oholdizun y a la unión de los dos ríos, el de Oholdizun y el que divide con lo de Añoa (Labort), pasando por debajo del barrio de Tejería, el puente de san Blas "frontero" con el monasterio, para subir de nuevo a Azcar. Los once mojones rodean todo el término redondo que es del monasterio y lo demás es de Baztan.
La sentencia se limita a matizar que los árboles de "robre y aya de Arizacun y Orovidea" pueden venderse si no son para Francia.
Con el asesoramiento de personas ancianas y de experiencia, se procedió a fijar los mojones con letras mayúsculas, que por un lado dicen Verttiz y por el otro Bazttan, divisorios de los términos de ambos. Pusieron el primer mojón de piedra roja "quasi quadrada" en el término del cerrado del manzanal antiguo del palacio, llamado Alliri, otro a poca distancia hacia el Palacio de Verttiz. El tercero en Llarregui, tirando hacia la cima de Larreguicolepoa y el cuarto en el paraje del mismo nombre. El quinto en Meacacelaycolepoa, junto a la borda de Aizpuru, los cuatro siguientes a lo largo de Meacacelay. El décimo en Arttaberroettacozocoa, el siguiente en línea recta a la pieza de la casa de Alzualdea de Oronoz. Los tres siguientes en Ottarreco-ainciraaldea, Arzabalgoarizettaco-lepoa y Arzabalgoarriaren-ondoa respectivamente, pegante al camino sendero que va a la borda de Ezponda de Oronoz, donde pusieron el que hacía el número quince. Los tres siguientes en Vsatteguiettaco-Ytturriarenburua, en Vsatteguiettacolepoa y en Amezttiarreguibidea respectivamente. El diecinueve a poca distancia del anterior, contiguo a un arbol silvestre llamado en "la ideoma" Ameza. A continuación y en la misma vertiente los dos siguientes. El veintidós en la regata que llaman Visusquettaco-erreca y entre dicha regata y Visusquettacolepoa el siguiente. A continuación, otro entre Visusquettaco-ondoa hacia Arttola y un poco más abajo el siguiente, junto a la regata el veintisiete, los tres siguientes en Arttolaco-landaazpia y Arttolacocelaya. En Empazabalgo-Vnattacoerreca el treinta y uno y en Empazabalgo Ezcanda el treinta y dos. Los tres siguientes en Sansinen-bordacunza, Sansinen-bordacunzacoaldea y Errandoneco-bordaazpia y otros dos en Vrzuluaga, uno más en Plazacelaicomeaca y el último, que hace el número treinta y nueve, junto a la regata de Carramisttegui, la cual hace de divisoria en adelante. A cada mojón se le puso su teja y las dos letras.
Estteban de Arozttegui, dueño de la casa de Jaunttonea de Aranaz, al parecer viudo y gravemente enfermo en cama, hizo el testamento. Aduce que tienen nueve hijos. Uno de ellos casado, Marttin, que se halla en los reinos de las Indias y Parttido de Abana. Otra, Feliziana, también casada con Pedro de Echagoyen. Maria y Micaela religiosas en los conventos de Lazcano y Descalzas de San Sebastián respectivamente. Ana Bauptista, Francisca, Josepha y Maria Manuela sin tomar estado y Martin Estteban "de pupilar edad". P. Ondarra no recoge más datos del testamento.
Se trata de dos sentencias de Corte y Consejo sobre la inhibición de venta de árboles que el valle hizo a Thomas de Borda, natural de Maia, en el término de Aguirregui, junto a la Herrería que era común al Monasterio de Urdax y al valle de Baztan. Alegan que dicho término estaría fuera de las dos leguas acotadas de la Herrería nueva.
Se trata de dos sentencias de Corte y Consejo sobre la venta de árboles en el término de Aguirregui, junto a la Herrería, que era común al Monasterio de Urdax y al valle de Baztan. Un carbonero llamado Bernartt de Aramburu, que trabajaba para el Monasterio, fue captado preso en dicho monte de Aguirregui y llevado a la cárcel del valle de Baztan.
Juan Thomas de Borda, vecino de Maia, adquirió la casa Burundarena de Azoz como consecuencia de las deudas contraídas por sus anteriores dueños, que fueron Nicolas de Leiza, ya difunto, y su mujer Cathalina de Esparza, el hijo de ambos Miguel de Leiza y la mujer de éste Maria de Herize. Tras varios requerimientos por los impagos acumulados, la casa con todas sus huertas, viñas y abundantes piezas, pasó a ser propiedad de Juan Thomas de Borda.
Referente a la arrendacion hecha para cuatro años a Manuel de Yrurzun de la casa y bienes de Echeuerricoa del lugar de Ansoain, que se hallaba en posesion de Juan Thomas de Borda.
Miguel Goieneche era tesorero y administrador general de las rentas de la catedral de Pamplona. Su hijo Pedro Fermín fue tesorero general de guerra de este Reino y de la Provincia de Guipuzcoa. Casado con María Josepha de Mendinueta, recibieron la donación de abundantísimos bienes, hecha por los padres de Pedro Fermín "para después de sus días". En dicha donación se incluyen, además de dinero, joyas, alhajas, ajuares, etc., la casa nativa llamada Burraldea de Garzain, dos casas en la Plaza del Castillo, tres casas más en Pamplona, términos de viñas en Ezcaua, Olaz, Huarte, Burlada, Mendillorri, Santa Lucía y Donapea. Joseph de Goieneche, hermano de Pedro Fermín, estudió en la Universidad de Alcalá y obtuvo la dignidad de prior en "Quadxutoria" de la santa Yglesia de Osma.
Juan Miguel de Ayoroa y Mari Juan de Ezqurra su mujer, dueños de la casa de Rementena del barrio de Ygueribar de la villa de Yturen y Ana Maria de Lasaga, su madre y suegra, también natural y vecina de Yturen, alegan que son patronos de una fundación de 500 ducados de principal, fundada por Juan de Mendiondo, presbítero beneficiado que fue de la parroquial de Yturen, por cobdecillo otorgado en dicho barrio el 26/01/1706 ante Felix de Aniz, escribano real ya difunto, para que con sus réditos que son de 15 ducados se celebrasen misas rezadas perpetuamente en favor de su alma y las de su obligación con estipendio de 4 reales por cada misa. La capellanía se hallaba "baca" por muerte de Juan Fermin de Ayoroa. Ahora nombran a Martin de Sagardia.
Sancho de Ybarra, vecino de San Sebastián, y Pedro de Ducornau del Burgo de Endaia habían cortado una cantidad considerable de tablas y maderamen, que desde el año 1724 se hallaba esparcido por los montes de Verttiz hasta el río Bidasoa y sus márgenes. Por parte de la Corte (Pamplona) se concedió facultad a Juan Miguel de Hugalde (o Hualde) para que, sin perjuicio de los interesados y asistencia del alcalde del valle de Verttizarana, vendiese dicho maderamen. El citado material se vendió a Juan Thomas de Borda, vecino de Maia, por 9.327 reales y medio. Mediante la presente carta del año 1731, Juan Thomas de Borda realizó, a través de Juan Martin de Arraiz, el pago de los 8.559 reales que aún debía.
El presente documento recoge algunos testimonios sueltos de ventas de árboles caídos y secos, a los que llaman "galarra" en algunos términos de Baztan, en fechas concretas del s. XVII y de principios del s. XVIII.
En las cuentas de cada uno de los años se repiten prácticamente los mismos conceptos, siendo los más habituales los siguientes: gastos de ballena, aceite, sal, arrendación de vino, los de la comida a los "cargo habientes" en el día en que se hacían las cuentas, los gastos de los danzantes, fusileros, jular y tambor en el día del Corpus y en el de su octava. También se repiten los referentes a la caza de lobos, osos y zorros, al alojamiento de soldados, a los arreglos en la casa concejil, puentes, caminos y calzadas realizados por canteros y carpinteros, a la conducción de pobres enfermos a otros lugares, a los pagos al escribano, etc. En algunas ocasiones se abonaba al saludador (sanador) -al menos en los años 1731 y 1732 al de Zubieta y en 1740 al de Bera-, y varias veces aparece el pago por misas cuando se hacían rogativas a la ermita de san Esteban para rogar por el buen tiempo. Finalmente, se hace mención expresa a la disposición aprobada en el año 1739, de sufragar por el pueblo el gasto que suponía el pan bendecido que se repartía en la misa mayor de los domingos; así se evitaba el gasto que se causaba a los vecinos, porque cada uno de ellos daba medio robo de trigo por año para ese fin.
Martin de Arrechea y su mujer Agustina de Vicuña y Aranibar, dueños de la casa de Martizena de Santesteban, en el año 1732, necesitaron tomar un censo de 200 ducados al 3 % de Juan Thomas de Borda, de la villa de Maia. La entrega se la hizo Juan Martin de Arraiz en nombre de Juan Thomas de Borda. Para ello, hipotecaron la casa de Martizena (o Matizenea) con huerta pegante a ella, juntamente con una pieza sita en Aparan, otra detrás del molino farinero de la villa, una borda con la pieza pegante a ella en Vrrozquiñelete (o Vrrozquilñeta) y un manzanal de unos 200 pies en Ameztia.
Juan Thomas de Borda, dueño del Palacio de Borda de Maya, en el año 1733, dijo que por una provisión expedida en el año 1728 hizo el apeo o inventario de sus bienes pertenecientes al dicho palacio. Lo realizó por medio de Juan Martin de Lecaroz y Egozcue, dueño del Palacio de Egozcue de Ziga, y de Juan Bauptista de Garaycoche de Arrayoz, que eran "prácticos e ynteligentes en la facultad de agrimensor". A la mencionada provisión añade ahora una casa vecinal suya propia en la villa de Lessaca llamada Solchagarena, con su huerta de una peonada, donada por Pedro de Vertiz su suegro, ya difunto.
La impugnación de probanzas obedece a que el valle de Baztan acusó a los de Vrdax y Zugarramurdi, laborantes del monasterio, por haber extraido "galarra" y "macurras, que son unos palos torcidos para chalupas". Los del monasterio se defienden diciendo que dicho material no origina ningún detrimento a los árboles, porque se trata de troncos secos que con el torbellino de los vientos caen al suelo. Por contra, acusan a los de Baztan de haber realizado cortes desmedidos de porciones de árboles en los montes con el fin de comerciar con ellos, vendiéndolos a los franceses.
Referente a la arrendacion hecha de una casa y de su pertenecido para cuatro años otorgada por Juan Miguel de Elso a favor de Juan Thomas de Borda.
Los dueños de la casa de Martizena, Martin Arrechea y su mujer Agustina de Vicuña y Aranibar, pidieron un censo de 100 ducados al 3 % a Juan Thomas de Borda, vecino de Maya. Además de la casa, hipotecan algunas piezas, un manzanal en Ameztia y una borda en Urrizquinetta.
Martin de Arrechea y su mujer Agustina de Vicuña y Aranibar, dueños de la casa de Martizena de Santesteban, en 1734, es decir dos años después de tomar un censo de 200 ducados al 3 % de Juan Thomas de Borda de la villa de Maia, volvieron a pedir otro censo de 100 ducados al 3 %. Volvieron a hipotecar los mismos bienes que en la hipoteca de 1732.
La casa de Miquelchenea de Narbarte y sus bienes, propios de Domingo de Azpiliqueta de Narbarte y de su mujer Ana Maria de Vrrutia de Oyeregui, fueron ejecutados a favor de Francisco Anttonio de Vztariz, vecino de Pamplona. En nombre de éste actuó Miguel de Elorga, alias Chafon, residente en Elizondo "a quien el escribano le tomo la mano derecha para efecto de darle posesión y le entro en la casa de Miquelchenea, subio arriba, abrio puertas y ventanas, paseo en ella, echo agua y fuego fuera de ella y otros actos de posesion quieta y pacificamente, a vista, ciencia y tolerancia de todos los que quisieron ver [ ] luego, entro en la huerta, donde paseo y ranco yerbas y echo fuera de ella terrones y piedras ". Finalmente, Miguel de Elorga, entregó todos los bienes a Francisco Anttonio de Vztariz, vecino de la villa de Santesteban, en cuyo nombre había actuado en el remate de los bienes.
La carta fue dirigida al Valle y Vnibersidad de Baztan a instancia, al parecer, de Lorenzo Beugnier de Latour, de Suiza, en razón de las minas de cobre en el monte Ayzalegui, en jurisdicción de Baztan y villa de Maia, por los problemas que al señor Beugnier le pusieron los del valle para conducir la mena de dichas minas a Baigorri, y así poder continuar con las fundiciones.
Lorenzo Beugnier escribe desde Baigorri una carta en francés al secretario de Baztan, en la que le da cuenta de que ha solicitado establecer una fundición en Oroquieta, dado que los de Baztan le habían pedido varias veces que no lo hiciera en Baztan, ya que ello hubiera supuesto "conformé une grosse partie des bois dont votre forge a besoin" y le hubiera producido gran perjuicio, razón por la cual solicitó establecerla en Oroquieta.
Existe un pleito entre los lugares de Oronoz, Naruartte y Oiaregui con Maria Nicolasa de Larreta, viuda de Joachin de Aldunzin y Berttiz, dueña del señorío de Berttiz. Los mencionados tres lugares piden que sus ganados que se "prendasen" en lo de Berttiz sean restituidos pagando las penas acostumbradas de un real por cabeza de ganado mayor y de cerda, en tiempo de pasto, y una res de cada rebaño de "lanio o cabrio", o dando fianzas a satisfacción del alcalde del valle de Berttizarana. Maria Nicolasa de Larretta contesta que ella puede "prendar y carnerear cualquier ganado y echar las penas que le pareciere". La sentencia pronunciada en el año 1736, se limita a mantener las penas acostumbradas, antes mencionadas, matizándolas más detalladamente, como el hecho de que dichas penas sean dobladas si es de noche, pero desechando el carnereamiento de cualquier ganado propuesto por la dueña del señorío.
En este extracto solamente aparecen algunos nombres, referentes a unas pocas casas y a los dueños de las mismas.
Los de Baztan plantean la necesidad de revisar la mojonera con los términos de Lanz y Vlzama por cuestiones suscitadas respecto a la escritura de facería de 1677. En concreto, para aclarar las diferencias sobre el goce y extensión del paraje de Vssainbelardi o Vsambelardi (escrito en ambas formas). En reunión celebrada en la Benta del Real Monasterio de Belate, acordaron poner tres mojones en dicho paraje, lo cual fue aprobado en el año 1739.
En el presente extracto solamente se mencionan unos veinte nombres de casas de Vrdax y en algunas de ellas se añade la fecha en la que se hizo algún testamento.
Se trata de la escritura de constitución del censo otorgado por Juan Thomas de Borda, de la villa de Maia, a la casa Martizena de Santesteban.
Pedro Leon de Garaicochea, dueño de la casa de Yriartea del barrio de Vrrasun de Azpilqueta, tenía una tierra suya propia en el paraje llamado Dilundeguicozocoa con helechal, manzanal, robledal y castañal pegante al cerrado, robledal y feneral de Juan Thomas de Borda, dueño del Palacio de Borda, hasta la heredad de la casa Echeberria de Vrrasun, y desde esta, hasta el cabo o más allá de los fenerales llamados de Arraztoa, que por este "remate" confinan con las tierras de dicho Borda, parte que fue adquirida por compra de los dueños de la casa Gostarzua de Arizcun. Garaicochea estaba dispuesto a darle a Juan Thomás de Borda un pedazo de tierra, empezando por el robledal cerrado de Borda hasta la distancia de 20 pies de la heredad de Echeberria de Vrrasun. Borda acepta realizar el desvío de la regata pegante a la heredad de Echeberria, por la parte derecha, y se compromete a mantener un paso para que las "leras" y los bueyes puedan transitar "sin embarazo". En concepto de permuta, le da a Garaicochea 5 peonadas y 18 "perticas" de tierra lieca, helechal que compró a Juan de Garai, dueño de la casa de Gostarzua de Arizcun, más dos vacas paridas estimadas en 24 ducados, valor en que han sido tasadas las tierras adquiridas, por los vecinos y testigos.
Tras los censos constituidos en los años 1732 y 1734, de 200 y 100 ducados al 3 % respectivamente, por Martin de Arrechea y su mujer Agustina de Vicuña y Aranibar, dueños de la casa de Marttizena de Santesteban, Juan Thomas de Borda de la villa de Maia les reclama en el año 1741 los réditos corridos y por correr que son 6 ducados en cada año.
Comprueban que la mojonera estaba en buen estado, pero establecen que, en la división de los respectivos términos, en las plantaciones de árboles, se dejase la distancia de 20 codos por cada lado de la mojonera, por estar los árboles demasiado cerca de ella.
Tras haber comprobado que la mojonera estaba en buen estado, pero que en la división de los respectivos términos, en las plantaciones de árboles se debería dejar la distancia de 20 codos por cada lado de la mojonera por estar los árboles demasiado cerca de ella, el procurador del monasterio de Vrdax solicitó al escribano una copia del acuerdo. El escribano Juan Thomas de Echeverz comunicó, tanto al procurador como al abad del monasterio, si querían estar presentes para sacar dicha copia en la casa Posada de dicho escribano en Arizcun. Respecto a dejar los 20 codos libres, se indica que dicha "mengua" se lleve a cabo en el mes de febrero del año siguiente, 1742.
Los vecinos de Zugarramurdi tienen comunidad de goce de hierbas y aguas en todos los términos de valle de Baztan, pero aunque antes no tenían busto propio, pero sí desde el año 1741, no pueden hacer bordas ni chozas, ni para el vaquero ni para el ganado. Pueden recoger su ganado en las chozas y corrales del valle y pueden alojarse en ellos también los vaqueros. Pueden también llevarlos a Erreguerena, dado que antes podían llevar allí sus ganados juntamente con los de Baztan.
Esta impugnación fue presentada el 29 de agosto de 1744. P. Ondarra, en sus escuetas notas sobre este documento, señala que no hubo mojones divisorios entre el valle de Baztan y el Término Redondo del Monasterio de Vrdax en los documentos de los años 1584, 1725, 1726, 1727, 1729 y 1730. Señala, asimismo, que en el capítulo 51 de las Ordenanzas de 1685 se indica la obligación de plantar árboles en lo común y que el valle ha gastado en guardas del monte Ameztti 2.288 reales. Matiza que a la leña caída o madera seca, que ha sido vendida a los franceses, se le denomina "galarra".
Solamente aparecen los firmantes de dicha solicitud, que son el escribano y dos monjes representantes del Monasterio.
Las escrituras solicitadas para su compulsa son las referentes a la sentencia arbitraria de 1584 entre el valle y el Monasterio, a la escritura de 1589 entre el valle y el lugar de Sara, y al convenio de 1609 sobre venta de pasto en Orobidea, Vrizatte y Arizacum, más otras dos referentes a los años 1614 y 1621, cuyo contenido no se explicita.
En la réplica a la impugnación del año 1733, se matiza que las "galarras" no sirven para fabricar materiales sino tan solamente para hacer "carbon y cisco". Añade, que el valle de Baztan se hallaba hasta el año 1732 "muy sobrado de caudales y que al presente no se halla con ellos" por haber construido "las dos Errerías maior y menor, por las que se halla el valle muy empeñado por hauer perdido en su administtrazión muchas canttidades sin yncluirse los montes destruidos y asolados, causando a los vezinos graues perxuizios y daños, que no pueden criar ni manttener los ganados que manttenian anttes de construir dichas Errerías".
Los dueños de la casa de Martinduartenea de Sumbilla, habiendo contraído una deuda de cierta cantidad con Fermin de Ajestta y no pudiendo hacer frente al pago de la misma, optaron por entregarle su propia casa.
Por muerte de Pedro Azpiroz, abad que fue de Anoz, quedó vacante la abadía, y sus vecinos, como patrones únicos, nombran nuevo abad a Alonso de Ezcurra, beneficiado de Sorauren y del señorío de Naguiz.
Por haber desistido de su derecho el abad anterior y quedar vacante la plaza de abad, los vecinos de Anoz nombran como nuevo abad a Juan Marcos de Latassa, clérigo de menores, natural de Ostiz y residente en la ciudad de Zaragoza. Y si éste no acepta, nombran a Juan Josepf de Guelbenzu, presbítero, natural de Guelbenzu.
En Anoz, viendo la mucha necesidad de obras que hay en la iglesia y no tener con qué, de común consentimiento acordaron "el arrendar las setas de dicho termino para socorrer los reparos de la Yglesia". Para ello "pusieron en candela y arrendacion las setas de todo el termino de Anoz propio suyo por tiempo solo de este año de quarenta y quatro con el riesgo y peligro de qualesquiera inclemencias y con la condicion de que aya de pagar dos reales de gasto para vn refresco de los vezinos". Y a todo el que cogiese setas -excepto a Miguel de Zalba-, se le podía hacer pagar 4 reales por cada vez que se le coja, aunque sea muchas veces al día. Miguel de Zalba aceptó la arrendación y se comprometió a pagar 96 reales por solo el año 1744.
La solicitud es realizada por Martin Elizalde, dueño de la casa de Sastrearena del barrio de Landibar de Urdax, para hacer una hornada de cal para una pieza de pan traer que posee en el término redondo de Basterrechea, cerca de la casa de Sastrearena. Le autoriza el abad del monasterio Joseph de Barreneche y el escribano Juan Thomas de Echeberz da fe de ello.
Con fecha de 19/05/1745, se sacó en Pamplona copia del pergamino en latín de la Donación de Calbet de Sotes al Monasterio de Vrdax, en el año 1082 (también se dan las fechas de 1182 y de 1203). Dicha copia titulada "Memorial Ajustado, hecho en virtud de decreto de la Cámara, con citación de las partes, del pleito que siguen en este tribunal, el Concejo, Justicia, Regimiento, y Vecinos de la Villa de Urdáx, en el Reino de Navarra, y el señor fiscal del Consejo y Cámara Don Pedro Rodriguez Campománes con el Real Monasterio de San Salvador de Urdax, del Orden Premostratense, en que tambien son parte el alcalde, jurados, diputados, y vecinos del Real Valle y Universidad de Baztán sobre la pertenencia en propiedad del dominio territorial y solariego de los términos de la referida Villa de Urdáx, y exaccion de impuestos y gabelas á sus Vecinos, que hace el Real Monasterio con título de derechos Dominicales", fue copiada por Patxi Ondarra en julio de 1973, quien, a su vez, expone la diferencia existente entre el texto original en latín y la transcripción al castellano hecha en el año 1745, así como en el texto en castellano de dicho documento que publicó D. Manuel Irigoyen y Olondriz en su obra "Noticias Históricas y datos estadísticos del noble valle y universidad de Baztan" publicada en Pamplona el año 1890. Según P. Ondarra, dichos textos en castellano no transcriben el documento completo y, además, cometen errores en la transcripción, fundamentalmente en lo referente a la grafía de nombres, escritos como Ayozagunea, Iguzquieguia, Ulerso, Loyaga, Anzizurieta, Idibeyeta, Lezasumea, Aizenoa etc., en lugar de Aioragunea, Yguzquieguia, Vberso, Loiaga, Ainzirurietta, Edibeieta, Lezasumea, Aizanoa etc. respectivamente.
Se refiere a la permuta de árboles nogales, sitos en el puente llamado Chardina, para que los goce el Monasterio durante 45 años. Lo que el escribano notifica a los religiosos del Monasterio.
Se ponen ciertos condicionamientos a los pueblos de Zugarramurdi y Vrdax, en lo referente al uso y aprovechamiento de los montes comunes del Valle. Acuerdan poner un guarda jurado para la custodia de los montes, y establecen que nadie puede cortar árboles en esos montes, salvo que sea para la construcción de sus propias casas, previa obtención de la licencia del alcalde. A los maestros herreros se les autoriza proveerse de la "galarra" que necesiten para sus fraguas, pero no que puedan proceder a cortar árboles, ni a "picarlos maliciosamente para reducirlos a galarra después de secarse". Todo el que sea sorprendido en el corte de árboles deberá pagar la consiguiente pena.
Hace referencia a algunos parentescos, tanto de la casa Ariztoy, llamada también Escriuonea, como del Palacio de Zaualetta de Lesaca. Cabe señalar que en las referencias de parentesco, junto a los términos "aguelo" y "aguela", se cita el de "bisabuelo".
Proceden al reconocimiento de los mojones entre el valle de Baztan, Urdax y Zugarramurdi para plantación de árboles. Van señalando los mojones correspondientes a Zugarramurdi y también los seles, tanto los del valle que quedan dentro de dicho amojonamiento para plantaciones, como los que están dentro de lo jurisdiccional de Zugarramurdi.
Reunidos los representantes del Monaterio de Vrdax, de los pueblos de Vrdax y Zugarramurdi y del valle de Baztan, en cumplimiento de lo mandado por Ysidoro Jil de Jaz del Consejo de S.M. y oidor en el Real y Supremo de este Reyno, trataron sobre el nombramiento del guarda jurado para la custodia de los montes. Nombraron a Thomas de Plaza, habitante de Vrdax, para custodia de los montes desde la muga de Vertiz y paraje llamado Domicu hasta el monte Arizacun, hasta la muga de Vidarray, y desde la frontera francesa, por el paraje llamado Bizcailuzea hasta la muga de Francia. También se le encomendó la custodia de los seles del valle y del monasterio. El salario estipulado fue de 32 ducados cada año.
Nombrados los "poder abientes" del Monasterio y de Baztan, en primer lugar efectuaron el reconocimiento de la mojonera, realizando todo el recorrido a partir del término de Amusa, en la divisoria de Baztan con Añoa. Procedieron, asimismo, al reconocimiento de los siete seles de Baztan en el Plantío del Monasterio.
Se procedió a la señalización a Vrdax del término para la plantación de árboles en los comunes de Baztan, con el correspondiente reconocimiento de la mojonera. A lo largo de su recorrido, que comienza y termina debajo de la pieza de la casa de Yturria de Zugarramurdi, sita en el barrio de Alquerdi, donde se junta la regatilla de la fuente de Chirripa con el regacho que baja de la parte de Zugarramurdi, van señalando los nombres de cada uno de los términos donde se hallan los mojones.
Se trata del acuerdo para resolver problemas planteados por algunos mojones en la división entre los valles de Baztan y Anue. Faltaba el de Ocorin y había dudas que resolver sobre otros mojones. Reconocieron el existente en Irumugarrieta, como divisorio de ambos terrenos y otros tres, llamados Irumugarrieta, en la parte inferior de Arrizabala.
Andres Aitaxorena, dueño de la casa Aitaxorena de Urdax, indica en su testamento las deudas y censo que tiene, los nombres de sus hijos y el de su esposa a la que nombra heredera. Señala, asimismo, los nombres de los albaceas y testigos.
Martin de Lasterra, procurador de Baztan, dice que los vecinos que poseen términos privativos tienen hechos sus amojonamientos para distinguirse del común del valle. Los Palacios de Vrsua y Nas de Arizcun desean pedir lo mismo, pero como su dueño, el conde de Gerena, tiene dos pleitos sobre inhibición de nueva obra, deberán esperar a que se aclare ese asunto para emprender lo referente al del amojonamiento.
Se pusieron en candela los frutos primiciales de Zildoz de cuatro años (1751-1754). El arrendador fue Beltran de Elcarte, residente en Anoz, por 30 ducados en cada año, mitad por Navidad y mitad por san Juan. Se arrendaron 5 robadas de tierra blanca, en las que por dos años deberá sembrar trigo y en los otros dos podrá sembrar si quisiese "otros granos o menuceles que le parezcan". Beltran de Elcarte, deberá abonar 30 ducados en cada año, además de 6 robos de trigo al sacristán, 2 robos y medio de trigo, 3 cántaros de "vino potable" y 14 libras de "tocino en pierna" el domingo primero de Rogaciones, además del subsidio y excusado que correspondía a dicha iglesia. El arrendador tendrá "amejoradas y no apeoradas" las cinco robadas de tierra y las arrienda "a todo riesgo de piedra, niebla, yelo, o abundancia de aguas y otros qualesquiera casos que por inclemencia del cielo pueden resultar".
Martín de Echeverria, dueño de la casa Berrederena de Urdax, relata en su testamento los haberes, los nombres de sus hijos, yerno y nieta, así como el de su mujer a la que nombra heredera. Señala, asimismo, los nombres de los testigos.
En el año 1752, el conde de Gages envió al rey Fernando VI el informe donde se dice que el término de Alduide, en el que los de Erro tienen goce "es de 15 leguas de circuito en forma de ovalo y que confina con el Balle de Balcarlos, el territorio de la casa Real de Ronzesvalles, la villa de Burguete, valles de Erro y Esterivar, señorio de Gongora, Balle de Baztan y en dos leguas por el Norte con Baigorri". Recuerda, asimismo, la sentencia del año 1400, según la cual la línea de demarcación comenzaba en Yzpegui, a la parte de Baztan, siguiendo a una fuente donde empieza la regata que baja al barranco grande hasta el río de Alduide, junto a la bustaliza de Vrracarita, que está inmediato a donde hoy se halla la parroquia de San Esteban de Baigorri. Lo que cae al Norte de esa línea es del valle de Baigorri, sin parte de los de Erro, y lo que cae al Sur es de los montes y yermos de Alduide, sin parte de los de Baigorri. Continuó este lindero desde el río de Alduide hasta el punto de Vrdia, siendo también lo de un lado de Baigorri y lo del otro de Alduide. Habla también de los cuatro distritos en los que se dividió el término de Alduide en las capitulaciones de 1614 y de los derechos que en ellos tienen los de Erro, Baigorri, Baztan, Balcarlos y la Casa Real de Ronzesvalles, y que en el año 1695 Baztan consiguió ser hecho partícipe de los términos de Alduide de día y de noche a medias con los de Balderro, lo que fue confirmado por Felipe V en las Conferencias de 1717.
Constituidos los "poderhabientes" nombrados al efecto, ante el escribano y los testigos, procedieron a mejorar y aumentar los mojones con respecto al Auto de amojonamiento realizado en el año 1600. Realizaron el recorrido de los 25 seles, matizando las distancias en "estados" entre los seles y los mojones hallados y matizando el número de mojones nuevos que "plantificaron" a lo largo del recorrido.
Se trata de una segunda copia del documento del año 1753, realizada para su traslado por el escribano Pedro Joseph de Yturria, en el año 1776. Este escribano, que certifica que el documento del traslado concuerda con el original, introduce, sin embargo, variantes en algunos de los nombres que se citan en aquél. P. Ondarra se limita a extraer las variantes que considera de mayor interés.
Viene a exponer los mismos seles que en el mencionado Auto de Amojonamiento de 1753. Por ello, aquí se han registrado solamente aquellos nombres que presentan alguna alteración gráfica respecto a aquél. Al final del documento anota los nombres de los siete seles propios del Término Redondo del Monasterio.
P. Ondarra únicamente aporta el título del documento, de quién se trata y quienes fueron el notario y los testigos.
Los de Anue, en respuesta a la carta escrita por los de Baztan, hablan del problema divisorio que plantean los montes Sardaia (Saday, a veces) y Ocolinlepoa (Ocorinlepoa, otras veces). Representantes de ambos valles se reunen, revisan y resuelven problemas sobre mojones. Ponen un mojón nuevo entre Ocolingosoroburua y Mugarrizelay, así como entre los intermedios de Otacheta y Mugazelaia u Ocolingolepoa. Acordaron, asimismo, arreglar toda la mojonera entre ambos valles, empezando por el sitio de los tres mojones que "bulgarmente llaman Yrumugarrita" (muga entre Baztan, Anue y Lanz), siguiendo por Gostamarro, para seguir al alto de Azquenaz, en el que había una piedra grande natural a manera de losa, que antiguamente servía de mojón con tres cruces encima, donde pusieron cuatro mojones. Siguiendo a Gostamarrocomuga pusieron seis más, en Otacheta otros cuatro, avanzando hacia Ocolingosoroburua seis más, subiendo hacia Mugarrizelay ocho más, en el collado de Sarday otros cinco, llegando así hasta Erreguerena (que era del Marqués de Góngora). En total pusieron 43 nuevos, aparte de los tres antiguos que quedaron donde estaban.
Se pusieron en candela los frutos primiciales de Zildoz de cuatro años (1755-1758). El arrendador fue Miguel de Sarasibar, vecino de Nabaz, dueño de la casa llamada Michelena, por 30 ducados en cada año.
Procedieron al amojonamiento de los ocho seles propios y privativos de Baztan en lo de Zugarramurdi, que son los siguientes: Lohiagaraia, Vrbia, Aincizurieta, Sorohandia, Erebebeerea, Oreñate, Echardebeherea y Echardegaraia, a los cuales, además de los mojones que tenían, les pusieron otros cuatro en las cuatro esquinas o ángulos.
El documento habla del reconocimiento de árboles y de la numeración de 26 bordas comprendidas en la plantación del Monasterio de Vrdax, que son propias de vecinos del valle de Baztan. Sin embargo, como señala P. Ondarra, solo recoge el nombre de 24 bordas. Al nombre de cada borda, añade el nombre del paraje en el que se encuentra, así como el del pueblo o barrio al que pertenece cada una de las casas.
Dicho acuerdo fue tomado por las tres partes en el año 1756. El valle de Baztan en reunión celebrada en la Sala del Ayuntamiento el día de la Pascua de Resurrección, 20 de abril, con el alcalde y los jurados de los 14 pueblos del valle, que en total sumaban 51 personas, de las que "firmaron los que sabían" que fueron 13 personas, entre las cuales no se encuentra ninguno de los jurados de los pueblos de Garzain, Berroeta, Elbetea, Aniz y Almandoz, que estaban entre los reunidos. Urdax en reuniones celebradas los días 14 y 15 de mayo. Zugarramurdi el día 8 de agosto, en reunión celebrada dentro de la Casa y Sala de su Concejo, por un total de 38 personas, de las que firmaron solamente 9 que sabían hacerlo. A cada sel le señalaron su espacio medido en "estados" y pusieron los mojones que consideraron necesarios, con sus correspondientes testigos de teja. Se hace constar que para la aprobación del auto de amojonamiento, el escribano lo dio a entender en la "lengoa bascongada" a los que no comprendían la castellana.
Se especifican las penas a aplicar en cumplimiento de la sentencia de 1736. Son las siguientes: 1 quartillo por cabeza de ganado menudo y cabrío de día, 1/2 real si es de noche, 2 reales por ganado de cerda de día, cuando hay pasto, y 3 reales de noche, 1 real por ganado de cerda de día, cuando solo hay hierba, y 2 reales de noche, 1 real y 1/2 por ganado mayor de día y 3 reales de noche. En esta consulta se le pregunta al licenciado Juan Bauptista Pascual de Nieva si los demás pueblos de Baztan, además del de Oronoz, están comprendidos en esta sentencia, porque el valle en circunstancias iguales paga menos. Responde que solo afecta a los lugares mencionados, entre ellos Oronoz, pero que tiene por muy probable que llevado el asunto a los tribunales se dictaminaría lo mismo para los demás pueblos del valle.
En la escritura de Auto de Conformidad entre Joseph de Olaiz, abad de Zildoz, y Martin de Setuain, habitante del caserío de Elequi, se dice que este último había abierto sepultura para sí y para sus sucesores en la parroquial de Zildoz. Y "para que a tiempos venir no aya chimeras entre el abad y Martin y sucesores" ajustaron: 1º) Que a los cadáveres que del dicho caserío trajeren, el abad haya de salir con la cruz hasta la casa de Echeberricoa y no más y acompañar de ahí a la iglesia; 2º) Que no tenga el abad obligación de ir a la casa del difunto a echar responsos, concluida la función de entierro, honras y en todo el "noveno", sino que se cumpla con hacerlo en el cementerio de Zildoz; 3º) Que el responso llamado "Absolve" que se canta por la tarde en los días de entierro y honras, se cante antes de comer, luego de concluida la función de entierro y misa mayor de honras; 4º) Que Martin de Setuain y sucesores hayan de poner el desayuno acostumbrado para los sacerdotes que asisten a misa, en una de las casas de Zildoz, y el almud de cebada para las caballerías, que así es la costumbre.
Se trata de seles que el valle de Baztan tenía en Zugarramurdi y Urdax sin amojonar y que en el año 1752 el alcalde del valle Phelipe Vizente, de Narbarte, nombró diputados para amojonarlos. Nombró como perito delineador y agrimensor a Juan Bauptista de Garaicoche, vecino de Arrayoz. P. Ondarra recoge los nombres de los términos donde se pusieron los mojones, y de los diputados de los pueblos del valle que fueron nombrados sólo anotó los apellidos y el pueblo al que pertenece cada uno de ellos.
El Monasterio de Vrdax se excusa del error cometido por no haber puesto mojones en dicha plantación de Zuzaz, y acuerdan poner los que sean necesarios. Por lo que, reunidos los representantes de ambas partes, reconocen el terreno y acuerdan que la plantación comience en la regata de Vrquizelai, siguiendo por Vrquizelaicoateca y por el camino del sel o llano de Otsondo, por la parte superior de la borda de Arrachea, para continuar por la parte inferior de la borda de Tipitorena, por el sel de Zuzaz, bajando a la borda de Andreora, para seguir por las bordas de Tipitorena y Sastrearena de Arizkun y por la del Palacio de Echenique de Errazu hacia el cerro o ladera de Ytzalona. En todo el terreno que queda entre este camino y la regata de Zuzaz pueden plantarse árboles, pero sin subir más arriba y sin arrimarse en distancia de 40 codos a la primera borda y heredad de Tipitorena. Toda la parte superior debe dejarse libre de plantación para la conservación del ganado. El Monasterio no puede hacer cerrado alguno, pero sí puede disponer de "choza o barraca" para recogerse el pastor o ganadero.
Se trata de una relación de las casas con censos existentes en el año 1758, a cargo del Mayorazgo del Palacio de Borda, siendo su dueño Manuel Thomas de Borda. Dicha relación asciende a 49 casas pertenecientes a diversos pueblos como Maia, Azpilqueta, Arizcun, Errazu, Elizondo, Eluetea, Lecaroz, Oronoz, Legasa, Santesteban, Aranaz, Lesaca, Lanz, Arizu, Esain, Oroquieta y Azoz.
Manuel Thomas de Borda, dueño del Palacio de Borda de Maya, da razón de los censos que algunas casas de Lanz, de Arizu y de Esain tomaron del Palacio de Borda hasta la fecha de 1760. En lo referente a Lanz, cita a la casa Echetoa que obtuvo un censo de 50 ducados en el año 1692 y otro de la misma cantidad en 1744, ambos al 3 %, la casa Polchipenea tomó de 50 ducados al 5 % en 1694 para cuyo pago dicen que pueden dar un par de bueyes, las de Pedrorena, Fixorena y Donmartinenea tomaron 70 ducados al 5 % en 1683, las de Alcasenea, Garchotonea, Lipichenea y Donmartinenea 150 ducados en 1703. En Arizu, la casa Ramonenea tomó 100 ducados en 1694. En Esain la casa de Arrosico un censo de 100 ducados al 4 %.
Referente a ejecutorias sobre censos otorgados por el señor Borda. Las tres primeras cartas citan, sin matiz ni concreción, las localidades de Legasa, Mugairi, Sumbilla y Arizcun. La cuarta se refiere expresamente a la dificultad de cobrar las ejecutorias ya despachadas a favor del padre de Manuel Thomas de Borda, debido a que Baztan y pueblos circundantes no disponen de "portero real", y a que los porteros reales de la ciudad (Pamplona) no pasan por allá por la "tenuidad de las cantidades y de los derechos" de los que dicha zona, unido a la distancia a que se encuentra la misma y a la falta de conocimiento de los deudores. Por ello, el señor Borda solicita, a través de Martin de Elizamendi "vaile maior del valle y universidad de Baztan", la facultad para poderlos cobrar.
Pedro Joseph de Miguelthorena, vecino de Azpilqueta y dueño de la casa de Miquelbena, debe 90 ducados y de ellos 40 a la parroquia de Azpilqueta, pues reconoce haber recibido de Juan Martin de Yndart, capellan y administrador del Palacio y Mayorazgo de Borda, la cantidad de 160 ducados al 3 %. Hipotecó la casa Miquelbena con su huerta, era y horno pegantes, una heredad de 40 peonadas que se cultiva "a dos manos" detrás de la casa, otra de 14 en el término amojonado de Ystichei, un manzanal de 24 peonadas, una heredad de 20 peonadas en Yturrialde, un helechal "de 7 segadores poco más o menos", que afronta con comunes del valle, una borda con su feneral de 14 peonadas en Onzelai, en la parte superior de la "Hermita Nueva de San Fermin que es en comun del valle", una borda en el monte Alcurrunz y parte llamada Soroeta, otra borda con dos heredades y un feneral en Orobidea y paraje llamado Arpe y castaños de unos 120 pies en los sitios de Coquilo, Arzuia, Lapizberro, Elorribelzeta y Errotaldea, así como la porción en el molino farinero de Azpilqueta
Juan Thomas de Echeberz, como "poderhabiente" para los bienes que tienen en el valle de Baztan Joseph de Bucareli y Ursua, marqués de Vallermoso, conde de Xerena/Jerena y vecino de Sevilla, pide se nombren personas para proceder a poner los mojones divisorios de los bienes de la casa Vtalcoa/Hutalcoa de Arizcun de los del común del valle. Se nombran dichas personas y se procede al auto de amojonamiento. Se pusieron 33 mojones, comenzando por la regata de Zubitomocoa, que está entre la casa de Meaca, sus heredades y cerrado robledal del Palacio de Bergara. Siguieron por el alto de Mendicozubi, Arbizate, regata de Vrquilo, regata de Belagaztain, regata de Garateberroa, por el cerrado de la casa de Vnaiarena de Aincialdea, por la regata que baja por la parte de la casa de Arrosarena, por la punta inferior de la casa Ormartea, por el camino público de la parte inferior de la casa de Echeverria, por detrás de la casa de Vnaiarena, por el camino que está en la parte superior de la casa de Cathalinarena, por la esquina delantera superior de la casa de Ehallearena hacia la casa de Larrarteberria, siguiendo el camino hacia Arizcun por entre los términos de las casas de Vtalcoa/Hutalcoa y Echeniquea del barrio de Otsanaiz. Siguieron por el camino pegante al cerco del seto de la casa de Larrarteberria, por la otra parte de dicho cerco hacia la parte de Aranguibel, por el camino sendero del barrio de Aincialdea hacia Arizcun, al principio de la regata de la fuente de Larrartea hasta bajar al llano de Aranguibel y borda de la casa de Pierresena, hasta unirse con otra regata que llaman de Aranguibel, en la parte de las casas de Elorga y Errazuriz, bajando hacia Uhasala, desde aquí volviendo a mano izquierda y subiendo para arriba y bajando al puesto de Bargarameacacolepoa, dividente de los de las casas de Meaca, Argañea y Vtalcoa, y por la regata de Mendicozubia para llegar a Zubitomocoa, donde se puso el mojón inicial. En la línea seguida en este amojonamiento, lo que queda a su izquierda es de Vtalcoa y lo que queda a la derecha, del valle o de los particulares.
Juan Miguel de Ariztia, vecino de Azpilqueta y dueño de la casa de Larregui Echeberria del barrio de Zuaztoy, dijo que tenía algunas obligaciones contraídas y que para redimir aquellas había recibido 100 ducados a censo de manos de Juan Martin de Yndart, capellán y administrador general de Manuel Thomas de Borda. Hipotecó la casa Larregui Echeberria con su huerta, era y horno, una heredad en el barrio de Zuaztoy, otra heredad en el común en Vrsueguigaña, otra en el común en Thellaria, borda con dos heredades y feneral en el común en Arriacoche, una borda en el mismo común en el paraje de Measeta, castaños en Ameztielusa y la porción del molino farinero de Azpilqueta.
Agustin de Echabere, dueño de la casa de Zaldizuria de Arizcun, desea comprar una borda en el común del valle y sitio llamado Saiasun, que está en la parte de Orobidea. Pero previamente quiere redimir un censo que tiene sobre su casa de Zaldizuria, de 60 ducados al 5 %, con la fundación de Martin de Borda, cuyos patronos son Manuel Thomas de Borda, dueño de Palacio de Borda, y Juan Martin de Yndart, presbítero y administrador general de Manuel Thomas de Borda. Para ello, decide tomar un nuevo censo de 100 ducados al 3 % de manos de Juan Martin de Yndart, hipotecando su casa de Zaldizuria con su huerta de dos peonadas pegante a ella, sita en el centro del pueblo, que afronta con calle pública, casa y huerta de Semetorena, con la heredad de Babazea y con el feneral de Aguerrea.
Tras nombrar los correspondientes "árbitros arbitradores", tanto por parte del administrador del dueño de los Palacios de Vrsua y Nas, como por parte del valle de Baztan, se acordó proceder al amojonamiento de los términos correspondientes a dichos palacios y a los del valle. Se hace referencia a un auto de amojonamiento realizado en el año 1658, en el cual se indicaba la línea divisoria por la que iban los mojones. Ahora, en el año 1763, se procede de nuevo a la colocación de 15 mojones a lo largo de la línea divisoria, que comienza en la regata de Astabide o Astabidecoerreca hasta la heredad de la casa de Cordoba de Errazu, y en las cercanías de Saroguichar señalaron el primer mojón, en el que por medio del maestro cantero Justo Pastor de Arriada grabaron dos líneas, mirando una hacia la regata y la otra hacia poniente. Siguiendo cuesta arriba y algo hacia la derecha, según se va hacia Maia, a distancia de 189 pies se puso el segundo. A 263 pies, coincidiento con el remate de la cuesta en el repecho que hay sobre el Palacio y heredades de Nas, se puso el tercero, en la cercanía de uno de los caminos senderos para subir y baxar del monte Ytzulegui, de modo que del intermedio de estos dos mojones a la pared y frontispicio del Palacio de Nas hay en línea recta 248 pies. El cuarto en la peña de Arriurdina, distante 214 pies del tercero. Los nueve siguientes se colocaron siguiendo la línea desde dicha peña a la villa de Maya, pasando por la parte inferior del sel de Vrrizelai, atravesando la regata, que unos llaman Ardanze o Ylarregui y otros Anzabalguibel, en línea recta algo inclinada hacia la derecha. Los ocho primeros (que vienen a ser los mojones 5 al 12) a distancia de 214 pies uno de otro, y del noveno (que viene a ser el mojón 13) al mojón 14, que se colocó en la cumbre que llaman de Otache, hay 301 pies. Y a cinco o seis estados más arriba, a la derecha de la borda de la casa de Mariarraztoarena, se colocó el número 15 y último, en la parte inferior del anterior, puesto en la esquina de un cerrado de "robredal" de la casa de Quisua y Palacio de Arrechea de Maya, que divide sus términos y los de los Palacios de Vrsua y Nas. A todos los mojones, menos al de Arriurdina, se les puso los testigos de cascos de teja partidos, que "juntando hacen unión". Todo lo que queda a las partes superiores y a la derecha, es del Baztan, y lo de las partes inferiores e izquerda, de Vrsua y Nas. Y lo que queda de los dos últimos mojones del alto de Otache, mirando hacia Maia, son comunes de esta villa.
Se pusieron en candela los frutos primiciales de Zildoz de cuatro años (1763-1766). El arrendatario fue Miguel de Eugui, vecino de Anoz, quien debería abonar 13 ducados en cada año, además de 3 robos de trigo al sacristán, 5 cuartales de trigo, 1 cántaro y medio de vino y 12 libras de tocino a los vecinos de Anoz para el domingo antes de Rogaciones, además del subsidio y excusado que correspondía a dicha iglesia. Se arrendaron cinco cuartaladas de tierra blanca "a todo riesgo de piedra, niebla, yelo, abundancia de aguas", etc.
Hace referencia a los prendamientos realizados por los de Zugarramurdi en los términos comunes del valle y a las correspondientes quejas del valle al respecto. El escribano dio a entender el contenido de la sentencia "en ydeoma bascongada".
Se refiere a la demarcación y amojonamiento de términos señalados para plantaciones al Monasterio de Vrdax y reservados para alturas y aprovechamiento del ganado en todas las partes que confinan y circunvalan los montes de Vrriztimeatsea y Gorospil y sus vertientes, otorgada por el Valle y Vniversidad de Baztan y el Real Monasterio de Vrdax.
En la breve recensión de este documento hecha por P. Ondarra, se dice que el rey comunicó al virrey de Navarra que con fecha de 28/01/1762 se le concedió al lugar de Vrdax el "Pribilejio de Villa libre y lo reintegró al valle de Baztan". Que tanto el valle como el monasterio se opusieron a ello con diferentes pretextos. A continuación dice que el representante de Vrdax, Francisco Antonio Miñon, hizo el "Pedimento y Ynterrogatorio", aduciendo datos y documentos para probar su tesis y proponiendo un interrogatorio que se ha de realizar a los de Vrdax sobre diferentes asuntos que afectan a lo mismo. Entre los datos aportados por Miñon, aparece que Baztan tenía 160 fuegos en el año 1366, 212 en el 1427, y que en el 1727 contaba con 736 casas vecinales, de las que 27 eran palacios, tenía además 252 moradores que sólo se consideraban por habitantes y 109 casas pobres. Enumera los 12 "solares" que había antiguamente, a saber: Zozaia, Jaureguizar, Yrurita, Yturbide, Arostegui, Echaide, Asco, Jaurola, Bergara, Azpilqueta, Ariscun y Vrsua. A continuación, detalla el número de fuegos o casas que tenía cada uno de los 14 pueblos del valle en los años 1366 y 1762: Arizcun 22 y 166, Azpilqueta 7 y 144 (aunque en otro lugar del mismo documento consta que eran 55), Errazu 11 y 138, Yrurita 10 y 123, Arraioz 4 y 65, Ziga 11 y 77, Aniz 8 y 14, Berrueta 12 y 42, Elizondo 24 y 160, "Santa Cruz que es Eluetea" 6 y 48, Almandoz 9 y 36, Oronoz 2 y 66, "Garzain con sus parroquias" 18 y 60, Lecaroz 16 y 64. En lo referente a Vrdax, dice que los nombres de sus barrios son Vrdax, Leorlas, Landibar y Alquerdi, y en la alusión al puerto aclara que "bulgarmente llaman de Vrdax o Puerto de Maya". Para la Cédula Real "Ausiliatoria" para la recepción de las pruebas del Interrogatorio hecho por el representante de Vrdax, Francisco Antonio de Miñon, se nombró escribano real a Juan de Yrisarri, por ser "ministro vascongado".
Reunidos los representantes de las tres partes (valle de Baztan, Monasterio de Vrdax y villa de Vrdax), se procede al reconocimiento y vista ocular que manda el Real Consejo de Hacienda, a instancia de Baztan, de todos los límites de este lugar con Vrdax y su Monasterio, con Francia y con la villa de Maya, que se halla circundada por el valle. Igualmente, que se mida la frontera a la provincia de Labortt, confinante con Baztan, expresándose en cuánto confinan Añoa y Semper con el término de Vrdax. Dicen que el año 1586 se señalaron por el valle las mugas de lo adjudicado al Monasterio en todo lo que confina con Semper y Añoa, empezando desde la endrecera de Masacoletta. Se muestran favorables a que se haga el mapa que pide el valle y en él se muestren los terrenos de Maia, Vrdax y Zugarramurdi, así como los 135 seles o majadas que poseía el Monasterio en el año 1586, con la especificación de los 18 seles de la donación de Calbett Sottes.
Pedro Fermin de Goyeneche oydor decano del Tribunal de la Camara de Comptos de Navarra; Administrador General de Correos y Postas de Navarra; Director General de la Provisión de víveres de este Reino, Provincia de Guipuzcoa y Partido de Santander; Tesorero General de Guerra de dicho Reino y Provincia de Guipuzcoa; Oydor de la Camara de Comptos.
Juan de Legasa y su mujer Catthalina de Lauaien instituyeron y fundaron, sobre sus bienes y en favor del rector y beneficiados de Santesteban, un capital de 50 ducados al 6 % para la celebración de misas, en cumplimiento de lo ordenado en el testamento, en el año 1612, por Juan de Leon, hijo de Francisco Leon, muerto en la ciudad de Truxillo, en los reinos de Yndias.
En el presente convenio y permuta entre el Monasterio de Vrdax y el valle de Baztan, el monasterio vendió al valle más de 94 peonadas de tierra de su propiedad que tenía en el lugar de Elizondo, de las cuales 50 peonadas estaban cercadas de pared con 400 pies de manzanos, y lo demás era campo suelto y tierra lieca con 200 pies de "robres" hacia el río. Estaba afrontado, por una parte, con el camino real y callejón que se pasa del puente y lugar de Eluetea al de Elizondo, por la otra, con heredad del palacio de Arozarena y huerta de la casa de Arizcunena, y por las otras dos con el río caudal (o río principal). El valle necesitaba dicho terreno para celebrar sus dos mercados anuales y otras cosas. De hecho, ya en octubre del año 1765 comenzaron a celebrar los mercados o ferias de ganado en Eluetea, en terreno cedido por particulares, pero resultaba escaso. Por ello, se plantearon comprar el mencionado terreno al Monasterio de Vrdax, que se llevó a efecto el 14 de noviembre de 1766. En compensación, el valle ofrece al monasterio dos términos liecos en sus términos comunes, en los parajes llamados Saiasun y Otsondo, para plantar árboles y para su uso propio, pero el valle se reservaba las propiedades, jurisdicción y domicilio territorial y el derecho de acubillamiento y goce de "yerbas, aguas y pazto de arboles". Se establecen ciertas condiciones, como los 16 codos de distancia que debe haber de árbol a árbol plantado y marcan la línea de amojonamiento que deben tener ambos parajes, así como la distancia que se debe respetar entre las plantaciones y las bordas o seles de particulares en dicha demarcación.
Manuel Thomas de Borda, dueño del Palacio de Borda de Maia, arrendó la casa Recaldea, perteneciente a dicho palacio, a Pascoal de Zugarramurdi y a su mujer Cathalina de Aldagaray, vecinos de Errazu, donde vivían como arrendados en la casa Zubietea. La arrendación de la casa Recaldea incluía, así mismo, su huerta, heredades, fenerales, helechales, manzanales y bordas de acubillar ganado mayor y menor, todo ello por un plazo de diez años, a partir del día de san Martín del año 1766. El condicionado establecido para el arrendamiento fue muy detallado, incluyendo los nombres de los campos, de las cuatro bordas, el número exacto de cabezas de ganado (vacas y ovejas), el material de trabajo incluido (número y estado de las sábanas para la hierba), el helecho recibido, tanto en "maltzos" como en "metas" (que a los diez años deberían entregar el mismo número y modalidad), las condiciones de uso y calendario en la recogida de los frutos, los pormenores acerca del pago o entrega de los frutos recogidos, etc. En el texto del condicionado se incluyen, así mismo, algunos conceptos aclaratorios, tales como que el paraje llamado Ardance es también conocido como "La viña", que a la enfermedad de la viruela en lengua vascongada se le conoce por "picota" y a las cercas hechas con estacas y ramaje "ostaesia" y que con la manzana se hace "pitarra".
El administrador del Palacio de Goienechea, del barrio de Ordoqui de Arizcun, confiesa haber recibido de Luis de Labaqui, arrendador de dicho palacio, ciento cuarenta pesos de a ocho reales por las arrendaciones de dicho palacio y de sus bienes respectivos, correspondientes a los dos últimos años.
Francisco de Mendinueta, soltero, vecino de Madrid y natural de Pamplona, hijo de Juan de Mendinueta, natural de Elizondo, y de Juana María de Hugalde, natural de Peralta, hizo el testamento en Madrid en el año 1768. Dejó al Hospital General de Pamplona 500 pesos de a 15 reales de vellón; a su nieto Joachin Vizente de Borda las haciendas que tiene en Pamplona y otros lugares de Navarra; a su sobrino Manuel Thomas de Borda una de las mejores "veneras" que tiene; a su criado mayor Ramón de Acha 16.000 reales de vellón.
El Memorial para arreglar las diferencias que hay acerca de los términos reales de la frontera llamados de los Alduides, está dirigido por el valle de Baztan a su Magestad el Rey. En él se hace una exposición histórica bastante extensa del tema, cuyo resumen realiza P. Ondarra. Comienza diciendo que se trata de unos montes que se internan en Navarra la Alta desde la frontera de la Baja en figura caso "obala". Su diámetro mayor hacia España es de 5 leguas aproximadamente y el menor de 4, que de circunferencia tiene de 13 a 15 leguas, y que por su parte mayor está rodeada por los territorios del valle de Balcarlos, de la Casa Real de Roncesvalles, de la villa de Burguete y de los valles de Erro, de Esteribar y de Baztan. Confina por el Norte con el valle de Baigorri, de Navarra la Baja, a sólo legua y media de distancia. Desde tiempo inmemorial, estos montes han sido del Real Patrimonio de Navarra la Alta, siendo del valle de Erro el usufructo de los "paztos". Los de Vaztan y Balcarlos tenían goce de día, con todos sus ganados y, en general, todos los vasallos de la Corona podían enviar sus ganados de cerda a ellos cada año, desde san Miguel a san Andres, cuando había pasto de haya y bellota, pagando al rey 6 blancas que son 9 maravedíes por cabeza, que es lo que se llama el derecho de Quinto, de donde proviene que unas veces se nombren los referidos montes "el Quinto y otras los Alduides". Cuando los vasallos de Erro y Baigorri estaban sujetos a un mismo príncipe, tuvieron quejas entre sí. Los baigorrianos alegaban tener términos privativos. Los de Balderro exponían que los Alduides les pertenecían a ellos en exclusiva: yerbas, aguas, árboles... A petición de ellos, el rey D. Carlos de Navarra nombró como jueces a un alcalde de la Corte y al Patrimonial Mayor del Reino. Vistos los "ynstrumentos" y oídas ambas partes, hicieron la partición y amojonamiento el año 1400, poniendo por principio de división o lindero un mojón en lo alto de Yzpegui, continuando la línea de la regata que baja de la fuente que hay en su vertiente, sigue por la bustaliza de Vrracarita, que está inmediata al sitio donde se halla la iglesia parrochial de San Esteban de Baigorri. Y declararon que lo que está a la izquierda de esa línea, hacia el Norte, pertenecía al valle de Baigorri, sin parte ni derecho de Valderro, y lo de la derecha, hacia el Sur, de Balderro, sin parte ni derecho de Baigorri. Loada la sentencia por ambas partes, fue ratificada por la reina Doña Leonor en 1404, por ausencia del rey, su marido, y estuvo en observancia en 130 años, que Baigorri dependió de los mismos soberanos que Balderro, desde su pronunciación hasta que se separó la Baja Navarra de la Alta. Dice que el vizconde de Echauz, que entonces se llamaba de Baiguer o Baigorri, se internó en término de Alduide con mano armada y cogió ganado de Balderro, ante lo cual se quejó Balderro. El vizconde se defendió alegando que en 1512 se hizo un convenio de goce de los respectivos términos, pero al no poder probar dicho alegato, fue condenado por el Tribunal de la Corte a pagar cierta cantidad. Y no lo pudo probar porque era el valle de Baztan el que, mediante trato sólo con el valle de Erro (sin que entrara en dicho trato el de Baigorri), consiguió en el año 1505 tener goce en los montes de Alduide, de sol a sol. Poco depués del año 1530, en que la Baja Navarra y con ella el valle de Baigorri, pasó al dominio de Francia, se valió de la violencia para lograr sus intentos. Todo ello obligó a que en el año 1614, bajo el reinado de Luis XIII en Francia y de Felipe III en España, el marqués de La Laguna por España y el barón de Vauzellas, embajador de Francia, acordaran en Madrid las Capitulaciones Reales, que fueron aprobadas por ambos soberanos. Dichas Capitulaciones establecían 3 líneas dentro de los términos de Alduides: la 1ª iba del monte Eunsarai al de Ystauz, la 2ª desde el de Meatcea al de Beorzu, y la 3ª desde el de Mendicozetagaña hasta el mismo de Beorzu. Con estas tres líneas se dividió el término en cuatro partes o distritos. De dichos distritos, a Balderro se les reservó, en los tres más próximos a su valle, el goce de día y de noche con todos sus ganados, sin que pudieran pasar más adelante, hacia Baigorri. A Baigorri se le concedió en los dos más inmediatos a ellos el goce de día y de noche, y en la tercera sólo de día, sin que pudiesen pasar en absoluto a la cuarta. A Baztan y Balcarlos se les concedió el goce de día en los cuatro distritos hasta el lindero señalado por la Sentencia de 1400. A la Casa Real de Roncesvalles se le concedió continuar con la facultad de tener sus 'Bustos' en los cuatro distritos, además de la conservación o "restauramiento" de los seles que en ellos le pertenecían. Baigorri fue el único que sacó ventaja de ello, pues se le concedió el goce en el espacio de cerca de tres leguas, en una parte sin limitación, en otra mayor con sus ganados de día y de noche, y en otra sólo de día. Balderro, sin embargo, tuvo el perjuicio de que se le prohibió gozar más adelante de la primera línea, la que va de Eunsarai a Ystauz. También se perjudicó a Baztan y Balcarlos, por reducirse el "pazto" de su facería antigua y por el permiso otorgado a los baigorrianos de conservar los cerrados y roturas que tenían hechas. Igual daño experimentó la Casa Real de Roncesvalles, porque los baigorrianos hicieron nuevos "rompimientos" y cerrados de tierra, levantaron edificios y, teniendo prohibido pasar la línea de Mendicocetagaña a Beorzu, se esforzaron en apoderarse de él, poblando con crecido número de casas y albergues, apropiándose para heredades las tierras, no habiendo podido impedírselo, tanto por la desigualdad de fuerzas, como por la sumisión a órdenes dadas de los superiores para que no aumentasen las inquietudes de la frontera. Para remediar los desórdenes, los reyes Carlos II en 1686 y Felipe V en 1702, 1717 y 1722, nombraron comisarios, que acudieron al terreno, pero todos sus esfuerzos, así como de otros nombrados por los virreyes de Navarrra la Alta y por los comandantes generales de la Baja, fueron inútiles por culpa de los baigorrianos y de los comisarios franceses que les apoyaban [...] En el año 1752 los baigorrianos habían adelantado las habitaciones francesas a una legua de las fundiciones de Eugui, que sólo distan cuatro leguas de la plaza de Pamplona. Se exponen las ventajas del terreno de los Alduides porque tenían mucha madera para surtir los Astileros Reales, pues estaban cerca de la Real Fundición de bombas y balas de Eugui, y tenían también mucho mineral para extraer mena para las fábricas. Además, es buena tierra para la manutención de las personas y para la cria de todo género de ganado. Pero los baigorrianos reservan todo para sí y tienen dos fábricas dentro del límite antiguo de los montes de Alduide, una es de cañones y la otra de cobre, con mucho más consumo que las de Eugui. En conclusión, piden se mande que se les conserven los derechos antiguos y el que concedieron los reyes Carlos II y Felipe V de gozar de día y de noche con todo género de ganado en los términos de Alduide, y que se disponga que se contenga a los baigorrianos en los límites prescritos por las Capitulaciones de 1614. Para corroborar sus tesis citan diversos documentos, como son: la Sentencia Arbitraria de 1400, la de 1505 entre Baztan y Balderro, el proceso de Conferencias de 1612, las Capitulaciones Reales de 1614, la concesión de Carlos II a Baztan de goce de noche, las Memorias presentadas por los baigorrianos a sus comisarios en 1702, al duque de Duras en 1754 y al conde del Hospital, comandante general de Baiona, en 1768, las instrucciones dadas en 1722 por el marqués de Grimaldo por orden del rey a sus comisarios, y la representación hecha por el conde de Gajes siendo virrey del reino en 1752.
En dicho expediente se cita una escritura del año 1482, del que P. Ondarra extrae solamente los nombres de los barrios de Urdax, transcritos bajos las formas Arotechea, Landivar, Leorlas, Alino y Alquerdi, y de los tres bustos que los denomina Gorrelea (también Gorrelia), Miquelea y Arimelia.
Los terrenos a los que se hace referencia son los de Saiasun y Otsondo, así como el de Aguiregui, cercano a los términos de Echalar. Aduce que en la actualidad las cargas de carbón se venden a mucho menor precio. Se indica que en la regata de Saiasun, confinante con el monte Alcachuri, hay árboles de sauce o aliso, que no se cortaron por considerarlos de poca utilidad, "nombrados alza en ydioma Bascongado".
Según sentencia del Real Consejo, está mandado que de cuatro en cuatro años se haga reconocimiento de la mojonera dividente de los términos del valle de Baztan con los de las propiedades de los Palacios de Vrsua y Nas. Proceden a su recorrido por el primer mojón que se halla en la regata de Astabide o "Hastabideco herreca". El segundo lo ven en la cuesta hacia la villa de Maya, a distancia de 189 pies. El tercero en la línea con el anterior a 263 pies, puesto en el repecho que hay sobre el Palacio de Nas y sus heredades, en las cercanías de uno de los caminos senderos para subir y bajar del monte Ytzulegui; desde el intermedio de estos dos mojones a la pared del frontispicio del Palacio de Nas y su esquina en línea recta hay 1248 pies. En la línea recta del tercero se halló el cuarto en la peña o piedra natural llamada Arri-Vrdina, a 214 pies. Siguiendo en línea recta hacia Maya, pasando por la parte inferior del sel llamado de Vrrizelai, se halló el quinto. Atravesando la regata llamada por unos Ardance o Ylargui (Ylarregui en documento de 1763) y por otros Anzabalguibel se hallaron los nueve siguientes. Ocho de ellos fijados a 214 pies entre ellos, a partir de la peña de Arri Vrdina, y el noveno en el alto de Otache, a 301 pies del octavo y a cinco o seis estados más arriba y a la derecha del par de la borda de la casa Mariarraztorena de Maya, que sirve de división de los términos comunes de Maya y del valle de Baztan y de los de Vrsua y Nas. A continuación, se hizo reconocimiento de la parte llamada Euguibel, y desde la esquina del feneral de la casa de Landaberroa de Arizcun y camino real que hay pegante hasta la regata de la parte de Euguibel y parte inferior de la borda de la casa Echeverzea, donde se dividen los términos de esta casa y los del conde (de Xerena) hallan "fixados" diez mojones. Y no se reconocieron los demás mojones, que confinan con la villa de Maya y particulares de ella y el citado lugar de Arizcun.
En este documento del año 1769, se indica el número de vecinos y de habitantes de cada uno de los 14 lugares de que se compone el valle de Baztan. En los siguientes datos referentes a cada pueblo, la primera cifra es la de vecinos y la segunda la de habitantes: Errazu (123, 1005), Arizcun (116, 1232), Azpilcueta (051, 0364), Eluetea (040, 0327), Elizondo (125, 0953), Lecaroz (058, 0384), Arraioz (050, 0400), Oronoz (053, 0323), Garzain (059, 0350), Irurita (098, 0700), Ziga (060, 0463), Aniz (012, 0109), Berroeta (031, 0213), Almandoz (029, 0259). Total del valle: 14 lugares, 905 vecinos y 7079 personas que habitan.
En lo referente a la sentencia sobre arrendación de helechos por espacio de seis años, los de Zugarramurdi piden ahora la renovación de dicha cesión por cuatro años más, pero rebajando los 40 pesos que pagaban por ello. Baztan les concede la ampliación, pero no la rebaja de los 40 pesos. Proceden a señalar el espacio enunciando la mojonera. Matizan, asimismo, los espacios concretos donde pueden hacer corte de helechos ciertas casas tanto de Zugarramurdi como de Baztan.
Así lo resume P. Ondarra: "Manuel Thomas de Borda, caballero de la Orden de Santiago y dueño del Palacio de Cabo de Armeria llamado Borda de la villa de Maya y vecino de Pamplona, compró a Antonio de Armendariz, Juan Angel de Goicochea y Maria Juachina de Vidaurreta una casa en el pueblo de Subiza de condición de Hijos Dalgo que no debe pecha, con su drecho de vecindad forana, llamada antiguamente Juan de Subizarena y despues San Juanena, con su pertenecido de tierra blanca de pan traer, viñas, una era de trillar contigua a la casa, el uso de dos sepulturas por la parte de fuera de rrexa del Januado de la Yglesia Parroquial, que pertenecen a ella, con todos los drechos honorificos de asiento de hombres y mujeres, ofrecer, tomar la paz y pan bendito, ir en procesiones y todas las demas preeminencias de dentro y fuera de la iglesia que competen a esa casa de San Juanena, despues y a continuación de las que logra el señor Don Juachin de Rada, su yerno, como dueño del Palacio de Cabo de Armeria, y Maria Josepha de Borda y Goyeneche, su mujer, habiendo tomado posesión de todo ello y también de dos corrales para el acubillamiento de ganado menudo que hizo hacer el otorgante, contiguo a esa casa. Que la hacienda sobredicha ha hecho de renta anualmente, sin los corrales, 80 robos de trigo. Y por el cariño y amor que profesa a su yerno e hija, está resuelto en cederles el arrendamiento presente y el usufructo, reservándose él la propiedad".
En esta carta, Baztan pide a Lanz que nombre a un representante para aclarar algunas cuestiones pendientes sobre la escritura de facería perpetua firmada en 1677 y, en concreto, para tratar lo relacionado sobre las "prendarias", las disensiones sobre cuáles son las tres fuentes de que se habla en dicha escritura y para poner algunos mojones.
Se demolió un cerrado en la borda de Elsauspea, en el paraje de Soroandi, para dejar libre la espresada tierra a disposición de Baztan.
Reunidos el alcalde y los jurados, del presente año y los del año anterior, de los 14 pueblos de Baztan en la "cassa del Aiuntamiento y Sala de Junttas, como tienen por costumbre para los negocios tocantes al buen gobierno y en especial para recibir las cuentas del tesorero", acuerdan "que se impongan a censo 2.500 ducados de las rentas del valle" que necesitaba tomar el Monasterio de Urdax debido, entre otras cosas, a que "al presente no se vende el hierro que fabrica". El prior general autoriza al abad y a los canónigos el que tomen a censo al 2 % la cantidad solicitada y otorgan el poder al hermano Joseph de Longas, canónigo y vicario actual de la parroquial de Elizondo. Para ello, el monasterio hipoteca los siguientes bienes: 1) "la fabrica de su Herrería maior corriente y labrante, con todas sus jarcias, oficinas, carboneras, presas y demas adherentes, sito todo en terreno del monasterio y afrontado por todas partes con heredades del monasterio, el camino real y el rio". 2) La "casa llamada de la Herreria, con su huerta y cerrado de tierra blanca y manzanal, de unas 7 yugadas poco mas o menos, que afrontan con el rio y con el camino real que del lugar va para Añoa, y con terminos del monasterio". 3) "Otro manzanal con sus lagares y bodega, de unas 150 robadas, que afronta con el camino real que va a Añoa, y por arriba con el camino al barrio de Landibar, y con el (Término) Redondo del monasterio". 4) "Los frutos decimales del lugar de Aniz, cuyo arriendo anual produce 60 ducados". El alcalde, el tesorero y los testigos de Baztan acuerdan aceptar lo propuesto, entre otras razones, porque dicen que hace 34 años, poco más o menos, recibieron 55.000 reales de los herederos del difunto Juan de Goyeneche, natural de Arizcun e hijo del Palacio de Goyeneche, del barrio de Ordoqui, que fue tesorero de la Reina. Esa donación fue "una manda especial a estte valle para aiuda de conducir médico a perpetuo". El valle invirtió ese dinero en satisfacer y pagar las obligaciones que tenía, y en especial la luición de un censo que tenía de 2.000 ducados con el mayorazgo de Echenique de Bera. De modo que los 2.500 ducados a censo al monasterio y sus réditos han de servir "para partte de dicho capital de 55.000 reales" que fueron destinados "para conducción de médico".
Maria Theresa de Oyeregui, viuda de Pedro Joseph de Arruartena, carga un censo sobre su casa de Juangonea de Sumbilla, en favor de Juan Bauptista de Petrirena, natural y residente en Sumbilla.
Hacen referencia a asuntos familiares de los Borda, entre Maya y Cádiz, citando a diversos miembros de las familias: abuelos, padres, hijos, nietos, sobrinos... Entre otras cosas, alude al ajuste de boda de Maria Teresa de Echenique con Tiburcio de Hualde para vivir en Irurita, al nombramiento de Gorosurreta para rector de Maya, etc. Todas las cartas están escritas en castellano, pero en algunas de ellas se intercalan palabras o expresiones en euskera, tales como: mis "goraincis" a los amigos, a su amigo de "vioz" Perico, "nere maytea". En una de las cartas se dice textualmente "me escribe nuestro don Santiago y en ella vera lo que me dice de nuestro Serrano en Bascuence que esta muy gracioso". Gorosurreta en una carta escrita a su primo el 21/10/1772 incluye el siguiente texto en euskera: "zuc badaquizu baduzula lengusu obligatubat y (sic) eta dala viocetiq zurea veti veti".
Se trata de una carta manuscrita de (Francisco de) Gorosurreta (rector de Maya) a un primo suyo. La carta, escrita en castellano, entre otras cosas dice: "yo paso este ymbierno arrimado a la chimenea, componiendo mis Platicas de Doctrina...". Termina en euskera, cuyo final fotocopiado por P. Ondarra dice así: "... mis afectos a Maria Antonia y al chico y zuc badaquizu baduzula lengusu obligatu bat y eta dela/dala (?) viocetiq zurea veti veti". Gorosurreta (y rúbrica). En la misma fotocopia se incluye la parte final de otra carta, escrita por Juan Thomas de Borda a su hermano Joaquin Vizente de Borda. Está escrita en castellano con una expresión en euskera en su final: Errazu 17 de septiembre de 1781. "Veti zurea". Juan Thomas (y rúbrica).
Se demolió un cerrado en los términos de Ariztimuno y Arsesi de Zugarramurdi, para dejar unas peonadas de tierra libres a disposición de Baztan.
Hace referencia a un préstamo para obras en la iglesia de Santesteban.
Juan Miguel de Meoqui y Maria de Huarte su mujer, dueños de la casa Huartena de Eluetea propusieron que, a representación de Francisco de Gortari, dueño de la casa de Eluetegaraia, se ha cerrado un terreno lieco pegante a las Herrerias, entre su "cequia" y el camino real, por evitar que se "ahogue" el ganado vacuno en ella, y porque en el término cercado hay porción del valle y de dicha casa sin los "moxones" divisorios. Por medio de Juan de Lastiri, maestro cantero, se han puesto cuatro "moxones" con testigos de "texa" y con la letra B, significando con la letra que el terreno, que mira por aquella parte hasta el río caudal y primer puente de la "cequia" de las Herrerias y feneral de dicha casa de Huartena, es del valle y todo lo demás del cerrado de la casa Huartena.
P. Ondarra lo resume diciendo que el documento hace referencia a que los Sagardia de Ituren (de barrio de Aurtiz) no son hidalgos y que, por tanto, no deben ser exentos del sorteo para servir al rey.
Documento de aprobación de que los Sagardia de Ituren (barrio de Aurtiz) son hidalgos. Dice aportar certificados de matrimonio, de bautismo y de testigos. De cuatro testigos no se citan sus nombres, sino la edad que tienen, a saber: 78, 58, 83 y 74 años. Dice el escribano que a tres de ellos, le leyó y dio a entender en "idioma bulgar". De los cuatro, tres firmaron y uno no, por no saber.
Reunidos en Urdax, procedieron a reconocer los mojones que dividen los términos del "plantío" o terreno para la plantación de árboles de Zugarramurdi y el término jurisdiccional o privativo de Zugarramurdi, con indicación de los seles del valle de Baztan sitos en los dos términos mencionados. Dicho plantío empieza en Arreguia, donde hay un mojón con las letras B, Z y P, sigue por el alto de Mendibil hacia Vizcaylucea, donde se dividen Baztan, Echalar y Sara, en dirección al río Vgarana u Oravidea, para seguir a la peña de Aierocoarria, donde termina el plantío. Los seles de Baztan en el acotado del plantío son: Aiero, Ybarloaga, Azconabietta, Arcessi, Loiaberea, Sorandia, Echardegaraicoa, Echardeberecoa, Oreñatte y Erebe. En cada uno de ellos pusieron varios mojones y en algunos, como Sorandia, Echardegaraicoa, Echardeberecoa, Oreñatte y Erebe hasta nueve mojones de la siguiente manera: el que iba en el centro "llevaba una cruz grabada en su cabeza" y "cuatro mojones a cada lado mirando a dicha cruz". A continuación viene el término jurisdiccional de Zugarramurdi, en el que los mojones siguen este orden: Arriurdina o Arrileguna, Arreguia, Alquerdi, Aizparaz, Mendibil, Santratteguico eguia, Tejería vieja, Madariagacolepoa, Ybaznarria, borda de Lecuberria, borda de Cathalinarena, Oiaregui, borda de Berechea, Tejeria vieja, Guerezteguicoeguia, Guereztteguicoerreca, Musularretacolepoa, borda de Tellechegaraya, Izalona, Izalonacoeguia o Larrea, Olasurcoerreca, Alquerdi, Chirripa y Arriurdina o Arrileguna. Los seles de Baztan en lo jurisdiccional privativo de Zugarramurdi son: Olaberriaga, Gorostteguia, Guerezteguia, Loiaga, Vrbia, Ainzizurietta, Vrrizordoqui, Ynsieta, Edibieta (sic) y Lezacumea. En varios de ellos también pusieron hasta nueve mojones.
Este documento, que es copia del auto de amojonamiento del año 1600, recoge los nombres de los 27 mojones correspondientes a los seles del busto de Animelia. Tal como señala P. Ondarra, algunos de los nombres de aquel documento presentan variedades gráficas en este.
Representantes nombrados tanto por el Monasterio de Vrdax, como por el valle de Baztan, proceden al reconocimiento de los mojones y seles en los términos reservados para "Plantación del Monasterio y para Altura de los ganados", empezando por Vrruzticomeazea hasta llegar a Arreguia, en el confín de Zugarramurdi. Observaron que en algunos términos el Monasterio se había excedido en la plantación y que faltaban algunos mojones, que procedieron a reponerlos. Finalmente, revisaron los seles, tanto de los que perteneciendo a Baztan se encontraban dentro del término de la "Plantación" del Monasterio de Vrdax, como de los que perteneciendo al Monasterio de Vrdax estaban en el término privativo de Baztan. A muchos de estos le faltaban mojones y a otros mojones hallados les faltaba la letra M, que previene del Auto de Amojonamiento de 1753, a los cuales se les añadió dicha letra M.
El alcalde, regidor y vecinos de Vrdax aprueban la solicitud recibida del alcalde de Baztan para realizar el reconocimiento de la mojonera de los términos destinados a plantaciones de árboles y que afecta a las mugas del valle de Baztan, de la villa de Vrdax, del Monasterio de Vrdax y de Zugarramurdi. Reunidos los apoderados nombrados al efecto, proceden a dicho reconocimiento, comenzando desde la confuencia de la fuente de Chirripa con la regatilla que baja de la parte de Zugarramurdi y, tras realizar todo el recorrido, finalizando en la parte de la peña de Arreguia.
La carta de 10/03/1777 expone lo siguiente: Juan Francisco de Arizcun, vecino de Elizondo, a quien el Rey había concedido en el año 1736 el gobierno del puerto de Maia, confinante con Baztan, declara que durante 40 años de servicio lo ha administrado con el celo y amor que es notorio. Expone, a su vez, que tiene ya 76 años y se halla encamado y, por ello, suplica al rey le conceda la gracia de la regencia de dicho servicio a su hijo y heredero Pedro Xavier, de 43 años de edad, con la mitad de emolumentos durante la vida de su padre y después de ella en propiedad.
Es la carta de respuesta de la señora de Verttiz a la dirigida a ella por el escribano Juan Alexandro de Echeberz. Le responde que "por orden mia" el teniente del señorío exigió 2 pesetas por cabra a Juan Martin de Yriarte, pero que no obstante "las sentencias las tengo bien presentes y estoy enterada de su contexto".
Hacen referencia a asuntos familiares, entre Manuel Thomas de Borda y su hijo Joaquin Vizente y otros. Aluden a asuntos de Madrid, Pamplona, Errazu, etc. En una de ellas, Manuel Thomas de Borda escribe a su hijo Joaquin Vizente que se halla en Madrid informándole de que "en Errazu corre la viruela en abundancia, que Vizentico está en Maya, aprobechándose en aquella escuela, pero no esta libre de que le coja la 'zamarrada', pues en el lugar me dizen que tambien corre". Otras cartas escritas desde Errazu por Juan Luis de Mutuverria a Maria Antonia de Goyeneche, viuda de Joaquin Vizente de Borda, le dice que le envía varias cosas, entre ellas castañas y "pollas roncas". (Al parecer, llama pollas roncas a las becadas -en euskera bekada u oilagor-). Aparecen también referencias al Palacio de Lamierrita y de Goyenechea en Ordoqui, Jaureguia de Maya, fábricas de Egui (sic), etc.
Se refiere a los seles de Edibieta e Ynchieta, aunque se citan algunos más, juntamente con unos nombres de términos y de casas.
Manuel de Ytzea, vecino de la villa de Vrdax, da cuenta al alcalde de Baztan de la entrega de árboles que fueron plantados en el término de Vrquicelay, del monte de Otsondo.
Se procede a la revisión de los mojones, comenzando en el puente de "Sardina" y concluyendo en el mismo puente, al que denomina de "Chardina". A los mojones que tenían la letra M (Monasterio) se la sustituyen por la letra V (Vrdax) y a lo largo del recorrido, cuando así lo requerían los términos mugantes, también se ponen las letras S (Semper), B (Baztan) y Z (Zugarramurdi), según cada caso.
Josef Bucareli y Vrsua, dueño del Palacio de Cabo de Armería de Vrsua, expone que dicho palacio posee en los comunes del valle diferentes seles y que desea reponer los mojones que faltan, ya que ha pasado mucho tiempo sin que se haya hecho. Se acepta y, por parte del valle, se nombran para ello a varias personas.
Josef Francisco de Bucareli y Vrsua, vizconde de Vrsua, expone que, por auto testificado el año 1664, consta como pertenecientes al Palacio de Vrsua los seles denominados Ebueder y Ainubar, sitos en el común llamado Arizacun. Le consta que ambos se hallan hacia Vidarray y que uno de ellos ahora se llama Goroldioco saroia. Desea aclarar los sitios en los que se hallan y poner los mojones, y solicita se nombre a personas indicadas para ello, con el fin de que actúen de conformidad a lo que indica el mencionado auto.
Martin de Elgorriaga y Maria Martina de Vrtasun, vecinos y residentes en Lanz, se dieron verbal y recíprocamente palabra de casamiento, pero después, por justas causas, se apartaron de aquella palabra y promesa de matrimonio por mutuo consentimiento y conformidad.
Los de Lanz plantean a los de Baztan que hace mucho tiempo que no se han recorrido los mojones divisorios de ambas comunidades que se especifican en la facería perpetua que tienen firmada. A través de las cartas acuerdan citarse para dicho cometido en el paraje llamado Errebelu.
Habiendo comprobado que faltaban varios mojones en los seis seles propios del Término Redondo del Monasterio de Vrdax, en el año 1779 procedieron a su revisión y reposición. Una vez realizadas las reposiciones, los representantes del Monasterio dieron por bueno el nuevo amojonamiento.
El auto obedece al cumplimiento de lo mandado por el Sr. D. Ysidro Jil de Jaz, como ejecutor de la sentencia de los tribunales reales pronunciadas en los pleitos litigados entre el Valle y Universidad de Baztan y el Monasterio de San Salvador de Vrdax acerca de las plantaciones en las 25 bordas que, estando ubicadas dentro de los términos del monasterio, pertenecen a vecinos de Baztan. Señala el nombre del término donde se ubica cada una de las 25 bordas, así como el nombre de la casa y pueblo de Baztan al que pertenece. Finalmente, aclara que la Borda de Tipittorena de Arizcun, aunque se encuentra dentro de dicha demarcación, está exenta de las obligaciones por razones aducidas entre ambas comunidades en el Auto de 1746, y que en ese mismo Auto queda comprobado que la Borda del Palacio de Santta Cruz de Asco de Eluetea se halla fuera de la mencionada demarcación.
Este documento alude a la Sentencia de 1584 sobre diferencias entre el Real Monasterio y el valle de Baztan. Cita los bustos de Michelia, Gorrelia y Animelia y dice que se pretendía hacer una herrería para labrar hierro en los términos del valle, en la ribera del río Orozbidea. Según apunta P. Ondarra, en el fondo es una consulta al licenciado Sr. Nieva de Pamplona sobre dos seles del monasterio que pasaron, entre otros, a Baztan y que se ignoraba dónde estaban situados y si tenían alguna obligación para con el valle.
Manuel Thomas de Borda, dueño del Palacio y mayorazgo de Borda de Maia, arrendó a Juan de Dorremoz, natural de Errazu, el Palacio de Arraztoa con su huerta, era, piezas de pan traer, fenerales, helechales, ganados y otros bienes para tres años, a partir del día de san Martín del año 1778. El condicionado establecido para el arrendamiento fue muy detallado, incluyendo los nombres del término feneral de Belaizarra, el robledal de Ybarrondo y las bordas llamadas de Anzola y La Tejería, denominada como de Vrdax. Matizan las condiciones de uso de dichos bienes, así como el estado en el que tienen que estar al final del periodo de arrendamiento, y otras obligaciones incluidas, como las aportaciones correspondientes al maestro de la escuela y a la serora. Se detalla, asimismo, el número de cabezas de ganado -vacas, ovejas, marruecos, borregas...-. En el texto del condicionado se incluyen también algunos conceptos aclaratorios, como que a la enfermedad de la viruela en lengua vascongada se le conoce por "picota".
Manuel Thomas de Borda, dueño del Palacio y mayorazgo de Borda de Maia, arrendó a Juan Bauptista de Meaca, natural de Zugarramurdi, la casa menor llamada Arraztoa y otros bienes como la borda pegante al Palacio de Arraztoa, la borda de Arzainsaroi o Beareztegui, heredades de pan traer, fenerales, helechal en Ariztieder, ganados y otros bienes para tres años, a partir del día de san Martín del año 1779. El condicionado establecido para el arrendamiento fue muy detallado. Matizan las condiciones de uso de dichos bienes, así como el estado en el que tienen que estar al final del periodo de arrendamiento, y otras obligaciones que le corresponden, como las labores concejiles o las aportaciones de dicha casa en trigo al maestro de la escuela y a la serora. Se detalla, asimismo, el número de cabezas del ganado de ovejas. En el texto del condicionado se aclara que a la enfermedad de la viruela "en lengua bascongada llaman picota". Se expresan también las personas que actuaron en la valoración o estimación de los bienes y las de los testigos y fiadores de Juan Bauptista de Meaca.
Manuel Thomas de Borda, dueño del Palacio y mayorazgo de Borda de Maia, a través de su yerno y poderhabiente Juan Thomas de Yrigoyen, arrendó a Pedro Esteban de Zugarramurdi, natural de Arizcun, la casa-habitación contigua al Palacio de Borda y otros bienes como piezas de pan traer, fenerales, manzanales, helechales, ganado y otros bienes por tres años, a partir del día de san Martín del año 1778. El condicionado establecido para el arrendamiento fue muy detallado. Matizan las condiciones de uso de dichos bienes, así como el estado en el que tienen que estar al final del periodo de arrendamiento, y otras obligaciones que le corresponden, como las labores concejiles o las aportaciones de "trigos que se dan al maestro de la escuela y a la serora". Se detalla, asimismo, el número de cabezas de ganado de vacas, ovejas, marrueco, carnero, borregas.... En el texto del condicionado se aclara que a la enfermedad de la viruela "en lengua bascongada llaman picota" y a un tipo de rastrillo "macotea". Se expresan, asimismo, las personas que actuaron en la valoración o estimación de los bienes, y las de los testigos y fiadores de Pedro Esteban de Zugarramurdi.
A instancia de Maria Josepha Alduncin, marquesa viuda de Vesolla, poseedora del mayorazgo de Bertiz y dueña de la "villa", término y monte de ese nombre, su procurador dice que faltan mojones en la divisoria de sus posesiones y pide se proceda a renovar los que hay, y a poner los que faltaren y se consideraren necesarios. La Junta General del valle, en reunión celebrada el tercer día de Pascua de la Resurrección del año 1779, con el alcalde, jurados y diputados de los 14 lugares, tomó el acuerdo de acceder a dicha solicitud. El día 22/07/1779, se procedió al reconocimiento de la mojonera, pero partiendo de la establecida en el año 1726 y revisada en el 1741. Al igual que en 1726, comenzaron en Alliri, reconocieron los mojones existentes, repusieron los que faltaban e implantaron algunos más. El agrimensor Mathias de Oderiz, vecino de Pamplona, aprobado por el Real Consejo, acudió para tomar las medidas entre los mojones. Algunos nombres de los mojones aparecen algo cambiados, por ejemplo, a Meacazelay se le denomina Meacazelay o Marcalay, a Arttaberroettacozocoa Arttaberroetacochocoa, a Ottarreco-ainciraaldea Otarrecoainciraldea, a Arzabalgoarizettaco-lepoa Arzavalgoarrietacolepoa, a Vsatteguiettaco-Ytturriarenburua Vsateguietaco Yturriarenburua, a Visusquetta Bisusqueta, a Arttola Artola, a Vrzuluaga Vrzuloaga. Aparecen nuevos nombres que sustituyen a los anteriores, como es el caso de Arzaval por Vsatteguiettacolepoa, Anzoztiareguividea y Espondaco bordaldea por Amezttiarreguibidea. Finalmente, hay nombres nuevos que corresponden a los mojones que se añadieron, como Arreguicogaña, Amezticogaña, Amezti, Empazabalgo unataco erreca. En total son nueve mojones nuevos a los que también se les puso la inscripción en abreviatura de Bertiz y Baztan. Respecto al acuerdo de respetar la distancia de 20 codos sin árboles a ambos lados de la mojonera, a la vista de que dicho acuerdo, no se cumple por haber nacido de por sí muchos árboles, y determinan cambiarlo rebajándolo a 12 codos.
Se cita la sentencia de 1584 entre Baztan y el Monasterio de Vrdax, en la que se nombran los bustos de Gorrelia y Michelia que tenían 108 seles y el de Animelia que tenía 27. Cita también la Herreria de labrar hierro que pretendía construir el Monasterio a la ribera del río Orozbidea "yamugado", pues ya tenía la Herreria Vieja.
Referente a la hidalguía y limpieza de sangre de Tiburcio Hualde, que casó con María Teresa de Echenique, heredera del Palacio de Cabo de Armería de Irurita. En la prueba de limpieza de sangre se relatan los antecesores familiares hasta comienzos del siglo XVII y se dice que "todas las casas de los familiares emparentados: Hualde (Garzain), Echeniquerena (Errazu), Arrachea (Ziga), Dendariarena (Zuraurre), Yomingorena (Elizondo), Yturriaga (Elizondo), Sastrearena (Errazu), Viramundea (Elizondo), Gragitena (Irurita), Martiarena (Irurita) y Zamarguillearena (Irurita), son de la misma calidad de hidalguía como primitivos solares del valle". Añade que "todos fueron cristianos viejos, de pura y limpia sangre, sin mezcla de Moros, Judíos, Agotes, Penitenciados ni otra secta reprobada, tenidos y reputados por nobles e hijos dalgo". También se aportan los nombres de los testigos que corroboraron la hidalguía y limpieza de sangre.
Joaquin Vizente de Borda alega que es Oidor del Tribunal de la Cámara del Reyno de Navarra desde 1775 en que se jubiló de tal cargo su abuelo Pedro Fermín de Goyeneche después de 59 años de servicio. Dice también que su padre Manuel Thomas de Borda y Vertiz, caballero de la Orden de Santiago y dueño del Palacio de Cabo de Armería de Borda, fue tesorero del Ejército durante 37 años. Suplica a V.M. se digne conferirle una de las Intendencias que resulten vacantes.
En este memorial se recogen varios testimonios de escrituras anteriores, que van desde el s. XIII hasta primeros del XVII. P. Ondarra extrae de esta publicación los testimonios que a partir de la página 15 hacen referencia a nombres de personas y topónimos (seles y bustalizas sobre todo), con indicación expresa de la fecha del correspondiente testimonio. Las referencias contenidas son principalmente las siguientes: 1) Testimonio de 1576, según el cual el Monasterio de Vrdax en el año 1230 prestó 600 escudos a Juan Perez de Baztan sobre el Palacio de Irurita, su molino y la pertenencia de 25 bustalizas que tenía en Baztan. El monasterio devolvió el palacio y el molino el mismo año, pero retuvo las bustalizas hasta tanto Juan Perez de Baztan no pagase a la abadía los 600 escudos. 2) El año 1230 el monasterio le prestó a Semeno de Zabalegui 300 sueldos en moneda de Navarra, a cambio de Echaide con todo su pertenecido, tierras cultas e incultas, bustalizas, aguas y sus provechos. 3) Según el apeo del año 1427, Zugarramurdi tenía 15 casas de labradores. 4) En el año 1443 el monasterio tenía un "casi vedado" que comenzaba en el término de Organvidea y, además, 35 bustalizas. 5) En el año 1482 se acuerda que el zapatero y maestro del monasterio y los caseros de las casas de Arozechea (o Arrocechea), Landibar (o Labandibar), Leorlas, Alino y Alcuerdi pudiesen gozar cada uno con 40 puercos en los términos señalados de Baztan. Asimismo, se hacen una serie de referencias, como la de la sentencia de 1560 sobre el goce de pastos en lo de Baztan, la de los autos sobre prendamientos del año 1561, la de las sentencias sobre propiedad de bustos de Gorrelia, Animelia y Mecelia, así como a otros varios documentos hasta el inicio del s. XVII, entre las que caben citarse varias fechas de escrituras de facería entre el monasterio y el valle y la relación del aumento de seles del monasterio, que en el año 1441 tenía 18 (los de Calvet de Sotes), en el 1443 paso a 35 y en año 584 a 135.
Bauptista de Yturralde, dueño de la casa de Petrixena de Narbarte, manifiesta su disposición a vender a Martin de Videgain, vecino de Narbarte, parte de una pieza del término de Laurendia, que él había comprado seis años antes a los dueños de la casa de Apezteguia.
Entre la información aparece que Joaquin Vizente de Borda se educó en Paris y en su tierra tuvo cargos: Oidor de la Cámara de Comptos, igual que su abuelo, etc. Hacen referencia a la ermita del Pilar, de la que se dice que el "soportal" no se haga de madera, sino a cal y canto, dejando su puerta con su rejilla, y añade que los de la villa "sienten infinitto de que se efectue la obra proiectada". También se indica que algunos de Bozate han solicitado fresnos para "cellos" de cubas y pipas que hay en el término de Arraztoa. En dos de las cartas que escribe Juan Thomas de Borda a su hermano Joaquin Vizente, termina con la expresión en euskera 'vetti zurea'.
En la reseña de esta carta realizada por P. Ondarra, éste se limita a decir que Juan Esteban de Ydiarte, dueño de la casa de Zaldizuria de Arizcun, se queja de que en la plantación de árboles de Vrdax en el paraje dado por el valle, las plantaciones son muy espesas y que no se va a poder dar helecho para la "eredanzia que tenemos".
En la reseña tomada por P. Ondarra de esta carta, se limita a decir que Agustin de Sanzberro, sobrino del prior del monasterio, en nombre de éste por hallarse indispuesto, escribe al alcalde de Baztan para poner en su conocimiento que los carboneros del monasterio han cortado por equivocación pies de árboles en el sel del valle llamado Aritz-zabal, perteneciente al valle.
Seguían manteniéndose diferencias acerca de la extensión de término de facería, firmada en 1677 entre Baztan y Lanz. Recuerdan la permuta hecha en 1677 de Belatte Elordi de Lanz por Vsanbelardi de Baztan. Tratan de arreglar amistosamente las diferencias surgidas y nombran "arbitros arbitradores". Los de Lanz a Marttin de Leranoz, presbítero y abad de Esain y los de Baztan a Simon Larrondo, maestro de obras y vecino de Pamplona. Se reunieron el la Ventta de Velate, jurisdicción del valle de Vlzama. Acuden a Errebelu y Gostamarro y, al no ponerse de acuerdo, nombran a un tercer árbitro arbitrador, a Mattias de Oderiz, agrimensor del Real Consejo, para que dirima la discordia. Reunidos nuevamente en la Ventta, Mattias Oderiz les recuerda la facería perpetua, según la cual dicho término empieza por "tres mojones" hasta la cumbre de Gosttamarro donde hay una peña con tres cruces en su cima y un mojón artificial a su lado. A 359 "varas nabarras" se puso un "mojon roya arenisca", de allí hacia mediodía, entre dicho punto y la cima de Gosttamarro otro mojón, otro más al lado de la tercera fuente, y entre el intermedio del término facero y la tercera fuente cuatro mojones más "con la posible rectitud que la espesa niebla permitió en dos días que no ha permitido graduar por el cuadrante la línea recta en que debe estar". De ahí hacia poniente, metiéndose un poco en lo de Baztan, otro mojón entre dos peñas nombradas Arriurdina, de aquí hacia un "robre" joven de un hayal que está hacia lo de Lanz, que divide el término de Belatte Elordi, dado en permuta en 1677.
Se trata de la consignación de viudedad de la sexta parte de los mayorazgos de Joaquin Vizente de Borda, en favor de su esposa Maria Antonia de Goyeneche. Matiza que la Ley 39 de 1781, aprobada en la Cortes Generales de Pamplona, concede la facultad a los maridos y poseedores de mayorazgos para consignar a sus mujeres que les sobrevivan, por título de viudedad, la sexta parte del producto líquido que aquellos rindan anualmente mientras permanezcan viudas. Entre los mayorazgos de Joaquin Vizente de Borda se citan el de la villa de Maya, el del Palacio de Cabo de Armería del lugar de Yarnoz, las pechas de Adiós, el mayorazgo que su abuelo Pedro Fermín de Goyeneche fundó en Pamplona, etc.
Juana Maria de Maquirriain, testadora de la Fundación de Obras Pías y Capellanía fundadas por ella, que murió en 1780, nombró ejecutor testamentario a Francisco Thimoteo de Baraibar, el cual previendo que iba a ausentarse de la ciudad por largo tiempo, dio el poder a Juan Marttin de Navaz presbítero y corista de la iglesia de San Juan. Joachin Vizente de Borda, en su censo a favor de dicha Fundación, hipotecó el Palacio de Yarnoz juntamente con sus bienes: huertas, viñas y piezas que entre todas suman un total de unos 50 términos. Además, una casa con su anexo en Adiós, más sus huertas, viñas y piezas que ascienden a unas 40, y otra casa en Olcoz con 15 piezas y 2 viñas. Todos los términos están registrados nominalmente.
En ambas cartas, el alcalde de Baztan dice que los carboneros del monasterio han ocasionado daños en los montes del valle. Cita los nombres concretos de los montes o términos, así como el de varios carboneros que trabajaban en las "lanteguias" preparando la leña y el carbón. En algunos casos aporta también el dato en cantidades de "camañas" o en "cargas".
En esta carta dirigida por el abad del Monasterio de Vrdax al alcalde del valle de Baztan, le recuerda que en el año 1780 envió dos peritos a todos los "lanteguis" de los términos de Arizacun y Vrdizate, para que se evitase todo motivo de quejas por parte del valle.
El informe, en resumen aportado por P. Ondarra, dice que Vrdax no es una población unida ni grande, sino que sus casas están "derramadas" por barrios. Las casas tienen su posesión en sus cercanías, por lo que los vecinos aprovechan mejor el tiempo, fatigan menos al ganado y no pierden su estiercol. En dichas posesiones se dan admirablemente maíz, haba, castañas y manzanas. El suelo es de "amable sustancia", las heredades casi todas cerradas, los edificios, por su mayor parte, son de piedra y bien formados. La juventud de ambos sexos es de buen talle y fisonomía, visten con aseo y no se les ve sino en los días de fiesta "en que tienen el inocente placer de la pelota o el vayle público, porque el restante tiempo lo emplean en las labores del campo en que trabajan con asiduidad e inteligencia". El helecho es de indispensable necesidad para el fiemo y es su principal materia, sin él no vienen las cosechas por la humedad excesiva y las tierras deben calentarse con este fomento. Los seles, que son del monasterio, están en el monte, son de 100 estados cuadrados, están cubiertos de ramas encadenadas entre sí, que forman una especie de tejado que defiende al ganado del golpe de las temperaturas como de los ardores del sol. En invierno albergan al ganado en las bordas, que en lo sucesivo pueden fabricar sin impedimento. La contribución al monasterio es de 234 robos de trigo cada año, además del Diezmo y Primicia, de 285 docenas y 9 libras de lana, además de otras cargas. El monasterio mantiene el hospital con 6 camas para enfermos de tránsito.
Referente al contrato matrimonial de Pedro Joaquin de Yguereta y de Maria Jossefa de Yturralde a la sucesión de la casa de Lecorenea de Elgorriaga. Contrajeron matrimonio en fecha de 20-01-1782. Los padres de Pedro Joaquin aportaron al matrimonio la casa de Lecorenea con su derecho de vecindad, usos de sepultura, asientos de varón y de hembra, preferencias de ofertorio y demás honores que le corresponden en la parroquial del lugar. Entre los bienes, además de la casa, su huerta y piezas en los términos de Larraburu, Ansubela, Pasqual-lurra, Eunegoa, Alzuertta, Landa-erdi, Paga-lurra, helechal en Larraburu, Cattal-erreca, castañal en Aguiñ-erreca, en Churichaldi de Amezttia, Paulea, Paulegaraya, manzanal en Muttutta (cerrado de pared y losas), pieza en el término Vrruzquiñetta de Santesteban, la casa Pasqualdeguia de Elgorriaga con su huerta y piezas en Azagun y Ataquetta; en Santesteban la casa de Sabattena con su huerta y piezas que tiene en la vega de Vrruzquiñetta, en la vega de Esaiz-landa, en la vega llamada Donezttebelanda, una borda de acubillar ganado en el paraje próximo a la basílica de San Miguel con sus castaños y helechos. Entre otros bienes, un censo de 50 ducados contra Juan Marttin de Ayoroa de la casa de Pirorena de Aurtiz, 14 peonadas de tierra compradas a Joseph de Yturralde de la casa de Ramorena de Santesteban. Aportan, además, 28 ovejas, 10 cerdas, 1 macho con su baste y demás aparejos, 7 ganados vacunos, 3 vacas, 1 buey y 3 novillos. Al hijo soltero de la casa que está en la ciudad de Mexico, en el Reino de Yndias, al que si regresare le reservan un cuarto de Lecorenea. Maria Josepha aporta como "dote" 300 ducados en dinero, ropa blanca suficiente para dos camas, 6 colchones de lana merina nueva y sus "fundas o cortezas listeadas de lienzo de Francia" nuevas, 9 sábanas de lienzo del país sin entrar en agua, 1 sábana de "Roan" sin entrar en agua, 2 "almuadas" traveseras de lana nueva de la misma calidad y con iguales "cortezas" que los colchones, y sus fundas de lienzo del país, 4 "almoadas" de la misma calidad que las fundas de Roan, 1 sobrecama "colchada listiada, campo encarnado de algodón de Barcelona" y por "auriches" 24 borregas de un año cada una y 1 ganado de cerda.
Le escribe para que le de un recado al hijo de Videgaña, molinero de Gastapalo, por si quiere venir de molinero al Monasterio de Vrdax.
Le comunica que hace unos días se le castigó a un carbonero del monasterio, llamado Zorrobelz, y a un hombre de Yttsasu, denominado Marttie, por cuestiones de carbón, y que ponga una persona de confianza en las "lantteguias", que lleve las cuentas con indicación de los conductores que llevan el carbón y de qué cabañas son. Advierte, además, que en el tránsito desde las carboneras de Vrdizate para salir al collado de Gorospil, se entra en el término de Yttsasu.
La escritura, realizada ante notario en Ituren, hace referencia al censo que Martin de Ayoroa y Maria Francisca de San Miguel tienen contra su casa Panta de Zubieta, con todos sus bienes: huerta, piezas, helechales, castañales y manzanales.
De este documento P. Ondarra extracta que en el memorial presentado por el monasterio al rey, se dice que se plantaron árboles a menor distancia de los 12 codos señalados entre uno y otro árbol bajo el pretexto de "no malograr las esttaciones de los tiempos y las lunas", ya que hubo que emplear muchos operarios y hubo que medir las distancias a ojo. La resolución fue tomada en contra del valle de Baztan. Este alega contra el memorial diciendo que 12 codos es igual a 8 varas y que en plantíos para "fusta" la distancia tiene que ser la de ocho varas en cuadro que equivale a 12 codos. El licenciado Nieva, a quien consultó el valle, dice que no puede conseguir nada contra dicho decreto en cuanto al derribo de los "árboles transgresores".
Según la información obtenida por P. Ondarra, en la sentencia de 1784 se declara, entre otras cosas, que los vecinos de la villa gocen su término demarcado desde el puente llamado de Sardina todo género de aprovechamiento sin límite alguno y en los sitios de Ripera, Collar, Mattabio, la Tejería, Landibar, Leorlas, Alquerdi y Velosegui 1.492 robadas de tierra blanca de pan traer, 388 robadas de feneral, 250 de manzanal y 121 de lieco. Y que el monasterio continúe con el goce en los sitios llamados de Ripera, Collar, Landibar, Asular y contiguos a la casa.
Juan Cruz de Ybarra, hijo de la casa de Martinsanzenea de Sunbilla, tras contraer matrimonio con Maria Francisca de Ybarra, hija de la casa de Jaraojar, es nombrado sucesor de su casa nativa Martinsanzenea con sus pertenencias, ganado y los usos de la sepultura en la parroquial de San Tiburcio de Sunbilla. Tiene adquirido un gravamen de 400 ducados con la capellanía merelaga fundada por Juan Miguel de Oronoz, hijo que fue de la casa Arochenea de Oyeregui.
El cabildo eclesiástico de la iglesia parroquial de Santesteban otorga un censo en favor de Miguel de Goyeneche de Zubieta. Dice que dicho censo fue fundado en fecha de 23/01/1684 por Miguel de Ygueribar y su mujer Maria de Narvarte, dueños de la casa de Biscotena de Zubieta, según escritura autorizada por el escribano real Sancho de Asco y Vrsua.
Este documento hace mención del estado de los censos existentes para con el Palacio de Borda de Maya, por parte de las casas Echetoa y Polchipenea de Lanz y la de Ramonenea de Arizu, a partir de la fecha de las escrituras firmadas en el año 1694, y de los correspondientes réditos devengados hasta el presente año de 1784. En un resumen final, detalla que el importe total asciente en conjunto a 250 ducados, y matiza que 2.353 reales y 10 maravedíes suman 213 ducados, 10 reales y 3 maravedíes.
Para el contrato matrimonial entre Pedro Francisco de Oteiza, de la casa de Martinandiarena del barrio de Arze de Donamaria, y Maria Estefania de Almandoz, de la casa de Chantenea del mismo barrio, intervienen los padres de ambos, juntamente con algunos parientes y demás testigos. A Pedro Francisco, sus padres le hacen heredero de la casa Martinandiarena con sus bienes. Es decir, la casa, con su derecho de vecindad, era de trillar delante, horno de cocer pan contra la misma, huerta delante que afronta con las casas de Chuinea, Miguelenea, calle y camino. Entre los bienes de la casa cita las piezas de Aramburu, Semberro, Landagaña, Leñaus, Landarte, Camio Buru, Elusqueta, Mindecegui, Otaberro (pieza feneral cerrada de losas y "lezonadura"), Lancharegui (pieza cerrada de pared), la borda de acubillar ganado de Astondo (con pieza cerrada de pared y "lezonadura", castañal y helechal en Pagola, Lavaquia, Lancharagui, Otaberro, Otsariberro, Lizaso y Legasa churicha. Le donan, además, 24 ovejas, 1 vaca cargada, 5 arcas, 1 caldera de cobre de 2 cántaros, 3 bancos grandes, 2 carretones, aparejos de labranza, 5 sábanas de estopa, "usos de sepoltura, asientos y ofertorios de varón y hembra en la parroquial del lugar". Hay también cargas y gravámenes, a saber, 100 ducados al 3 % a una capellanía que goza Francisco de Echandi, presbítero de la basílica de San Justo y Pastor, del barrio de Zozaia, 30 ducados a los dueños de la casa de Larretoa de Gaztelu, 50 ducados al 3 % a Nicolasa de Echenique de Elizondo, 40 ducados al cabildo de Santesteban, 32 ducados a Pedro de Martin Andiarena, dueño de la casa de Miguelenea de dicho barrio. Por su parte, los padres de Maria Estefania le ofrecen y mandan por dote 250 ducados (200 en dinero y 50 en ganado vacuno de dar y recibir), y "por via de auriches" una novilla, 4 borregos, 1 ganado de cerda, y ropa necesaria para 2 camas completas, y 2 arcas.
Se trata de un pleito sobre dueños de las casas de Sumbilla Martin Zarauz o Martinchonea beitia, Martin-Duartenea, Irurueta, borda de Cibola y bordal de Urquidi.
Juan de Vrsua mandó fundar una capellanía, por medio de Francisco Vrsua y Zubiria. Ambos fueron dueños del Palacio de Cabo de Armería titulado de Zubiria de Arraioz, del que es patrón actual Juan Francisco de Yrigoien y Vrsua, poseedor de dicho Palacio y primer ayudante mayor de las Reales Guardias de Infantería Españolas.
Se nombra a los diputados de Baztan que, juntamente con el alcalde, tratarán con Benttura Caro, comisionado por el "Rey Christtianisimo" para determinar las diferencias existentes, desde muy antiguo a esta parte, sobre la propiedad de los Quinttos llamados regularmente de Alduides, y gozamiento de hierbas. El valle es uno de los interesados en el goce de dichos Quinttos, y se propone no quedar perjudicado en la separación o repartimiento de los dichos Quinttos.
Respecto al topónimo "Aguila de Maya" citado en otros documentos anteriormente, en este de 25/05/1784 se dice que no se ha podido verificar tal sitio y que "se ha discurrido" ser la cima de Alcurrunz y que, por ser larga la distancia, se ha dispuesto plantar cuatro mojones de esta manera: tres mojones por el lado que mira a Vidasley y el otro por el lado que mira a Bazttan, al lado de un camino sendero que hay a modo de un "porttillo".
Este escrito de 21 de julio de 1784, sobre reconocimiento y nuevo amojonamiento entre Maya y Baztan, se basa en el de 1710. Respecto a este, sustituyeron algunos mojones por ser pequeños y pusieron muchas piedras mojoneras nuevas, encargadas al maestro cantero Josef de Yriarte, y grabaron en sus cabezas líneas nuevas de correspondencia de un mojón a otro, y a algunos de los enclavados en los parajes más públicos les pusieron las letras B (Baztan) y M (Maya). Una vez realizado, los comisionados de ambas partes, junto con el cantero, recorrieron toda la mojonera, 88 mojones en total, comenzando por el callejón o "estrata" que hay frente al Palacio de Arraztoa y numerando así: 1) en la esquina del feneral y robledal del Palacio de Arrachea y su casa de Quisua, siguiendo por la parte superior del feneral de casa Malcorrea, 2) por el lado de Arraztoa junto al camino de Vrrasun a Maya, 3) en el paraje de Arraztoco-burua (mojón nuevo), 4) un poco más arriba del anterior, 5) junto al feneral de Malcorreca de Vrrasun (nuevo), 6) dentro de dicho feneral (nuevo), 7) frente a la borda de Malcorreca, 8) en la parte de arriba de los cerrados de casa Hualderena, junto al camino sendero que va de Zuaztoy y Vrrasun a Aranea de Maya (nuevo), 9) sobre la borda de Hualderena, 10) en Beleberro, 11) debajo del camino que va de Zuaztoy y Vrrasun a Astogui, 12) debajo de la borda de Chapalorena de Vrrasun, 13) sobre la regata de Astogui, debajo de los castaños y de las hayas de Aguerrea de Vrrasun, 14) enseguida del anterior, 15) entre la regata de Astogui y el alto de Betarte, 16) en la cima de Betarte, 17) en la falda del monte Betarte mirando hacia Alcorrunzbeherea, 18) en una piedra o peña del paraje de Alcorrunzbeherea con una cruz encima, 19) entre dicha peña y la cumbre de Alcurruz, que en 1654 se llamaba "Peña de Aguila de Maya" (nuevo), 20) en el rellano de Archuteta, 21) en la parte inferior de dicho rellano, 22) a poca distancia del anterior, 23) en Anzolacolepoa (nuevo), 24) en Zurbidecolepoa, 25) en Zurbideco-gaña (nuevo), 26) en Lizarmeaca, junto a las bordas de Goienechea de Zuaztoy y Salaberria de Maya, 27) en Lizarmeaca, camino de Vidasley, 28) en Barasurietaco-munoa, 29) en la parte inferior del anterior, hacia Vidasley, 30) en el collado de Vidasley, junto al camino real de Navarra a la ciudad de Bayona y otras partes de Francia, 31) en la falda del monte Goizamendi, mirando al collado de Vidasley (nuevo), 32) casi en el alto de Goizamendi (nuevo), 33) en Goizamendi, inclinado hacia el collado de Vrriztimeatsea (nuevo), 36) en Azaldeguico-meaca (nuevo), 37) en el alto de Azaldegui (nuevo), 38) en el mismo alto de Azaldegui (nuevo), 39) en el alto hacia la parte oriente (nuevo), 40) y 41) en el mismo alto (nuevos), 42) hacia Azaldeguico-iarlecua (nuevo). Se matiza que desde el collado de Vidasley se colocaron los mojones 30 al 42 para marcar la separación de los términos conforme a las vertientes de las alturas. 43) en Azaldeguico-lepoa mirando a la borda del Palacio de Jarola de Eluetea (nuevo), 44) enfrente a la dicha borda (nuevo), 45) en la parte superior de la rinconada llamada Luruco atecac y también Ohoinchuloeta, 46) pasando esta rinconada, 47) entre el anterior y las peñas por el lado de Vrlegui (nuevo), 48) entre dichas peñas hacia Vrlegui, 49) en Vrleguibeherea (nuevo), 50) en la loma hacia el alto de Vrlegui (nuevo), 51) en la cima de Vrlegui (nuevo), 52) debajo de la peña Vrleguico-arria hacia el lado que mira a Baguhe (nuevo), 53) en el rellano o collado entre Vrlegui y Baguhe, 54) en el collado de Vrleguicolepoa, 55) en el mismo collado, más adelante, 56) en Zimiztacolepoa hacia arriba (nuevo), 57) más arriba del anterior, 58) en la loma superior de Zimiztacolepoa (nuevo), 59) en el alto de Baguhe (nuevo), 60) yendo de ahí en dirección a Ytzulegui (nuevo), 61) en el mismo alto de Baguhe (nuevo), 62) en la esquina de dicho monte hacia Ytzulegui (nuevo), 63) junto a la borda de Auricenea de Errazu. Se matiza que desde el mojón 57 hasta el 63 la divisoria va por las vertientes y que por eso pusieron mojones nuevos. 64) entre la borda de Auricenea y la del Palacio de Borda, sobre el camino que va a Ytzulegui y del que viene de Maya (nuevo), 65) sobre la borda del Palacio de Borda (nuevo), 66) en el camino de Maya a Ytzulegui, junto a la regata, 67) entre la borda de Landagaraia de Errazu y la peña Arluce (nuevo), 68) hacia poniente, más arriba de la borda de Arriada de Maya, 69) en "un altico" entre las bordas de Echevercea de Maya y Landaberroa de Arizcun, 70) al lado de la borda de Landaberroa (nuevo), 71 al 77 desde el alto de Anzabal por toda la loma o cuesta hasta la borda de abajo de Echevercea, 78) frente a la borda de Echevercea hacia el Palacio de Nas, 79) en "un altico" entre la borda de Echevercea y Arizacun (nuevo), 80) en otro "altico" inmediato al anterior (nuevo), 81) caminando hacia el sur, junto a unos cerrados de casa Mañanea de Maya (nuevo), 82) entre las bordas de Mañanea y Mariarrastoarena de Maya (nuevo), 83) caminando hacia el sur, junto a la borda de Marriarrastoarena, que divide las jurisdicciones de ambas comunidades y los términos amojonados de Nas, 84) a poca distancia del anterior, hacia el sur, 85) en la misma dirección junto a la borda de Arriada, 86) en la esquina de un robledal de casa Quisua de Maya. Se advierte que la división entre el mojón 86 (Ytalacea) y el 67 (Arlucea) eran las alturas o vertientes y que se pusieron los mojones para mayor claridad. 87) en Guiristinoeta, junto al camino sendero que va a heredades de vecinos de Maya (nuevo), 88) un mojón de "piedra picada blanquisca que tira a color roio" junto al mojón 1, al extremo del camino real de Navarra a Bayona y otras partes de Francia.
El alcalde del valle de Baztan plantea el problema de que los del Monasterio de Vrdax han plantado árboles a menor distancia de 12 codos, establecida por Jil de Jaz, y recuerda que, por dos reales decretos del año anterior, se prohibe cortar o derribar árboles del monasterio. Los del monasterio, a través de su abad, dicen estar dispuestos a llegar a un arreglo amistoso. Llegaron al siguiente acuerdo: 1º) que la distancia de 12 codos se mantenga en las nuevas plantaciones. 2º) que los cerrados de los vecinos del valle dentro del plantío del monasterio tengan 24 codos sin árboles y 16 codos sin árboles a los edificios de las bordas. 3º) que el monasterio plantará 4.000 pies de robles para el valle dentro de 6 años desde la fecha de esta escritura (1785). Procedieron, asimismo, al amojonamiento, enumerando los 27 nombres de las bordas y/o términos donde se ubican cada una de ellas.
El escribano y portero real Miguel de Goyeneche, vecino de la villa de Zubieta, por los censales que tenía contra la casa de Viscotenea (o Biscotena), adquirió el derecho de propiedad de varias peonadas pegantes a la borda de dicha casa en el paraje de Lizaroz, y un castañal en el término de Azcunzolota.
Son siete las preguntas planteadas por Ventura Caro, a saber: 1) Cantidad de ganado, su especie y en qué tiempos aprovecha el valle las yerbas del Alduide, desde Yspeguy hasta Beorsu, por sus derechos de facería. 2) Cantidad de ganado, su especie y en qué tiempos aprovecha el valle las yerbas desde "Beorsu asia arriba". 3) Si el Valle de Bastan conduce a pacer sus ganados hasta el término llamado Ansuazu, o si reconoce ya éste propio y privativo del Valderro. 4) Qué convendría más al valle de Bastan, poseer en propiedad un pedazo de tierra desde Beorsu arriba o la facería a que tiene derecho desde Beorsu a Yspeguy. 5) Qué casas, bordas y seles tiene el Valle de Bastan en los Alduydes, desde Yspeguy hasta Beorsu, y cuáles desde Beorsu hacia arriba. 6) A qué punto del valle de Bastan corresponde el punto de Beorsu. 7) Caminos que tiene el valle de Bastan para comunicarse con Egui, Burguete, Valderro y Ronsesvalles y por dónde se puede abrir camino a los mismos más cómodo de Bastan, partiendo desde el punto de Beorsu para arriba. Y añade: "si quisieren añadir noticias interezantes al valle, pueden aserlo con franquesa, porque sus deceos se dirigen a procurar a los valles fronterisos todos los alivios y ventaxas razonables".
Responden a cada una de las siete preguntas formuladas por Ventura Caro del siguiente modo: 1) El ganado del Balle de Baztan pace en el término de Alduide sólo de día, desde Yzpagui hasta Beorzu, y es de 4.492 cabezas de lanar y cabrío, 208 de vacuno, 110 de cerda y 100 yeguas. 2) El ganado que pasta de día y de noche desde Beorzu arriba es de 4.550 cavezas de lanar y cabrío, de las cuales 1.800 se mantienen allí sólo desde Maio hasta el 24 de Junio, 2.750 subsisten todo el verano y en el resto del año, según el tiempo que haga, 1.873 vacas se mantienen desde mediados de Maio hasta septiembre, 275 yeguas y 81 cerdos se mantienen los meses que permiten los "temporales" del año. 3) Dicen que el Valle de Baztan no conoce término alguno llamado Ansuazu y que puede que en Baztan se conozca con otro nombre, añaden que el ganado de Baztan suele andar regularmente dentro de los términos de Beorzu, Legarchulo (Mineral de Legarchulo), Puerto de Vrtiaga, Esnazelaieta, Iturunburu, Ahadi, Leinecosoroa, Rio Vrtiaga, Vagamacurra, Ernalegui, Vrrizburu y Loilurzeco munoa, confín de Baztan, y algunas veces llega a Sorogoien. 4) Más ventajoso es para el valle el aprovechamiento de día y de noche de Beorzu para arriba, que no el goce de día en el término de Alduide, desde Yzpeguy hasta Beorzu. 5) El Valle no tiene casas, bordas y seles desde Yzpegui hasta Beorzun en Alduide, de Beorzu para arriba tiene 16 chozas a donde se recogen los pastores de una o más casas y permanecen en ellas mientras están los rebaños. 6) El punto de Beorzu corresponde al intermedio de los lugares de Elizondo y Garzain y está a unas tres horas de camino de Yzpegui, y de el a Loilurzecomunoa, donde acaba el término de Baztan, cerca de dos horas por las revueltas y cuestas. 7) Los caminos de Errazu, Arizcun y Azpilcueta para los parajes que se expresarán son: por el collado de Berdariz a Zamuquegui, donde está la iglesia de Alduide, y desde allí, pasando en su largo el llano hasta Iñaravidea, se toman tres sendas, una a la izquierda por la regata de Vrepela subiendo los montes para Ronzesvalles y Burguete, la segunda va casi "en drechura" por la regata de Errealchu y, montando las cuestas, pasa por Sorogoien y conduce a varios lugares del Valle de Erro, la tercera por la derecha, tomando otra regata, sube a Vrtiaco lepoa y de allí a Eugui. Los demás lugares de Baztan siguen las mismas sendas desde el paraje de Iñaravidea, camino por los montes sin bajar al llano de Alduide, desde Beorzu es dando una revuelta o parte de círculo, yendo por Ernazabal, cercanías del Mineral de Beodrin, Vrtiaco lepoa, falda del monte Ahadi y otros menores que se van tomando a la derecha para ir a Eugui, Balle de Erro, Burguete y Ronzes valles. Exponen también que, antes de la epidemia de 1774, había 6.593 cabezas de ganado vacuno, de las que murieron 6.304, y quedaron vivas sólo 289, de las cuales 193 sanaron y a 96 no se les pegó el contagio. Asimismo, estos dos últimos años también se ha padecido en el ganado lanar un mal fuerte de "viruela que en el País llaman Picota", pereciendo gran cantidad. Por eso, el número de estas especies es inferior al que había antes de las epidemias, aunque se van reponiendo y se espera que dentro de pocos años llegue al antiguo.
Recuerda que el Valle de Baztan ha tenido goce en los términos de Alduide 'desde tiempo inmemorial, interviniendo convenios de facería cada cinco años con el Valle de Erro hasta el de 1505 que acordaron ambos valles hazer perpetuo dicho goze de día sin necesidad de renovaciones de pactos'. Recuerda, asimismo, que en las capitulaciones de 1604 se conservó en todo el término de Alduide el mismo goze al Valle de Baztan; que en 1695, el virrey de Navarra, por poder otorgado por Carlos II, concedió a Baztan goce de día y de noche en el distrito de Alduide, con todos sus ganados, a medias con el Valle de Erro, y que desde ese año el Valle de Baztan, a pesar de la oposición de los baigorrianos, ha tenido ese goce de día y de noche en los montes de Alduide desde Beorzu a Mendicozetagaña. La línea de división desde Baztan hasta Alduide, cuya distancia por las revueltas y cuestas será de cinco horas de camino, siguiendo la cordillera de crestas va por los siguientes parajes: Yzpegui, Elorrieta, Arrigorri, Istauz, Vasazaldico-arria, Vrrizcaco-bizcarra, Verderiz, Asesi, Veladon, Beorzu, Beorzubuztan, Autringo-gaña, Azaldegui, Arguinzu, Loyluzeco-arria, Loyluzeco lepoa y Loyluzeco munoa, donde empieza el distrito de Gongora. Y añaden que las faldas que caen hacia Baztan se hallan pobladas de bordas, especialmente de los lugares de Errazu, Arizcun, Eluetea, Elizondo, Garzain e Yrurita.
Comienzan el recurso recordando que el valle de Baztan gozó "de dia" para sus ganados, en los tiempos más antiguos, de los montes de Alduide "intterviniendo pactos que hacia y renobaba cada cinco años con el Valle de Erro". Cita el de 1505 y dice que en las capitulaciones de 1614 se dispuso que Baztan gozase perpetuamente, en vez de cada cinco años. Dice, asimismo, que en el de 1695 se dispuso que el valle de Baztan gozase "de dia y de noche a medias con el de Erro", gracia que fue sobrecarteada por el Real Consejo del Reyno y que testificó el rey Felipe V en el año 1717; y que dicho derecho de "goce de dia y de noche" en el término de Alduide es de la línea que va de Beorzu a Mendicozettagaña para arriba, con exclusión de Baigorri, y que desde esa línea para abajo conservó el aprovechamiento "de dia". Piden que se mantenga al valle de Baztan en el goce de Alduide "por el día" desde Yzpegui a Beorzu y "por el dia y por la noche" desde Beorzu para arriba. Finalmente, hacen saber que los baigorrianos prendaron diez cabezas de ganado vacuno en el paraje que va desde Yzpegui a Beorzu y que ese ganado era del dueño de la casa Mariscorena de Errazu, y le piden que intervenga para que se devuelvan esas cabezas de ganado o su importe.
Es el traslado de la sentencia pronunciada por el Obispado de Pamplona para que el vicario de Belate y sus sucesores cumplan con las obligaciones de examinar en la Doctrina Cristiana, con los preceptos anuales de confesión y comunión y con la atención de los sacramentos a los enfermos, a los inquilinos, hijos y familiares de la Benta de Odolaga de Baztan.
Miguel Josepf de Borda y Goieneche, hijo único primogénito, de Jose Vizente de Borda y de Maria Antonia de Goieneche, por ser menor de 25 años aunque mayor de 16, "nombra por su curadora a su madre (viuda) para que rija y gobierne al otorgante y los bienes de los mayorazgos, sus pertenencias y demás anejos" y además "confiere su poder para lo del discernimiento a su cuñado Joaquin de Rada, dueño del Palacio de Subiza".
Hace referencia a las deudas contraidas por los Goyeneche desde el año 1738 hasta el 1786. En 1738 Juan Bernardo de Loperena, nombrado administrador de rentas de la Iglesia Catedral de Pamplona, dio por su fiador a Pedro Fermín de Goyeneche (abuelo de Joaquin Vicente). Las deudas fueron aumentando. En 1764, Loperena no pudo pagar más que una pequeña parte (más o menos una octava parte) de la deuda acumulada. Entonces, la catedral acometió contra el fiador Pedro Fermín, quien pidiendo un préstamo a interés, pagó lo que debía Loperena. Este murió ese mismo año y Pedro Fermín siguió pagando la deuda de aquel hasta el año 1776, año en el que falleció, sin haber informado nada de dicha deuda a su nieto y heredero Joaquin Vicente. Este, siguiendo el mismo "método" que su abuelo, tampoco informó a nadie de su estado de cuentas, salvo en cierta ocasión, por verse en ciertos apuros, a su hermano político el conde de Sazeda y a Cabarrus. En 1786, la deuda contra la casa ascendía prácticamente a la mitad de la deuda inicial del año 1758.
El escribano real Juan Alexandro de Echeverz extracta, en el año 1786, algunos datos obtenidos de documentos anteriores, tales como la Sentencia Arbitraria de 1584 y la Executorial de 1746. Son datos referentes a bustos y seles de Baztan y Vrdax. En cuanto a los seles, dice que cada uno de ellos llevaba 5 mojones, uno en medio y los cuatro restantes a cada extremo y que cada sel tenía 400 estados cuadrados, que es la medida o extensión regular de los seles de este valle y de Vrdax y Zugarramurdi. A su vez, define que un sel es un recinto de campo propio, amojonado y privativo del dueño con facultad de hacer de él lo que quisiere, vendiendo, plantando árboles, cerrando heredades, a menos que el "congoze" de tercero u otro derecho no lo impida, como sucede con los entregados por la Sentencia Arbitraria al monasterio y al valle por tener recíproco de yerba.
Escritura de la casa de Masa de Legasa comprada por Miguel Antonio de Migueltorena, de Donamaria, a Juan Joseph de Alberro, vecino de Oieregi, de la casa Barberena. P. Ondarra se limita a dar los datos del comprador, del vendedor y de los testigos.
La base referencial para la realización del censo son los nombres de las casas de Bertiz, tres en total. En cada una de ellas se mencionan las personas que viven, distinguiendo si son propietarios, inquilinos, administrador, etc. En el caso de los criados y pastores que habitan en las mismas, se especifica dicha condición. No se incluyen los nombres de los hijos, salvo en unos pocos casos, en los que normalmente se indica su edad.
La base referencial para la realización del censo son los nombres de las casas de Oyeregui, 24 en total, sin contar las repetidas. En cada una de ellas se mencionan las personas que viven, distinguiendo si son propietarios o inquilinos. En el caso de los criados y pastores que habitan en las mismas, se especifica dicha condición. No se incluyen los nombres de los hijos, salvo en unos pocos casos, en los que normalmente se indica su edad.
Censo realizado el 26/11/1768 en la "casa conzejil" por el alcalde y los regidores del valle de Bertiz-Arana bajo el título de "Rolde o Matricula de las Casas Vecinales, y no vecinales y de la Gente que ai y sus edades en este lugar de Naruarte". En total son 64 casas. La base referencial para la realización del censo son los nombres de las casas, bajo la indicación de si son vecinales o no. En cada una de ellas se mencionan las personas que viven, distinguiendo si son dueños (dueños ancianos en algunos casos, viudos o viudas), hijos, o si tienen otra condición, como caseros, criados, pastores, etc. En muchos casos se incluye la edad de las personas citadas.
Censo realizado en el año 1768. La base referencial para la realización del censo son los nombres de las casas de Legasa, 38 en total. En cada una de ellas se mencionan las personas que viven, distinguiendo si son dueños (dueños ancianos o jóvenes y, según los casos, viudos o viudas), hijos, o si tienen otra condición, como caseros, criados, pastores, habitantes, etc. En algunos casos se incluye la edad de las personas citadas.
Censo realizado en el año 1768. La base referencial para la realización del censo son los nombres de las casas de Oteiza, 4 en total. En cada una de ellas se mencionan las personas que viven, distinguiendo si son dueños, inquilinos, criados, suegros y en un caso el número de hijos pequeños y su edad (pero sin especificar sus nombres).
Contrato matrimonial, para la sucesión de la casa de Yriberrigaraya de Ziga, entre Juan de Jubinttorena, hijo de Felix Jubinttorena y Maria Anttonia de Yrigoyen, dueños de la dicha casa de Yriberrigaraya, y Ana Cathalina de Yrigoyen, hija de Andres de Yrigoyen y Cathalina Josepha de Esttebarena, dueños de la casa de Echandia del barrio de Zuraurre de Ziga. Juan de Jubinttorena le hace donación a su hijo y "por su respecto" a su mujer y a los hijos de ambos de la casa de Yriberrigaraya, con derecho de vecindad, horno, era y huerta y de las heredades de la casa sitas en los términos de Echealdea, y de las piezas, endreceras, manzanales, castañales, etc. en los siguientes términos sitos en el término común del valle, denominados Yriberrimeaca, Echeaizina, Zabaletta, Garmendia, Azcarate, Berroa, Arguibel, Caminanttea, Zocoa y Masansey, además de la porción de molino que le pertenece en el harinero del lugar. Les dona, asimismo, 14 cabezas de ovejas, carneros, aparejos de labranza, trastes del servicio de la casa, sepulturas, asientos derechos y acciones, etc. Declaran que tienen otras cinco hijas y un hijo. Para dos de las hijas reservan en la propia casa un cuarto con puerta a la calle que tiene la casa, y para las otras tres, puestos o parajes competentes en la casa con derecho a valerse de la cocina y de la bebida usual de "pittarra". Para el hijo reservan también un alojamiento. Y ellos se reservan el derecho de retener en sí durante el tiempo que quisieren el gobierno y manejo de dicha casa y bienes con la obligación de alimentar y vestir a los donatarios e hijos que estos tuvieren en el interim, con la decencia correspondiente y de suministrar a aquellos para el "bolsillo y dibersiones onestas" lo que les pareciere, y siempre que quisieren, ceder dicho gobierno y manejo que deberá ser entregando a los mencionados donatarios, etc.
Hace referencia a plantaciones, goce, conservaciones, bustalizas y seles que se citan en documentación antigua, tales como la Sentencia Arbitraria de 1443 relativa al monasterio y a Zugarramurdi y un Ejecutorial de 1748. De este último nombra los seles que el valle de Baztan poseía en el Término Redondo del monasterio y que debía de transferir al monasterio; a saber: Aruztrualzua, Miuracoalzua, Arguindurietta, Arizcain, Organbidea, más los de Ajular e Ycaburua que, según el escribano, son los más próximos al Real Monasterio.
Juan Antonio de Jaureguizar, dueño de la casa de Yjurrena de Elgorriaga, toma a censo de varias fundaciones de la parroquia, regida por el presbítero y vicario interino Juan Martin de Jaureguizar, la cantidad de 100 ducados al 3 %, para poder entregar a su hermana y cuñado, lo que le faltaba para el "adote" de su dicha hermana.
Este documento inconcluso hace referencia a una carta de pago. Se indica que Manuel Francisco de Santto Domingo y su esposa Anna Juaquina de Alduncin y Cortajarena, vecinos de Los Arcos, son los patronos de una capellanía merelaga de la parroquia de Santesteban, que fue fundada por el capitán Juan de Sara.
Juan Martin de Taberna, vecino de Vera, viudo y padre de Bartholome de Taberna, natural de Vera, dijo estar conforme con que su hijo Bartholome contrajera matrimonio con Graciana de Mayora, vecina de Elizondo. Juan Martin no pudo asistir personalmente y delegó su poder en su otro hijo, Juan Josef de Taberna que era presbítero y rector de la iglesia parroquial de San Tiburcio y su filial San Juan Bauptista de Sumbilla y arcipreste de Vertizarana. Juan Martin donó a su hijo Bartholome dos casas de Vera, las denominadas Mozaranea, sita en el barrio de Alzate, y Alzugaraya, sita en el barrio de Yllucueta.
Se dice que el testigo Martin Juaquin de Sagardia era dueño de la casa Miguelchorena, que Juan Antonio de Elizondo era de la casa de Josefattena, y que Pasqual de Minondo, a quien Jose Juaquin de Sagardia le vendió 40 robos de trigo a 4 pesetas cada uno, es el ferrón de la herrería de Articuza.
El documento se refiere al cumplimiento, por parte del Monasterio de Vrdax, del acuerdo tomado con el valle de Baztan en el año 1785, por el que el monasterio se comprometió a plantar 4.000 plantas de árboles, como consecuencia de las desaveniencias habidas entre ambos sobre la espesura o distancia de las plantaciones en el paraje señalado, en el año 1746, en los términos del valle. Se indican los nombres de algunos términos y seles y el número de hayas y/o robles existentes en varios de ellos.
Menciona que tiene diferentes haberes en las casas de Echeverria o Ambrosiorena, de Martindarrenia y de Yrurueta de Sumbilla, así como en la de Sarrallenia de Legasa.
Expone los datos referentes a los frutos recogidos en Sunbilla en el año 1787. Las cantidades en robos son las siguientes: 2.775 de trigo, 9.200 de maíz, 10 de haba, 80 de manzana, 3 de mijo menudo y 400 de castaña. Los precios por robo son como siguen: el trigo 4 pesetas, el maíz 2 pesetas, las habas 7 reales fuertes, la manzana medio real, el mijo menudo 3 reales y medio y la castaña 2 reales fuertes. Añade que para el abasto de sus vecinos y habitantes, dichos frutos llegarán solo para 7 meses del año.
Se trata de la respuesta del alcalde de Santesteban, Juan Manuel de Alzuetta, a la solicitud o Real Orden realizada desde Pamplona para que presentaran los datos del plan de frutos del valle de Santesteban de Lerín correspondientes al año 1787. Lo recogido en total en robos es: 9.867 de trigo, 18.814 de maíz, 441 de haba, 176 de mijo menudo, 4.217 de castaña, 50 de manzana. Por pueblos: Santesteban 1.000 de trigo, 2.000 de maíz, 150 de haba, 16 de mijo menudo, 100 de castaña; Ituren 2.500 de trigo, 4.280 de maíz, 150 de haba, 100 de mijo menudo, 2.000 de castaña; Zubieta 1.000 de trigo, 4.700 de maíz, 8 de haba, 70 de castaña; Donamaría 2.000 de trigo, 3.000 de maíz, 34 de haba, 300 de castaña; Urroz 1.000 de trigo, 1.300 de maíz, 400 de castaña; Elgorriaga 667 de trigo, 1.334 de maíz, 84 de haba, 60 de mijo menudo, 427 de castaña; Oiz 600 de trigo, 800 de maíz, 90 de castaña; Gaztelu 1.100 de trigo, 1.400 de maíz, 15 de haba, 200 de castaña. Los precios por robo son como siguen: el trigo a 8 reales fuertes, el maíz a 4 reales fuertes, las habas a 3 "pecetas", la castaña a "pecetta", la manzana a 18 maravedíes.
Reunidos los representates del monasterio y los de la villa, "convienen amistosamente en el modo en que debian gozar perpetuamente varios terrenos y arboles comprendidos en el Termino Redondo de la villa". Lo especifican en el auto otorgado por ambas partes ante el escribano. En él señalan los nombres de los términos, el número de mojones que pusieron en cada uno de ellos (con las señales de las letras M (Monasterio) y V (Vrdax) y de las tejas correspondientes), las distancias en "estados" entre los mojones, etc. Se señalan, también, los nombres de las casas propietarias de muchos de los terrenos existentes en los términos del recorrido de la mojonera. Una vez realizado el amojonamiento, fue loado y ratificado por ambas partes. Por parte de la villa, en reunión celebrada en la sala de la casa del "Ayuntamiento y Justicia" el día 09-08-1789, con presencia del alcalde, regidores, vecinos y concejo (34 personas en total), a quienes el escribano Martin Antonio de Berrueta les dio a entender "en su propia lengua bulgar bascongada". Por parte del monasterio, en reunión celebrada por el abad, prior, subprior y canónigos (16 personas en total) en la Sala Capitular el día 11-08-1789, ante el mismo escribano.
Tras las disputas surgidas en torno al tema de la propiedad en el Término Redondo, se recordaron los acuerdos tomados anteriormente al respecto. Tras ello, optaron unánimemente por llegar a un acuerdo, estableciendo que los árboles a los dos lados de la Herrería serían para el monasterio y todos los demás para la villa. Se repiten los nombres de personas y de términos (casas y topónimos) del documento anterior acordado el mismo año en Vrdax entre los representantes del monasterio y los de la villa de Vrdax. La Real Cédula de la Concordia fue firmada por el rey Carlos III en Aranjuez, en el año 1789. Su contenido fue dado a conocer por el escribano Martin Antonio de Berruetta al alcalde, regidores y vecinos que se congregaron en la casa y sala del Ayuntamiento de Urdax "en su lengua bascongada".
Los dueños de la casa de Partiñenea, Matias de Manterola y Beronica de Aldaue, venden un castañal, de unos 100 pies, sito en el paraje de Auzpide, a Juan Josef de Vizcarrondo, de la casa de Chaladarena, y a Juan Joseph de Agesta. Actua de fiador Juan Manuel de Ybarra, dueño de la casa de Aranaztarrenea.
Juan Antonio de Saldias, dueño de la casa de Apezenea de Beinza Lauayen, vende una pieza sita en el paraje de Garate, cuatro piezas en el paraje de Beinza landa y otra en el de Mendigaña, a Bernardino Miguelarena (o Miquelarena), dueño de la casa de Gorosena. Las seis porciones suman en total 18 peonadas.
Juan Fermin de Alsuetta, dueño de la casa de Juandemenea permuta un helechal en el paraje llamado Veulo con Joseph Joaquin de Echaide, dueño de la casa de Ramonea y éste, a cambio, le da un castañal en el paraje llamado Muguerdi, que afronta con cerrado y helechal de Alsuetta, helechal de Sensavel y camino de Aranaz.
Manuel de Larrainzar, vecino de Santesteban y del comercio de esta villa, hizo varios préstamos y adelantos a Martin Antonio de Echenique, ya difunto, padre de Juan Bauptista de Echenique, dueño de la casa de Olayaunenea. En la presente escritura, Juan Bauptista hace cesión de un censo de 69 ducados, 8 reales y 18 maravedíes en favor de Manuel de Larrainzar.
Martin Joseph de Apezteguia, vecino de la villa de Aranaz y dueño en ella de la casa de Larranecoa y, además, dueño de la casa de Juanatenea de Santesteban, vende la pieza de tierra blanca llamada Dorreguibela o Teluetea y el helechal del término de Masiqueta, ambos de la casa de Juanatenea, a Juan Francisco de Errazu, vecino de Santesteban y dueño de la casa de Adamenea.
Traslado de una escritura de luición de un censo de 30 ducados otorgada por Pasqual y Juan Bauptista de Zozaya, padre e hijo, vecinos del lugar de Narvarte y dueños de la casa llamada de Jujerena.
El mayordomo y colector de la cofradía de san Anton abad, de Santesteban, reclama un censo impuesto en el año de 1728 contra la casa de Borrongonea, de Legasa. El dueño actual, de 1789, de dicha casa es Felix Francisco de Almandoz que vive en Cádiz.
Pedro Martinandiarena, de la casa de Miguelena del barrio de Arze de Donamaria, y Maria Theresa de Yrigoyen, de la casa de Barberena de Ituren, contrajeron matrimonio hace 17 años, sin hacer el contrato matrimonial, y es en 1789 cuando lo hacen. En él se detallan los bienes o enseres que Maria Theresa aportó al matrimonio, como sábanas, toallas, servilletas, colchones, "almuadas", arca, etc. Dice también que Pedro Martinandiarena estuvo casado anteriormente con Maria Francisca Lastiri, difunta, a la sucesión de la casa de Miguelena y su pertenecido de bienes, y que tuvieron una hija, llamada Juana Maria Martinandiarena y Lastiri, soltera, a quien le pertenece ser la sucesora de la casa Miguelena.
Hace referencia al paraje llamado Albireneco echaldea, donde hay un manzanal y una pieza.
En esta asignación, los vecinos determinaron repartir los 7.528 árboles, adjudicando a cada casa 200, tanto del Término Redondo, como de las plantaciones propias de la villa en jurisdicción de Baztan. P. Ondarra extrae fundamentalmente los nombres de los términos (topónimos) en los que se hallan los árboles adjudicados a cada casa, nombres que se repiten constantemente y que, además, se hallan incluidos en los documentos firmados en el año anterior (1789) en Vrdax y en Aranjuez, razón por la cual se ha prescindido de anotar la mayoría de nombres repetidos.
En esta asignación, los vecinos determinaron repartir los 7.528 árboles adjudicando a cada casa 200, tanto del Término Redondo, como de las plantaciones propias de la villa en jurisdicción de Baztan. En el presente documento se mencionan los nombres de las casas que corresponden a cada unos de los barrios de "Cuerpo de la Villa" (o "Varrio de la Calle"), Tegeria, Leorlax, Landibar y Alquerdi, y las de las personas (dueño o dueña y su mujer o marido, según los casos) propietarias o residentes en las mismas. Una vez realizada la asignación, recogida en el presente documento, reunidos el alcalde, regidores y vecinos de la villa, el escribano Martin Antonio de Berrueta les "dio a entender en su propia lengua", los cuales loaron y ratificaron el acuerdo alcanzado. Como se trata del mismo documento de adjudicación de los 7.528 árboles, en esta recensión, en esta ocasión P. Ondarra extrae fundamentalmente los nombres de las casas correspondientes a cada barrio y de las personas referentes a ellas, que se mencionan en el citado documento.
Se refiere a los pagos que el escribano ha recibido de los dueños de las bordas que se hallan dentro de la plantación del monasterio, para entregarlos a éste, de conformidad a lo convenido en el auto otorgado el año 1789.
Manuel Sanchez y Maria Antonia de Ezponda y Elizamendi, vecinos de Tudela, otorgaron por escritura del año 1785, a Juan Martin de Ballearena, vecino de Elizondo, el poder para enajenar la casa de Presagañea, que afronta con la venta de Echarri, el camino real, el cerrado de Oyar y el feneral de la casa de Lapizea del lugar de Garzain.
Martin de Sagardia, ya difunto, hijo de la casa de Yzebenea de Ituren y presbítero y beneficiado que fue de Puente la Reina, fundó una capellanía en la iglesia parroquial de Ituren, de 3.000 ducados. Tras su muerte, su hermano Juan Bauptista de Sagardia, dueño de la casa de Yzebenea, nombra capellán de dicha capellanía a Pedro Antonio de Elizondo, presbítero residente en la villa de Sumbilla.
Juan Domingo de Latasa, dueño de la casa de Bustiola de Sumbilla, vende una pieza de cuatro peonadas de tierra, pegante a dicha casa, a Domingo de Elizondo, dueño de la casa de Donfelipe-baitta.
Miguel Mathias de Mayora, dueño de la casa de Miquelenea del barrio de Lasaga de Yturen, quiere vender, para pagar una deuda que tiene, una pieza de tierra de doce peonadas en el paraje llamado de Yguerizarte, que afronta con piezas de Erremuntenea y Galantenea, a Juan Bauptista de Sagardia, dueño de la casa de Yzebenea de Yturen.
El alcalde de Verttiz Arana, Juan Bauttista de Lacoizquetta, se ha enterado de que la vecina de Legasa Maria Feliciana de Subizar, soltera, hija de Felix Joaquin de Subizar, estuvo cortando maíces para forraje de ganados de reja en una pieza de la casa de Videguirrena, que la lleva en arriendo Gabriel de Mojorena. Alega que el maíz no era para "encabezar" y producir grano, sino para forraje de bueyes y vacas.
La escritura de convenios es realizada entre Juan Domingo de Lasttiri y su mujer Maria Josepha de Echenique ante el contrato matrimonial del hijo del primero, Francisco Lasttiri, con una de las hijas de Maria Josepha de Echenique.
La basílica o ermita de Santiago apóstol, sita en los confines del valle de Vlzama y paraje llamado Belatte Calzada, se hallaba con goteras que habían afectado a la imagen de bulto del santo, y presentaba aspecto de "aplomarse". Por la falta de decencia que presentaba, el día de Santiago, el capellán entendió que no tenía obligación de celebrar misa cantada, sino rezada. Se acordó realizar los reparos a cargo de los de Almandoz, y que la misa cantada la celebrara un sacerdote del valle, si lo hubiere.
Fundación de Mayorazgo en la casa de Machicotenea de Oyeregui, por parte de Juan Ygnacio Vertiz y Vicuña, dueño de dicha casa. Detalla los nombres de las personas nombradas para la constitución de dicha fundación, como parientes, tasadores, etc. Detalla, asimismo, las características de la casa, sus dependencias y elementos de cada una de ellas, los bienes y la ubicación de los mismos, tanto los amojonados privativos de la propia casa, como los ubicados en tierra común, de los que a la casa le corresponde solo el usufructo. En todos ellos se cita el nombre del término y en algunos casos también el de los mugantes. Hay también una referencia a su vecindad en los términos de la facería de Bidasoa y Berroaran, pertenecientes a cuatro pueblos, es decir, a los lugares de Narbarte y Elgorriaga y a las villas de Santesteban y Sumbilla. En la descripción detallada de las características de la casa Machicotenea pueden leerse conceptos como: "enduzir" las paredes, piedra de sillería o "labrada", lagares para "majar" manzanas y hacer sidra, "maderamen" gruesa, tres "enmaderados" o pisos de la casa, "solivos", "carreras" para sostener el "cabriaje", "caprios", "ripias" sobre los "caprios" para formar suelo para la colocación de las tejas, "valobostres", entepechos y zapatas de la galería o balcón, tapias o "muralles" que cercan la huerta, etc.
La reconducción a favor de Juan Martín García, que ya venía ejerciendo desde el año 1789, por cuatro años, fue realizada por el alcalde y regidores de la villa de Maya. Se le exige "enseñar e instruir todos los días que no hubiere precepto de oir missa, y algunos pocos en que por costumbre motibado de objeto particular, no ha solido haver esquela anteriormente, a todos los niños y niñas de esta villa y de su feligresía que acudieren a ella en la Doctrina christiana, misterios de nuestra santa fe, leer, escribir y contar con exactitud, amor y blandura correspondiente, sin castigarlos con demasiado rigor, cuidando que los niños y niñas estén con la devida separación de sexos, que acudan con aseo y limpieza y que hablen entre sí la lengua castellana, para que [se] bayan instruyendo en ella y finalmente que la Doctrina apriendan en ambos Ydiomas". También se le obliga "que tenga abierta la escuela en el parage destinado para ella" desde el 1 de mayo hasta el último de septiembre, de 7 a 11, y en el resto del año desde las 8 a las 11, y por la tarde desde la 1 a las 4, exceptuando las vísperas de los días festivos, como es costumbre. También ha de cuidar el "Relox del Campanario de la Yglesia Parroquial" y tocar a las noches la campana de la Queda o de la conmemoración de las Almas del Purgatorio". La paga que le corresponde al año es de 50 pesos por el magisterio y 5 pesos por el cuidado del reloj, medio robo de trigo cada casa, un cuartal por alumno de las casas que los tengan, 12 robos de trigo del molino de la villa y los réditos de 200 ducados dejados por Martín de Borda, vecino que fue de la villa, para aumento del salario del maestro. El maestro expuso que preferiría le renovasen cada 8 años y que se incluyese el "Capítulo de Sacristán", que en este contrato no va incluido, pero que sí iba incluido en el que se le otorgó el año 1789.
El papel referente a las cuentas pendientes del año 1796, con el herrero Bernardo de Azanza, describe los siguientes elementos: unos "huales y ganchos" para las ventanas de la cocina, clavos llamados "vsticeas", changas, crisquetta y una palaqueta para los portillos, "cearrolizes" por cien clavos, planchas, clavos y "lerros" de la puerta nueva. Cita también a casa de Salorena. El papel referente al año 1801, habla de los trabajos realizados para el molino de Ursua y cita: un yerro grande que llama "ecpata, coatro cauilas y un par de plamera", idem para la borda de "Ariczacun" de la casa de Echeverzea, "un par de plameras con sus premios, coatro par de plameras, beinte i dos liura de fierro para las bentanas". El del año 1802, se refiere a los trabajos realizados para la casa de Echeberzea y cita: "un serbidor para asar, dos ornillos compuestos, un par de plamera, un ciento de clabos de bastero, para la borda de Ariczacun, cinco cientos clabos de lata"; hizo también "hierros para ventana de la sacristia de Santa Anna, hierros de la bentana del molino". El del año 1801, referente a la casa de Ursua y a Santa Ana, relata "trescientos clavos de bastero, ciento i medio clavos de taula, unas figas para asegurar altar". El del año 1816, habla del "gasto que se hizo en conponer el ondaculo del molino que dias antes se puso y se desconpuso otra vez". Y añade que como tenían que trabajar en agua y tiempo frio, se les dio para beber dos reales. El referente a la cuenta con Antonio de Goñi, de 1799, alude a que trabajó un día cortando "abarra" para la tejería, por lo que pide una peseta, por traer "buztina" tres reales, y también aduce que trajo tres cargas de "lleña".
Se expone la relación de unas dieciséis casas de Zugarramurdi que habían construido sus bordas en los términos del valle de Baztan.
Se trata del cuaderno del rector de Narbarte, Pedro Antonio de Elizondo, donde consta una relación de los nombres de las casas de Narbarte a las que el rector había dado robos de grano de trigo, sin especificar la cantidad, salvo en el caso de Arocenea. Se citan unos 20 oicónimos, algunos de ellos repetidos y en dos casos sólo se hace referencia al sobrenombre: la mujer de Choria y la casa de Ygnacio el Tambolintero.
En el año 1799, se procede a dar traslado a los autos de posesión del Palacio de Goyenechea, del barrio de Ordoqui de Arizcun, y de su pertenecido, en virtud de despacho de "inmitendo" del Real Consejo. Relata diversos datos previos al mencionado auto de posesión. A la muerte de Juan Xavier de Goyeneche e Yndaburu, marqués de Belzunze y Vgena, conde de Saceda, su esposa Maria Xaviera Casimira de Muzquiz y Clemente quedó como tutora de sus hijos menores Ygnacio y Luis de Goyeneche y Muzquiz, que murieron al poco tiempo. Se mencionan como bienes tres mayorazgos fundados por Juan Xavier de Goyeneche y uno fundado en Madrid por Juan Francisco de Goyeneche e Ysabel Maria de la Cruz Ahedo, marqueses de Vgena. A dicho primer mayorazgo se le denominó el mayorazgo Marqués de Vgena. Joaquin Vizente de Borda y Goyeneche, vecino de Madrid y regidor de Guadalajara, dueño del Palacio de Yarnoz y de las pechas de Adiós, y apoderado de Juan Xavier de Goyeneche e Yndaburu, informó sobre el mayorazgo fundado en Madrid y estableció para los posibles descendientes diferentes líneas de sucesión, dando preferencia al hijo mayor sobre el menor y al varón sobre la hembra. Como consecuencia de diversos fallecimientos en la línea de sucesión establecida, se despacha el denominado "auto de inmitendo" para que cualquier escribano real autorice, mediante nombramiento de un apoderado de Maria Xaviera Casimira de Muzquiz y Clemente, viuda de Juan Xavier de Goyeneche e Yndaburu, para la toma de posesión del Palacio de Goyenechea con todas sus pertenencias. Dicho apoderado fue Juan Josef de Aguirre, presbítero natural y residente en Errazu quien, compareciendo personalmente y cumpliendo el rito establecido para tales casos, fue tomando posesión tanto del palacio como de todos los bienes pertenecientes al mismo, en fecha de 3 y 4 de junio de 1799. El documento describe nominalmente todos y cada uno de los bienes: casas, huerta, campos... Y señala, a su vez, en medidas de peonadas y "perticas", los linderos de los mismos. El palacio tenía 3 suelos, de ellos 2 en buen estado y el 3º enteramente destruido por haberse quitado las tablas y "solibos" durante la emigración y permanencia de las tropas francesas en el valle: Su fábrica es de cal y canto, obra antigua pero muy bien tratada y conservada, con dos corredores o balcones de madera, "balustrado" por el frontis, era cerrada y enlosada y horno, de los que tomó posesión el dicho apoderado. Finalmente, tomó posesión de los asientos, preferencias y sepulturas pertenecientes al palacio, en la iglesia parroquial de Arizcun. Una de las sepulturas sita en el crucero, en la parte de la epístola, frente al colateral de Nuestra Señora del Rosario "con domba de piedra, losa encima y letrero que dice: Sepoltura del Palacio de Goyeneche", más las tres sepulturas que le corresponden en el cementerio, que también se hallan con "sus piedras, losas y letreros".
Es el reconocimiento de términos, seles y mojones en los parajes señalados al monasterio para plantación, realizado por los diputados de la villa de Vrdax y los del valle de Baztan. Dicen haber reconocido todos los seles propios y privativos de ambas comunidades, tal como se describían en el Instrumento de 1776, hallando todos sus mojones completos y corrientes.
Se trata del cuaderno del rector de Narbarte, Pedro Antonio de Elizondo, donde consta una relación de los nombres a los que el rector había hecho préstamos, pero que aún se hallaban sin borrar en dicho cuaderno. En algunos casos son nombres de casas, en otros de oficios y también algún sobrenombre, como Cherrivegui.
Se refiere a que desde la Casa de Roncesvalles han enviado un oficio al 'Vice Prefet' de Mauleon quejándose de que los baigorrianos han arrendado en el año 1800 a particulares, por determinada cantidad, las yerbas de Atalozti, disponiendo de ese territorio como si fuera de Baigorri, siendo así que lo es de Burguete. Además, los baigorrianos han ejecutado prendamientos de ganado en Meazilueta, que es término de Valcarlos.
Este memorial presentado por el alcalde de Lasa, sobre intereses de los habitantes de Baigorri, al "Vice Prefet del tercer distrito de la Jurisdicción del Departamento de los Vajos Pirineos", reunido en Roncevalles con el consul residente en Bayona, con ocasión de la pignoración o prendamiento de ochocientos carneros hecho en perjuicio del ciudadano Echeverri de Oses. Describe los nombres de los límites de los Alduides. Cita 41 nombres, comenzando por Elorrieta, Auza, Ystauz... y terminando en Ydiburruta, Mahitara, Mendicozetagaña.
En el año 1675 se había litigado un pleito entre el Palacio de Zubiria de Arrayoz y el valle de Baztan sobre la "pertinencia" de un término llamado Arlauza, sito en el contorno de Arrayoz. En 1798, al ver que faltaban varios mojones, procedieron a "afixar" los con arreglo a la mencionada sentencia, para evitar diferencias, gastos y pleitos. Pusieron 13 mojones: 1º, en la parte que llaman Arpea, donde ya no existe ni la presa ni la "zequia" que había en 1675, ponen el mojón en Landavarreneta; 2º, subiendo para arriba, a 103 varas del anterior, debajo de la peña; 3º, a 81 varas para arriba, en lo que la sentencia de 1675 llama el sitio de los Gentiles; 4º, a 21'5 varas siguiendo en dirección a Oronoz, en la parte de Larrazu; 5º, a 93 varas, al final del manzanal de Hualdea (Hualdeco sagardia); 6º, a 59'5 varas, en un "regacho" al par de un castañal del Palacio de Zubiria; 7º, a 80'5 varas del anterior, inclinando hacia la regata de Ylimizti; 8º, a 53 varas, mirando a la regata de Ylimizti; 10º, tirando más hacia el Palacio de Jaureguizar; 11º, a 88'5 varas, donde la mencionada regata limita con los confines del Palacio de Jaureguizar; 12º, volviendo al mojón nº 1, en la parte de Huarriz, a 67 estados, en la parte inferior del camino; 13º y último, a 30 estados sobre la unión del río caudaloso y la regata que llaman de Landavarreneta. Habiendo observado que en la línea de los mojones 1 al 12 y 13 se ha "rancado" piedra y que, si se sigue en ello, el río "tomará giro por la parte más flaca de donde pueden resultar muy graves perjuicios asi para el Palacio de Zubiria como a todo el barrio de Mardea y a las vegas de Nazetta", prohiben "rancar" piedra en el territorio delineado conforme sigue el margen del río hasta el puente que llaman de Arrayoz.
Francisco de Yrigoien, dueño de la casa de Hualdea de Narbarte, en el año 1777 tomó cierta cantidad correspondiente a la fundación de Maria Miguel de Ezpeleta, dueña que fue de la casa de Arguinena de Narbarte.
El maestro Zirujano Juan de Meriotegui, dueño de la casa de Sastrearena, impuso en el año 1781 un censo redimible de cierta cantidad, perteneciente a la fundación de aniversarios de la casa de Echeverria.
De los cuatro oicónimos que cita, Venturena y Apezteguia pertenecen a Narbarte, Gortaria a Oronoz y Amañenea a Sunbilla.
En primer lugar, se refiere a los prendamientos de ovejas hechos por los de Baztan a los de Baigorri, desde el collado de Ariette hasta Ernazabal, y después a los realizados por los de Baigorri en el paraje de Baztan. En ambos se citan varios topónimos.
Miguel Antonio de Migueltorena, de la casa de Ochoarena de Donamaria, compró en el año 1799 una pieza de 33 peonadas en Sumbilla, pieza pegante a la borda de la casa de Echeguia, a Juan Martin de Apezteguia del barrio de Zozaya, el cual, a su vez, la había comprado a Pedro Jose de Jorajuria, dueño de la casa de Echeguia de Sumbilla. Miguel Antonio de Migueltorena se la vende, en el año 1803 a Pasqual de Zugaramurdi, de Sumbilla.
Bernardo de Zugarramurdi, de Vrdax, dueño de la casa Arguinarena, vende una heredad y otras cosas a Thomasa de Garate y Zelayeta, vecina de la misma villa, por 600 reales y 28 maravedíes.
Contiene una breve referencia en la que señala que los curas párrocos de los lugares de Urdax, Eugui, Zugarramurdi, Elizondo, Arrayoz y Garzain son todos ellos ex-religiosos del distinguido monasterio de San Salvador de Vrdax.
Xaviera de Arizcun murió en Pamplona y su cuerpo fue llevado a Elizondo, su pueblo nativo. Era mujer de Miguel José de Borda y Goieneche, a quien nombró heredero universal.
Juan Bauptista Baleztena, natural de Saldias y vecino de Oronoz, quiere probar que sus ascendientes y descendientes "son cristianos biejos de pura y limpia sangre, sin mancha ni mezcla alguna de judíos, moros, agotes penitenciados por el Santo Oficio de la Inquisición, ni otra secta en derecho reprobada, ni han ejercido ni ejercieron oficio vil, ni vajo alguno de que les aya resultado infamia". Los testigos, reafirman lo expuesto por el interesado y, además, aducen que han ejercido empleos honoríficos.
Gracián de Buztanenea, de Banca, pide dos árboles de haya del paraje de Ystauz para reedificar su casa quemada en la última guerra. Se le concede la solicitud.
María de Basar, de Bidarray, pide dos hayas del término de Vrrizate para componer su casa. Se le concede.
Recuerda el acuerdo del año 1400 sobre los límites de Alduide o Quinto Real, aprobado en el 1404 por la reina Leonor; con delimitación desde Yzpegui Urracarieta hasta Ordia (o Urdia). Cita varios topónimos o mojoneras y la casa Semeederrenea de Alduide.
Los baigorrianos presentan un documento -en francés con la traducción al castellano, tanto del texto como de los nombres en él incluidos-, con su propuesta o pretensión, para que sus ganados puedan pastar en todo el territorio de los montes de Aldudes, en lo que según ellos son los "Bornes de la circonscription du Quint ou Montagnes d´Aldudes", comenzando por Elorrieta (Elorrietta en el texto castellano) Hauza (Auza), Istaux (Instauz), etc. ... y terminando en Orsançourieta (Orsansurieta), Ydibourieta (Yriburuetta), Mentartia (Venttarttea), desde donde, siguiendo el riachuelo de Balcarlos hasta la unión con las aguas que bajan de Mendico cetagain, 300 pasos antes del Camino Real que pasa de S. Jean-pied-de-Port a Orizon, Blanpignon, Mentarté, Ybagnette, de alli a 300 pasos por encima de las últimas casas de Valcarlos que caen hacia Arnegui. La reunión de la Junta tuvo lugar en la casa de Etchechuri de Valcarlos y en la misma estuvieron presentes los alcaldes de Valcarlos, del valle de Erro y de Baztan, el sub-prior de Roncesvalles, el ingeniero "des ponts eta chaussées commissaire français" (Jacques Antoine Viard) y el comisario español nombrado por el "Vice-Roi" de Pamplona (Ramón Lope).
Juan Carrica, vecino de Urdos, en La Bastida, solicita cortar dos hayas en el paraje llamado Ariete, terreno común del valle de Baztan. Se responde se le conceda pagando.
Juan Echeverz, vecino de Baigorri, solicita cuatro hayas en el término de Elorrieta. Se concede a condición de que pague.
Juan de Cirubit, vecino de Baigorri, solicita se le conceda tres hayas del término de Elorrieta, pagando. Se le concede.
Los representantes de Baztan y Aezcoa, a través de su apoderado Thomas Dardaricua, solicitan a S.M. que a la hora de conferir la Comisión para el amojonamiento del Quinto Real, tenga presente a D. Ramón Lope, Mariscal del Campo, debido a que, a sus conocimientos de ingeniero, reune los del conocimiento de las diferencias de los pueblos limítrofes por haber residido mucho tiempo en él, por haber participado en Comisiones anteriores, por poseer los idiomas bascongado y francés y por gozar de la confianza de todos los pueblos. Dicha solicitud la realizaron al saber que S.M. ha expedido una Real Orden de traslado de Ramón Lope a Galicia, y piden se suspenda dicha Orden.
Se trata de varios documentos. Entre ellos hay un grupo de cartas, remitidas de Zugarramurdi de Elizondo respectivamente, y una de Pamplona, entre los años 1822 y 1932.
En este contrato matrimonial para la sucesión de la casa Jaburena del barrio de Bozate de Arizcun, comparecieron por una parte Geronimo Vstariz, viudo de Maria Rosa de Goñi, por una parte y, por la otra parte, Juan Bautista Zaldua y Maria Francisca de Elizondo. Acordaron la sucesión de la herencia de dicha casa y de sus pertenencias y dotes a favor de sus respectivos hijos Juan Leon de Vstariz y Maria Clara de Zaldua, así como los condicionamientos a cumplir con el resto de los hijos de la mencionada casa de Jaburena.
Juan de Elizondo y Gracián de Yrivarne, naturales y residentes en Banca y de oficio yesqueros, piden licencia por un año para recoger yescas en los árboles del común de Baztan y ofrecen pagar cada uno un duro. Se les deniega la solicitud.
Varios vecinos de Bidarrai, del valle de Osses, exponen que tienen costumbre de llevar sus ganados al término de Quines que es "comunero" y a otros montes y sitios "con términos de Bidarray", y que nada había pasado fuera de alguna visita del "forastero" cada año, a quien pagaban "un tanto moderado". Pero desde hace algún tiempo les vienen los guardas de Baztan visitando muy a menudo y exigiendo cada vez "derechos inusitados". Solicitan se nombre algún comisionado para convenir el precio. Se responde que "no ha lugar".
El alcalde de Alduides, Martin Arrambide, en nombre propio y en el de veinte vecinos más, solicita si pueden traer su ganado vacuno al lugar de los términos que van desde Azaldegui hacia Arguinzu, en lo común del valle de Baztan. No consta la respuesta.
Francisco Joaquin de Yriarte, presbitero de Garzain, obtuvo un censo "en buena moneta de plata usual y corriente de este Reyno" al cuatro y medio por cien, de Miguel Josef de Borda y Goyeneche, vecino de Pamplona, del Consejo de S.M. y su oidor en el Tribunal de la Cámara de Comptos: Para ello, hipotecó la casa llamada Recaldea de la villa de Maya, con su era, vecindad y porción de molino en el farinero de ella, más dos piezas, dos fenerales, un bordal con su cerrado en el paraje llamado Yharalarrea o Masdi, un helechal, una borda en el paraje de Yrulegui, otra borda en el común del valle y paraje llamado Arrupe y una borda en Bordaberri.
Se da cuenta de lo ocurrido en Maya la noche del día 6/12/1829. Se dice que entre las diez y diez y media de la noche "hiendo por la calle varios jobenes de esta villa de buen humor cantando", al pasar en frente de la casa nombrada Choricanena, desde la misma fueron sorprendidos de un tiro, resultando heridos Pedro Josef Bofartiga y Juan Manuel de Asco, naturales de esta villa. De la primera información sumaria recibida, resulta que el causante de las heridas fue el presbítero Pascual Oharrichena, beneficiado de esta villa, que disparó desde la ventana de su casa "con arma de fuego, sin tener motibo para ello". Se dice, asimismo, que el cirujano de esta villa Isidro de Echeverz fue llamado a las once de la noche del día 6 a las casas de Pedro Bofartiga y Juan Manuel de Asco. Dice el escribano real Josef Antonio de Echeverz, de la casa de Unandeguia de Errazu, que enviará una copia de esta información sumaria a los señores gobernadores de este obispado, que es a quien compete su conocimiento en cuanto a dicho eclesiástico.
Los comisionados de ambas comunidades otorgaron convenios de facerías para seis años, señalando los términos de la misma: desde la muga primera de Lanz y Baztan denominada Yruariceta a la regata de Belate, y según señalan las "churichas" de este paraje por el hayal de Archuria en línea recta a la peña de Azquenaz, y de esta por el alto de Vrrizmendi a Sastra, conforme señalan las "churichas", hasta el remate del hayal en Ezquieder. De ahí a Garzarroco (sic) arria y el línea recta al hayal de Andiaberri, marcando la primera haya en la bajada a la regata. En el intermedio, entre dicho hayal y Garzaroco (sic) arria, se puso una estaca, y de ahí por el camino sendero, segun las "churichas", a Yrungolarrea, y a cien pasos de aquí, dejando en el intermedio tres cuestas, a la regata Ocolinguibel, para seguir a Ocolingolepoa, donde se concluye. E igualmente franquee el goce la villa de Lanz hasta Yturrioz.
De los datos tomados por P. Ondarra sobre los testigos, puede extraerse lo siguiente: 1) El herido Pedro Josef Bofartiga, de 22 años, declaró que el día 6, salió entre las 8 y 9 en compañía de ocho más, y dirigiéndose calle arriba, se encontraron con Josef Mathias de Cordova y otro, y que en las puertas de la casa de Jaureguia empezaron a cantar unos "bersos nuebos", que a varios jóvenes de este pueblo han sacado a resultas, según dice, de una comida o merienda que hicieron hace algún tiempo, en las bordas de Choricanena. Fueron cantando calle arriba y tras bajar callando hasta la posada llamada "de avajo", subieron de nuevo cantando. 2) Maria Ramona de Zaldain, mujer de Francisco Antonio de Oharrichena, de la casa de Choricanena, dice que además de cantar versos, profirieron expresiones ofensivas contra la casa de Choricanena, por lo que su hijo "encolerizado" cogió la escopeta. Maria Ramona salió a la ventana para decirles que se fueran a sus casas pero, al no hacerlo, su hijo "escargó el tiro". Ellos empezaron a tañer un jular (?), diciendo que no tenían miedo al cura. Los testigos 3, 4, 5 y 6, jóvenes de entre 20 y 28 años, se limitaron a decir que estuvieron cantando en la calle y que les tiraron un tiro. El médico cirujano de Maya, Ysidro Echeverz de 54 años, dice que a los heridos de arma de fuego, Pedro Jose Bufartiga, de 22 años, y Juan Manuel Asco, de 31, les encontró heridas de perdigones. El alcalde Francisco Mendiburu pregunta a Manuel Subiza Armendariz (al parecer, del obispado), a través del primo de éste, Nicolas de Zuasti de Arizcun, qué pasos deben darse en este caso, porque el causante goza del fuero eclesiástico, y añade que si lo hubiera hecho un seglar estaría en la cárcel. El 16 de diciembre se fue a Pamplona a presentarse, antes de que llegaran los papeles con la declaración del cirujano sobre el estado de los heridos. A su vez, le pide al cirujano que haga la declaración con "más formalidad" y con distinción del estado de uno y otro herido. Sin embargo, en el año 1832, el escribano Nicolás de Echeverz advertía a su sobrino José Antonio de Echeverz, escribano al presente, que la certificación fue "maniobra fraguada entre los interesados del reo, sin que supiese de ello el alcalde del año anterior Francisco Echenique", el cual negó haber dado tal certificación. Y añade que uno de ellos (no se dice quién) le dijo anoche que se eche tierra al asunto, que pagarán lo que haya que pagar. (En los datos tomados por P. Ondarra no se especifica más, ni tampoco cuál fue el final).
La donación es referente a la casa Juanatarena y su pretenecido otorgada por Felipe Larrondo, con consentimiento de su madre Maria Juana de Santesteban, en favor de Francisco Yrulegui y Maria Antonia Larrondo su mujer. También le donó el castañal junto a la borda de Larraldea.
El alcalde de Bidarray expone que su ganado va a lo de Baztan por hallarse cerca del valle varias casas, y al no haber facería suele haber prendamientos. Para arreglar dicha situación, propone hacer una reunión.
En la carta que Isidoro Ariztegui, de Santesteban, le escribe a su hermano Fermin Jose, que vive en Pamplona, le cuenta una anécdota referente a que los de Zubieta "viendo que no llobia" sacaron a San Isidro Labrador de un rincón donde solía estar en la iglesia y lo vistieron de esta manera: calzón corto, botín -con media negra y zapatos-, chaleco blanco, longarina, corbata negra y sombrero, y de esta manera lo pusieron en "las handas de handar la Virgen" y lo sacaron por todo el pueblo, acompañado del mismo, haciendo oración. Y el mismo día, "estando tan raso como estaba, lo nubló y se logró lo que se deseaba, de modo que hagora hay un empeño en Zubieta que lo han de poner en el altar maior y que han de tener por patrono". Y le añade que "cuando veas a Arteche o estes algun rato en su casa, leele, que supongo se reirá. Esto es un echo".
Miguel José de Borda y Goyeneche, natural y vecino de Pamplona, era oidor jubilado del extinguido Tribunal de la Cámara de Comptos de Nabarra. Era nieto de Pedro Fermín de Goyeneche y marido de Xaviera Arizcun que falleció en el año 1839. Hizo heredero del mayorazgo de Borda a su sobrino Vicente Yrigoyen y Hualde, hijo de su primo carnal Vicente Yrigoyen y Borda y de Agustina Hualde Echenique, residentes en Errazu.
Se trata de la referencia a la copia de la escritura de censo de nueve peonadas de tierra otorgada por Juan Miguel de Oroquieta, dueño de la casa Zelayetarranea de la villa de Vrdax. Puede observarse la mención de dicha casa en cuatro formas o grafías distintas en el mismo documento.
Realizaron el reconocimiento, siguiendo el recorrido de los mojones acordado en el año 1746. Comprobaron todos ellos, repusieron algunos que estaban caídos o deteriorados y comprobaron las inscripciones de cada uno de ellos, casi todas con Z (Zugarramurdi) y B (Baztan), y alguno como el de Chirripa con Z, B y V (Urdax).
Como consecuencia de las guerras, especialmente por la de la Independencia, el asentamiento de las tropas que estuvieron acampadas en parte de la muga, trajo consigo la rotura y desaparición de varios de los mojones. Por ello, Maya y Baztan procedieron en el año 1845 a realizar el reconocimiento de los mojones aprobados e implantados, según recoge el documento de 21/07/1784. Acordaron reponer los que faltaban, poniéndoles las letras M (Maya) y B (Baztan), así como fijando con seguridad otros que habían sido desplazados o removidos. Tras realizar la inspección correspondiente, acordaron poner nuevos mojones en los siguientes puntos. En Arraztoburua. Entre Beleberro y Borda de Malcorrenea. Entre los mojones 12 y 13 de 1784 respetaron los tres nuevos que hacía unos veinte años habían puesto los dueños de Malcorrenea de Maya y Aguerrea de Urrasun, por cuestión surgida por los helechos. Asimismo, respetaron el que los feligreses de Maya pusieron después de 1804 en las inmediaciones de una cruz de piedra a donde acudían en procesión para bendecir los campos. Pusieron otro nuevo entre Astoicoerreca y el alto de Betarte por ser larga la distancia. En Zurbidecolepoa convirtieron la peña natural en mojón. En Zurbidecogaña clavaron una estaca para poner el mojón. En la falda de Goizamendi mirando a Vidaley (sic), frente a la borda de Ycazatea de Arizcun. También en el alto de Goizamendi donde no estaba el mojón, pero sí vestigios de trincheras y parapetos donde las tropas estuvieron acampadas los años 1793 y 1794. En Azaldeguicoyarlecua donde había ocho mojones, además de otros cinco puestos en 1784, hallaron todos arrancados y acordaron colocar dos en dicha extensión y otros dos más en Aizaleguicogaña y Aizaleguicomeacecogaña respectivamente. Otro frente a la borda del Palacio de Jarola. Hacia Baguche (sic) no hallaron cuatro mojones de 1784 y acordaron poner nuevos en Cimizacolepoa (sic), en la bajada que está a la vista de las bordas de Escorz de Maya y Echeverria de Bozate, en Otsagaztelucogaña y en el mismo alto de Baguche o Bagoeguicogaña. Otros dos sobre las bordas de Echevercea de Maya y Landaberroa de Arizcun. No se encontró el del alto de Anzabal y de los seis que había entre aquel y la borda de Echevercea de abajo, solamente se hallaron tres, por lo que se pusieron tres en Anzabalgogaña, Maistonecobordaburua y Otacha o Echeverceco-bordaburua respectivamente. Encargaron la realización de los mojones nuevos al maestro cantero de Maya Juan Julian Mortalena y, tras colocarlos, en reunión celebrada en Arizcun el 05/07/1845 se firmó la diligencia.
Se refiere a un censo contra sí y en favor de Baztan de Jose de Echinique de la casa Bazterrechea de Vrdax por la concesión de 8 peonadas de tierra en término de plantación, y de Sebastian de Tellechea dueño de la casa Echalecua de Vrdax que compró un bordal a los dueños de la casa de Echechutea de Zugarramurdi en el paraje de Mocor, que está en lo de Baztan.
En el año 1847, a solicitud del marqués de Vesolla, los representates de los valles de Baztan y Bertizarana juntamente con el administrador de los bienes del marqués de Vesolla, procedieron a reconocer los mojones, a la vez que a medir en pies la distancia existente entre cada uno de ellos, así como la de la mojonera en total. Comenzaron el recorrido en la dirección inversa a la seguida en los reconocimientos de los años 1726 y 1779, es decir, por el mojón número 39 denominado Carramiztegui, que en realidad se halla debajo del mojón número 1, llamado de Allidi (antes Alliri) que se encuentra cerca del río, en las inmediaciones del pueblo. Desde Carramiztegui (nº 39) se dirijieron hacia Domecaco-erroicet-munua, donde termina la línea divisoria de Bertiz y Baztan, siguiendo los términos de éste y los de la villa de Echalar. Desde Domecaco-erroicet-munua hasta el mojón nº 39 (Carramiztegui) que, caminando regata arriba, tiene a su derecha Bertiz y a su izquierda Baztan, van los mojones 39 al 29, el 28 y el 27 están en la falda del monte Patarro, el 25 en la cabecera de la borda de Yturraldea de Arrayoz, el 23 junto al cerrado de la borda de Ameztia de Arrayoz. Este cerrado se halló metido en lo de Bertiz y se mandó retirar dicho seto a lo de Baztan. Siguiendo hacia Arregui se halló el 21, en dirección a la borda de Ezponda de Oronoz los que van del 20 al 17, en el camino hacia Oronoz del 16 al 14, en el camino junto al cerrado de Cachalinenea del 14 al 8. Pusieron un nuevo mojón sin número junto a la heredad nueva de Gonchea de Oronoz para evitar dudas. De allí a la borda de Garaicoa del 7 al 5. En el camino crucero para Zubialdea el 4, enfrente a la borda de Yturraldea de Aizpun el 3, en Allidi junto al camino el 2 y el 1. Se puso, asimismo, un mojón sin número en la mitad del río o punto divisorio, y de ahí se siguió río abajo hasta llegar a lo de Oyeregui. La distancia total del recorrido ascendió a 38.187 pies. El escribano Fermin Ariztegui, residente en Arizcun, procedió a hacer el auto correspondiente en Oronoz a fecha de 07/01/1847, y dos días más tarde, el 09/01/1847, lo inscribió en el Ayuntamiento de Baztan.
Se procede a la tasación de bienes que fueron del Monasterio de Vrdax, pertenecientes a Joaquin Fagoaga. Suma la cantidad de 16 bienes. Señala P. Ondarra que en el documento se matiza que las tierras y prados se midieron, tal como se acostumbraba en este pueblo, por yugadas, y que una yugada equivalía a 60 manzanadas y que cada manzanada tenía 576 pies.
Se expresan los términos que, siendo anteriormente del Monasterio, pertenecen ahora a Joaquin Fagoaga y cuáles son privativos de Baztan. Advierte, asimismo, que una peonada tiene 32 pérticas, y una pértica 169 pies cuadrados, medida navarra que se usa en Baztan en piezas y prados.
Se rematan los bienes que, siendo anteriormente del Monasterio, pertenecen ahora a Joaquin Fagoaga. Se especifican las fincas distinguiendo las que pertenecen a Vrdax y su jurisdicción y las de Elizondo y su jurisdicción. Cada uno de ellos va señalado por el valor tasado en reales y maravedíes.
La iglesia de Maya posee en la jurisdicción de Baztan cinco seles o bustalizas para acubillar su ganado. La propiedad de dichos seles es de la iglesia por sentencia de Corte y Consejo de Navarra de 1723. Pero el caso es que el goce de los mismos ha pasado a la villa de Maya, que estos últimos años ha establecido un rebaño o "estajo" de moruecos o mardanos en dichos seles. Los de Maya, en su consulta, alegan diciendo que se trata de un poder conferido en un documento de facería del año 1561, pero el letrado les contesta negativamente. Finalmente, para evitar pleitos judiciales, los alcaldes de Baztan y Maya, reunidos en la casa Lamierrita de Arizcun, firmaron un convenio temporal para arreglar las diferencias, llegando al siguiente arreglo: 1) los de Arizcun y Errazu que tienen sus moruecos en el monte Gorramendi, deben recibir también a los de Maya, 2) si los de Arizcun y Errazu se separan de la sociedad que tienen, recibirá cada uno en su "estajo" 30 moruecos de Maya, 3) si cambian de monte, deben llevar al mismo también a los de Maya, 4) el Ayuntamiento de Maya renuncia a establecer "estajo" de moruecos en los seles del cabildo.
A solicitud del alcalde de Baztan, los de este valle y los de Lanz tratan de aclarar lo relativo a los terrenos, tanto privativos como los de facería que entre sí tienen, según acuerdo de escritura pública de 1677. En consecuencia, para reconocer la separación de los mojones de los términos privados y faceros, procedieron a realizar la señalización correspondiente. En el término facero, comenzaron por Costamarro, donde hay un mojón con las letras B (Baztan) y A (Anue). Desde ahí hasta el término de Arriurdina (que se había cedido a Baztan en permuta con Belate Elordi) se colocaron diecisiete mojones, muchos de ellos nuevos, contando la distancia en varas de cada uno de ellos con respecto al anterior. En el terreno de propiedad, en Yrumugarrieta vieron un mojón con las iniciales B y A, en Arriurdina colocaron otro con las letras B y L. A partir de ahí, se pusieron como una media docena de nuevos con las letras B y L, y alguno sin letras, a cuatro mojones viejos les añadieron las letras B y L, y el último es un mojón viejo con las letras B, L y V (Vlzama). La niebla impidió seguir con la labor, que se continuó el día siguiente. Pero la falta de mojones en el hayal que cita la escritura de 1677 motiva dudas a los de Lanz y el tema se queda sin resolver. Nota: la distancia entre 17 mojones va señalada por pasos, siendo la más distante de 180 pasos y la menos distante de 90; y la correspondiente a otros 13 mojones va señalada en varas, siendo la mayor de 169 varas y la menos de 44.
Juan Yzaga, en su nombre y en el de veinte vecinos más de Alduides, piden helechos en el paraje de Azaldegui. La Junta decide "que no ha lugar".
Al no haber alcanzado un acuerdo para renovar la facería, tanto los de Baztan como los de Lanz tienen que guardar los ganados en sus términos respectivos hasta tomar un nuevo acuerdo al respecto. Pero para los casos de traspasar los términos del otro, estipularon los siguientes castigos: a) una peseta por cada vacuno o yegua, b) una peseta por cada diez ovejas, c) un real por cada cerdo y cada cabra, excepto "las lechales" de todas las especies, d) solamente podrán realizar los prendamientos ("las prendarias") las personas autorizadas, y los animales prendados se tendrán en depósito, los de Baztan en Lanz y los de Lanz en Almandoz, e) tras realizar "la prendaria", hay que avisar al alcalde de Lanz y al pedáneo de Almandoz. A los diez años, en 1861, se juntaron de nuevo pero, al no ponerse de acuerdo para una nueva resolución, acordaron seguir con las normas estipuladas en 1851.
Contiene varios extractos breves de documentos de los años 1839, 1842, 1846, 1848, 1849, 1850 y 1852 referentes a casas de Vrdax.
Convenio realizado entre Fermin Ariztegui, administrador del Palacio de Ursua, y Pedro Jose Gamietea, molinero. Se le entrega el molino con sus enseres que son: barra de "fierro" grande, barra de "fierro" pequeña, cuatro martillos para picar las piedras de moler, dos martillos para picar las piedras de moler en el herrero, un martillo llamado de peso, una "cicela" de formón, una cadena de levantar las piedras, dos tablas para poner los sacos, tres tablas para cubre choza, dos medios robos, dos medios almudes, un almud, un cuartal, un arca grande y un arca pequeña para tener grano, juntamente con las ceberas de Ursua, su caseta, Nas, Ursu-eguia, Meaca y Dutalcoa, por renta de 75 pesos. Gamietea puso de fiador a Nicolas Azoz.
En este convenio de facería, firmado por ocho años, se acuerda que el ganado lanar de Lanz puede gozar de las yerbas y aguas en lo de Baztan, desde Yrumugarrieta en dirección hasta donde "hacen sombra los mardanos" y desde la distancia media de este punto y el collado de Azquenaz a salir al punto intermedio de la peña de Garraga y el collado de este nombre donde "se juega a pelota", siguiendo a Costamorro. Este es el terreno que se concede en facería por parte de Baztan. En reciprocidad, las ovejas de Baztan podrán pastar en lo de Lanz hasta el paraje de Yturrioz. Procedieron a poner estacas y señales claras. (Estas demarcaciones se matizaron en el documento de Demarcación, de fecha 13/05/1852).
Este documento es complementario del de la facería firmado el 08/05/1852. Señala las demarcaciones realizadas, la distancia en pasos entre las mismas y el tipo de señal efectuado. Así, por ejemplo, dice que en Arachuria se le hizo una raya a pico a una piedra natural que hacía de mojón, que en el collado de Garzaga se le hizo una muesca también a una piedra natural y lo mismo en varios casos más. Que a cien pasos de Garzaga se puso una piedra artificial o losa de canto. En otros muchos mojones también se hicieron dichas rayas y se colocaron, asimismo, más losas de canto. Señala que en Costamorro a la piedra natural se le quitó el "morro" y se le hizo una raya. Advierte, finalmente, que las distancias de piedra a piedra, marcadas en pasos no son exactas sino hechas "a ojo".
Manuela Francisca Yndart nombra heredero universal a su marido Vicente Yrigoyen, ambos dueños del Palacio de Borda de Maya.
Distingue tres apartados. 1) Referente al territorio del "País Quinto" que pertenece exclusivamente al valle de Baztan, que comienza por el mojón 130 en Beorzubustan y sigue por Legarchulo, que está al pie de Ysterbegui, a la unión de la regata que baja de Vrtiaga, al collado de Vrtiaga, por el camino carretil hasta el río que baja de la Fábrica de Eugui, hasta el mojón sobre la presa de esa fábrica, puesto por Erro y Baztan de común acuerdo. 2) El referente al territorio de goce común de los valles de Erro y Baztan, que comienza en Legarchulo siguiendo a Ysterbeguicomunoa donde está el mojón 145, y siguiendo por la borda de Yturribelcea hasta tocar los seles del monte Adi, de donde se dirige a su cumbre, bajando de allí en línea recta a Leineguicosoroa, y continuando por las vertientes al collado de Lizarchipia, y de aquí a Zotalarre, término divisorio del Quinto, que confina con propios de Cilbeti y Eugui. El referente al territorio del "País Quinto" exclusivo del valle de Erro, que principia en Ysterveguico-munoa, donde está el mojón 145 y de ahí sigue en línea recta a Lindus-munoa y de éste a Gavarvide.
Referente a que los costieros del Valle de Baztan han observado que en la parte de Ystanqueta del Quinto Real, que los del valle de Erro y los del valle de Baztan tienen deslindados entre sí, se han efectuado cortes de leña. Por otros documentos de esta misma carpeta, P. Ondarra deduce que la infracción fue efectuada por los de Eugui o por infractores a cuenta de Eugui.
Se trata de un oficio cursado desde Bayona el 20/11/1856 para asegurar a los ganados de Baigorri, a través del llamado "Tratado de Compascuidad por 15 años" (dividido en tres periodos de 5 años, al principio de los cuales se renovarían las condiciones del contrato) del disfrute de yerbas en territorio perteneciente a los valles de Baztan y Erro. En el mencionado oficio se indican los nombres de los términos que corresponden a Baigorri y a los valles de Baztan y Erro, y éstos en sus respuestas matizan las pertenencias de algunos de los términos mencionados, indicando, además, qué partes tienen en común ambos valles. El valle de Erro en el documento decimoséptimo, de 22/11/1856, y el de Baztan en el decimoctavo, de 28/11/1856.
Se trata de datos extraídos por P. Ondarra de la compulsa sacada del Ministerio de Estado, mediante Real Orden, y en concreto de la parte expositiva de varias cuestiones sobre los límites entre España y Francia, documento que fue presentado por parte de los valles de Baztan y Erro en el pleito seguido contra el Estado sobre propiedad de los montes del Quinto Real. Hace referencia a los límites entre España y Francia a partir de Ansó, Roncal, Salazar, Aezcoa... hasta la frontera del Vidasoa con Guipúzcoa. En su parte final, sobre el Tratado de Límites de 22/12/1855, hace la siguiente descripción: la línea divisoria de la frontera desde Aragón iba por Añalarra hasta la Piedra de San Martín, pasando por los collados de Marlon y Arlor [Arlas, tal vez?]. Desde la Piedra de San Martín, quedando para España la pequeña dehesa de Guimbaleta, sigue por las cumbres de las montañas hasta la llamada de Ori, perdiendo el valle de Roncal sus derechos a la dehesa de Ardane, y el Estado lo que fue de Leyre. Partiendo de Ori, la línea va a buscar la Regata Seca o Erreca Ydorra, hasta llegar al Urbelcha, y aquí el valle de Salazar pierde los pastos de Las Algas. Luego sube la corriente del Urbelcha hasta encontrar la prolongación de la cadena de Aunsbide, por la que sigue hasta el arroyo Contraharro, siguiendo luego el curso de este arroyo y del Ugaraquia hasta que desagua en el Ydaibea o Egurgoa. Así, queda para España toda la parte más fértil del monte de Yrati. Desde Ydaibea o Egurgoa sigue la línea contra la corriente de las aguas, tomando luego las del arroyo de Ygoa hasta llegar a la fuente del mismo nombre. Sigue luego la línea marcada por la Concordia de 1556, que adjudicó a España las vertientes septentrionales de Aezcoa. En los confines del valle de Aezcoa comienza la línea de límites de Tratado de 1785, que se ha renovado con la única excepción del término de Ondarrola. Así, en vez de seguir la demarcación por los arroyuelos de Goritcho y Arneguy, empieza ahora por el nacimiento de otro llamado Oreilla, para ir a entrar en el río de Valcarlos. Desde Yzpeguy hasta el río Vidasoa se renueva también la demarcación de 1785, hecha por los generales Caro y Ornano. La frontera con Guipúzcoa la forma el río Vidasoa.
Son dos documentos complementarios, que llevan la misma fecha y título, y que aportan una larga lista de personas del valle de Baigorri, que reclaman sus propiedades en esta parte española de los Alduides. La relación de los poseedores viene descrita con nombre y apellido, a los que acompaña un atributo, que muchas veces parece ser el nombre de la casa y otras veces un apodo. En ningún caso hace referencia del pueblo concreto al que pertenecen, por lo que hemos atribuido al genérico "Baigorriko eskualdea" (valle de Baigorri). El documento termina matizando que la comisión que los ha elaborado, es decir, los señores Monteverde y Marin, no los considera como derechos de propiedad definitivos hasta que la autoridad territorial oiga todas las reclamaciones y haga justicia a los que la piden con razón.
El Palacio de Ursua está situado al norte de Arizcun y falda baja del monte llamado Gorramendi, con camino de "arriería antiguo" en su centro en dirección a Maya y otros caminos para Errazu y monte de Izulegui. Colinda por el Este con la regata de Astabide, hasta llegar a la parte baja del Puente de Cordova, en el camino vecinal para Errazu. Colinda por el Sur con heredades cerradas del Palacio de Goyenechea y casas de Latadia, Barrenechea y Echeverzea. Por el Oeste con heredades de Icazatea de Ordoqui, con terreno de la comunidad del Valle y posesiones de las casas de Quisua y Landaberroa de Ordoqui. Por el Norte, con cerros del valle en el monte de Gorramendi. Este terreno amojonado contiene 2.832 peonadas, 150 hectáreas, 69 áreas, más 60 centiáreas, de las cuales el Palacio de Ursua, con inclusión del foso que le rodea, tiene 21,50 metros de frente y 36 de fondo, que hacen 774 metros cuadrados. Tiene además, Caseta situada al costado izquierdo del palacio, de 8 metros de frente, 16 de fondo, que hacen 132 metros cuadrados; Casa de Lagares o Administración, que se halla al frente del palacio, con 13 metros de cara, 18 de fondo, que hacen 234 metros cuadrados; Ermita del palacio dedicada a Santa Ana, también en su frente, con 7 metros de cara, 17 de fondo, que hacen 119 metros cuadrados; Molino de dos muelas, con 7 metros de frente, 15 de fondo, que hacen 115 metros cuadrados; Borda de acubillar ganado lanar en la llanura llamada de San Miguel, con 5 metros de frente, 8 de fondo, que hacen 40 metros cuadrados; casa titulada Nas, con 11 metros de frente, 11 de fondo, que hacen 121 metros cuadrados. Dentro del citado terreno amojonado hay 383 peonadas bajo cerco y se cultivan de pan sembrar, prados y arboleda de castaño y roble dadas en arriendo. Hay también en el mismo terreno 1.015 peonadas más 24 pérticas bajo cerradura, que son tierra de labor y prado cultivadas por los de Bozate "en calidad de enfiteusis" por renta o cánon anual de 2 almudes de trigo y 2 almudes de maíz por peonada. Las 1.390 peonadas que restan de las 2.832 del mencionado terreno amojonado (documento incompleto).
El documento fue elaborado en el año 1865 y entregado al valle de Baztan en el año 1880. Recoge varios datos de la documentación referente a los Montes de Alduides o Quinto Real, correspondientes a la sentencia del año 1400, a los límites de goce por parte de Valcarlos del año 1554, al pleito entre Valcarlos y Roncesvalles de 1569, a las Capitulaciones Reales de 1614, a los límites del Reino del año 1752, y algunos datos más de otras fechas.
En la Casa Municipal de Maya se toma el acuerdo de nombrar a los comisionados de la villa de Maya y de Baztan para tomar una determinación sobre el prendamiento de ganado de Baztan en el montazgo titulado de Bagoy (incendiado).
Juan Yruspere, dueño de la casa de Elisaga de Alduides, desearía aprovechar el helecho que se pierde en lo común del valle, entre los términos de Belaun e Yñarce. La Junta le concedió lo solicitado por un año.
Los de "Balderro tienen unos términos yermos y montes clamados Alduyde" que se tienen y afrontan con lo de Vaztan y con el camino de Balcarlos hasta la casa de mont consellet y con los manzanales del Vizcont de Vayguer y con los términos de ciertas villas y tierra de Balderro. Llevan a esas partes sus ganados granados y menudos, pero se quejan de que los de Vayguer llevan también allí a sus ganados. Los de Vayguer alegan, asimismo, que ellos tienen también sus términos propios y que los de Balderro introducen, a su vez, sus ganados y, además, aprovechan la madera de dichos términos. Para resolver dicha situación conflictiva, el notario de la Corte, Miguel Ximenez de Echalecu, acudió personalmente a las tierras de Balderro y Vayguer para analizar los documentos, hablar con los procuradores de ambas partes y oir a los testigos con el fin de preparar la sentencia de amojonamiento. Dicha sentencia fue aprobada por ambas partes y ratificada.
Como consecuencia de la falta de piedras mojoneras, colocadas según acuerdo de 1845, por haber sido "rancadas" en la última guerra civil por las tropas que estuvieron acampadas en parte de la línea divisoria de Maya y Baztan, acordaron colocar las que faltaban. Dieron comienzo por Arraztoa y, en el correspondiente al mojón 3 colocaron el que faltaba. Entre el 9 y el 10 se halla un cerrado de la casa Chapalonea de Azpilcueta con su cerco de pared pegante al mojón caído, que lo colocaron en la debida forma. Faltaban los mojones 35 y 36 y pusieron nuevos. Entre el 60 y 61, junto a la borda de Latarria de Arizcun, vieron árboles plantados en lo de Maya. Entre el 62 y 63, Echevercea ha plantado árboles en lo de Baztan. Entre el 73 y 74, la casa Ezponda de Arizcun ha plantado un árbol en lo de Maya. Entre el 77 y 78, la casa Arriada de Maya ha construido una pared. Entre el 78 y 79 y hasta la carretera antigua que pasa por frente de la casa de Quisua, hay una callejuela abierta en su mayor tramo, por la parte del terreno de Quisua, por haber quitado el cerco de ese lado.
En 1880, reunidos en la Venta de Ulzama los representantes de Baztan, Lanz y Ulzama, acuerdan que por cuatro años más subsistan en vigor los convenios faceros de 1852. En 1884 se refrenda dicho acuerdo por otros cuatro años. En 1887 acordaron poner un mojón que faltaba y que era indispensable para la demarcación de los municipios con las iniciales U, L y B, el cual estaba a 22 metros del mojón superior divisorio de Ulzama y Lanz, a 100 metros del divisorio de Ulzama y Baztan que estaba en la parte inferior, y a 92 metros del divisorio de Lanz y Baztan. En 1888, caducado el último convenio facero de 1884 y a la vista de que no se llegaba a acordar uno nuevo, deciden un cambio en las bases de prendamientos, estipulando que el ganado prendado de Lanz será llevado a la Venta de San Blas y el de Baztan a Lanz. En 1890 modifican dicha estipulación, según la cual los de Baztan depositarán el ganado prendado en la Venta Quemada y los de Lanz en la primera borda de la villa.
Se refiere a la queja del valle de Baztan. Las Ordenanzas de Baztan prohiben terminantemente que los carneros pasten junto a los rebaños de ovejas, desde el 15 de agosto hasta el primer domingo de octubre. Para su cumplimiento, existe el "Ato" general de Velate, pero los de Arizcun y Errazu, debido a la mucha distancia, forman otros "Atos", entre ellos el de Ystebey, situado entre el Quinto Real y Urepel. Con fecha de 07/10/1883, cinco jóvenes, de entre 14 y 20 años, acudieron a dicho "Ato" para llevarse a los carneros con el fin de que "funcionaran", dentro de la época establecida. Pero los carabineros los aprehendieron, tanto a los cinco jóvenes como a los 17 carneros, y los llevaron a Pamplona. A pesar de que los mencionados carneros estaban inscritos en el Catastro de la Ganadería del valle de Baztan y atravesaron los Alduides en uso de la franquicia del Tratado Internacional, fueron vendidos en Pamplona como si se tratara de objeto de contrabando. En consecuencia, se establece que los ganaderos deban adquirir los correspondientes "pases" ajustándose al Tratado Internacional, que no puede ser modificado sin mutuo consentimiento de las partes contratantes.
Tras la comunicación por parte del secretario de Baztan a los alcaldes de Oiz y Urroz, diciéndoles que habían prendado 18 cabezas de ganado vacuno en la "parte de Velate", los vecinos de Oiz, Ramón Ariztegui de la casa Ydiartea y José Elizalde de la de Ysasenea, fueron a recoger las vacas a la Venta Quemada. Se encontraron con que dos de ellas, cuyo dueño era José Echegaray de Oiz, habían muerto. El guardamonte declara que las prendió cumpliendo con su obligación de vigilar y que las llevó a la Venta Quemada. Pero algunas de ellas, debido a la niebla, se habían escapado. Una vaca denominada "negra" y también "roja", que tenía las señas de "fardalla" en la oreja izquierda y "chaquecha" en la derecha, murió en el derrumbadero llamado Chinchur, debajo de unas peñas. Su dueño, Jose Echegaray, alegó al Ayuntamiento de Baztan que dichas vacas valían 640 pesetas, pero que se conformaría con que se le pagaran 500 pesetas, y que de lo contrario iría a los Tribunales. El Ayuntamiento de Baztan tramitó el expediente y en Pamplona el licenciado Juan Vilella resolvió no se le pagara por no apoyarse en fundamentos legales.
En una hoja escrita a máquina, por lo tanto, en el siglo XX, aparece una relación de palacianos que ha tenido el Palacio de Zubiria de Arrayoz, sin constancia de fecha alguna. Son ocho parejas o matrimonios, más un hijo soltero del último matrimonio. A saber: 1º. Juan de Ursua Ezpeleta - Juana Martinez de Lacarra, 2º. Tristan de Ursua - Leonor Diez de Aux, 3º. Tristan de Ursua - Juana de Mearin, 4º. Tristan de Ursua - Doña Sabatina, 5º. Tristan de Ursua - Maria de Jaureguizar, 6º. Juan Salvador de Ursua - Maria Martinez de Aguirre, 7º. Juan Miguel de Ursua - Ana Catalina de Jauregui, 8º. Jeronimo de Irigoyen - Maria Ignacia de Ursua. Finalmente, Juan Francisco de Irigoyen y Ursua, general, señor de Zubiría de Arrayoz, soltero.
En 1904, los representantes de Baztan y de Lanz se reunen en la Venta Quemada para reconocer la línea de la mojonera entre ambas comunidades, en el paraje de Errebelu. Partiendo de la muga de Lanz y Ulzama en el paraje Agorretaco ateca en dirección NE se colocaron 3 mojones, en la "eminencia norte de Errebelu" se colocó el 4º, y 4 mojones más hasta llegar a los confines de la villa de Lanz y del Valle de Anue. Desde aquí van en direccion Norte, a 147 metros, hasta las tres mugas de Baztan, Lanz y Anue. Aclara que las distancias se han tomado valiéndose de una cinta, adaptándose a las ondulaciones del terreno. No se determinan las restantes distancias porque nunca ha habido dudas sobre la misma por ese lado. Las distancias de entre los mojones señalados van desde 75 metros la más corta hasta los 251 la más larga.
Lanz solicita a Baztan la autorización para traer unas veinte cabezas de moruecos al término de Aldegui. Baztan admite que pasten los mardanos al precio de una peseta y veinticinco céntimos por cabeza.
El alcalde de Legasa escribe al de Baztan comunicándole que en el término entre las regatas de Illerri y Goldaburu han sido talados árboles de haya y otros para leña. Le plantea la duda de si dicho término pertenece a Baztan o a Legasa. Antes de proceder a denuncia alguna contra los infractores y antes de que desaparezca la leña que está apilada, le plantea la conveniencia de juntarse las comisiones nombradas al efecto por ambas partes en la venta de Mugaire, con la documentación que estimen oportuna para esclarecer el asunto. Desde ahí podrán dirigirse al lugar en cuestión. 36.
Partiendo del alto de Uruzburu hacia el N.O, está el collado de Arsalepo, donde se colocó el piquete nº 6. Entre Ocolo, siguiendo la dirección N.E. hasta la distancia de 635 metros, se colocaron los piquetes 7, 8, 9, 10 y 11. A partir de aquí, en dirección O., por la divisoria de entre dos regatas, se colocaron los números 12, 13, 14, 15, 16, 17 y el 18 en el vértice de unas peñas. Y el nº 20 en la reunión de las dos regatas, y a partir de aquí se siguió por la regata formada por las dos anteriores hasta llegar a la regata denominada Erdizaga, y continuando hasta su unión con la de Artesiaga, a partir de la cual y, siguiendo aguas arriba, se llega a la de Sagardegui y al collado del mismo nombre, que está situado en el límite del monte Erreguerena y el del valle de Anue. Desde este punto hasta llegar al alto de Iperralde y siguiendo la línea divisoria del Quinto Real, hasta llegar al alto de Uruzburu.
En dicho papel se expone que del matrimonio de Martin de Echenique, del Palacio de Echeniquea de Errazu, con Maria mayor de Vrsua y Apeztegui del Palacio de Apezteguia de Errazu, se llega cinco generaciones más tarde a la unión de los descendientes de la misma familia. En el matrimonio llevado a cabo en la parroquia de Maya, en el año 1670, entre Simon de Echenique -que proviene de la línea seguida a partir del hijo de aquellos, Miguel de Echenique y Vrsua- y Maria mayor de Borda -que proviene de la línea seguida a partir de Maria de Echenique y Vrsua, hija de aquellos-. Efectivamente, por una parte, Miguel sucedió a sus padres como dueño del Palacio de Echeniquea y su apellido se mantiene cuatro generaciones más tarde; por otra parte, Maria casó con el hijo del Palacio de Arrachea de Maya, y del matrimonio de una nieta suya con Martin de Borda nace la mencionada Maria mayor de Borda.