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Zorokiain - Lekuak - EODA

Zorokiain (Lekua)

Entitatea:
Populamendua/Herri ofiziala
Arautzea:
batzordearen argitalpena 
Non: Untzitibar
  • zorachian, zorochian - (1094) MD.DMLEIRE , N.144, IND P.572

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • çoraquiain, çoraquiayn - (1201-1300) GLAR.GPNASJ , N.104

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • çoroquiayn - (1257) JIM.IRZ.LR , N.74

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • çoraquiain, çoraquiayn - (1268) FEL.CEINA , N.133

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • coaquiayn - (1366) CAR.PNAXIV , 460 B (D.b dok. [AGN, sign. gb.], 24v)
    (...)
    COAQUIAYN [...] Summa: IV fuegos
    (...)

    Zer: Herria (Zorokiain)
    Non: Untzitibar
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • pero coraquiayn, jurado - (1366) CAR.PNAXIV , 488 B (D.b dok. [AGN, sign. gb.], 49v B)

    Zer: Zergaduna, zinpekoa
    Non: Atarrabia
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • coaquiayn - (1366) CAR.PNAXIV , 460

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • çoraquiain, çoraquiayn - (1366) CAR.PNAXIV , 505

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • çoraquiayn - (1366) CAR.PNAXIV , 505 A (D.b dok. [AGN, sign. gb.], 61v B)
    (...)
    ÇORAQUIAYN [...] Summa: II fuegos [fidalgos]
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • coraquiayn - (1532) , F.42V

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • zoroquiáin - (1534 [1967]) NAN.C , N.530, F.168 [ID.PDNA, 313-314. or.]
    (...)
    Uncit (Unciti), Ateiz, Nasurieta (Najurieta), Alzórriz, Zoroquiáin, Zabalza, Zuriáin, Guenduláin, Idoy-Sarasíbar, Ilúrdoz, Irurre, Aquerreta, Setuáin, Belzunegui, Ezquioz-Ilárraz, Errea, Zaya (Zay), Oztériz (Ostériz), Zubiri, Agorreta, Saigós, Urdániz, Ymbulusqueta, Leránoz, Eugui, Urtasun, Tirapegui, Usechi, Iragui y Arleta (con su palacio) [...] Ansoáin. De los lugares de Zabalceta y Zoroquiáin
    (...)

    Zer: Biztanledun lekua
    Non: Untzitibar
    Jatorria: ID.PDNA

  • juanot de zoroquiáin - (1570) NAN.PR.ELO , Inventario [CEEN, 80 (2005), 135. or.]
    (...)
    Juanot de Zoroquiáin era vecino hacia 1570 y Miguel de Çoraquiayn lo era en 1597 [175. oharra: PR MON Invent...]
    (...)

    Zer: Bizilaguna
    Non: Naxurieta
    Jatorria: IT.UNCIT

  • coricoayn - (1587) LEK.ENAV , 133 A
    (...)
    Obispado de Pamplona [pueblos] bascongados.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: LEK.ENAV

  • coraquiayn - (1591) ROJ.CSOBP , F.158V

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • miguel de çoroquiayn - (1592) NA.AN.AUZ , 148983 [CEEN, 80 (2005), 135. or.]
    (...)
    En 1592Miguel de Çoroquiayn era el propietario de Arrietarena [179. oharra: AGN PRO 148983]
    (...)

    Zer: Etxe jabea
    Non: Naxurieta
    Jatorria: IT.UNCIT

  • miguel de çoraquiayn - (1597) NA.AN.AUZ , 148983 [CEEN, 80 (2005), 135. or.]
    (...)
    Juanot de Zoroquiáin era vecino hacia 1570 y Miguel de Çoraquiayn lo era en 1597 [175. oharra: ... AGN PRO 148983 (1597). En esa fecha Miguel tenía unos 60 años de edad]
    (...)

    Zer: Bizilaguna
    Non: Naxurieta
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiain - (1767-1778) IRIG.DGLN , 86
    (...)
    Rolde o lista de los pueblos a que se ha hecho referencia, que los escribanos o receptores romanzados solicitan se declaren romanzados para los efectos judiciales [...] Valle de Unciti.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: IRIG.DGLN

  • zoraquiáin - (1800 [1967]) NAN.PAPS , LEG.160, CARP.8, F.126 [ID.PDNA, 337. or.]
    (...)
    Ansoáin. Lo gozaban los lugares de Zabalceta y Zoraquiáin, que pagaban renta al Duque de Granada
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: ID.PDNA

  • zoraquiain - (1802) DRAH , II, 531
    (...)
    l. del valle de Unciti, del 4.º part. de la mer. de Sangüesa, arcip. de Ibargoiti, ob. de Pamplona, r. de Navarra. Está en una pequeña altura, y confina por n. con Naxurieta, que dista quarto y medio de legua, por e. con Alzorri distante media legua, por s. y á igual distancia con la villa de Monreal y por o. con Zabalzeta que está á un quarto de legua. Tiene monte robledal al s., y á su falda una fuente y 2 regatas. Los principales frutos que produce su término son trigo, avena, maiz, haba, vino y legumbres. La iglesia parroquial, dedicada á S. Andres, está servida por un cura: hay ademas 2 ermitas. La poblacion es de 5 casas útiles y una arruinada , con 31 personas gobernadas por un diputado nombrado por el valle y los regidores del pueblo elegidos entre sus vecinos. A.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: DRAH

  • zoraquiain [sic] - (1829 [1587]) CENS.CAST.XVI , Ap. 309a
    (...)
    Zoraquiain [sic; Zoroquiain] / [VECINOS:] 4 / [PILAS:] 1
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Ibargoiti [gaur Untzitibar]
    Jatorria: CENS.CAST.XVI

  • zoraquiain - (1830) NAN.PR.URR , C.213 [CEEN, 80 (2005), 163. or.]
    (...)
    Marrorena. “Afronta con la de Urracarena que su poseedor en el dia es Martin Jose Yrigoyen, vecino de Zoraquiain, y calle publica”
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Altzorritz
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoraquiain - (1858) NAN.HIP.AGO , -- [CEEN, 80 (2005), 174. or.]
    (...)
    Mundusemerena (Viscarret) [...] Mundusimerena. “En la que actualmente existen dos habitaciones independientes con su derecho de vecindad situadas en el dho lugar de Zoraquiain lintes á huerta propia y casas de Apizarrena y Asaricorena y calle pública”, “un pajar cubierto frente á dha casa pegante á la hera de trillar”
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquoain - (1911-1925) ALT.GPVN , II, 942
    (...)
    Nombre antiguo
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • zoroquiain, zoroquain, zoraquiain 'de zorraquin, zorraquino' - (1945) CB.MAT , III-2, P.76
    (...)
    Lugar del valle de Unciti
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: CB.MAT

  • zoroquiáin: zorokiain - (1990) EUS.NHI , 2370008 P.240

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • zoroquiain - (1990/11/06) NAO , 136. zkia., 3962-3964. or.
    (...)
    DECRETO FORAL 287/1990, de 25 de octubre, por el que se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera, 1ª, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, sobre extinción de Concejos. // El artículo 37.2 de la Lay Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Adminsitración Local de Navarra, establece que para que los núcleos de población tengan la condición de entidad local concejil será necesario que la colectividad esté constituida por un número de habitantes de derecho superior a 15 que compongan, al menos, tres unidades familiares. La extinción se referirá a los Concejos cuya población de derrecho sea inferior a dieciséis habitantes de acuerdo con los últimos datos de población y que no hubiesen alcanzado dicha población en los dos años anteriores, conforme a los datos oficiales publicados a la entrada en vigor de la expresada Ley Foral, así com aquéllos cuya población de derecho, durante tres años consecutivos, fuese inferior a dieciséis habitantes de acuerdo con los datos publicados con posterioridad a aquella entrada en vigor. // La extinción se referirá asimismo a los Concejos cuya población, aun alcanzando o excediendo la cifra de 16 habitantes de derecho, no integren, al menos, tres unidades familiares en el sentido que las define la Ley Foral. // Publicados los datos de población de los Concejos de Navarra, referida a 1 de enero de 1989 mediante Orden Foral 683/1990, de 20 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, procede decretar la extinción de los Concejos que incurren en el primero de los supuestos, es decir, de los que no alcanzan la cifra de 16 habitantes de derecho de conformidad con los datos de población ya publicados a la entrada en vigor de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio. // En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Local y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de octubre de mil novecientos noventa, // DECRETO: // Artículo 1º // De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera, 1ª, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, con efectos de 31 de diciembre de 1990 quedarán extinguidos los Concejos que figuran en el anexo a esta disposición, por no alcanzar su población de derecho la cifra de dieciséis habitantes de acuerdo con los últimos datos publicados oficialmente mediante Orden Foral 683/1990, de 20 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, pasando a ser lugares habitados del respectivo municipio. // Artículo 2º // Durante el período comprendido entre la entrada en vigor de este Decreto Foral y la fecha mendionada para su efectiva extinción, los Concejos que figuran en el anexo que no tienen la condición de tutelados y los Ayuntamientos en cuyo Municipio se encuentran enclavados, procederán a realizar las siguientes actuaciones: // a) Formarán inventario de todos los bienes del Concejo a los efectos de su incorporación al del respectivo Ayuntamiento. No obstante tal incorporación, el aprovechamiento de aquellos bienes que tengan el carácter de comunales quedará limitado a la población residente en el ámbito territorial que hubiesen tenido los Concejos extinguidos. // b) Loa Ayuntamientos en cuyo territorio se proceda a la extinción de Concejos procederán a subrogarse a los derechos y obligaciones de éstos en los entes mancomunados o asociativos a los que pertenecieran. Dicha subrogación, así como la fecha de efectividad de la misma, se comunicará por el Ayuntamiento a dichos entes. // Artículo 3º Los Ayuntamientos procederá, de forma progresiva, a asumir la prestación de servicios en la población residente en los lugares habitados de forma que a la fecha de efectiva extinción de los concejos los reciban en condiciones de igualdad que el resto de habitantes del Municipio. // Artículo 4º Las cuentas del ejercicio de 1990 de los Concejos que se extinguen deberán quedar cerradas a 31 de diciembre de 1990, incorporándose a los presupuestos municipales de 1991 las obligaciones pendientes de pago y los derechos pendientes de cobro y a la caja municipal las existencias de las cajas concejiles. // Artículo 5º Con efectos de 1 de enero de 1991 los Ayuntamientos de los Municipios en los que se extinguen Concejos en la forma prevista en esta disposición quedarán subrogados en los derechos y obligaciones de éstos relativos a obras y servicios en fase de ejecución y les sucederán en los bienes afectos a las funciones o a los servicios correspondientes a los mismos. // Artículo 6º Con fecha 31 de diciembre de 1990 cesarán los órganos de gestión y administración de los Concejos extinguidos, procediéndose a levantar acta de dicha circunstancia así como de la entrega de bienes y archivos y sellos al Ayuntamiento de Municipio en que se halle enclavado el lugar. // Artículo 7º Idénticas reglas regirán para la extinción de los Concejos tutelados correspondiendo al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes la realización de las actuaciones previstas en este Decreto Foral para los Concejos. // DISPOSICIONES FINALES // Primera.- Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. // Segunda.- El Departamento de Administración Local dará cuenta de este Decreto Foral al Ministerio para las Adiministraciones Públicas a los efectos previstos en las disposiciones que regulan el Registro de Entidades Locales. // Pamplona, veinticinco de octubre de mil novecientos noventa.- El Presidente del Gobierno de Navarra, Gabriel Urralburu Taínta.- El Consejero de Administración Local, Federico Tajadura Iso. [Anexo]
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NAO

  • zoroquiáin - (1996) BEL.DEN , 436
    (...)
    Probablemente 'lugar propiedad de una persona llamada *Zorok-'. De *Zorok- + -ain, siendo el primer elemento un nombre de persona no identificado y el segundo un sufijo que indica propiedad. Ver en apéndice -ain [Sufijo que aparece en los nombres de población navarros. Aunque sobre su origen no existe unanimidad se acepta que sufija antropónimos (nombres de persona), tanto indígenas como de origen latino. Julio Caro Baroja (943) defendió la relación de -áin con los abundantes nombres de población franceses acabados en -ain o -an, y propuso que todos ellos descendían del sufijo latino -anus. Este sufijo fue utilizado por los romanos para dar nombre a sus fundi o villas, precedido por el nombre del dueño primitivo de la propiedad. El sufijo habría estado vigente desde las postrimerías de la Antigüedad hasta la primera Edad Media. Luis Michelena (944) sostiene la teoría de Julio Caro Baroja precisando que -áin debe derivarse de -ani (genitivo de -anus). Este autor, sin embargo, plantea un serio inconveniente de carácter fonético: el sufijo vasco -ani da -ai en navarra (artzai < ardi + *zani 'pastor') mientras que en nindún nombre de población el sufijo latino -ani pierde la -n-. Finalmente Michelena no descarta la teoría que defiende un origen no latino para el sufijo que nos ocupa (945). Por otro lado Alfonso Irigoyen (946) no cree necesario recurrir al genitivo latino para explicar nuestro sufijo recordando que en la antroponimia griega y latina eran comunes los nombres que poseían una variante -ano y otra -ani. Según este lingüista el sufijo todavía estaba en vigor en la Edad Media. No son acertadas las teorías que defienden la relación sistemática de -áin con la posposición vasca gain 'alto', salvo en contados casos probados, y con el genitivo vasco -aren (443. orr.)]. Comentario lingüístico: Julio Caro Baroja (930) relaciona el topónimo con los nombres de persona medievales Zorraquin y Zorraquino. Traducciones curiosas y explicaciones populares: Traducción de este genero es: 'altura en declive'.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: BEL.DEN

  • zoroquiáin - (1996) NA.TM , XXXVIII, 225

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.TM

  • zoroquiáin - (1996/05/01) NA.IZ , 237-0008

    Zer: Lugar
    Non: Nafarroa
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (1999) NA.IZ , 237-0008

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 163. or.
    (...)
    Urracarena (Murillo) [...] Pertenece a casa Apezarrena de Zoroquiáin.
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 174. or.

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 150-151. or.
    (...)
    En 1647 eran propietarios porcionistas los vecinos de Zabalceta, Zoroquiáin, Cemboráin, Unciti, Artaiz y Najurieta [262. oharra: PR MON C. 2]. En torno a 1680-1681 se produjo la renuncia de los de Najurieta a continuar como porcionistas del referido molino. Se añade que continuaban siéndolo los de Cemboráin, Zoroquiáin, Zabalceta y Unciti [...] Para 1713 los propietarios de “el molino arinero de la Pocha” eran exclusivamente vecinos de Zabalceta, Zoroquiáin y Cemboráin [264. oharra: PR MON C. 13]
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiain - (2005) IT.UNCIT , 152. or.

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 85-86. or.
    (...)
    Unciti es un valle situado en el extremo occidental de la Cuenca de Lumbier-Aoiz, adscrito a la merindad de Sangüesa. // Está constituido por las aldeas de Alzórriz, Artaiz, Cemboráin, Najurieta, Unciti, Zabalceta y Zoroquiáin. A éstas habría que añadir el lugar desolado de Muguetajarra, caprichosamente enclavado en el extremo SE de la peña de Izaga y sin continuidad geográfica con el resto del valle [...] Los siete lugares habitados, aunque Zoroquiáin casi se pueda considerar un desolado, son entidades de pequeño tamaño. A pesar de ello las diferencias son bastante acentuadas, situándose Zoroquiáin (con apenas 6 o 7 edificios) y Unciti (con más de una treintena) en los extremos
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 86. or.
    (...)
    Un fenómeno habitual ha sido la presencia de torres y casas torreadas, legados de los extintos linajes medievales. Históricamente se pueden enumerar al menos las siguientes: 4 en Alzórriz (las de Pellorena, la Casa Grande, la de Casa del Herrero y la de Urracarena), 3 en Artaiz (la de Aldunate, Garcivilla y la llamada Torre del Sastre, y quizás también Ustarrozena), 4 en Cemboráin (en casas Landíbar, Arlentena, Meoz y la que había junto a casa del Tejedor a fines del s. XVI), 2 en Najurieta (Oroch y Reta), 4 en Unciti (la del Heredero, Eusa, la antigua Larrayarena y sorprendentemente –¿fue casa particular anteriormente?– la casa vicarial a principios del siglo XVIII) y una en Zoroquiáin, correspondiente a lo que fue el Palacio (también llamado Dorrecoa)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zorokiain - (2005) SAL.OSTN , 97
    (...)
    Nombres con sufijo -ain. Adoain, Aizoain, Akotain, Amalain, Amatriain, Antsoain (más dos Santsoain), Artariain, Asiain, Azterain / Astráin (y Muru-Azterain), Badoztain / Badostain, Ballariain, Barañain, Barasoain, Barbarin, Barbatain, Bariain, Basongaitz, Beasoain, Beraskoain / Belascoáin, Beratsain / Berasáin, Beriain, Burutain, Erdozain, Eristain, Etsain, Etulain, Gartziriain, Garinoain, Garisoain, Gartzain, Gastiain, Gendulain (3), Gerendiain (3), Gergitiain o Gergetiain, Grozin, Ilundain, Imarkoain, Indurain, Ituren, Lakain, Lakidain, Lintzoain, Lizoain, Lukin, Makirriain (2), Markalain, Morentin, Muniain (3), Noain, Orikain, Otsakain, Paternain, Santsoain (2 localidades, y el ya mencionado Antsoain), Santsomain, Senosiain, Setoain, Urbikain, Urdiain, Urritzola-Galain, Zalain, Zenborain, Zorokiain, Zuriain, Zurukuain. Podría pertenecer al grupo Nuin, todavía vivo como Niuin y que se documenta como Nioain (s. XIII), Noayn (1268), relacionado tal vez con Noain.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: SAL.OSTN

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 133. or.
    (...)
    LINTO O VISCARRET [Naxurietako etxea] [...] Linto es el apellido de los que fueron sus moradores, caseros en una casa que pertenecía a la llamada Viscarret de Zoroquiáin
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 89. or.
    (...)
    Zoroquiáin: Relación nombres presentes a mediados del siglo XIX que perduran / denominaciones de la misma época desaparecidas 1 / 3. Porcentaje con respecto al total 25%
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 108. or. (62. oharra)
    (...)
    En ese año 4 vecinos del valle (2 de Najurieta, 1 de Alzórriz y 1 de Zoroquiáin) declaran ante el notario que en todos los lugares del dicho valle “ay ciento y catorçe casas vecinales y abitables y dellas para contribuciones pechas reales no contribuyen dos casas que son el Palacio del Lugar de Cabalca que es de la Casa Real de rroncesballes y la de los herederos de Sebastian Perez Urtado en el dho lugar de Alcorriz” (PR MON 12132/2)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2005) IT.UNCIT , 154. or.
    (...)
    [Palacio de Zoroquiáin] Debe tratarse de la única, entre las 5 casas relacionadas en 1607 en la valoración de bienes de Zoroquiáin [270. oharra: AGN Comptos leg. 24] , que no es considerada como pechera a Roncesvalles –se dice que la casa y bienes eran libres–
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: IT.UNCIT

  • zoroquiáin - (2006) NA.IZ , 237-0008

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (2007) NA.IZ , 237-0008

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (2008) NA.IZ , 237-0008

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (2009) NA.IZ , 237-0008

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (2009) MTNA100 , 620/4720

    Zer: Herria
    Non: Untzitibar
    Jatorria: MTNA100

  • zoroquiáin - (2011) NA.IZ , 237-0008
    (...)
    Lugar
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • zoroquiáin - (2012) NA.IZ , 237-0008
    (...)
    Lugar
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • Zoroquiáin - (2019) NA.TOF , 318114

    Zer: Espacio urbano
    Non: Unciti
    Jatorria: NA.TOF

 

  • Zoroquiáin (ofiziala)
  • Zoroquiáin (gaztelania)
UTM:
ETRS89 30T X.622873 Y.4731507
Koordenatuak:
Lon.1º29'52"W - Lat.42º43'37"N

Kartografia:

Egoitza

  • B
  • BIZKAIA
  • Plaza Barria, 15.
    48005 BILBO
  • +34 944 15 81 55
  • info@euskaltzaindia.eus

Ikerketa Zentroa

  • V
  • LUIS VILLASANTE
  • Tolare baserria. Almortza bidea, 6.
    20018 DONOSTIA
  • +34 943 42 80 50
  • donostiaordez@euskaltzaindia.eus

Ordezkaritzak

  • A
  • ARABA
  • Gaztelako atea, 54
    01007 GASTEIZ
  • +34 945 23 36 48
  • gasteizordez@euskaltzaindia.eus
  • G
  • GIPUZKOA
  • Tolare baserria. Almortza bidea, 6
    20018 DONOSTIA
  • +34 943 42 80 50
  • donostiaordez@euskaltzaindia.eus
  • N
  • NAFARROA
  • Oliveto Kondea, 2, 2. solairua
    31002 IRUÑEA
  • +34 948 22 34 71
  • nafarroaordez@euskaltzaindia.eus

Elkartea

  • I
  • IPAR EUSKAL HERRIA
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