Leku-izenak

- Laguntza

*: Hizki bat edo gehiago ordezkatzeko
(mendi*, aba*za, *mendi)

?: Hizki bakarra ordezkatzeko
(oihan?, e?titxu, ?adriano)

Arzotz - Lekuak - EODA

Arzotz (Lekua)

Entitatea:
Populamendua/Herri ofiziala
Arautzea:
batzordearen argitalpena 
Non: Gesalatz
  • arcoiz, arçoiz - (1234) FDMPV.011 , N.7

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arcotz, arçotz - (1250) GLAR.GPNASJ , N.334

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arcotz, arçotz - (1268) FEL.CEINA , N.621

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arçoz - (1274-1278) RIS.RDH , F.9V, F.21V, F.34V, F.42, F.71V

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arçotç - (1276 [1957, 1960]) IRIG.OMN , 134. or. [G. Larr., Priorado, 437. dok.]
    (...)
    Arçotç (act. Arzoz)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: IRIG.OMN

  • arcoiz, arçoiz - (1280) ZAB.COMPNA , N.766, N.2202

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arcotz, arçotz - (1280) ZAB.COMPNA , N.731

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arçoz - (1350) CAR.PNAXIV , 372

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arçoz - (1350) CAR.PNAXIV , 372 A (B dok. [AGN Reg. Comptos, Caj. 31, nº 59], 39v A)

    Zer: Herria
    Non: Val de Deyerri
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • arçoz - (1366) CAR.PNAXIV , 589

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • pero miguel d'arcoz [sic] - (1366) CAR.PNAXIV , 588 B (D.d dok. [AGN, sign. gb.], 139v[r]C)
    (...)
    Pero Miguel d'Arcoz [sic; -ç-]
    (...)

    Zer: Zergaduna
    Non: Bidaurre
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • miguel d'arcoz [sic] - (1366) CAR.PNAXIV , 609 A (D.d dok. [AGN, sign. gb.], 150C)
    (...)
    Miguel d'Arcoz [sic] // Domingo, su fijo
    (...)

    Zer: Zergaduna, beste baten aita
    Non: Carpenteria (Lizarra)
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • arçoz - (1366) CAR.PNAXIV , 589 B (D.d dok. [AGN, sign. gb.], 139vC)
    (...)
    Summa: VI fuegos, valen XV florines
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Gesalatz
    Jatorria: CAR.PNAXIV

  • arzoz (2) - (1534 [1967]) NAN.C , N.530, F.529 [ID.PDNA, 323. or.]
    (...)
    Viguria, Muniáin, Vidaurre, Arguiñano, Arzoz, Múzquiz, Vidaurre, Salinas de Oro, Guembe, Lerate, Arguiñano, Iruxo (Irujo), Iturgoyen, Muez, Arzoz, Esénoz, Izurzu Garísoain e Irurre [...] Opaco. Entre Arzoz y Viguria, perteneciente a Arzoz.- // Oro. Entre Salinas de Oro y Arzoz, a Miguel de Goñi
    (...)

    Zer: Biztanledun lekua
    Non: Gesalatz
    Jatorria: ID.PDNA

  • arcoz - (1587) LEK.ENAV , 135 B
    (...)
    Obispado de Pamplona [pueblos] bascongados.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: LEK.ENAV

  • arçoz - (1591) ROJ.CSOBP , F.156

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arzoz - (1767-1778) IRIG.DGLN , 94
    (...)
    Procurador Vidaurre (proceso, fol. 24). En los pueblos Bascongados siguientes: [...].
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: IRIG.DGLN

  • arzoz - (1802) DRAH , I, 115
    (...)
    l. del valle de Guesalaz, 1.º part. de la mer. de Estepa, arcip. de Yerri, dióc. de Pamplona, r. de Navarra. Hállase colocado en alto, y confinante por e. con el valle de Maneru y término redondo de oro. Su gobierno y frutos son los que se dicen en GUESALAZ. Su vecindario es de 243 personas: hay 2 ermitas, y una parroquia de S. Roman, servida por un cura y un beneficiado. T.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: DRAH

  • arzoz - (1829 [1553, 1587]) CENS.CAST.XVI , Ap. 168, 306b
    (...)
    En el lugar de Arzoz cuarenta vecinos [...] Arzoz / [VECINOS:] 50 / [PILAS:] 1
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Deierri [Gesalatz]
    Jatorria: CENS.CAST.XVI

  • arzoz - (1945) CB.MAT , V-3, P.111

    Zer:
    Non:
    Jatorria: CB.MAT

  • arzoz: artzoz [sic] - (1990) EUS.NHI , 1200002 P.236

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • arzoz: arzotz - (1990) EUS.NHI , P.250

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EUS.NHI

  • artzotz - (1990 [2011]) EUS.NHI , 162 [SAL.OZ, 48. or.]
    (...)
    la variante Artzotz está recogida (EUSKALTZAINDIA 1990, p. 162)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: SAL.OZ

  • arzoz - (1990/11/06) NAO , 136. zkia., 3962-3964. or.
    (...)
    DECRETO FORAL 287/1990, de 25 de octubre, por el que se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera, 1ª, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, sobre extinción de Concejos. // El artículo 37.2 de la Lay Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Adminsitración Local de Navarra, establece que para que los núcleos de población tengan la condición de entidad local concejil será necesario que la colectividad esté constituida por un número de habitantes de derecho superior a 15 que compongan, al menos, tres unidades familiares. La extinción se referirá a los Concejos cuya población de derrecho sea inferior a dieciséis habitantes de acuerdo con los últimos datos de población y que no hubiesen alcanzado dicha población en los dos años anteriores, conforme a los datos oficiales publicados a la entrada en vigor de la expresada Ley Foral, así com aquéllos cuya población de derecho, durante tres años consecutivos, fuese inferior a dieciséis habitantes de acuerdo con los datos publicados con posterioridad a aquella entrada en vigor. // La extinción se referirá asimismo a los Concejos cuya población, aun alcanzando o excediendo la cifra de 16 habitantes de derecho, no integren, al menos, tres unidades familiares en el sentido que las define la Ley Foral. // Publicados los datos de población de los Concejos de Navarra, referida a 1 de enero de 1989 mediante Orden Foral 683/1990, de 20 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, procede decretar la extinción de los Concejos que incurren en el primero de los supuestos, es decir, de los que no alcanzan la cifra de 16 habitantes de derecho de conformidad con los datos de población ya publicados a la entrada en vigor de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio. // En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Local y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de octubre de mil novecientos noventa, // DECRETO: // Artículo 1º // De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera, 1ª, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, con efectos de 31 de diciembre de 1990 quedarán extinguidos los Concejos que figuran en el anexo a esta disposición, por no alcanzar su población de derecho la cifra de dieciséis habitantes de acuerdo con los últimos datos publicados oficialmente mediante Orden Foral 683/1990, de 20 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, pasando a ser lugares habitados del respectivo municipio. // Artículo 2º // Durante el período comprendido entre la entrada en vigor de este Decreto Foral y la fecha mendionada para su efectiva extinción, los Concejos que figuran en el anexo que no tienen la condición de tutelados y los Ayuntamientos en cuyo Municipio se encuentran enclavados, procederán a realizar las siguientes actuaciones: // a) Formarán inventario de todos los bienes del Concejo a los efectos de su incorporación al del respectivo Ayuntamiento. No obstante tal incorporación, el aprovechamiento de aquellos bienes que tengan el carácter de comunales quedará limitado a la población residente en el ámbito territorial que hubiesen tenido los Concejos extinguidos. // b) Loa Ayuntamientos en cuyo territorio se proceda a la extinción de Concejos procederán a subrogarse a los derechos y obligaciones de éstos en los entes mancomunados o asociativos a los que pertenecieran. Dicha subrogación, así como la fecha de efectividad de la misma, se comunicará por el Ayuntamiento a dichos entes. // Artículo 3º Los Ayuntamientos procederá, de forma progresiva, a asumir la prestación de servicios en la población residente en los lugares habitados de forma que a la fecha de efectiva extinción de los concejos los reciban en condiciones de igualdad que el resto de habitantes del Municipio. // Artículo 4º Las cuentas del ejercicio de 1990 de los Concejos que se extinguen deberán quedar cerradas a 31 de diciembre de 1990, incorporándose a los presupuestos municipales de 1991 las obligaciones pendientes de pago y los derechos pendientes de cobro y a la caja municipal las existencias de las cajas concejiles. // Artículo 5º Con efectos de 1 de enero de 1991 los Ayuntamientos de los Municipios en los que se extinguen Concejos en la forma prevista en esta disposición quedarán subrogados en los derechos y obligaciones de éstos relativos a obras y servicios en fase de ejecución y les sucederán en los bienes afectos a las funciones o a los servicios correspondientes a los mismos. // Artículo 6º Con fecha 31 de diciembre de 1990 cesarán los órganos de gestión y administración de los Concejos extinguidos, procediéndose a levantar acta de dicha circunstancia así como de la entrega de bienes y archivos y sellos al Ayuntamiento de Municipio en que se halle enclavado el lugar. // Artículo 7º Idénticas reglas regirán para la extinción de los Concejos tutelados correspondiendo al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes la realización de las actuaciones previstas en este Decreto Foral para los Concejos. // DISPOSICIONES FINALES // Primera.- Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. // Segunda.- El Departamento de Administración Local dará cuenta de este Decreto Foral al Ministerio para las Adiministraciones Públicas a los efectos previstos en las disposiciones que regulan el Registro de Entidades Locales. // Pamplona, veinticinco de octubre de mil novecientos noventa.- El Presidente del Gobierno de Navarra, Gabriel Urralburu Taínta.- El Consejero de Administración Local, Federico Tajadura Iso. [Anexo]
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NAO

  • arzoz - (1995) NA.TM , XXVII, 38

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.TM

  • arzoz - (1996) BEL.DEN , 102-103
    (...)
    Probablemente 'lugar propiedad de una persona llamada *Arzo-'. De *Arzo- + -oz, siendo el primer elemento un nombre de persona no identificado y el segundo un sufijo que indica propiedad. Ver en apéndice -oz [Sufijo frecuente en Navarra que, en la mayoría de los casos, no tiene nada que ver con el vasco hotz 'frío'. Julio Caro Baroja (959) cree que el sufijo acompaña a un nombre propio de persona. Gerhard Rohlfs (960) se ha ocupado de este sufijo llegando a interesantes conclusiones. Por una parte demuestra la estrecha concordancia entre -ós en Aquitania y valles de Arán y Alto Pallars, -ués en el Alto Aragón y este de navarra. Por otra parte propone un origen -ossu para -ós y -osse, -ossi para -ués, considerando este sufijo propio de la Galia antigua. Estos sufijos acompañarían a nombres de persona de origen galo. Considera que este sufijo también aparece en la lengua vasca bajo las formas -oz, -oze, -otz hecho que apoya la hipótesis de que el vascuence y la lengua de Aquitania tuvieran un mismo origen. Alfonso Irigoyen no ve en este sufijo la presencia del caso instrumental vasco -z, y juzga indemostrable la teoría de Menéndez Pidal y Antonio Tovar en la que se postulaba un origen ibérico, o mediterráneo antiguo, para éste y otros sufijos. Alfonso Irigoyen (961) demuestra que al menos algún -oz provendría de -onis > -oi(t)z > -o(t)z. Opuesto aluso de -oz como sufijo antroponímico está Orpustan (962), lingüista que habitualmente defiende el carácter descriptivo de la mayor parte de la toponimia vasca. En este caso defiende que -oz tiene un carácter locativo o frecuentetivo y que acompaña a una base léxica de carácter geográfico. En vascuence la pronunciación del sufijo varía dependiendo de las diferentes zonas. En las comarcas más orientales (Salazar, Roncal) se realizaba como -oze, mientras que en el resto de Navarra alternan pronunciaciones -oz y -otz. Además pudo existir una realización -ots, todavía consevada por algún hablante aezkoano y presente en más de un nombre de población (Saigots, Adiós, Obanos...). Parece lógico pensar que las formas oficiales de las poblaciones salacencas y roncalesas (Vidángoz, Ezcároz...) se explican por su utilización por el resto de los navarros (446. orr.)]. Comentario lingüístico: Son interesantes las variantes históricas del tipo Arcoiz que, como explica Alfonso Irigoyen hablando de Aoiz, provienen de la forma genitiva latina -nis: *Arzonis > *Arzoni(í)z > Arcoiz > Arzoz. Traducciones curiosas y explicaciones populares: En libros de apellidos encontramos traducciones como 'lugar de osos', 'peñascal frío'.
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: BEL.DEN

  • arzoz - (1996/05/01) NA.IZ , 120-0002

    Zer: Lugar
    Non: Nafarroa
    Jatorria: NA.IZ

  • arzoz - (1999) NA.IZ , 120-0002

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arzoz (arzotz) - (2000) EL.BEL.NA.TOP , 58

    Zer:
    Non:
    Jatorria: EL.BEL.NA.TOP

  • arzotz - (2005) SAL.OSTN , 103
    (...)
    Nombres con sufijo acabado en sibilante, a) -i(t)z (...) Además de los mencionados, hay algunos nombres que se han lexicalizado en -o(t)z / -oze pero que en la documentación presentan también -oi(t)z: Artazkotz (también doc. Artazcoiz), Arzotz (también Arcoiz, Arçoiz en la doc., NHI, 162), Azotz (Açoiz en una ocasión ), Vidángoz / Bidankoze (Bidangoiz c. 1120 y en 1178, NHI, 124; también se documenta Bidangotz en 1268). Cf., también el par Aoiz / Agoitz // Aos (Aoz en 1111).
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: SAL.OSTN

  • arzotz - (2005) SAL.OSTN , 104-106
    (...)
    Nombres con sufijo acabado en sibilante (...) b) Nombres que presentan el sufijo -(o)tz, -(o)ze. En otro lugar (Salaberri, 2003: 90) nos preguntábamos si la terminación temprana -osse (Nabaskoze) y el sufijo-o(t)z (Imotz, Iraizotz, Uztárroz / Uztarroze) tienen el mismo origen o no. Independientemente de esto, los topónimos que tienen este final se pueden clasificar en varios grupos, dependiendo de la consonante que precede al sufijo. En realidad se puede pensar que en algún caso el sufijo no es -otz sino -rotz (Azpirotz, Galdurotz...), por ejemplo, y en otros que la vocal -o forma parte del tema (Ilurdotz). Son los siguientes: b.1.- Allotz (de origen antroponímico probablemente; cf. Allo / Alu y el despoblado Aloz de Longida, además de Alli y Allin), Almandoz, Anotz (cf. Anozibar), Arraioz (cf. Arraia en Álava, Arraitza en Navarra, Bidarrai en la Baja Navarra...), Arzotz (también, como se ha dicho, Arcoiz, Arçoiz en la doc., NHI, 162), Azotz, Errotz (cf. Erro y el nombre comun erroitza 'precipicio'), Esnotz (doc. Esnots), Espotz, Estenotz, Ilotz, Ilurdotz, Imotz (< Imaotz), Iraizotz, Irotz (cf. Los derivados de ira, aunque el origen antroponímico es probable; cf. Irués, en Huesca), Larraiotz (cf. Larraia), Leranotz, Madotz (< Mandotz), Meotz (< Meaotz, NHI, 179; cf. Meano), Oronoz (cf. Orontz), Urrotz (cf. Urra, Urritza...), Usotz (cf. Uxue), Ustarrotz, Yárnoz / Iharnotz, Zenotz (< *Zeno procedente del antropónimo Keno documentado en Obarra, Martín Duque, 1965: 41), Zildotz. (...) Decía Mitxelena (1991: 32) que este sufijo era más antiguo que -ain, dado que los radicales a los que acompaña son más oscuros. También opinaba el lingüista guipuzcoano que los topónimos con los finales que estamos examinando aparecen sólo en Navarra y en el Este de Vasconia, y en otro trabajo (1968: 481), y siguiendo la teoría de Rohlfs (1952), afirmaba que los nombres de población en -oze, -otz son del mismo origen sin duda que los aragoneses en -ués y los gascones en -os (-osse), es decir, hay que pensar que también en opinión del lingüista de Errenteria eran de origen antroponímico. Bastantes años antes también Gavel (in Gavel & Lacombe, 1934: 493) era de la opinión de que nombres como --cita su forma francesa «qui d'ordinaire n'est en réalité que la forme gasconne»-- Alos (Aloze), Bardos (Bardotze), Garris (Garruze), Ossas (Ozaze), Tardets (Atharratze)... Etc. Son nombres cuya significación es completamente oscura y que «par suite, on peut supposer très anciens» (ibid.).
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: SAL.OSTN

  • arzoz - (2006) NA.IZ , 120-0002

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arzoz - (2007) NA.IZ , 120-0002

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arzoz - (2008) NA.IZ , 120-0002

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arzoz - (2009) NA.IZ , 120-0002

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arzoz - (2009) MTNA100 , 580/4720

    Zer: Herria
    Non: Gesalatz
    Jatorria: MTNA100

  • arzotz, arzoz - (2011) SAL.OZ , 48. or.
    (...)
    Arzotz (Arzoz, N) // Este es uno de los topónimos que tienen -o(t)z en la actualidad pero que aparecen en los primeros testimonios documentales con final en -oiz. Creo que se puede partir de un descendiente asibilado de Artius (SOLIN & SALOMIES 1994, p. 22), es decir de *Artzo declinado según el modelo *Artzo, Artzonis; la evolución habrá sido la siguiente: *Artzonis > *Artzoitz > Artzotz. En castellano es Arzoz, pronunciado con interdental fricativa sorda () y en euskera se ha normativizado como Arzotz, que se pronuncia con sibilante fricativa dorsoalveolar la primera () y africada dorsoalveolar la segunda (), pero la variante Artzotz está recogida (EUSKALTZAINDIA 1990, p. 162), con <-tz- > debida seguramente al origen etimológico del topónimo, aunque también la neutralización de sibilantes dorsoalveolares tras vibrante que se suele resolver a favor de la africada habrá tenido que ver en ello
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: SAL.OZ

  • arzoz - (2011) NA.IZ , 120-0002
    (...)
    Lugar
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • arzotz - (2011) SAL.OZ , 40. or.
    (...)
    En algunos de los topónimos la terminación es –oi(t)z (Agoitz, N, Beraskoitz > Beskoitze, L, Briscous en la lengua oficial) y en la mayoría –otz, -oz(e). En mi opinión, la vocal suele ser parte del tema y la terminación no es, en la mayoría de los topónimos, -oitz, -otz, -oz(e), sino –itz, -tz, -z(e). A veces la vocal palatal no está presente en la variante actual del topónimo (Artazkotz, Arzotz, Azotz, Bidankoze, N), pero aparece en algún momento de la historia, tal como refleja la documentación, y también ocurre que en algún caso como el mencionado Ilurdotz vs. Illurdoizteguia, la forma con palatal se documenta en otro elemento onomástico diferente, en lo que concierne al denotatum del topónimo, aunque el recurso lingüístico empleado para la creación de ambos haya sido el mismo. Es decir, nos encontramos en ocasiones ante topónimos con final –i(t)z en los que ha habido reducción de la secuencia –oi(t)z (< -o-nis) a –otz, similares a aquellos otros en los que la terminación es –i(t)z (-nis, -ici) por no tener la base -o, aunque puede ser también –Vi(t)z, con -e y -u, esta última, a veces al menos, pero es un tema a estudiar, procedente de una anterior o (cf. Arruitz en Larraun, N, Arroniz en 1280, Arroyz en 1366). En cualquier caso, la vocal en cuestión (-e, -o, -u) corresponde a la base, no al sufijo. En el caso de –i, dado que el sufijo también tiene o puede tener dicha vocal, algunas veces no es fácil precisar si la terminación es en origen –itz (con paso posterior -ii- > -i-) o solo –tz (Armendaritze, BN)
    (...)

    Zer: Herria
    Non: Nafarroa
    Jatorria: SAL.OZ

  • arzoz - (2012) NA.IZ , 120-0002
    (...)
    Lugar
    (...)

    Zer:
    Non:
    Jatorria: NA.IZ

  • Arzoz - (2019) NA.TOF , 440587

    Zer: Espacio urbano
    Non: Guesálaz / Gesalatz
    Jatorria: NA.TOF

  • artzóz, artzótz (?) (artzóstarràk) - (1990) [EUS.NHI]
  • arzóz (arzóztarràk) - (1990) [EUS.NHI]
  • Arzoz (ofiziala)
  • Arzoz (gaztelania)
UTM:
ETRS89 30T X.589997 Y.4733203
Koordenatuak:
Lon.1º53'57"W - Lat.42º44'49"N

Kartografia:

Egoitza

  • B
  • BIZKAIA
  • Plaza Barria, 15.
    48005 BILBO
  • +34 944 15 81 55
  • info@euskaltzaindia.eus

Ikerketa Zentroa

  • V
  • LUIS VILLASANTE
  • Tolare baserria. Almortza bidea, 6.
    20018 DONOSTIA
  • +34 943 42 80 50
  • donostiaordez@euskaltzaindia.eus

Ordezkaritzak

  • A
  • ARABA
  • Gaztelako atea, 54
    01007 GASTEIZ
  • +34 945 23 36 48
  • gasteizordez@euskaltzaindia.eus
  • G
  • GIPUZKOA
  • Tolare baserria. Almortza bidea, 6
    20018 DONOSTIA
  • +34 943 42 80 50
  • donostiaordez@euskaltzaindia.eus
  • N
  • NAFARROA
  • Oliveto Kondea, 2, 2. solairua
    31002 IRUÑEA
  • +34 948 22 34 71
  • nafarroaordez@euskaltzaindia.eus

Elkartea

  • I
  • IPAR EUSKAL HERRIA
  • Gaztelu Berria. 15, Paul Bert plaza.
    64100 BAIONA
  • +33 (0)559 25 64 26
  • +33 (0)559 59 45 59
  • baionaordez@euskaltzaindia.eus

Azkue Biblioteka eta argitalpenak

Maximiza tus ganancias en criptomonedas confiando en Bitplex 360, una plataforma diseñada para el éxito.
  • Euskaltzaindia - Real Academia de la Lengua Vasca - Académie de la Langue Basque
  • Plaza Barria, 15. 48005 BILBO
  • +34 944 158 155
  • info@euskaltzaindia.eus
z-library z-lib project
Casino siteleri arasında yerinizi alın, kazançlı çıkmanın keyfini sürün! Heyecanı kaçırmayın.
© 2015 Your Company. All Rights Reserved. Designed By JoomShaper